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Legislativo

Milman pide allanar políticos… pero escondió su celular en la causa por el atentado a Cristina

La iniciativa genera dudas por el contraste entre el discurso sobre la transparencia y el comportamiento judicial del legislador.

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El diputado nacional Gerardo Milman presentó un proyecto de ley para modificar la Ley de Fueros (N.º 25.320) con el objetivo de permitir que jueces y fiscales puedan allanar domicilios particulares y oficinas comerciales de funcionarios públicos sin necesidad de un desafuero previo. La propuesta, según explicó, busca «acelerar las causas judiciales» y evitar que legisladores y otros cargos amparados por fueros «eliminen pruebas que los involucren en casos de corrupción y otros delitos».

«Nuestra propuesta tiene como objetivo que la Justicia tenga herramientas reales para investigar», declaró Milman. En el texto del proyecto, solo los despachos oficiales quedarán excluidos de los allanamientos sin autorización parlamentaria, lo que representa un cambio sustancial respecto a la protección integral actual.

Sin embargo, la figura del diputado no pasa desapercibida: Milman fue señalado en 2022 en el marco de la causa por el intento de asesinato a Cristina Fernández de Kirchner, y su conducta judicial posterior fue contradictoria con el espíritu de este nuevo proyecto.

Un testimonio clave y una conducta bajo sospecha

El 30 de agosto de 2022, dos días antes del ataque contra la vicepresidenta, un testigo aseguró haber escuchado a Milman decir en una confitería cercana al Congreso: “Cuando la maten, yo estoy camino a la Costa”. El mensaje, enviado por un asesor del Congreso al diputado Marcos Cleri, alertó sobre una conversación que el testigo vinculó con el atentado.

“Están las cámaras que no me dejan mentir. ¡Hijo de puta, lo escuché! Creéme, estoy temblando”, escribió el testigo en otro mensaje. Milman reconoció haber estado en Casablanca y haber viajado a Pinamar al día siguiente, pero negó haber hablado sobre el atentado. «No hubo ninguna discusión respecto a ningún atentado de Cristina», aseguró.

En la causa judicial, Milman dilató durante meses la entrega de su celular, y dos de sus asesoras —Ivana Bohdziewicz y Carolina Gómez Mónaco— eliminaron contenido de sus dispositivos antes de entregarlos. Bohdziewicz, de hecho, admitió haber borrado información sensible tras recibir instrucciones de un perito, según declaró ante la Justicia.

Un doble estándar en el discurso sobre la transparencia

El nuevo proyecto del diputado del PRO genera suspicacias. ¿Se trata de un compromiso genuino con la transparencia o de una jugada política para despegarse de sus propios antecedentes? La contradicción entre el discurso legalista y su comportamiento frente a una causa de extrema gravedad plantea serias dudas.

“Los fueros están para proteger al funcionario de una persecución política o judicial, pero no para evitar que la Justicia busque pruebas”, argumentó Milman en defensa de su iniciativa. Sin embargo, cuando la Justicia quiso acceder a su celular, él alegó haberlo entregado tarde por «problemas técnicos» y las pericias comprobaron que estaba parcialmente reseteado.

El intento de reforma no surge en el vacío. Desde hace años, organismos como el CELS y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) cuestionaron los fueros como escudo para la impunidad. Pero en boca de Milman, el planteo se enreda con su historial reciente. “La doble vara erosiona más que los fueros: erosiona la credibilidad”, advirtió un legislador opositor que pidió no ser citado.

Contexto: qué dice la ley y qué permitiría el cambio

La Ley de Fueros, sancionada en 2000 tras el escándalo del Senado por los sobornos, protege a diputados y senadores de ser detenidos o allanados sin autorización de la cámara correspondiente. En la práctica, esta norma funcionó como un cerrojo para evitar investigaciones judiciales contra políticos en funciones.

Milman busca que esa protección no incluya más los domicilios particulares ni las oficinas comerciales de los funcionarios. Con ese cambio, jueces y fiscales podrían allanar sin autorización parlamentaria esos espacios, aunque no así los despachos oficiales.

La propuesta se suma a una agenda del oficialismo y sectores del PRO que en los últimos meses intentaron mostrarse comprometidos con una “justicia sin privilegios”, aunque con escasa coherencia entre discursos y prácticas.

DDHH

Entra en vigencia la Ley Penal Juvenil que baja la imputabilidad a los 14 años

Desde este sábado rige la Ley 27.801, la B aja de imputabilidad de 16 a 14 años llega sin presupuesto ni política social y con más del 60% de los adolescentes en situación de pobreza.

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El Argentino Diario-Adolescentes miran celular.

Entró en vigencia este sábado el nuevo régimen penal juvenil que habilita juzgar y condenar a adolescentes desde los 14 años. La Ley 27.801, promulgada mediante el decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, cumplió este día los 180 días que se fijó para entrar en vigencia, derogando el decreto-ley 22.278 de 1980, que durante más de cuatro décadas reguló el sistema penal de la minoridad con el piso de punibilidad en los 16 años.

Una ley sancionada con votos de la derecha y los aliados del oficialismo

La norma fue aprobada por el Senado el 27 de febrero de 2026 con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención. El oficialismo logró sumar a sus aliados para imponer la reforma, mientras la oposición peronista cuestionó tanto la reducción de la edad como la ausencia de presupuesto para sostener el nuevo sistema en las provincias. El proyecto había sido incorporado al temario de sesiones extraordinarias mediante el decreto 53/2026, y fue uno de los objetivos legislativos centrales de la gestión Milei desde el inicio.

