DDHH
Los 45 años de Madres de Plaza de Mayo: Taty Almeida convocó a no abandonar la lucha
«La única lucha que se pierde es la que se abandona».
Por Silvina Caputo
A los 92 años, la referente de la línea fundadora de las Madres de Plaza de Mayo, Taty Almeida, resumió con esa frase la lucha ininterrumpida de la organización que cumple mañana 45 años de rondas, en pos de obtener memoria, verdad y justicia para sus hijos e hijas pero también para la Argentina y el mundo, en su legado a favor de los derechos humanos.
«Se cumplen 45 años. A pesar de que quedamos pocas Madres, pocas Abuelas, es un tiempo donde nunca hemos bajado los brazos. Hoy, hacemos y decimos lo mismo que hace 45 años, seguimos luchando porque creemos que la única lucha que se pierde es la que se abandona», dijo la referente de Línea Fundadora.
«Hasta el último soplo de vida seguiremos luchando por la Memoria, la Verdad y la Justicia, con la esperanza de saber que hoy tenemos una juventud maravillosa y militante que seguirá manteniendo en alto estas banderas y mantendrán nuestro legado. Nuestros hijos también eran militantes», expresó orgullosa la dirigente que mañana será homenajeada junto a sus pares en el Espacio Memoria y Derechos Humanos que funciona en el predio de la exESMA.
Para Taty -o Lidia Stella Mercedes Miy Uranga, tal como figura en su documento de identidad- la «militancia significa compromiso, ayudar al otro, más allá del partido político del que sea».
Mañana se cumplirán 45 años del comienzo de las rondas alrededor de la Pirámide de Mayo de ese grupo de madres, encabezado por Azucena Villaflor, entre otras, que buscaban a sus hijos desaparecidos por la dictadura militar, con pañuelos blancos en sus cabezas que se convirtieron en un símbolo de lucha por la memoria.
Almeida recuerda los «dolores» por los que tuvieron que atravesar como «cuando hicieron desaparecer a tres de nuestras madres, a Azucena (Villaflor de Vicenti) nuestra fundadora; a Esther Ballestrino de Careaga; y Mary Ponce de Bianco, por culpa de (Alfredo) Astiz quien fue muy valiente con ellas, con las indefensas, pero muy cobarde cuando tuvo que ir a (la guerra) de Malvinas donde se rindió enseguida sin pegar un solo tiro».
De esta manera recordó el operativo ilegal que realizó Astiz el 8 de diciembre de 1977 cuando se produjo el secuestro de un grupo de familiares y personas solidarias con éstos, en la Iglesia Santa Cruz y donde se llevaron a las madres Careaga y Ponce de Bianco. Al día siguiente secuestraron también a la monja francesa Alice Domon.
La acción estuvo dirigida por el militar quien se había infiltrado haciéndose pasar por hermano de un desaparecido.
En tanto, el secuestro de Azucena Villaflor de Vicenti, se produjo el 10 de diciembre del mismo año, a manos de un grupo armado clandestino de la Armada, en la esquina de su casa de Sarandí, en Avellaneda, Buenos Aires.
«La desaparición de estas tres madres es otro de los agujeros que tenemos en el corazón y que no se van a cerrar. Sabemos que las torturaron y las tiraron vivas al mar como hicieron con tantos de nuestros hijos e hijas, en esos tremendos vuelos de la muerte», lamentó.
De cara al 45 aniversario que se cumple mañana, la dirigente de derechos humanos destaca que desde la organización siguen «exigiendo justicia legal para los genocidas y sus cómplices; jamás justicia por mano propia».
En una crítica al funcionamiento del sistema de justicia, Almeida lamentó que «con este partido judicial que tenemos se hace muy difícil» lograrla, por lo cual destacó la importancia de «reformar» el sistema.
