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Política 📢

Nuevo decreto de Milei reduce controles en el mercado de autopartes usadas

La nueva normativa reduce requisitos y habilita una plataforma digital para registrar vehículos a desarmar. Especialistas advierten sobre los riesgos de trazabilidad en un sector sensible al delito automotor.

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El Gobierno nacional oficializó este jueves una modificación sustancial a la Ley 25.761, que regula la actividad de los desarmaderos y la venta de autopartes usadas en la Argentina. A través del Decreto 428/2025, publicado en el Boletín Oficial, se simplificaron los trámites exigidos para registrar un vehículo a desarmar, al mismo tiempo que se eliminó parte de la información obligatoria para acreditar la trazabilidad de los procesos.

Según lo dispuesto, la Dirección Nacional de los Registros del Automotor habilitará una plataforma digital donde los titulares deberán subir la documentación y fotografías del vehículo a desarmar. Hasta ahora, ese procedimiento solo se podía realizar en formato papel, de manera presencial, y con documentación física que incluía fotos impresas.

Aunque la digitalización se presenta como parte de un proceso de modernización del Estado, el decreto también redujo la información exigida para acreditar el ingreso y egreso de vehículos y autopartes. A partir de ahora, bastará con registrar “marca, modelo, número de pieza y certificado de baja y desarme”, en contraste con el régimen anterior, que requería datos más precisos como el tipo de combustible, país de fabricación, destino y número de identificación de las piezas.

Argumentos oficiales y críticas veladas

El Gobierno justificó la medida señalando que la normativa anterior resultaba “obsoleta” y que las exigencias vigentes “imponían cargas operativas innecesarias que no contribuyen de manera efectiva al control o a la trazabilidad del proceso”. Planteó además que la nueva plataforma digital garantizará “transparencia, inmediatez y eficacia”, y permitirá “reducir costos operativos”.

Sin embargo, la decisión despertó inquietudes en sectores vinculados al control del delito automotor. Aunque no hubo aún un pronunciamiento oficial de las fuerzas de seguridad o el Ministerio Público, fuentes judiciales consultadas por medios especializados advirtieron que la trazabilidad completa del desguace de vehículos es un eslabón clave para combatir el mercado negro de autopartes, donde suelen terminar los autos robados o adulterados.

Desde su creación en 2002, la Ley 25.761 buscó precisamente ordenar ese sector mediante la creación del Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas (RUDAC), imponiendo exigencias documentales estrictas para cada unidad desguazada. La reducción de esos requerimientos y el menor control sobre el destino de piezas no reciclables podría, según especialistas, “abrir una ventana de riesgo si no se acompaña con controles efectivos”.

Contexto de desregulación generalizada

El Decreto 428 se inscribe en una política más amplia del Gobierno nacional orientada a desregular y digitalizar los procesos administrativos. A lo largo del primer semestre del año, se adoptaron medidas similares en áreas como el registro de cooperativas, licencias de conducir, y habilitaciones comerciales.

El argumento oficial es siempre el mismo: simplificar trámites, reducir burocracia y modernizar el Estado. No obstante, organizaciones que trabajan sobre el control del delito complejo insisten en que, en sectores sensibles como el automotor, una menor regulación puede derivar en mayores niveles de informalidad.

En Argentina, el robo de vehículos sigue siendo una de las modalidades delictivas con mayor impacto en los centros urbanos, especialmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires. Según datos del Ministerio de Seguridad de la Nación, en 2024 se denunciaron más de 55.000 casos de robo de automotores, una cifra que se mantuvo estable respecto al año anterior.

Política 📢

Fin del acoso por deudas: la Legislatura reguló a las agencias de cobranza

La ley fija límites a los llamados y mensajes, exige habilitación y un abogado matriculado, y endurece las multas por hostigar a jubilados, pensionados y personas con discapacidad.

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El Argentino Diario-Legislatura porteña.

La Legislatura porteña aprobó una ley que regula a las agencias de cobranza extrajudicial de deudas en la Ciudad. El proyecto, impulsado por el bloque Fuerza por Buenos Aires de Leandro Santoro, modifica la Ley 6.171 y fue aprobado por unanimidad en general; La Libertad Avanza votó en contra de tres artículos: los referidos a la habilitación, al abogado obligatorio y a la refinanciación.

Qué cambia para los deudores

La norma exige que las agencias estén habilitadas y cuenten con un abogado matriculado en el Colegio Público de la Abogacía porteño. Los bancos y otras empresas no podrán ceder carteras de deuda a agencias que no estén autorizadas.

Las agencias solo podrán contactar a un deudor una vez por día y dos por semana, y si la persona responde, no podrán volver a llamarla ese mismo día. Cuando quien se comunica es un sistema automatizado, deberá avisarlo y ofrecer la opción de hablar con una persona.

La ley prohíbe las amenazas e intimidaciones, como advertir falsamente sobre cárcel, embargos o la pérdida de la jubilación. Tampoco se podrá condicionar la entrega del libre deuda al pago de honorarios, y habrá un canal de reclamos con un plazo de respuesta de 10 días hábiles.

Multas agravadas

Las multas serán más altas cuando el hostigamiento afecte a jubilados, pensionados o personas con discapacidad. La norma entrará en vigencia cuando sea reglamentada por el Ejecutivo porteño.

Leé también: La Legislatura porteña aprobó la Ley de Libertad Comercial con LLA y el PRO

Lo que tenés que saber:

  • Las agencias de cobranza deberán estar habilitadas y tener un abogado matriculado.
  • Solo podrán contactar a un deudor una vez por día y dos por semana.
  • Deberán avisar si llama un bot y no podrán amenazar con cárcel o embargos.
  • Las multas serán mayores si el acoso afecta a jubilados, pensionados o personas con discapacidad.
  • La ley rige cuando se reglamente.
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