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Libertad condicional al represor Riveros: seguirá preso por robo de bebés

El ex general represor genocida Santiago Riveros fue jefe del Comando de Institutos Militares. En 2018 fue condenado a 45 años de prisión por apropiación de bebés en el centro de detención clandestino que funcionaba en Campo de Mayo.

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Un tribunal de San Martín concedió este lunes la libertad condicional al represor Santiago Omar Riveros, de 98 años, al acatar un fallo de su superior, la Cámara Federal de Casación, aunque seguirá detenido en otra causa en la que está condenado por robo de bebés en la última dictadura militar.

La decisión fue de la jueza de ejecución del Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, Silvina Mayorga, luego de un fallo del máximo tribunal penal federal del país que el 7 de abril pasado anuló su rechazo a la libertad condicional de Riveros y le ordenó dictar una nueva sentencia, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

La magistrada dejó en claro en la resolución su postura contraria a conceder la libertad condicional al represor, condenado por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín a prisión perpetua el 30 de agosto de 2019.

La jueza ordenó que se le retire el dispositivo de vigilancia electrónica colocado cuando se le concedió la prisión domiciliaria y requirió a sus pares del Tribunal Oral Federal 3 de la ciudad de Buenos Aires que informen «inmediatamente» si reciben algún planteo para concederle salidas transitorias, semilibertad o libertad condicional por parte de su defensa oficial.

En septiembre de 2018, el TOF3, con sede en Comodoro PY 2002, condenó a Riveros a 45 años de prisión -que vencerá el 9 de abril de 2058- por robo de bebés en el centro clandestino de detención que funcionó en Campo de Mayo en 1977 y 1978.

Al conceder la libertad condicional en la causa por la que fue condenado en la justicia de San Martín, la magistrada detalló los motivos por los cuales como jueza de ejecución se había opuesto.

«Debo consignar que en aquella ocasión sostuve que las situaciones de detención de Riveros -cumple prisión preventiva en numerosos procesos en trámite ante esta sede y también severas penas de prisión a disposición de otros tribunales- imposibilitaban la libertad pretendida ya que le impedirían cumplir con las cláusulas compromisorias a las que se encuentran sujeta precisamente la libertad condicional», argumentó.

«Valoré además que Riveros cumple pena de prisión por delitos de lesa humanidad y que la libertad anticipada podría conducir a una solución que, mediante una reducción indebida de pena, conlleve a la responsabilidad internacional del Estado argentino de acuerdo a los estándares del sistema interamericano de derechos humanos«, agregó la magistrada.

La jueza recordó que cuando negó el beneficio al represor tuvo en cuenta «las exposiciones de las víctimas que categóricamente se opusieron a la libertad anticipada del condenado»

Ese fallo fue apelado y la sala II de la Cámara Federal de Casación, superior del Tribunal de San Martín, lo anuló y ordenó dictar una nueva resolución en base a lineamientos dados en su sentencia.

Los jueces de Casación argumentaron que «la existencia de otras detenciones vigentes para el condenado que le impiden cumplir las cláusulas compromisorias» de la libertad condicional «no constituye un obstáculo previsto legalmente para la concesión» del beneficio.

Máxime cuando Riveros ya ha sido condenado a la pena de prisión perpetua y, sea cual sea la sanción que podría imponérsele en otras causas, no superará ese monto”, sostuvo el fallo de Casación.

Además, los magistrados consideraron «dogmática» la afirmación de la jueza de ejecución vinculada a la «actitud» del condenado, en base a la cual «no es posible inferir que haya adquirido la capacidad de comprender y respetar la ley». Los jueces de Casación evaluaron que Riveros tiene «arraigo domiciliario acreditado».

La jueza de San Martin remarcó en su fallo que «se deduce» que «no ha sido considerada como obstativa para la pretensión liberatoria de Riveros» la «oposición de la fiscalía y de familiares y sobrevivientes para quienes la ‘libertad anticipada’ del condenado podría ser un ‘riesgo'», plantearon en la causa.

