Economía 💲
Suben los impagos con tarjetas y crece el riesgo para bancos
Suben los atrasos en pagos con tarjeta y préstamos personales. Las entidades financieras revisan previsiones ante mayor exposición a pérdidas.
Lo que tenés que saber:
- La mora en tarjetas de crédito alcanza el 2,9%, y en préstamos personales, 4,6%
- Las acciones de bancos caen hasta 25% en el año por impacto financiero
- El uso del crédito supera al ingreso y dificulta el cumplimiento de pagos
- Fintechs registran mora superior al 13% en los primeros meses del año
- Moody’s advierte que la deuda-salario subió 72% entre junio y enero
El avance de la morosidad en tarjetas enciende alarmas financieras
El sector bancario monitorea con atención el incremento en la morosidad del crédito al consumo. La consultora LCG señala que, tras un deterioro medido en abril, los datos extraoficiales de mayo y junio muestran una continuidad en los atrasos.
“La mora del financiamiento a familias, en el marco de calcular pérdidas crediticias esperadas (según normas internacionales) castigará el resultado de los bancos”, advierte el informe.

Acciones de bancos en baja durante 2025
En paralelo al aumento de la mora, los papeles del sector financiero atraviesan una tendencia negativa.
- Grupo Supervielle pierde 25% en el S&P Merval
- Banco Macro baja 24,3%
- Galicia retrocede 15%
- BBVA muestra una caída del 11,5%
Si bien las razones son múltiples, LCG remarca que el deterioro en la cobranza puede agravar la situación bursátil del sector.

Atrasos crecientes y consumo en pausa
Los datos muestran una creciente presión sobre las familias para afrontar sus deudas. El informe señala que la morosidad en tarjetas subió al 2,9% y al 4,6% en préstamos personales. La tendencia comienza con pagos mínimos que luego dejan de realizarse.
“En tarjetas se vio un patrón: primero, cada vez más cancelaciones de montos apenas arriba del mínimo, y luego ni siquiera llegando al mínimo (mora)”, resume LCG.
El incremento del crédito disponible contrasta con la evolución del ingreso. “Los préstamos personales mostraron una acelerada suba respecto del piso mínimo de abril de 2024, mientras que el financiamiento vía tarjeta de crédito ya se encuentra en máximos”, añade la consultora.

Financieras no bancarias también reportan mora
Empresas nucleadas en la Cámara Argentina de Empresas de Servicios Financieros (CAEFPI) confirman el incremento en la morosidad. La cifra, que se ubicaba entre 7% y 8%, hoy se mueve entre 13% y 15%.
“Un empresario de la entidad manifestó que la morosidad temprana ha empeorado, siendo habitual un 7% u 8% y ahora se sitúa entre un 13% y un 15%”, señala el relevamiento.
Una de las empresas afiliadas detalla:
- Morosidad superior a 30 días: 13,5%
- A los 60 días: 10,4%
- A los 90 días: 8,3%
La comparación interanual arroja un aumento en mora de corto plazo de entre 5% y 10%.

Moody’s alerta por el peso creciente de la deuda
La calificadora de riesgo Moody’s destaca el deterioro del crédito otorgado por Proveedores No Financieros de Crédito. “En los últimos trimestres se observó un fuerte deterioro en el desempeño de las carteras de crédito originadas por Proveedores No Financieros de Crédito (PNFC)”, señala su informe.
La relación entre deuda media y salario muestra una suba del 72% entre junio de 2024 y enero de 2025. “Niveles similares a los de 2018”, compara la agencia.
Desde Moody’s Local Argentina se proyecta que “la morosidad seguirá en aumento durante el año 2025, hasta que los niveles de tasas reales positivas se reduzcan y los salarios muestren una tendencia sostenida de recuperación”.
Gremiales
La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.
La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral
★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.
Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías
El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.
En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.
Qué artículos recuperan vigencia
Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.
El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.
Una saga que comenzó antes de la sanción
Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.
La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.
El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte
La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.
Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.
Puntos clave:
- La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
- Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
- El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
- El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
- La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
-
CABA5 díasEl show del “cura DJ” en Plaza de Mayo: horarios y el centro porteño blindado
-
Economía 💲6 díasOtra víctima de Milei: cerró la fábrica de Tía Maruca en la libertaria San Juan
-
Espectáculos 🎭4 díasDolor en la cultura: murió María Nieves, leyenda que marcó la historia del tango
-
Automovilismo4 díasMurió un espectador en el Rally Sudamericano de Mina Clavero y suspendieron la competencia
-
El Clima 🌤️6 díasTormenta intensa en Santa Rosa: 90 milímetros de agua y calles anegadas
-
CABA5 díasEl cura DJ hizo vibrar una Plaza de Mayo estallada: emotivo homenaje multitudinario al Papa Francisco
-
Espectáculos 🎭6 días“Somos marca país en teatro, cine y televisión”: Belloso y Guinzburg protagonizan “Casual”, una comedia “bien argenta”
-
Entrevista4 díasEXCLUSIVO: Pablo Grillo y la vida después del disparo que lo dejó “casi contándola desde el cielo”