Qué cambia desde este sábado

El principal cambio es la baja de la edad de imputabilidad. Desde hoy, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser investigados, juzgados y condenados por delitos previstos en el Código Penal o las leyes penales especiales. La escala de sanciones llega hasta los 15 años de privación de la libertad para los delitos más graves, y queda prohibida la prisión perpetua para menores de edad.

La nueva norma incorpora la figura del supervisor especializado, profesionales de psicología, trabajo social y adicciones que deben acompañar el proceso de reinserción. También exige la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, y prohíbe la divulgación de nombres, fotografías o cualquier dato que permita identificar al adolescente imputado. Las detenciones deben realizarse en dependencias diferenciadas, sin compartir alojamiento con personas adultas. Cuando se acredite responsabilidad, los progenitores quedan alcanzados por responsabilidad civil por los daños causados.

Respecto de cuándo puede evitarse la prisión, el texto establece dos supuestos. El primero abarca las condenas que no superen los tres años. El segundo comprende penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya causado la muerte de la víctima ni una grave violencia física o psíquica, y que el adolescente no tenga otras condenas o procesos en trámite. En esos casos, el juez debe imponer medidas socioeducativas vinculadas con la educación, el trabajo y la comprensión del hecho cometido.

Bullrich, el festejo y el discurso del castigo

La jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien impulsó el proyecto desde el Ministerio de Seguridad, festejó la entrada en vigencia con un mensaje en su cuenta de X: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». Añadió que «se terminó la excusa de la edad para delinquir» y que «el que roba, mata o lastima, responde por lo que hace». Para las víctimas y sus familias, afirmó, habrá «una pizca de justicia que nunca van a tener».

El mensaje de Bullrich sintetiza el enfoque del Gobierno: ampliar la capacidad punitiva del Estado sobre los adolescentes más vulnerables, sin que medie una política pública de prevención, educación o contención social. Ese discurso de mano dura no se sostiene ante los datos: la Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses proyectó que el nuevo régimen puede incrementar entre un 40 y un 60% el volumen de causas penales juveniles en los centros urbanos del país.

UNICEF y la Pastoral: el Estado punitivo no resuelve lo que el Estado social abandonó

Desde organismos de derechos humanos y de protección de la niñez, las advertencias son categóricas. UNICEF Argentina señaló que no existe evidencia de que bajar la edad de imputabilidad tenga un impacto favorable en la seguridad, y remarcó que la inmensa mayoría de los conflictos con la ley protagonizados por adolescentes involucran delitos contra la propiedad. El organismo internacional advirtió además que el encierro habitual favorece la reincidencia y deteriora la escolaridad y la inserción laboral, produciendo daños a la salud física y mental de los jóvenes.

La Pastoral, por su parte, pidió que la privación de la libertad sea de carácter excepcional y señaló que el nuevo régimen no debe agravar la vulnerabilidad de los menores. El organismo expresó su preocupación específica por el impacto del sistema penal sobre adolescentes que atraviesan situaciones de exclusión, y alertó sobre dos contextos que el Gobierno evita nombrar: el avance del narcotráfico y la pobreza infantil.

Según datos del Observatorio Social de la UCA, más del 60% de los niños, niñas y adolescentes del país se encuentra bajo la línea de pobreza. Encerrar a quienes ya fueron abandonados por el Estado antes de los 14 años no es justicia; es la continuación de otra forma de exclusión.

El problema del presupuesto y la operatividad real

Uno de los cuestionamientos centrales de la oposición durante el debate parlamentario fue la ausencia de financiamiento específico para implementar el nuevo sistema en las provincias. La reforma exige juzgados especializados, equipos interdisciplinarios, supervisores, alojamientos diferenciados y programas de resocialización. Nada de eso se sostiene sin presupuesto. La tensión entre el anuncio político y la infraestructura institucional real es, en este caso, la diferencia entre una ley que protege y una ley que castiga sin reparar.

Datos de la Procuración bonaerense indican que durante 2025 se iniciaron 1.857 procesos penales juveniles, donde fueron imputados 1.828 menores. Con el umbral de imputabilidad ahora en los 14 años, la proyección de nuevas causas plantea un desafío institucional que ningún funcionario del Gobierno respondió con cifras concretas de inversión.

Una reforma que llega sin política social y con el ajuste profundizado

El nuevo régimen penal juvenil comienza a aplicarse en un escenario marcado por el recorte sistemático del gasto social bajo la gestión Milei. Desde diciembre de 2023, los programas sociales sufrieron una caída real del 61%, las transferencias a universidades cayeron un 20% y el gasto de capital se desplomó un 86%. La paradoja es brutal: el mismo Gobierno que desmanteló las políticas de prevención, contención y acceso a derechos ahora amplía el alcance del sistema penal sobre los adolescentes que esas políticas debían proteger.

El debate de fondo no pasó por la edad. Pasó por quién paga el costo de una política de seguridad que se concentra en encerrar y no en prevenir. La respuesta, esta vez, la dieron los propios datos: mientras el Estado se retiró de la educación, la salud y los programas sociales, el sistema penal avanzó sobre los más jóvenes y los más pobres.

Lo que tenes que saber de la nueva Ley Penal Juvenil

  • La Ley 27.801 entró en vigencia este sábado 5 de septiembre, tras ser publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026.
  • La edad de imputabilidad bajó de 16 a 14 años; las penas llegan hasta 15 años y se prohíbe la prisión perpetua para menores.
  • Bullrich celebró la medida en redes sociales con un discurso de mano dura, omitiendo toda consideración sobre las causas estructurales del delito juvenil.
  • UNICEF Argentina advirtió que bajar la imputabilidad no reduce el delito y que el encierro favorece la reincidencia.
  • La Pastoral Judicial alertó sobre el avance del narcotráfico y la pobreza infantil como contextos que la sanción penal no resuelve.

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