Seguridad social
La Anses anunció el calendario de jubilaciones, pensiones y asignaciones de agosto
El organismo informó que además del aumento del 20,92% otorgado en junio, previsto en la Ley de Movilidad, la jubilación mínima recibirá un bono de refuerzo de entre $5.000 y $20.000 para que ninguna quede por debajo de los $90.938.
La Administración de Seguridad Social (Anses) difundió este sábado el calendario de pagos de agosto para jubilados y pensionados, asignaciones y prestaciones por desempleo.
Además del aumento del 20,92% otorgado en junio a las asignaciones y jubilaciones previsto en la Ley de Movilidad, la jubilación mínima recibirá un bono de refuerzo de entre $5.000 y $20.000 para que ninguna quede por debajo de los $90.938.
En el caso de las jubilaciones y pensiones que no superen los $70.938, se pagarán en las siguientes fechas de acuerdo con el último dígito del documento: 8/08 (0), 9/08 (1), 10/08 (2), 11/08 (3), 14/08 (4), 15/08 (5), 16/08 (6), 17/08 (7), 18/08 (8), y 22/08 (9).
Para las jubilaciones y pensiones más altas se estableció el siguiente cronograma: 23/08 (0 y 1), 24/08 (2 y 3), 25/08 (4 y 5), 28/08 (6 y 7), y 29/08 (8 y 9).
Además, más de .400.000 jubilados y pensionados cobrarán del 7 al 11 de agosto dos suplementos por un total de $ 36.000 por el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
Los suplementos son de $ 15.000 correspondientes a julio y $ 21.000 por agosto.
El 7 de agosto está previsto el pago a jubilados y pensionados con Documento Nacional de Identidad (DNI) terminado en 0 y 1; el 8 de agosto será el turno para los DNI finalizados en 2 y 3; el miércoles 9 los terminados en 4 y 5; el jueves 10 los que terminan en 6 y 7 y el viernes 11 de agosto los beneficiarios con documentos finalizados en 8 y 9.
Por su parte, la Asignación Universal y Familiar por Hijo se pagará a partir del 8 de agosto y se extenderá hasta el 22 del mismo mes en función del último dígito del documento: 8/08 (0). 9/08 (1), 10/08 (2), 11/08 (3), 14/08 (4), 15/08 (5), 16/08 (6), 17/08 (7), 18/08 (8), y 22/08 (9).
La Asignación por Embarazo comenzará a pagarse el 10 de agosto y se extenderá hasta el 24 con las siguientes fechas: 10/08 (0), 11/08 (1). 14/08 (2), 15/08 (3), 16/08 (4), 17/08 (5), 18/08 (6), 22/08 (7), 23/08 (8), y 24/08 (9).
En tanto, la Asignación por Prenatal y Maternidad estará disponible a partir del 9 de agosto y se terminará de pagar el 15 con estas fechas: 9/08 (0 y 1), 10/08 (2 y 3), 11/08 (4 y 5), 14/08 (6 y 7), y 15/08 (8 y 9).
Las Asignaciones de Pago Único se pagarán entre el 4 de agosto y el 11 de septiembre para todas las terminaciones de documento.
En tanto, las Pensiones No Contributivas (PNC) tendrán el siguiente calendario de pagos: 1/08 (0 y 1), 2/08 (2 y 3), 3/08 (4 y 5), 4/08 (6 y 7), y 7/08 (8 y 9).
Por último, las Asignaciones Familiares de PNC se pagarán entre el 8 de agosto y el 11 de septiembre, en tanto que la Prestación por Desempleo presenta este calendario: 23/08 (0 y 1), 24/08 (2 y 3), 25/08 (4 y 5), 28/08 (6 y 7), y 29/08 (8 y 9).
Buenos Aires
La Legislatura bonaerense aprobó la ley para que 400 excombatientes de Malvinas tengan jubilación especial
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires convirtió en ley un proyecto que amplía el régimen previsional especial para veteranos de la guerra de 1982, incorporando a más de 400 excombatientes que habían quedado fuera del sistema por haberse retirado entre 1983 y 1985 como consecuencia de las secuelas físicas o psicológicas del conflicto bélico.