«Hay tantos que todavía no están siendo juzgados con este partido judicial que tenemos, que hay que reformar. Aquí mueren archivados los juicios mientras los genocidas también se mueren por una cuestión biológica, pero sin ser juzgados», puntualizó.
Por otro lado, el especialista en temas de derechos humanos y autor de varios libros sobre la historia de esta organización, Ulises Gorini, destacó que lo que las Madres hicieron fue «el punto de partida de cada derecho y de cada nueva libertad ganada por los argentinos, desde aquella primera ronda, hasta la actualidad».
«El movimiento que ellas formaron está vinculado no sólo a la derrota de la dictadura sino también al valor engendrado bajo la resistencia que se proyectó en la postdictadura», aseguró.
Gorini afirmó que «eso es una forma de definirlo en lo general pero también hay aspectos más concretos en cuanto a la lucha por la verdad y la justicia sobre lo ocurrido, y también está vinculado al tipo de sociedad que construyeron los argentinos; una sociedad más justa, más igualitaria».
«Y lo maravilloso es además, que este legado no fue solo para los argentinos. Fue también para el mundo. Las Madres se proyectaron al mundo, el pañuelo es un símbolo mundial», dijo y recordó que «incluso la ONU definió a las Madres como un punto de inflexión en la historia de la humanidad en la lucha por los derechos humanos».
En este sentido, explicó que «hasta el surgimiento de las Madres muchas veces las dictaduras terminaban en el mundo con amnistías, perdones, pero, por primera vez en la historia, desde el surgimiento de las Madres, esto no se acepta, ellas se oponen y buscan justicia a través del sistema legal. Esto fue reconocido también y se constituyó en un patrimonio para todos los seres humanos», definió Gorini, autor de «La rebelión de las Madres»; «Otra lucha» y «Historia de las Madres», entre otros.
CABA
La Justicia porteña frenó la baja de imputabilidad: una jueza sobreseyó a un chico de 14 años
La jueza Laura De Marinis del Juzgado Penal Juvenil N.° 3 de la Ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional el artículo de la Ley 27.801 que habilita el juzgamiento de menores de 14 años y sobreseyó a un adolescente acusado por robo en grado de tentativa. Es el segundo fallo contra la norma impulsada por el Gobierno de Javier Milei en menos de un mes.
Apenas dieciséis días después de que el nuevo Régimen Penal Juvenil entrara en vigencia, la Justicia porteña le asestó su primer golpe dentro de la Ciudad: una magistrada del fuero declaró la inconstitucionalidad de la norma en un caso concreto y liberó a un chico de 14 años que estaba siendo investigado por un robo frustrado junto a otro grupo de adolescentes. El fallo va a contramano de las instrucciones que la propia Cámara de Casación porteña había emitido días antes, ordenando a los jueces locales aplicar la ley sin vacilaciones.
La resolución fue dictada por Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, quien aclaró expresamente que el fallo aplica únicamente para este caso y no tiene alcance general. La causa se inició el 10 de septiembre de 2026 a partir de una situación de flagrancia en la que habrían participado al menos cuatro adolescentes.
«No podemos castigarlos por lo que no hicimos»
La jueza De Marinis rechazó previamente el planteo de incompetencia formulado por la defensa oficial, que buscaba que la causa fuera remitida a otra jurisdicción, y en cambio avanzó con la declaración de inconstitucionalidad. En su resolución, sostuvo que el adolescente debe ser considerado «no punible» bajo la nueva norma y fundamentó su decisión con una argumentación que pone el eje en la responsabilidad del Estado adulto.
«A lo que apunto es que, como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia, por no brindarles una figura normativa que les permita constituirse como sujetos responsables. Castigarlos por las faltas de respuesta del mundo adulto significa inexorablemente desresponsabilizarnos de nuestro rol adulto, del deber de corresponsabilidad que pesa sobre nosotros. No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil, sólo intento señalar que la incorporación al sistema penal tiene que ser el último recurso y, en algunas trayectorias vitales, lamentablemente es el primero», señaló la magistrada.
