Investigación 🔎
La Justicia tucumana imputó a la madre de Kiara por abandono seguido de muerte
La progenitora de Kiara Jazmín Caro seguirá detenida, los investigadores sospechan que la dejó agonizando para asistir a los corsos.
La Justicia de Tucumán dictó prisión preventiva para Daniela Fernanda Ávila, acusada de abandonar a su hija de 7 años en el río Lules, donde fue hallada sin vida.
El 2 de marzo, el cuerpo de Kiara Jazmín Caro, de 7 años, fue encontrado en las orillas del río Lules, Tucumán, tras un operativo de búsqueda que involucró a la Policía, Defensa Civil y el Sistema de Emergencias provincial. Horas antes, su madre, Daniela Fernanda Ávila, de 24 años, había denunciado su desaparición, alegando que la perdió de vista mientras caminaban juntas por la zona del puente donde la ruta 301 cruza el río.
Investigación y acusaciones
La Unidad Fiscal Especializada en Homicidios I, dirigida por Pedro Gallo, formalizó la investigación contra Ávila por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo. Según la fiscalía, Ávila intentó acortar camino hacia la casa de su pareja llevando a su hija por un sendero que cruzaba el río Lules. Durante el cruce, habría dejado a la niña sola en medio del cauce, sin brindarle ayuda ni solicitar auxilio, optando por regresar a los corsos locales. Esta decisión habría dejado a Kiara en una situación de desamparo que culminó en su fallecimiento por asfixia por sumersión.
Prisión preventiva y evaluación psiquiátrica
En la audiencia, la fiscalía solicitó una prisión preventiva de tres meses para Ávila, argumentando riesgos de fuga y entorpecimiento de la investigación. El juez concedió la medida y ordenó su traslado a un hospital para una evaluación psiquiátrica, debido a que Ávila presentó un cuadro de ansiedad severa.
Abandono de persona agravado
El delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo está tipificado en el artículo 106 del Código Penal argentino, que establece penas de prisión para quien ponga en peligro la vida o salud de otro, abandonando a una persona incapaz de valerse por sí misma y a quien deba cuidar. Si el abandono resulta en la muerte de la víctima y es agravado por el vínculo, las penas pueden ser más severas.
Puntos clave del caso del abandono y muerte de Kiara:
- Hallazgo del cuerpo: Kiara Jazmín Caro, de 7 años, fue encontrada sin vida en el río Lules el 2 de marzo.
- Denuncia inicial: Su madre, Daniela Fernanda Ávila, denunció su desaparición horas antes, alegando que la perdió de vista durante una caminata.
- Acusación formal: Ávila fue imputada por abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo.
- Medidas judiciales: Se le dictó prisión preventiva por tres meses y se ordenó una evaluación psiquiátrica.
- Contexto legal: El delito imputado está contemplado en el artículo 106 del Código Penal argentino, con penas agravadas por el vínculo y el resultado de muerte.
Investigación 🔎
La causa ANDIS avanza: la Justicia rechazó los intentos de Spagnuolo y los Kovalivker de desbaratar la investigación
La Sala II de la Cámara Federal porteña rechazó dos intentos clave por desbaratar la investigación principal: le negó a Diego Spagnuolo la condición de querellante en el expediente por los audios y desestimó el planteo de nulidad de los hermanos Kovalivker. En simultáneo, confirmó los procesamientos de 19 imputados por el presunto vaciamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad.
Doscientos cuarenta y cinco mil dólares pagados en efectivo y sin factura en refacciones de lujo, una pileta con cascada, un quincho de alta gama y un jacuzzi. Ese es el trasfondo que rodea la causa que investiga el presunto vaciamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y que ahora tiene un nuevo capítulo judicial. La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó los procesamientos de Diego Spagnuolo y otros 18 imputados, y rechazó de plano dos maniobras defensivas que buscaban neutralizar la investigación.
Diego Spagnuolo, ex titular de la ANDIS y amigo personal del presidente Javier Milei, protagonizó ambas presentaciones frustradas. Por un lado, intentó convertirse en querellante en el expediente que investiga la filtración de los audios que se le atribuyen, donde se escucha una voz relatando el presunto esquema de retornos en medicamentos e insumos para personas con discapacidad, con un porcentaje que habría correspondido a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Por otro, la defensa de los hermanos Jonathan y Emmanuel Kovalivker, dueños de la Droguería Suizo Argentina, también imputados en la causa principal, impulsó un planteo de nulidad de todo lo actuado alegando que las grabaciones habrían sido adulteradas u obtenidas de manera ilícita. Ninguno de los dos intentos prosperó.
