Investigación 🔎
La causa ANDIS avanza: la Justicia rechazó los intentos de Spagnuolo y los Kovalivker de desbaratar la investigación
La Sala II de la Cámara Federal porteña rechazó dos intentos clave por desbaratar la investigación principal: le negó a Diego Spagnuolo la condición de querellante en el expediente por los audios y desestimó el planteo de nulidad de los hermanos Kovalivker. En simultáneo, confirmó los procesamientos de 19 imputados por el presunto vaciamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad.
Doscientos cuarenta y cinco mil dólares pagados en efectivo y sin factura en refacciones de lujo, una pileta con cascada, un quincho de alta gama y un jacuzzi. Ese es el trasfondo que rodea la causa que investiga el presunto vaciamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y que ahora tiene un nuevo capítulo judicial. La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó los procesamientos de Diego Spagnuolo y otros 18 imputados, y rechazó de plano dos maniobras defensivas que buscaban neutralizar la investigación.
Diego Spagnuolo, ex titular de la ANDIS y amigo personal del presidente Javier Milei, protagonizó ambas presentaciones frustradas. Por un lado, intentó convertirse en querellante en el expediente que investiga la filtración de los audios que se le atribuyen, donde se escucha una voz relatando el presunto esquema de retornos en medicamentos e insumos para personas con discapacidad, con un porcentaje que habría correspondido a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Por otro, la defensa de los hermanos Jonathan y Emmanuel Kovalivker, dueños de la Droguería Suizo Argentina, también imputados en la causa principal, impulsó un planteo de nulidad de todo lo actuado alegando que las grabaciones habrían sido adulteradas u obtenidas de manera ilícita. Ninguno de los dos intentos prosperó.
Sin legitimación para querellarse
Spagnuolo había recurrido ante la Cámara la decisión del juez Julián Ercolini, quien rechazó en primera instancia que el ex funcionario ingresara al expediente sobre los audios como particular damnificado. A través de su abogado Pablo Parera, argumentó que había sido blanco específico, real y verificable de las maniobras de espionaje que se investigan en ese expediente paralelo, que tramita con el fiscal Carlos Stornelli como acusador.
Los camaristas Roberto Boico y Guillermo Farah cerraron esa puerta. Boico fue categórico: mientras no concluya la pericia destinada a establecer el origen y la autenticidad de las grabaciones en el expediente principal, Spagnuolo «mal puede pretender ser tenido como ‘particular ofendido'». Farah, por su parte, señaló que la sola afirmación de haber sido víctima de espionaje no alcanza para reconocerle ese rol procesal y que el escrito de querella debería haber explicado, al menos como hipótesis, cómo los audios serían parte de maniobras ilegales y a manos de quién. Esa «falencia explicativa» fue el argumento decisivo para el rechazo.
La defensa de los Kovalivker, también sin éxito
El abogado Martín Magram, a cargo de la defensa de los hermanos Kovalivker, sostuvo que todo lo actuado en el expediente principal debía declararse nulo porque la investigación se montó sobre grabaciones adulteradas u obtenidas de manera ilícita. El planteo, rechazado en primera instancia, reunió la adhesión de otros imputados, pero tampoco tuvo éxito en la alzada.
Boico insistió en el argumento central: sin que se haya establecido aún si la voz que se escucha en las grabaciones difundidas por el canal de streaming Carnaval pertenece efectivamente a Spagnuolo, no resulta posible plantear con éxito una exclusión probatoria fundada en una captación ilícita no comprobada. Farah fue aun más explícito al señalar que ni el fiscal Franco Picardi ni el juez Ariel Lijo invocaron los audios como prueba de cargo en el expediente principal. «Oportunamente se verá qué valor probatorio tienen esos audios», escribió el camarista, dejando en claro que el debate sobre su validez está pendiente pero no pone en riesgo la investigación tal como está planteada hoy.
La pericia de Gendarmería, el nudo del asunto
El punto de inflexión de todo este capítulo procesal será la pericia que lleva adelante la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional sobre las piezas de audio que dieron origen al escándalo. Una vez que ese peritaje concluya, ambas controversias pendientes, la del querellante y la de la nulidad, podrán retomarse con nuevos elementos. Por ahora, la Cámara dejó en claro que ninguna de las maniobras defensivas tiene sustento suficiente para frenar el avance de la investigación.
En paralelo, los mismos camaristas confirmaron los procesamientos de Spagnuolo y otros 18 imputados, luego de que la investigación detectara pruebas de un aparente direccionamiento de licitaciones con simulación de competencia entre distintas empresas, que incluyó la manipulación del sistema informático del organismo. La ANDIS tiene bajo su órbita la gestión de medicamentos e insumos para personas con discapacidad, un universo presupuestario que, según la acusación, fue sistemáticamente vaciado a través de ese esquema.
