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La Justicia rechazó la propuesta de Vicentin

Además de denegar la homologación del acuerdo propuesto por la empresa en el marco del concurso preventivo, el juez Lorenzini hablitó desde el 18 y hasta fin de mes la presentación de interesados en administrar la compañía.

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El juez civil y comercial del concurso preventivo de la agroexportadora Vicentin rechazó este viernes la homologación del acuerdo propuesto por la empresa y abrió la vía del cramdown o salvataje a partir del próximo lunes, informaron fuentes judiciales.

La disposición está contemplada en la ley de Quiebras y Concursos para darle continuidad a una empresa a partir de la presentación de ofertas de interesados en administrar la compañía.

La misma norma contempla que la propia concursada, es decir Vicentin, pueda presentarse en el período de concurrencia (cramdown) que se extenderá hasta fines de septiembre.

Vicentin, la principal empresa agroexportadora de capitales argentinos, entró en cesación de pagos en diciembre de 2019 y en marzo siguiente pidió su concurso preventivo con créditos verificados por casi US$ 1.500 millones.

El juez civil y comercial de las segunda nominación de la ciudad santafesina de Reconquista, Fabián Lorenzini, firmó la resolución que rechaza la homologación del acuerdo presentado por Vicentin para salir del concurso.

La misma resolución abre el período de salvartaje y, a la vez, rechaza las impugnaciones a la propuesta interpuestas por el Banco de la Nación Argentina (BNA), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y otros tres acreedores.

El juez argumentó el rechazo al señalar en una resolución de 27 páginas que “el impedimento (para homologar) surge de la desigual distribución del esfuerzo entre los acreedores y la sociedad concursada”.

La resolución “encuentra fundamento en la existencia de un esquema que genera una transferencia excesiva e injustificada del pasivo concursal sobre las espaldas de aquellos acreedores que no perciben el 100% de sus acreencias dentro de los primeros 365 de la propuesta”, añadió el escrito.

Para Lorenzini, la propuesta presentada por Vicentin, que cubría el 100% de los créditos de 816 acreedores con el pago de U$S30.000, no contempla sin embargo en igualdad de condiciones al resto de los acreedores de mayor monto.

“Se observa un intento por hacer descansar en los hombros de los acreedores, contingencias empresariales inclusive posteriores al concursamiento de la empresa, contrariando así la finalidad económica y social de este tipo de procesos de crisis”, sostuvo el juez.

Seguridad social

Actualización mínima, pérdida real del 40%: la política de Milei frente al sistema de discapacidad

El Ministerio de Salud actualizó los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad un 2,10% para junio, atado al IPC de mayo. La medida coexiste con la negativa del Gobierno a aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad y con una pérdida real acumulada que, según el propio sector, supera el 40%.

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El Argentino Diario-Organizaciones de personas con discapacidad.
El Gobierno actualizó 2,10% los aranceles de prestaciones por discapacidad: qué cambió en junio.

El Ministerio de Salud, a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad, publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 1297/2026: una actualización del 2,10% en los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, vigente desde junio y calculada sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo. La medida convive con una pérdida real acumulada que el propio sector estima en más del 40% respecto de los costos, y con la negativa sistemática del Gobierno de Javier Milei a dar plena vigencia a la Ley de Emergencia en Discapacidad.

La resolución, firmada por el secretario nacional de Discapacidad, Alejandro Alberto Vilches, establece un incremento parejo para todas las prestaciones del nomenclador, sin distinción por modalidad o tipo de servicio. La norma actualiza los valores aprobados por la Resolución 517/2026, que en mayo había dispuesto una suba del 2,6%. Para las provincias de la Patagonia, considerada zona desfavorable por sus condiciones geográficas y logísticas, se mantiene un adicional del 20% sobre el arancel básico.

Con los nuevos valores, una prestación de centro de día con jornada doble pasará a percibir $1.058.791,92, mientras que una jornada simple ascenderá a $563.272,78.

Números oficiales versus realidad del sector

La actualización mensual por IPC es el mecanismo que el Gobierno aplica de manera rutinaria, pero los prestadores advierten que ese esquema está lejos de compensar el deterioro acumulado. Según datos oficiales del propio sector, la pérdida real frente a los costos operativos supera el 40% en el período 2024-2025. El impacto es concreto: instituciones de referencia, como el Centro Alas de Rosario, con 38 años de trayectoria en la atención de personas con discapacidad, alertaron públicamente a mediados de mayo que no perciben fondos desde noviembre de 2025. El cuello de botella señalado es el crónico retraso en los pagos del programa federal Incluir Salud.

Una ley vigente que el Gobierno se niega a cumplir

El trasfondo de esta nota mensual de actualización es un conflicto político e institucional de mayor envergadura. El Congreso aprobó en julio de 2025 la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, que declaraba la emergencia del sector hasta diciembre de 2026 y establecía, entre otros puntos, compensaciones para los prestadores por el desfasaje acumulado entre aranceles e IPC durante 2024, y la actualización mensual automática de los valores del nomenclador. Milei vetó la ley en agosto. El Senado revirtió el veto en septiembre de 2025 con 63 votos a favor y solo 7 en contra, forzando la promulgación de la norma.

Sin embargo, el Ejecutivo condicionó la aplicación de la ley a que el Congreso incluyera las partidas correspondientes en el Presupuesto 2026, invocando el artículo 38 de la Ley de Administración Financiera. La Justicia intervino en reiteradas oportunidades. En diciembre de 2025, el Juzgado Federal de Campana declaró inválida la suspensión y fijó el 4 de febrero de 2026 como plazo máximo para la implementación plena. El Gobierno reglamentó parcialmente la norma mediante el Decreto 84/2026, pero continuó dilatando su aplicación integral.

En abril de 2026, la Cámara Federal de San Martín volvió a ordenar la aplicación de la ley. Ante ese fallo, el Gobierno ingresó ante la Corte Suprema un recurso extraordinario con efecto suspensivo, invocando un impacto fiscal de 3 billones de pesos (0,35% del PBI). En paralelo, el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley alternativo que modifica sustancialmente la norma vigente: establece un reempadronamiento obligatorio de pensionados bajo amenaza de interrupción automática de pagos, y elimina la posibilidad de otorgar aumentos por zona geográfica desfavorable.

La ANDIS disuelta y la continuidad institucional bajo cuestionamiento

El contexto institucional agrava el panorama. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), que administraba históricamente el sistema, fue disuelta por el Decreto 27/2026, tras el escándalo judicial que involucró a su ex titular Diego Spagnuolo en presuntas irregularidades con proveedores de medicamentos. Sus funciones quedaron absorbidas por el Ministerio de Salud, que es el organismo que ahora firma las resoluciones de actualización arancelaria. La continuidad de los servicios y la cadena de pagos a prestadores se desarrolla en ese marco de transición institucional.

Puntos clave

  • La Resolución 1297/2026 establece una actualización del 2,10% en los aranceles del sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad a partir de junio de 2026, calculada sobre el IPC de mayo.
  • Las provincias patagónicas mantienen un adicional del 20% sobre el arancel básico por zona desfavorable.
  • El sector estima una pérdida real acumulada de más del 40% frente a los costos en 2024-2025; instituciones de referencia advierten que no perciben fondos desde noviembre de 2025.
  • El Gobierno de Milei mantiene un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para frenar la aplicación plena de la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, pese a que la Justicia ordenó su vigencia en múltiples instancias.
  • La ANDIS fue disuelta por Decreto 27/2026 y sus funciones quedaron bajo la órbita del Ministerio de Salud.
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