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Levantaron la clausura al Mercado de Economía Social de Bonpland

Fuentes de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) confirmaron que la medida del cierre, impuesta el martes 22 en el local de Bonpland 1660, quedó sin efecto tras la inspección en el lugar de un controlador del faltas.

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El Gobierno porteño levantó este miércoles la clausura que estaba vigente desde la semana pasada en el Mercado de Economía Solidaria Bonpland, situado en el barrio de Palermo, donde funcionan ocho cooperativas que venden alimentos y productos textiles desde hace 15 años.

Fuentes de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) confirmaron que la medida del cierre, impuesta el martes 22 en el local de Bonpland 1660, quedó sin efecto tras la inspección en el lugar de un controlador del faltas.

En aquel momento, se explicó que la orden oficial respondió a que no se permitió realizar la tarea de inspección, por lo cual se procedió a la «clausura por obstrucción de procedimiento con intervención policial no pudiendo constatar la autenticidad, procedencia y vencimiento de los productos comercializados» y no por falta de habilitación del espacio.

La medida, en tanto, generó el reclamo de los trabajadores del Mercado que denunciaron que la intervención del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires representó una «clausura autoritaria» y señalaron que «no medió presentación alguna por parte de los funcionarios del área de la Agencia Gubernamental de Control, no hubo identificación, no presentaron sus credenciales».

Gabriela, una empleada del Mercado, señaló que ese día, ella y sus compañeros estaban trabajando “cuando llegó una inspección que pidió una habilitación que se está solicitando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires desde hace 12 años”.

En este sentido, los trabajadores destacaron que la habilitación del Mercado “debe realizarse por parte de la Dirección de Desarrollo Gastronómico, y al no realizarse las obras necesarias para su habilitación, el mismo Gobierno que es responsable de estas obras, es el que utiliza este argumento para llevar adelante la clausura”.

En el Mercado funcionan puestos de ocho cooperativas productoras de la Ciudad de Buenos Aires y del interior del país desde noviembre de 2007 con el propósito de dar visibilidad a las producciones de la Economía Solidaria y de la Agricultura Familiar.

“Consideramos al Mercado como la herramienta de trabajo autogestionado de las organizaciones, para dar visibilidad a las producciones locales y nacionales”, indicaron.

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Ganancias simplificada: ARCA dejó entrar a funcionarios, pero sin beneficios

Una resolución de ARCA permite adherir al régimen de Inocencia Fiscal a grandes contribuyentes y funcionarios, con un código que les quita las ventajas. También habilita a rehacer la declaración a quienes usaron el régimen general.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cambió las reglas del régimen simplificado de Ganancias de la Ley 27.799, el corazón de Inocencia Fiscal. La Resolución General 5916/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, permite adherir a grandes contribuyentes y funcionarios públicos, pero bajo un código que los deja sin los beneficios del régimen.

La norma, firmada por Mariano Mengochea, modifica la Resolución General 5820. Además, abre una puerta para quienes ya presentaron su declaración por el régimen general.

Funcionarios, adentro pero sin premio

Los grandes contribuyentes nacionales y los funcionarios públicos alcanzados por el artículo 38 bis de la Ley 27.799 podrán usar la presentación y el pago simplificados, pero quedarán registrados con el código «661, Ganancias Simplificada Ley 27.799, Tratamiento sin beneficios». El resto de los contribuyentes adheridos tendrá el código 639.

Los funcionarios deberán declarar si ocupan o ocuparon un cargo alcanzado en los cinco años anteriores, y actualizar ese dato si asumen uno nuevo después de adherir.

Segunda oportunidad para los que ya presentaron

Quienes declararon el período 2025 por el régimen general y pagaron en término podrán presentar una nueva declaración por el régimen simplificado hasta la fecha de vencimiento especial prevista. Si surge una diferencia a favor del fisco, deberá pagarse hasta ese plazo especial junto con los intereses resarcitorios.

Según los considerandos de la norma, el requisito de residencia rige a partir del período fiscal 2026. Para adherir, el contribuyente tiene que estar inscripto en Ganancias y no tener la CUIT limitada. Si ARCA detecta un incumplimiento de residencia, notificará al contribuyente en su domicilio fiscal electrónico, y este tendrá 15 días hábiles administrativos para responder.

Lo que tenés que saber:

  • La RG 5916/2026 de ARCA modificó el régimen simplificado de Ganancias.
  • Grandes contribuyentes y funcionarios podrán adherir, pero sin los beneficios del régimen.
  • Los funcionarios deberán informar si tuvieron un cargo alcanzado en los últimos cinco años.
  • Quienes usaron el régimen general podrán rehacer la declaración 2025 por el simplificado.
  • El requisito de residencia rige a partir del período fiscal 2026.
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