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó este lunes por unanimidad, con 66 votos afirmativos y ningún rechazo, un proyecto que amplía el Régimen Previsional Especial para Oficiales y Suboficiales Combatientes de Malvinas. La nueva normativa incorpora a más de 400 veteranos de la guerra de 1982 que habían quedado históricamente excluidos de los beneficios jubilatorios del Estado provincial.
Quiénes son los beneficiarios
La ley cubre a los excombatientes que solicitaron la baja o el retiro entre 1983 y 1985 como consecuencia directa de las secuelas físicas o psicológicas ocasionadas por la guerra. También alcanza a quienes, tras el conflicto, no continuaron su carrera militar ni fueron derivados a puestos dentro de la administración pública provincial. Se trata de un colectivo que durante más de cuatro décadas reclamó el reconocimiento que sus propias condiciones de egreso les impidieron obtener a través de los canales previsionales ordinarios.
El haber jubilatorio establecido equivale al 80% de la mejor remuneración percibida en la administración pública bonaerense e incluye la totalidad de los subsidios mensuales vigentes. El único requisito es acreditar un mínimo de ocho años de aportes efectivos al Instituto de Previsión Social (IPS).
La cláusula contra los represores: una modificación clave
El texto final incorporó modificaciones sustanciales respecto a la versión original. La más relevante impide el acceso al beneficio a personas condenadas por delitos de lesa humanidad o militares sancionados por incumplimientos durante la guerra. Esta cláusula respondió a las advertencias del Centro Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), que había alertado públicamente que la propuesta original podía beneficiar a represores de la última dictadura cívico-militar. A raíz de esos cuestionamientos, el proyecto fue devuelto al Senado el mes pasado para incorporar los cambios, que Diputados ratificó este lunes.
Unanimidad transversal, con una salvedad
El proyecto, que había obtenido media sanción en el Senado el año pasado, fue elaborado por los senadores de Unión por la Patria, María Rosa Martínez y Adrián Santarelli. La aprobación final en la Cámara baja contó con el respaldo unánime de todos los bloques, incluyendo el de La Libertad Avanza, cuya bancada emitió un comunicado en el que calificó la medida como una «reparación histórica».
El diputado y vicepresidente de la Cámara, Juanes Osaba, destacó el alcance del reconocimiento: «Es fundamental que, luego de tanto tiempo, este grupo de excombatientes, que muchas veces no fueron tratados como se merece por parte del Estado, tenga un reconocimiento que vienen peleando desde hace tiempo. Esta reparación histórica no es de un espacio político sino de todos los argentinos que le debemos el sacrificio que hicieron por nuestra patria.»
Una deuda que llegó tarde
Que la aprobación haya sido unánime no borra el dato central: estos veteranos estuvieron más de cuarenta años esperando un reconocimiento que el Estado debió garantizarles desde el momento mismo en que regresaron de la guerra con sus cuerpos y mentes dañados. La exclusión no fue un olvido burocrático sino el resultado de un sistema previsional que penalizó las bajas por razones de salud vinculadas al combate, colocando a estas personas en un limbo institucional que la ley ahora intenta corregir.
La intervención del CECIM también evidenció que la reparación, para ser genuina, debía garantizar que ningún represor de la dictadura pudiera beneficiarse de una normativa pensada para las víctimas de esa misma dictadura. La corrección llegó, aunque tardía.
Puntos clave
- La Legislatura bonaerense aprobó por unanimidad (66-0) la ampliación del régimen previsional especial para excombatientes de Malvinas.
- Más de 400 veteranos que se retiraron entre 1983 y 1985 por secuelas físicas o psicológicas de la guerra quedan incorporados al beneficio.
- El haber equivale al 80% de la mejor remuneración en la administración pública bonaerense, con un mínimo de ocho años de aportes al IPS.
- El texto final excluye expresamente a condenados por delitos de lesa humanidad y a militares sancionados por incumplimientos en la guerra, tras los alertas del CECIM.
- El proyecto fue elaborado por los senadores oficialistas de Unión por la Patria María Rosa Martínez y Adrián Santarelli.
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