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Aspartamo es sinónimo de cáncer: gaseosas y comidas que lo contienen

Especialistas aseguran que los edulcorantes como el aspartamo pueden afectar la salud. El estudio, liderado por 25 expertos en nutrición de 12 países concluyó que este tipo de edulcorante «puede ser carcinógeno para los seres humanos».

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Especialistas en nutrición señalaron este viernes que la advertencia que hizo recientemente la Organización Mundial de la Salud (OMS) al calificar al edulcorante aspartamo como «posiblemente cancerígeno» impulsa a que se hagan «más y nuevos estudios al respecto» y apuntaron que los edulcorantes «no son inocuos, sino que tienen una implicancia en la salud».

La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer de la OMS evaluó por primera vez estudios preexistentes sobre el cáncer en humanos y en experimentos de animales, y encontraron solo tres estudios donde se permite «una asociación positiva sobre el consumo de este edulcorante y el cáncer de hígado«, indicó la publicación de los fundamentos de la investigación.

El estudio, liderado por 25 expertos de 12 países, fue publicado este jueves en la revista científica The Lancet Oncology y este viernes en el sitio web del organismo internacional.

El reporte concluyó que el edulcorante aspartamo «puede ser carcinógeno para los seres humanos» y lo clasificaron en el Grupo 2B, nivel que implica que hay «evidencia limitada» sobre su carcinogenicidad en los seres humanos.

Sin embargo, el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA, por sus siglas en inglés) reafirmó que «la ingesta diaria admisible de este producto es de 40 miligramos por cada kilo de peso corporal».

Télam consultó a especialistas en nutrición, quienes formaron parte de la discusión y armado de la Ley de Etiquetado Frontal, 27.642 respecto a las implicancias o relevancia de esta comunicación del organismo internacional respecto al consumo del aspartamo, que tal como lo indica la OMS se encuentra presente en bebidas con pocas calorías, conocidas como «light», en platos preparados, productos procesados, chicles, gelatinas o helados. Incluso también en medicinas como las pastillas contra la tos y dentífricos.

La nutricionista Andrea Graciano, docente de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la Universidad de Buenos Aires e investigadora de esa institución, fue contundente respecto al estudio publicado por la OMS.

«Estos informes nos permiten evidenciar que los edulcorantes no son inocuos como creíamos, que hay una implicancia para la salud y que si miramos la salud ampliamente, las implicancias son para la salud humana, animal y ambiental», advirtió Graciano.

Según la investigadora, «esta comunicación se suma a los documentos que recientemente publicó la OMS, una directriz sobre el consumo de edulcorantes, de endulzantes no calóricos, que plantea que si bien se consumen como opción para bajar de peso, la evidencia demuestra que no tendrían ese efecto».

«Analizaron la evidencia científica disponible de mejor calidad y comunicaron que el consumo de edulcorante hasta podría favorecer el aumento de peso, del riesgo de padecer enfermedades no transmisibles relacionadas con la alimentación como, por ejemplo, la diabetes tipo 2, y que también podrían aumentar la mortalidad», afirmó Graciano.

Respecto al estudio realizado por la OMS, la docente aseguró que la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer de la OMS «está poniendo el foco en este edulcorante y lo clasifica como posiblemente cancerígeno. Quiere decir que no es inocuo, además de que es la misma categoría que se le da al Glifosato».

Graciano recordó que la Ley de etiquetado frontal obliga a las industrias alimentarias a declarar y poner una etiqueta cuando los productos contienen edulcorantes y que se acompañe con una leyenda donde se aclare que no son recomendados para el consumo de niñas y niños, información que antes se disfrazaba de «light o dietético».

«Quienes abogamos por políticas públicas que defiendan y protejan nuestro derecho a una alimentación y salud sana, esperamos que se tomen estos documentos como referencia para que crear políticas públicas que nos cuiden al respecto», apuntó.

El presidente de la Fundación Sociedad Argentina de Nutrición y Alimentos Reales (Sanar), Ignacio Porras, coincidió con la postura de Graciano y señaló que clasificar al aspartamo como «posible carcinógeno para los seres humanos» significa que lo identifica como un potencial factor de riesgo en el desarrollo de cáncer, particularmente, cáncer de hígado y que la evidencia sea «limitada» muchas veces es cuestión de tiempo.

Foto Archivo
Foto: Archivo

«Que la OMS alerte, incluso tibiamente sobre su potencial riesgo, impulsa a que se hagan más y nuevos estudios al respecto», apuntó Porras.

