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Milei echó al cónsul argentino en España tras un conflicto interno en la embajada

El presidente firmó el Decreto 588/2026 para cesar a Alejandro Nimo, designado apenas dos años atrás, después de que el embajador Alejandro Bunge le retirara el despacho dentro de la sede diplomática de Madrid. El texto también lleva la firma del canciller Pablo Quirno y del ministro de Economía, Luis Caputo.

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El cese de Nimo en Madrid: cómo un conflicto por un despacho desnuda la fragilidad institucional de la diplomacia Milei.

El gobierno de Javier Milei dispuso el cese del abogado Marcelo Alejandro Nimo como consejero y cónsul general de Argentina ante el Reino de España, en una decisión que expone una fractura interna en el cuerpo diplomático que la administración libertaria prefería mantener fuera del radar público. El Decreto 588/2026, firmado por el presidente Milei, el canciller Pablo Quirno y el ministro de Economía Luis Caputo, formalizó la salida de Nimo de la Embajada argentina en Madrid, donde se desempeñaba como Agregado Especializado en el Área de Promoción de Inversiones y Comercio Internacional.

El despacho como detonante

El conflicto que precipitó la salida de Nimo tuvo su epicentro en la sede diplomática ubicada en la calle Fernando El Santo 15, en el barrio de Salamanca, Madrid. Según la información disponible, el embajador Alejandro Bunge decidió retirarle a Nimo su despacho dentro del edificio, un gesto que en el lenguaje diplomático equivale a una degradación simbólica de las funciones asignadas y que en la práctica tornó insostenible la continuidad del funcionario. Lo que pudo haberse resuelto por vías administrativas internas derivó en un conflicto que escaló hasta exigir la intervención directa de la Casa Rosada.

Designado con elogios, removido sin explicaciones

La paradoja del caso Nimo es que su designación original, instrumentada mediante el Decreto 722/2024 publicado el 9 de agosto de 2024, destacaba que el funcionario reunía «las condiciones de idoneidad profesional necesarias para desempeñar dicho cargo». Apenas dos años después, el mismo gobierno que lo ungió con esa descripción lo removió sin ofrecer explicaciones públicas de fondo. El decreto de cese no consigna causas disciplinarias ni irregularidades formales; se limita a disponer el cese, una fórmula que en el léxico burocrático sugiere una salida negociada o, en su defecto, impuesta.

Gestión libertaria y la diplomacia del caos

El episodio no es un hecho aislado en la política exterior del gobierno libertario. Desde diciembre de 2023, la Cancillería argentina atravesó sucesivas turbulencias: roces con socios regionales, posicionamientos que tensaron vínculos históricos y una lógica de lealtades personales que primó sobre la carrera diplomática tradicional. El conflicto entre Nimo y Bunge ilustra, en escala reducida, una dinámica que se repite a mayor escala: la acumulación de poder en figuras de confianza directa del Ejecutivo, combinada con la ausencia de protocolos claros de resolución de conflictos institucionales, termina produciendo cortocircuitos que solo se resuelven con bajas.

La firma de Luis Caputo en un decreto de cese diplomático también llama la atención: la rúbrica del ministro de Economía en un acto de política exterior expone la superposición de funciones y la porosidad entre carteras que caracteriza al gabinete de Milei, donde los límites competenciales se difuminan con frecuencia según las afinidades del momento.

Puntos clave

  • El Decreto 588/2026 firmado por Milei, Quirno y Caputo dispuso el cese de Alejandro Nimo como consejero y cónsul general de Argentina ante España.
  • El conflicto se originó cuando el embajador Alejandro Bunge retiró el despacho a Nimo dentro de la sede diplomática de Madrid.
  • Nimo había sido designado por el propio gobierno mediante el Decreto 722/2024, publicado el 9 de agosto de 2024.
  • El decreto de cese no consigna causas disciplinarias ni irregularidades formales.
  • La firma de Luis Caputo en el acto expone la superposición de funciones que caracteriza al gabinete libertario.

Presidencia

Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei y la Justicia ordenó archivar el expediente

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió sobreseer a los hermanos Milei y a otros nueve imputados. El fallo descartó estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias, y dispuso archivar el expediente una vez que la decisión quede firme.

