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Las recetas podrán tener la marca del medicamento y por fuera de farmacias sólo se venderán antiácidos y analgésicos

El Gobierno avanza en la reglamentación de los artículos concernientes al área de salud, vinculados a la prescripción de medicamentos.

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Los médicos deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional en la receta, aunque también podrán sugerir una marca comercial que el farmacéutico podrá sustituir por otra de menor precio a pedido del consumidor, según estableció el Gobierno a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, al tiempo que definió que la venta libre de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a los antiácidos y analgésicos.

Con esta medida, publicada este domingo en el Boletín Oficial mediante el decreto 63/2024, el Poder Ejecutivo avanza en la reglamentación de los artículos concernientes al área de salud, vinculados a la prescripción de medicamentos y su comercialización que contiene el DNU 70/2023 firmado en diciembre último.

Según indicó el Ministerio de Salud, en esta nueva norma «se definen los alcances del primer decreto reglamentario, estableciendo medidas complementarias y aclaratorias para su mejor aplicación, garantizando las condiciones de seguridad sanitaria».

Estas medidas disponen el principio rector de facilitar la utilización de genéricos, las condiciones que facultan a los profesionales a prescribir especialidades medicinales bajo un sistema electrónico, así como para la comercialización de aquellas de venta libre fuera de farmacias, y el despacho de recetas por parte de las droguerías habilitadas.

Según detallaron fuentes de la cartera sanitaria, «en esta dirección, y como resultado del diálogo con los distintos sectores, se avanzó en la definición de las especificaciones sobre la prescripción de medicamentos y su comercialización».

Según el nuevo decreto, los profesionales de la salud facultados a prescribir especialidades medicinales deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional del medicamento en la receta y podrán sugerir una marca comercial, mientras que el farmacéutico «tendrá la obligación, a pedido del consumidor, de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto».

«El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades medicinales que requieren recetas, como así también para su sustitución», agrega la norma.

Asimismo, el sistema de receta electrónica deberá devolver al profesional actuante la información, en caso de sustitución en farmacia, para preservar un adecuado seguimiento del tratamiento clínico del paciente.

En cuanto al expendiendo de medicamentos en establecimientos que no sean habilitados como farmacias, que había generado reclamos por parte del sector tras la publicación del DNU 70/2023, el nuevo decreto especifica que la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre «estará limitada a los antiácidos y analgésicos».

A tales efectos, y con carácter previo a la autorización de la autoridad sanitaria correspondiente, dichos establecimientos deberán presentar la documentación que acredite su derecho sobre el inmueble, de acuerdo con la legislación vigente, y una póliza de seguro que cubra riesgos de venta de productos farmacéuticos por una suma asegurada mínima equivalente a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos, vitales y móviles.

También, contar con un espacio para almacenar las especialidades medicinales, separado e independiente de otros productos comercializados por el establecimiento, resguardado bajo llave y que reúna las condiciones de higiene, seguridad, limpieza, amplitud, luz y ventilación adecuadas conforme las especificidades que determine la autoridad de aplicación.

Por otra parte, los medicamentos de venta libre en establecimientos que no sean farmacias deberán encontrarse de modo tal que el público no pueda acceder directamente a las especialidades medicinales y fuera del alcance de los niños, debiendo ser entregados por un dependiente del establecimiento.

En tanto, la temperatura máxima del establecimiento no podrá superar los 24 grados centígrados.

El decreto publicado hoy añade que se encuentra prohibida la comercialización de las especialidades medicinales a menores de 18 años y que queda prohibido el fraccionamiento del envase primario y secundario en todos los casos.

Según el nuevo decreto, la autoridad competente podrá establecer por vía reglamentaria otros requisitos para asegurar que las especialidades medicinales indicadas en el primer párrafo conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas.

En tanto, las droguerías podrán despachar únicamente al público recetas en las que se prescriba exclusivamente medicamentos oncológicos o los de tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación. Así, quedará excluida de este canal la comercialización de cualquier otra especialidad medicinal.