Para resolver el planteo de competencia, De Marinis invocó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que estableció que el carácter nacional de los tribunales ordinarios es transitorio, y que ante un conflicto de competencia entre juzgados ordinarios de la Ciudad, debe intervenir el Tribunal Superior de Justicia porteño.
El segundo fallo, pero con un alcance distinto
El precedente inmediato fue la jueza Marta Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.° 2 de Lomas de Zamora, que en los primeros días de septiembre suspendió la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires mediante un habeas corpus colectivo promovido por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. Ese fallo fue revocado el 15 de septiembre por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora, cuyos jueces consideraron inadmisible suspender una ley mediante una medida cautelar.
La diferencia sustancial entre ambos fallos es técnica y políticamente relevante: mientras Pascual suspendió la ley con efectos colectivos mediante un habeas corpus preventivo, De Marinis declaró la inconstitucionalidad en un caso concreto, con efectos limitados al adolescente que tenía frente a ella. Esta modalidad, la declaración de inconstitucionalidad caso por caso, es precisamente la que los jueces de la Cámara bonaerense habían señalado como el único mecanismo válido para neutralizar una ley aprobada por vías constitucionales.
Cámara porteña instruyó a aplicar la ley; la ex ministra Bullrich respondió en X
El trasfondo institucional del fallo de De Marinis es particularmente llamativo. Tres días antes de que se conociera esta resolución, la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña había emitido el Acuerdo Extraordinario 4/2026, instruyendo a los jueces de la Ciudad a aplicar la Ley 27.801 sin hesitación. El presidente de esa Cámara, Javier Alejandro Buján, afirmó que el Poder Judicial de la Ciudad «no sólo está en condiciones de asumir nuevas competencias penales, sino que está en mejores condiciones de asumirlas».
La reacción política no tardó. La ex ministra de Seguridad y actual senadora nacional, Patricia Bullrich, salió a cuestionar el fallo de De Marinis a través de su cuenta en X: «Estos jueces garantistas solo construyen impunidad», escribió. La declaración encaja en el discurso del oficialismo, que impulsó la baja de la edad de imputabilidad como una de sus banderas en materia de seguridad y que logró la aprobación de la ley en el Congreso con el respaldo del PRO, la UCR, MID y bloques provinciales.
La Ley 27.801, sancionada en febrero de 2026, fija en 14 años la edad mínima de punibilidad para delitos graves como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros, con una pena máxima de hasta 15 años de prisión. La norma también establece penas alternativas, como prohibición de acercamiento a la víctima, servicios comunitarios, monitoreo electrónico y reparación integral del daño, para los delitos con penas menores a los 10 años.
El fallo de De Marinis abre una nueva instancia de tensión judicial sobre la ley: fuentes del fuero porteño señalaron que si el Ministerio Público Fiscal apela la decisión, la Cámara de Casación porteña, que ya instruyó la aplicación de la norma, muy probablemente revoque la resolución de primera instancia.
Lo que tenés que saber
- La jueza Laura De Marinis, del Juzgado Penal Juvenil N.° 3 de CABA, declaró inconstitucional la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado por robo en grado de tentativa.
- El fallo tiene alcance restringido al caso concreto; la magistrada aclaró expresamente que no es una decisión de carácter general.
- Es el segundo pronunciamiento judicial contra el nuevo Régimen Penal Juvenil; el primero, dictado por la jueza Marta Pascual en la provincia de Buenos Aires, fue revocado por la Cámara bonaerense el 15 de septiembre.
- La ex ministra de Seguridad y actual senadora nacional Patricia Bullrich calificó a De Marinis como «garantista» que «solo construye impunidad» a través de su cuenta en X.
- Si el Ministerio Público Fiscal apela, el caso llegaría a la Cámara de Casación porteña, que ya ordenó aplicar la ley sin dudas mediante el Acuerdo Extraordinario 4/2026.
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