Riveros fue jefe del Comando de Institutos Militares con asiento en la guarnición militar de Campo de Mayo en la última dictadura cívico militar eclesiástica.

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La Perla: identificaron los restos de un joven de 22 años secuestrado en 1976

El Equipo Argentino de Antropología Forense logró determinar la identidad de los restos hallados en la reserva natural militar La Calera. El joven fue secuestrado junto a su esposa, que estaba embarazada de dos meses.

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El Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) identificó los restos de Alejandro Ernesto Jesús Jerez Boderau, quien permanecía desaparecido desde mayo de 1976 y fue encontrado en el área vinculada con el ex centro clandestino de detención La Perla, en Córdoba.

Alejandro nació el 30 de julio de 1953 en la Ciudad de Buenos Aires. Tenía 22 años, trabajaba en IKA-Renault y esperaba el nacimiento de una niña cuando fue secuestrado.

Según publicó NA, el procedimiento ocurrió el 5 de mayo de 1976, en la pensión donde vivía en el barrio Alberdi de Córdoba. Junto con él también fue secuestrada su esposa, Susana Noemí Huarte Martínez.

El secuestro de Alejandro y su esposa

Al momento del secuestro, Susana tenía dos meses de embarazo. Además, estudiaba Medicina.

Desde aquel operativo continúa sin conocerse su paradero.

La identificación de Alejandro permite establecer qué ocurrió con sus restos a partir del trabajo desarrollado por el EAAF sobre material óseo recuperado en Córdoba.

Cómo fue identificado por el EAAF

El análisis se realizó en el Laboratorio de Genética Forense. Los especialistas compararon los restos óseos encontrados dentro de la reserva natural militar La Calera con muestras de referencia aportadas por familiares.

Para completar el estudio también se utilizaron perfiles genéticos suministrados por el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).

El procedimiento permitió establecer la identidad de Alejandro Ernesto Jesús Jerez Boderau.

Ya son 30 las personas identificadas

El EAAF comunicó que la identificación de Alejandro eleva a 30 la cantidad de personas desaparecidas encontradas e identificadas en el marco de los trabajos realizados en el lugar.

La organización señaló además que todavía permanecen cinco víctimas por identificar.

El trabajo reúne a distintas instituciones. Participan el Departamento de Geología de la Universidad Nacional de Río Cuarto, la Universidad Nacional de Córdoba y el Servicio de Antropología Forense del Instituto de Medicina Forense del Poder Judicial de Córdoba.

El Gobierno de Córdoba y la Municipalidad de Córdoba aportan logística y recursos para los estudios.

Las excavaciones en La Calera

Las tareas de excavación fueron ordenadas por el Juzgado Federal N.º 3, a cargo del juez Hugo Vaca Narvaja.

Los trabajos se desarrollan en la zona conocida como Loma de Torito, ubicada dentro del área de La Calera.

Los restos analizados por los especialistas fueron encontrados en la reserva natural militar La Calera.

La Perla y su historia

La Perla estuvo bajo la conducción del militar Luciano Benjamín Menéndez y fue uno de los centros clandestinos de detención de mayor tamaño durante la última dictadura.

Comenzó a funcionar en 1976, poco después del golpe de Estado contra el gobierno de María Estela Martínez de Perón.

Según la información proporcionada, se estima que unas 2.500 personas permanecieron retenidas allí de manera clandestina, en su mayoría desaparecidas.

El predio está ubicado en el kilómetro 12,5 de la Ruta 20 y actualmente funciona como un espacio dedicado a la memoria y la promoción de los Derechos Humanos.

Un nuevo paso en la identificación de desaparecidos

La identificación de Alejandro Jerez Boderau se suma a los trabajos realizados por el EAAF para establecer la identidad de las víctimas cuyos restos fueron recuperados en el área.

El análisis genético permitió vincular los restos encontrados con las muestras familiares y los perfiles del Banco Nacional de Datos Genéticos.

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