Finalmente, en el artículo 5 del decreto se indica que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) podrá incorporar otros ingredientes farmacéuticos activos (IFA), como monodroga o como asociación o combinación a dosis fija para la realización de estudios de bioequivalencia/biodisponibilidad, así como establecer excepciones sobre la base de la evidencia científica y/o las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Análisis

La culpa es nuestra: cómo la ciencia y los medios siguen apuntando a las madres cuando se habla de autismo

Cómo se envidencia en la nota de análisis de Clarin, rara vez se pregunta «¿qué hizo el padre?».

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Machismo en la ciencia: el cuerpo materno como el repositorio de los riesgos para la descendencia

Un estudio publicado en el British Medical Journal sobre exposición laboral tóxica y autismo fue reencuadrado mediáticamente en clave de culpa materna. Una tradición que la ciencia superó, pero el machismo resiste.

Un estudio reciente de investigadores de la Escuela de Salud Pública Johns Hopkins y de la Universidad de Harvard, publicado en el British Medical Journal (The BMJ), analizó 1.702 casos de niños diagnosticados con trastorno del espectro autista (TEA) en Dinamarca entre 1973 y 2012.

Sus conclusiones son técnicas, acotadas y explícitas: las madres que trabajan en entornos con exposición frecuente a sustancias tóxicas (plomo, solventes, gases de escape, derivados de combustibles) o con niveles elevados de estrés laboral crónico tienen mayor probabilidad de tener hijos con TEA. Las profesiones identificadas incluyen transporte terrestre, defensa militar y administración pública.

Lo que el estudio dice, con precisión, es que ciertas condiciones laborales tóxicas afectan el neurodesarrollo fetal. Lo que ciertos medios transmitieron, en cambio, fue otra cosa: que el problema son las profesiones de las madres. Que el problema, una vez más, son ellas.

El regreso de la «madre culpable»: una historia que no termina

La narrativa que conecta al autismo con la conducta materna tiene una historia larga y vergonzosa. A mediados del siglo XX, el psiquiatra Bruno Bettelheim popularizó el concepto de la «madre nevera» (refrigerator mother), según el cual la frialdad emocional de las madres era la causa del autismo en sus hijos. La teoría fue desacreditada décadas después por la propia comunidad científica, pero el daño en miles de familias, y especialmente en miles de mujeres que cargaron durante años con una culpa que no les correspondía, fue irreparable.

Hoy, la ciencia acumulada es contundente en la dirección opuesta. Un estudio financiado por el Instituto Nacional de Salud Infantil y Desarrollo Humano de los Estados Unidos (NICHD), que involucró a casi 2 millones de participantes, determinó que los factores genéticos hereditarios representan aproximadamente el 80,8% del riesgo de TEA, mientras que los llamados «efectos parentales maternos» representan entre el 0,4% y el 1,6% del riesgo, una cifra considerada estadísticamente insignificante por los propios autores. Ese mismo estudio advirtió, además, que no analizó los factores paternos, como la edad del padre, que la literatura científica también asocia con el riesgo de autismo.

La entidad Autismo España, en su portal institucional, señala que la investigación apunta a una «tasa aproximada de recurrencia del 20% en las familias» con un componente genético complejo y aún no completamente dilucidado. La organización también documenta que en los últimos años creció el diagnóstico de padres y madres después de que sus hijos fueran diagnosticados, lo que refuerza el peso de la herencia biológica compartida.

Lo que el estudio realmente dice (y lo que el titular omitió)

La investigación publicada en The BMJ no estudia si las madres trabajan o no. Estudia la exposición a agentes tóxicos y el estrés como factores de riesgo ambientales en el desarrollo fetal. La diferencia no es semántica: es política.

Afirmar que «las profesiones de las madres» tienen un «patrón común» en casos de autismo, sin contextualizar que lo que se mide es la exposición a plomo, solventes industriales, gases de escape y estrés crónico, es construir un titular que, deliberada o negligentemente, pone el foco en quién trabaja y no en qué condiciones laborales son toleradas por el Estado y los empleadores. Es trasladar la responsabilidad de una falla sistémica (la falta de regulación de ambientes laborales tóxicos) a las mujeres que los habitan.