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El Argentino Diario-$Libra, Javier Milei, Mauricio Novelli.

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió este viernes 23 de octubre sobreseer al presidente Javier Milei y a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en la causa $LIBRA, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas y posibles delitos económicos vinculados con el lanzamiento y la promoción del token.

La resolución, adoptada en consonancia con el criterio de la fiscalía, descartó los delitos de estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias. La decisión también alcanzó a otros nueve imputados, entre ellos el empresario estadounidense Hayden Mark Davis.

El juez Marcelo Martínez de Giorgi dispuso que, una vez que el fallo quede firme, se comunique la resolución y se archive la causa.

Por qué la Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA

El tribunal analizó las conductas investigadas y concluyó que no se reunían elementos suficientes para sostener los delitos atribuidos a los imputados.

En relación con la presunta estafa, la resolución señaló que no se acreditó un engaño relevante en términos penales ni una maniobra fraudulenta preconcebida atribuible a los involucrados.

El fallo consideró que el token $LIBRA operó dentro de un mercado de criptomonedas caracterizado por la especulación y la volatilidad, sin que se garantizaran rentabilidades a quienes invirtieran. También sostuvo que la caída de la cotización, por sí sola, no configura el delito de estafa.

De esta manera, la Justicia descartó la imputación penal por ese delito en el marco de la causa.

Qué resolvió el fallo sobre la publicación de Javier Milei en X

Otro de los puntos examinados fue la difusión del proyecto $LIBRA a través de la cuenta personal del presidente en la red social X.

Sobre el presunto abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles con la función pública, la resolución determinó que esa publicación no constituyó un acto institucional ni implicó la utilización de recursos estatales.

El fallo también mencionó que la Oficina Anticorrupción había descartado violaciones a la Ley de Ética Pública. Además, indicó que no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que vincularan el ejercicio de la función pública con la iniciativa privada.

Esos elementos fueron considerados en el análisis de las posibles responsabilidades penales atribuidas al mandatario.

Karina Milei: qué dijeron los peritajes sobre el presunto tráfico de influencias

En el caso de Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, la investigación examinó la hipótesis de un posible tráfico de influencias relacionado con reuniones con empresarios extranjeros vinculados al proyecto.

Según la resolución, las pruebas reunidas y los peritajes realizados sobre dispositivos electrónicos por la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) no permitieron confirmar la existencia de pagos de dinero o dádivas a cambio de facilitar encuentros con empresarios como Hayden Davis y Julian Peh.

El tribunal también consideró que las referencias publicadas en notas digitales sin firma y otras menciones periodísticas no constituían pruebas objetivas de un intercambio ilícito.

A partir de esos elementos, descartó la imputación por tráfico de influencias contra la funcionaria.

Quiénes son los otros nueve imputados sobreseídos en la causa $LIBRA

La resolución judicial alcanzó a once personas en total. Además de Javier y Karina Milei, el sobreseimiento incluyó a:

  • Mauricio Novelli.
  • Manuel Terrones Godoy.
  • Sergio Morales.
  • Hayden Mark Davis.
  • Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh.
  • María Alicia Rafaele.
  • María Pía Novelli.
  • Camilo Rodríguez Blanco.
  • Orlando Mellino.

La decisión comprende a todos los imputados mencionados en el fallo, luego del análisis judicial de las conductas investigadas y de los elementos incorporados al expediente.

Cuándo se archivará la causa $LIBRA

El juez Marcelo Martínez de Giorgi ordenó que la resolución sea comunicada y que el expediente se archive una vez que el sobreseimiento quede firme.

Esto significa que el archivo dispuesto no debe confundirse con una medida ya ejecutada: el propio fallo establece que ese paso deberá concretarse cuando la decisión alcance firmeza.

La resolución también señaló que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor de las personas sobreseídas.

Con esta decisión, el juzgado descartó las imputaciones penales analizadas en el expediente y estableció el procedimiento para avanzar hacia su archivo definitivo, sujeto a la firmeza de la resolución.

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