También recordó que las pruebas que se realizan para definir la ingesta diaria admitida de los aditivos alimentarios, cualquiera sea, en este caso un edulcorante, «están basadas en la dosis que generó efectos toxicológicos o muerte en animales, luego ese valor se divide por 100 y constituye ese máximo «seguro» para los humanos».

Es decir que, según el especialista, «no existen estudios sobre el impacto que tiene la exposición cotidiana a estas sustancias».

Esto significa, explicó, que los estudios que se realizan con esos químicos es utilizarlos en animales hasta que ese consumo genera algún tipo de reacción adversa, como una intoxicación, alguna reacción dermatológica o, incluso, la muerte.

«Pero no se estudian dosis pequeñas para ver si el animal tiene un cáncer de mama, vejiga o de colon, como tampoco se estudia el consumo de distintos aditivos de manera sinérgica dentro de un producto», explicó.

Porras calificó de «tibia» la posición de la OMS respecto al aspartamo.

«Lamentablemente para cuando estos organismos encuentren mayor contundencia en sus estudios y comunicaciones, la población ya habrá estado expuesta a esas sustancias durante mucho tiempo», advirtió.

Las consideraciones de Ana Cáceres, nutricionista y presidenta la Federacion Argentina de Graduados de Nutrición (Fagran), coinciden con la mirada de sus otros colegas consultados.

«La publicación de la OMS hace foco en la necesidad de seguir estudiando el aspartamo y su consumo para comprender mejor si constituye un peligro carcinógeno. Si bien la evidencia no resulta concluyente, la realidad es que tampoco tenemos evidencia de que sean verdaderamente inocuos», advirtió.

Luego explicó que «plantear la discusión puntal sobre el aspartamo, pero también sobre el consumo de edulcorantes en general, significa repensar la alimentación en términos del consumo excesivo de alimentos ultraprocesados y bebidas industrializadas que se consumen en el mundo en general, y en Argentina en particular; y la necesidad de que la Ley de Promoción de la Alimentación saludable 27642, se implemente en su totalidad».

«Como nutricionista, la recomendación es disminuir o evitar el consumo de productos que contengan azúcares en exceso y edulcorantes, tanto el aspartamo como otros. Y también trabajar sobre los hábitos de endulzar infusiones y otras bebidas para recuperar los sabores reales, sin agregados», concluyó.

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Histórico en la OIT: el mundo reconoció que los repartidores son trabajadores y tienen derechos

¿Que garantiza el nuevo convenio?. La delegación argentina, encabezada por dirigentes de la CGT y la CATT, participó activamente del debate y presentó denuncias contra el gobierno de Milei por violaciones a la libertad sindical.

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En la histórica 114ª Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Ginebra, los 187 países miembros de la OIT adoptaron por amplia mayoría un convenio vinculante que garantiza salario mínimo, seguridad social, libertad sindical y transparencia algorítmica para repartidores, conductores y trabajadores de aplicaciones.

La delegación argentina, encabezada por dirigentes de la CGT y la CATT, participó activamente del debate y presentó denuncias contra el gobierno de Milei por violaciones a la libertad sindical.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó este viernes, en el cierre de la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo, el primer convenio global destinado a garantizar derechos laborales básicos para los trabajadores de la economía de plataformas digitales. El texto, resultado de dos años de negociaciones tripartitas entre gobiernos, empleadores y organizaciones sindicales, se adoptó por 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones en la asamblea anual del organismo, presidida por el ministro de Trabajo y Seguridad Social del Uruguay, Juan Castillo.

El convenio entrará en vigor una vez sea ratificado por al menos dos países miembros, a los doce meses de ese acto de ratificación. Su alcance es universal: se aplica a todos los trabajadores de plataformas digitales, independientemente de su situación laboral formal, lo que incluye a conductores de aplicaciones como Uber y Bolt, repartidores de servicios como Rappi y Glovo, y trabajadores remotos de plataformas de servicios digitales.

Un hito histórico tras décadas de precarización

La aprobación del convenio pone fin a décadas de vacío regulatorio que permitió a las grandes empresas tecnológicas operar en todo el mundo bajo el argumento de que sus trabajadores son «colaboradores independientes», negándoles acceso a salario mínimo, cobertura médica, jubilación y derecho a la sindicalización. El texto aprobado reconoce explícitamente que la economía de plataformas «está transformando significativamente el mundo laboral» pero identifica graves «déficits» en materia de trabajo decente que los marcos regulatorios nacionales no lograron corregir de manera uniforme.