Los audios, Karina Milei y el escándalo que no se apaga
El contenido de los audios atribuidos a Spagnuolo instaló en el centro del debate político a Karina Milei, hermana y secretaria general del presidente. Las grabaciones describirían un esquema donde la funcionaria participaría de los retornos sobre medicamentos e insumos destinados a personas con discapacidad. El gobierno de Milei nunca respondió sobre el fondo de esas acusaciones; prefirió instalar la hipótesis de que los audios fueron obtenidos de manera ilícita o adulterados, sin aportar prueba concreta de ninguna de las dos afirmaciones.
La estrategia, que ahora la Cámara rechazó en sus dos manifestaciones judiciales más directas, buscaba correrse del eje de la investigación para convertir a Spagnuolo en víctima de un complot y deslegitimar la evidencia antes de que sea evaluada. La resolución de Boico y Farah no habilitó ese camino. La causa sigue.
Lo que tenés que saber
- La Cámara Federal porteña rechazó el pedido de Diego Spagnuolo de ser querellante en la causa que investiga la filtración de los audios que se le atribuyen.
- También desestimó el planteo de nulidad de los hermanos Kovalivker, que alegaban que las grabaciones fueron adulteradas u obtenidas ilegalmente.
- Los camaristas Boico y Farah señalaron que los audios no fueron usados como prueba de cargo en el expediente principal.
- La pericia de Gendarmería Nacional sobre las grabaciones será determinante para resolver ambas controversias pendientes.
- La Cámara confirmó además los procesamientos de Spagnuolo y otros 18 imputados por el presunto vaciamiento de la ANDIS mediante licitaciones direccionadas.
Investigación 🔎
Adorni: Pollicita descarta el enriquecimiento ilícito pero pide investigarlo por evasión
El fiscal no pudo refutar que el dinero de las compras fuera anterior a la función pública, pero detectó USD 374.081 pagados en efectivo y tenencias ocultas al fisco desde 2014. Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico. No es un sobreseimiento: decide Lijo.
El fiscal que investigó a Manuel Adorni no encontró pruebas de que se haya enriquecido en la función pública, pero sí de que durante más de una década ocultó al fisco dólares en efectivo y criptoactivos. Por eso Gerardo Pollicita pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito y pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.
El dictamen se presentó en el juzgado federal de Ariel Lijo, en el expediente que se abrió por una denuncia de la diputada Marcela Pagano. La investigación revisó la evolución patrimonial del exjefe de Gabinete entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. El pedido no implica un sobreseimiento: si Lijo lo acepta, Adorni seguirá investigado, pero por otro delito y en otro fuero.
Lo que encontró la Fiscalía
Según el dictamen, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, compras y cancelaciones de deudas del período. Entre esos pagos figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, muebles, la escritura de un inmueble en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Parte de esas operaciones se hizo fuera del sistema bancario o a través de terceros.
La defensa sostuvo que ese dinero provenía de ahorros en criptomonedas anteriores a su llegada al Gobierno. Pollicita concluyó que no pudo refutar esa versión y que la investigación no logró vincular los fondos con “un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función”. Por eso escribió que “no se advierte que la conducta desplegada por Manuel Adorni tenga adecuación típica” en el enriquecimiento ilícito, “lo que no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza”.
De la corrupción a la evasión
El giro tiene una explicación jurídica: el enriquecimiento ilícito exige que el patrimonio crezca después de asumir el cargo. Si el dinero ya existía, el delito no encaja, aunque se haya usado durante la gestión. Pero esa misma explicación de la defensa abrió otra puerta. Según el fiscal, la fuente que Adorni invoca “se compone, según su propio relato, de recursos que no fueron informados al organismo recaudador”, y la omisión se extendió “desde 2014 y hasta su exteriorización en 2026”, es decir, cuando la causa ya estaba en trámite.
Pollicita enumeró indicadores que, a su juicio, exceden una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de los fondos una vez iniciada la investigación. El fuero Penal Económico deberá reconstruir, ejercicio por ejercicio, lo que correspondía pagar de Ganancias y Bienes Personales.
La lectura política: el vocero de la “casta” y el efectivo
El dictamen deja al Gobierno una victoria a medias. Evita la figura de corrupción para uno de los funcionarios más cercanos a Javier Milei, pero lo describe como alguien que durante años manejó dólares en efectivo fuera del radar de la AFIP, hoy ARCA. Es el mismo Gobierno que llegó al poder con el discurso contra la “casta” y que impulsó un blanqueo y la llamada “inocencia fiscal” para quienes tengan dólares sin declarar. La causa ahora queda en manos de Lijo, que debe decidir si se declara incompetente.
Lo que tenés que saber:
- Pollicita dictaminó que no hay pruebas de enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni durante la función pública.
- Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria.
- La Fiscalía detectó gastos por USD 402.578, de los cuales USD 374.081 se pagaron en efectivo.
- Según el fiscal, Adorni mantuvo tenencias sin declarar desde 2014 hasta 2026, cuando ya estaba en marcha la causa.
- No es un sobreseimiento: el juez Ariel Lijo debe resolver si acepta el pedido.
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