Los propios investigadores del estudio son explícitos: el hallazgo requiere «investigar más en profundidad sobre las exposiciones laborales» y su relación con el neurodesarrollo, «usando metodologías que aborden estas exposiciones de manera específica y temporal». Es decir, la conclusión científica apunta a la regulación laboral y a la salud ocupacional, no a la maternidad como variable de riesgo en sí misma.

El doble estándar: padres invisibles, madres sospechosas

El sesgo de género en la investigación científica sobre autismo no es nuevo. La pregunta «¿qué hizo la madre?» estructura buena parte del campo desde sus orígenes, mientras que la pregunta «¿qué hizo el padre?» rara vez se formula con igual insistencia.

Sin embargo, la evidencia científica disponible indica que la edad paterna avanzada es también un factor de riesgo documentado para el TEA, asociado a mutaciones de novo en el esperma. Investigaciones publicadas en la revista Science, con datos de 2.600 familias, identificaron variantes genéticas raras heredadas paternamente como factores relevantes en el espectro autista.

El estudio de The BMJ, significativamente, no analizó las ocupaciones paternas. Esta asimetría metodológica no es neutral: refleja un sesgo histórico en la construcción de las preguntas científicas, que tiende a ver al cuerpo materno como el repositorio de los riesgos para la descendencia y al cuerpo paterno como un dato secundario.

Discapacidad en la Era Milei: un gobierno que recorta, criminaliza y señala

La circulación de este tipo de narrativas no ocurre en el vacío. En la Argentina de Javier Milei, el Estado retrocedió de manera sistemática sobre las políticas de discapacidad. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), creada para centralizar y garantizar derechos, fue disuelta en diciembre de 2025 mediante el Decreto 942/2025 y reconvertida en una Secretaría de menor rango bajo la órbita del Ministerio de Salud, movimiento que más de 400 organizaciones de personas con discapacidad y de derechos humanos calificaron como un «retroceso al modelo médico-rehabilitador» y un abandono del modelo social de la discapacidad.

El ajuste fue contundente: los $30 mil millones de presupuesto que tenía la ANDIS fueron redirigidos al Tesoro al momento de la disolución, según denunció la diputada peronista Roxana Monzón en la Cámara de Diputados de la Nación. La Justicia federal declaró inconstitucional parte de la reestructuración, pero el Gobierno apeló y, a mayo de 2026, solo reglamentó ocho artículos de la ley de emergencia en discapacidad, dejando diecisiete sin aplicar.

En ese marco, el gobierno impulsó además una nueva normativa presentada bajo el título «Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez», que restringe los criterios de acceso a las pensiones y habilita suspensiones preventivas ante cualquier inconsistencia detectada.

Organizaciones como la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) documentaron que el relato oficial sobre el crecimiento «injustificado» de las pensiones por discapacidad utilizó datos manipulados para justificar el recorte, según publicó la propia ACIJ en su portal institucional.

Es en este contexto donde adquiere una dimensión adicional la circulación de estudios presentados de forma sesgada: cuando el Estado abandona a las familias que conviven con el autismo y recorta los apoyos que necesitan, resulta funcional instalar la idea de que el problema tiene nombre de mujer y que la solución está en las decisiones individuales de las madres, no en las políticas públicas ausentes.

Machismo de guardapolvo blanco

Culpar a las mujeres que trabajan por la condición neurológica de sus hijos no es ciencia: es ideología con bata blanca. Es el mismo mecanismo que durante décadas señaló a las madres que trabajaban fuera del hogar como responsables de los problemas emocionales de sus hijos, que culpó a las mujeres que no amamantaron, que patologizó a las que estudian, a las que tienen proyectos propios, a las que no se «sacrifican» en silencio.

La ciencia del neurodesarrollo lleva décadas construyendo una imagen cada vez más compleja del autismo: multicausal, con fuerte base genética, mediada por factores ambientales que incluyen desde la edad paterna hasta la exposición a pesticidas, desde infecciones durante el embarazo hasta complicaciones perinatales. En ese cuadro multifactorial, la ocupación laboral de la madre es, según el propio consenso científico, un factor menor y circunscripto a condiciones de exposición tóxica específicas, no al hecho de trabajar.

Presentarlo de otro modo no es divulgación científica. Es misoginia con estadísticas.

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