El convenio establece que los trabajadores por aplicación deberán percibir una remuneración en ningún caso inferior al salario mínimo legal o negociado vigente en cada país, y acceder a protección en materia de seguridad social en condiciones equivalentes a las de cualquier otro trabajador. Además, obliga a las plataformas digitales a ser transparentes sobre sus mecanismos de pago, las deducciones aplicadas y el funcionamiento de los sistemas algorítmicos que asignan tareas, calculan tarifas, miden rendimiento y determinan bloqueos o suspensiones de cuentas.

Libertad sindical y transparencia algorítmica, en el centro

Entre los ejes centrales del convenio figura el reconocimiento expreso del derecho a la libertad de asociación sindical y a la negociación colectiva para los trabajadores de plataformas, un derecho que las empresas del sector negaron sistemáticamente durante años. El texto también insta a los Estados miembros a adoptar medidas para garantizar la eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil en el sector, la no discriminación y entornos laborales seguros y saludables.

Respecto a los sistemas algorítmicos, el convenio obliga a las empresas a informar a los trabajadores cómo se toman las decisiones automatizadas que afectan su actividad y a reconocerles el derecho a impugnar esas decisiones. Este punto fue uno de los más disputados durante las negociaciones, dado el modelo de negocio de las grandes plataformas, que utilizan la gestión algorítmica como herramienta de control laboral sin intermediación humana.

Argentina en Ginebra: entre el nuevo convenio y las denuncias contra Milei

La delegación sindical argentina tuvo una activa participación en la 114ª Conferencia. Horacio Calculli, integrante de la delegación de la Confederación General del Trabajo (CGT), actuó en múltiples frentes durante las dos semanas de trabajo en Ginebra. En su carácter de secretario de Salud y Seguridad Operacional de la Asociación Argentina de Aeronavegantes mantuvo una reunión con Horacio Guido, especialista de la OIT en normas internacionales del trabajo, para dar seguimiento a la denuncia presentada por las organizaciones sindicales aeronáuticas argentinas ante los órganos de control del organismo.

Esa denuncia acusa al gobierno de Javier Milei de violar el derecho de huelga, deteriorar las condiciones laborales y perseguir a dirigentes sindicales, según fuentes gremiales consultadas. El secretario de Relaciones Internacionales de la CGT, Gerardo Martínez, advirtió antes de la conferencia que Argentina estaba en condiciones de quedar «en el banquillo de los acusados» ante el organismo internacional, dado el historial de violaciones laborales de la gestión libertaria. La postura del gobierno nacional fue defendida en Ginebra por el embajador Carlos Foradori, representante permanente ante los organismos internacionales con sede en esa ciudad, ya que el secretario de Trabajo, Julio Cordero, no concurrió a la conferencia.

En paralelo, Calculli desarrolló una agenda internacional como miembro del Comité Ejecutivo Mundial de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) y como presidente del Grupo de Asesores sobre Economía de Plataformas de esa federación. En ese marco mantuvo una reunión con el presidente de la ITF, Frank Moreels, para analizar la situación del transporte en Argentina y América Latina y los desafíos que enfrentan las organizaciones sindicales ante los cambios tecnológicos y productivos. También participó de reuniones vinculadas a la estrategia global de la ITF para garantizar derechos laborales para trabajadores de plataformas.

En ese contexto, Calculli subrayó que los debates de la OIT son fundamentales para construir respuestas globales frente a los cambios que atraviesa el trabajo. «La defensa de la libertad sindical, la negociación colectiva y el trabajo decente sigue siendo una tarea central para el movimiento sindical internacional. Del mismo modo, resulta fundamental que los organismos internacionales continúen monitoreando el cumplimiento de los convenios internacionales ratificados por nuestro país», afirmó el dirigente, quien también integra la Comisión Directiva de la CATT.

El contexto argentino: reforma laboral regresiva y denuncias en el plano internacional

La aprobación del convenio llega en un momento en que el gobierno de Milei impulsa, mediante la reforma laboral contenida en la Ley de Modernización Laboral 27.802, un esquema regresivo para los derechos de los trabajadores.

La CATT, que agrupa a los gremios del transporte, expresó públicamente su oposición a esa norma, advirtiendo que «debilita la negociación colectiva, precariza condiciones laborales y desconoce conquistas históricas del movimiento obrero argentino». En ese cuadro, el nuevo convenio de la OIT sobre economía de plataformas ofrece al movimiento sindical local un instrumento jurídico de carácter internacional para disputar los derechos de los trabajadores digitales en el plano nacional.

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