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Juicio YPF: la Corte Suprema de EEUU les dio más tiempo a los fondos para apelar
La jueza Sonia Sotomayor autorizó extender el plazo de apelación hasta el 30 de septiembre, un mes más de lo previsto. Los fondos Petersen y Eton Park, representados por Burford Capital, aún tienen abierta la puerta para llevar el caso ante el máximo tribunal estadounidense, aunque en paralelo avanzan con una demanda ante el CIADI.
La Corte Suprema de Estados Unidos les concedió este martes un mes adicional a los fondos demandantes en el litigio por la expropiación de YPF para presentar su recurso extraordinario ante ese tribunal. La nueva fecha límite quedó fijada para el 30 de septiembre de 2026, cuando originalmente vencía el 31 de agosto. La autorización fue dispuesta por la jueza Sonia Sotomayor, responsable de supervisar a la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.
La extensión fue solicitada por Burford Capital, el estudio jurídico que financia y representa a los fondos Petersen y Eton Park, que reclaman compensación por la estatización de YPF dispuesta en 2012 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Según explicó Sebastián Maril, CEO de Latam Advisors y uno de los analistas con mayor seguimiento del expediente, la solicitud de los 30 días adicionales obedeció a que el abogado de los fondos «tiene otras citas», una justificación que ilustra la naturaleza procesal de la maniobra más que una estrategia de fondo.
El largo camino desde el fallo de marzo
El derrotero judicial tomó un giro decisivo en marzo de 2026, cuando la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó la sentencia de primera instancia de la jueza Loretta Preska, que obligaba al Estado argentino a pagar más de 16.000 millones de dólares. El fallo favorable al país dejó sin efecto esa condena y representó un revés contundente para los demandantes.
Tras ese resultado, Burford Capital intentó una revisión del dictamen ante la propia Cámara, conocida como rehearing en banc, pero el tribunal rechazó el pedido a principios de junio de 2026. Sin más instancias disponibles en ese nivel, la única alternativa que resta en la justicia estadounidense es el recurso ante la Corte Suprema, cuya aceptación no es automática, sino discrecional: el máximo tribunal solo toma una fracción mínima de los casos que se le presentan.
La Corte Suprema: la última trinchera en suelo estadounidense
El recurso ante la Corte Suprema de Estados Unidos es la última instancia disponible para los demandantes en la justicia norteamericana. Si el tribunal decide no tomar el caso, el fallo favorable a la Argentina quedará firme en ese fuero. Sin embargo, la decisión de admitir o rechazar el recurso puede demorar meses, y la experiencia histórica indica que la Corte acepta revisar menos del 2% de los casos que le son presentados.
El escenario judicial, en cualquier caso, no se agota allí. En paralelo a las acciones en Nueva York, la defensa de los fondos trabaja en una demanda ante el CIADI, el tribunal arbitral del Banco Mundial, donde las reglas de juego y los precedentes son distintos. Esa vía podría mantenerse activa con independencia de lo que resuelva la Corte Suprema estadounidense, prolongando indefinidamente un conflicto legal que ya lleva más de una década.
Un litigio que excede lo judicial
El juicio por YPF nunca fue exclusivamente una disputa entre accionistas minoritarios y el Estado argentino. Detrás de los fondos demandantes opera Burford Capital, una empresa especializada en financiamiento de litigios de alto riesgo con expectativa de retorno multimillonario, que convirtió este caso en uno de sus activos más relevantes. La firma adquirió los derechos de litigio de los fondos a precios de descuento y asumió los costos del proceso a cambio de una parte sustancial de cualquier recupero.
Esa lógica financiera explica por qué los demandantes agotan cada instancia disponible, por mínimas que sean sus chances de éxito: para Burford, cada recurso es una opción que tiene valor mientras no sea definitivamente rechazada. La prórroga hasta el 30 de septiembre es, en ese sentido, una extensión del negocio tanto como del proceso judicial.
Para el Estado argentino, en cambio, el escenario actual es el mejor posible desde la revocación del fallo de Preska: una condena de 16.000 millones de dólares que quedó sin efecto y una apelación ante la Corte Suprema que tiene pocas probabilidades estadísticas de prosperar. Lo que sigue es, en buena medida, esperar.
Puntos clave
- La jueza Sonia Sotomayor autorizó extender hasta el 30 de septiembre el plazo para que los fondos presenten su recurso ante la Corte Suprema de EEUU.
- La solicitud la realizó Burford Capital porque el abogado de los fondos «tiene otras citas», según señaló el analista Sebastián Maril.
- En marzo de 2026, la Cámara de Apelaciones de Nueva York había revocado la condena de más de 16.000 millones de dólares contra la Argentina.
- En junio de 2026, la misma Cámara rechazó el pedido de revisión ampliada presentado por los fondos.
- En paralelo, los demandantes avanzan con una demanda ante el CIADI, el tribunal arbitral del Banco Mundial.
CABA
Deliveries sin derechos: la precarización laboral que el conflicto vecinal en CABA no muestra
Mientras vecinos de Villa Urquiza y Once reclaman por los ruidos de un centro de acopio, el fondo del problema es otro: miles de repartidores trabajan sin convenio colectivo, sin un espacio físico donde estacionar, reposar, sin obra social, sin ART y sin sindicato que los represente, en un modelo de ‘flexibilidad’ que el Gobierno de Milei celebra y profundiza.
Motos que arrancan a las seis de la mañana, camiones con motores encendidos durante veinte minutos, bicicletas que cruzan las veredas a cualquier hora. El conflicto entre vecinos de Villa Urquiza y un centro de distribución de delivery instalado en Quesada al 5900 llegó a los medios con el relato del malestar barrial. Pero detrás del ruido y los reclamos de convivencia hay una pregunta más incómoda, que nadie en el Gobierno libertario parece dispuesto a responder: ¿quiénes son esos trabajadores que circulan sin descanso, y qué derechos tienen?