Sin legitimación para querellarse
Spagnuolo había recurrido ante la Cámara la decisión del juez Julián Ercolini, quien rechazó en primera instancia que el ex funcionario ingresara al expediente sobre los audios como particular damnificado. A través de su abogado Pablo Parera, argumentó que había sido blanco específico, real y verificable de las maniobras de espionaje que se investigan en ese expediente paralelo, que tramita con el fiscal Carlos Stornelli como acusador.
Los camaristas Roberto Boico y Guillermo Farah cerraron esa puerta. Boico fue categórico: mientras no concluya la pericia destinada a establecer el origen y la autenticidad de las grabaciones en el expediente principal, Spagnuolo «mal puede pretender ser tenido como ‘particular ofendido'». Farah, por su parte, señaló que la sola afirmación de haber sido víctima de espionaje no alcanza para reconocerle ese rol procesal y que el escrito de querella debería haber explicado, al menos como hipótesis, cómo los audios serían parte de maniobras ilegales y a manos de quién. Esa «falencia explicativa» fue el argumento decisivo para el rechazo.
La defensa de los Kovalivker, también sin éxito
El abogado Martín Magram, a cargo de la defensa de los hermanos Kovalivker, sostuvo que todo lo actuado en el expediente principal debía declararse nulo porque la investigación se montó sobre grabaciones adulteradas u obtenidas de manera ilícita. El planteo, rechazado en primera instancia, reunió la adhesión de otros imputados, pero tampoco tuvo éxito en la alzada.
Boico insistió en el argumento central: sin que se haya establecido aún si la voz que se escucha en las grabaciones difundidas por el canal de streaming Carnaval pertenece efectivamente a Spagnuolo, no resulta posible plantear con éxito una exclusión probatoria fundada en una captación ilícita no comprobada. Farah fue aun más explícito al señalar que ni el fiscal Franco Picardi ni el juez Ariel Lijo invocaron los audios como prueba de cargo en el expediente principal. «Oportunamente se verá qué valor probatorio tienen esos audios», escribió el camarista, dejando en claro que el debate sobre su validez está pendiente pero no pone en riesgo la investigación tal como está planteada hoy.
La pericia de Gendarmería, el nudo del asunto
El punto de inflexión de todo este capítulo procesal será la pericia que lleva adelante la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional sobre las piezas de audio que dieron origen al escándalo. Una vez que ese peritaje concluya, ambas controversias pendientes, la del querellante y la de la nulidad, podrán retomarse con nuevos elementos. Por ahora, la Cámara dejó en claro que ninguna de las maniobras defensivas tiene sustento suficiente para frenar el avance de la investigación.
En paralelo, los mismos camaristas confirmaron los procesamientos de Spagnuolo y otros 18 imputados, luego de que la investigación detectara pruebas de un aparente direccionamiento de licitaciones con simulación de competencia entre distintas empresas, que incluyó la manipulación del sistema informático del organismo. La ANDIS tiene bajo su órbita la gestión de medicamentos e insumos para personas con discapacidad, un universo presupuestario que, según la acusación, fue sistemáticamente vaciado a través de ese esquema.
Los audios, Karina Milei y el escándalo que no se apaga
El contenido de los audios atribuidos a Spagnuolo instaló en el centro del debate político a Karina Milei, hermana y secretaria general del presidente. Las grabaciones describirían un esquema donde la funcionaria participaría de los retornos sobre medicamentos e insumos destinados a personas con discapacidad. El gobierno de Milei nunca respondió sobre el fondo de esas acusaciones; prefirió instalar la hipótesis de que los audios fueron obtenidos de manera ilícita o adulterados, sin aportar prueba concreta de ninguna de las dos afirmaciones.
La estrategia, que ahora la Cámara rechazó en sus dos manifestaciones judiciales más directas, buscaba correrse del eje de la investigación para convertir a Spagnuolo en víctima de un complot y deslegitimar la evidencia antes de que sea evaluada. La resolución de Boico y Farah no habilitó ese camino. La causa sigue.
Lo que tenés que saber
- La Cámara Federal porteña rechazó el pedido de Diego Spagnuolo de ser querellante en la causa que investiga la filtración de los audios que se le atribuyen.
- También desestimó el planteo de nulidad de los hermanos Kovalivker, que alegaban que las grabaciones fueron adulteradas u obtenidas ilegalmente.
- Los camaristas Boico y Farah señalaron que los audios no fueron usados como prueba de cargo en el expediente principal.
- La pericia de Gendarmería Nacional sobre las grabaciones será determinante para resolver ambas controversias pendientes.
- La Cámara confirmó además los procesamientos de Spagnuolo y otros 18 imputados por el presunto vaciamiento de la ANDIS mediante licitaciones direccionadas.
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