Fernanda, vecina del edificio frente al centro de acopio, lo graficó con precisión: «Ya no hay siesta. Empezamos a las seis de la mañana con las descargas de camiones y a las ocho ya abren la persiana. Se cierra a las dos de la mañana». Ariel, otro afectado que vive en el mismo bloque junto a sus tres hijos, señaló que los ruidos son constantes y que padece acúfenos, una condición que el ambiente del depósito agrava de manera directa. Ambos vecinos aclararon algo significativo: no se quejan de los repartidores, sino de las empresas. «Acá nadie les exige a las empresas que les den garantía a los trabajadores. Uno no se quiere poner en contra de los trabajadores que ganan dos mangos y están todo el día en la calle», dijeron en el lugar.
El modelo que celebra Milei: sin patrón, sin sindicato, sin derechos
Los repartidores de plataformas como Rappi, PedidosYa o Mercado Envíos no son empleados en el sentido jurídico clásico: son «colaboradores independientes», una figura que las empresas tecnológicas instalaron en todo el mundo para eludir las obligaciones que establece la Ley de Contrato de Trabajo. En la Argentina, esta situación implica que la amplia mayoría de los repartidores carece de aportes jubilatorios regulares, cobertura de obra social, acceso a ART en caso de accidente de tránsito y, fundamentalmente, de representación sindical con poder de negociación real.
El Gobierno de Javier Milei no solo no cuestiona este modelo: lo reivindica como un ejemplo de libertad y flexibilidad laboral. La desregulación del mercado de trabajo, uno de los pilares del proyecto libertario, encuentra en el sector de delivery su laboratorio más visible: trabajadores que cobran por pedido, sin salario mínimo garantizado, sin vacaciones, sin aguinaldo y sin posibilidad real de acceder a un crédito hipotecario o a una jubilación digna al cabo de décadas de actividad.
La pelea que las empresas no tienen
La situación descripta en Villa Urquiza no es un caso aislado. Conflictos similares se registraron en los barrios de Las Cañitas y Villa Ortúzar, donde centros de distribución de entrega rápida generaron idénticas quejas vecinales. En todos los casos, el patrón se repite: las plataformas instalan depósitos en zonas residenciales, operan durante casi veinticuatro horas, no proveen sanitarios adecuados para los repartidores, no garantizan espacios de estacionamiento interno para las motos y no ofrecen ningún tipo de cobertura cuando un trabajador sufre un siniestro vial en la vía pública.
Los propios vecinos afectados lo señalaron sin ambigüedades: los reclamos apuntan a que las empresas garanticen espacios de carga cerrados, zonas de estacionamiento interno y baños para los repartidores. Lo que en cualquier actividad económica regulada serían obligaciones básicas del empleador, en el sector de plataformas digitales son reclamos que nadie obliga a cumplir.
Sin convenio, sin gremio, sin voz
A diferencia de los trabajadores de transporte, gastronomía o comercio, los repartidores de aplicaciones no cuentan con un convenio colectivo de trabajo que fije pisos salariales, condiciones de seguridad o mecanismos de negociación colectiva. Las organizaciones de repartidores que surgieron en los últimos años lograron instalar el debate público sobre la necesidad de una ley específica, pero no obtuvieron aún un marco legal que los proteja de manera efectiva a escala nacional.
Proyectos de ley para regular el trabajo en plataformas digitales fueron presentados en el Congreso en diferentes oportunidades, pero ninguno prosperó bajo la gestión libertaria, cuyo norte ideológico es, precisamente, el contrario: reducir las cargas que el Estado impone a las empresas. El resultado concreto es que miles de personas trabajan jornadas de diez o doce horas sobre una moto, expuestas a accidentes, a la intemperie y a la arbitrariedad de los algoritmos que distribuyen los pedidos, sin ninguna red de contención.
El ruido que tapa el problema real
El conflicto de Villa Urquiza expone una tensión real entre el derecho al descanso de los vecinos y el derecho al trabajo de los repartidores. Pero enmarcarlo como una disputa entre unos y otros es funcional a las empresas que se benefician del modelo: mientras vecinos y trabajadores discuten en la vereda, las plataformas siguen facturando millones sin asumir ninguna responsabilidad laboral, ambiental ni urbanística.
La pregunta que la gestión Milei evita con deliberada comodidad es cómo se regula una actividad que moviliza a decenas de miles de trabajadores en las principales ciudades del país, sin que ninguno de ellos tenga un empleador formal al que reclamarle. La flexibilidad que el Gobierno celebra tiene un costo que pagan, en partes iguales, los repartidores que no llegan a fin de mes y los vecinos que no pueden dormir.
Lo que tenés que saber sobre la precariedad de los deliveries
- Vecinos de Villa Urquiza denuncian ruidos y riesgo vial por un centro de distribución de delivery en Quesada al 5900, con actividad desde las 6 hasta las 2 de la madrugada.
- Los propios vecinos aclararon que el reclamo va dirigido a las empresas y no a los trabajadores, a quienes reconocen como víctimas del mismo modelo.
- Los repartidores de plataformas carecen de convenio colectivo, obra social, ART, aportes jubilatorios y representación sindical efectiva.
- Conflictos similares se registraron en Las Cañitas, Once y Villa Ortúzar, con el mismo patrón de empresas que operan sin asumir obligaciones laborales ni urbanísticas.
- El Gobierno de Milei promueve la desregulación laboral como política de Estado, sin presentar ningún marco legal que proteja a los trabajadores de plataformas digitales.
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