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Judiciales ⚖️

Confirmaron la absolución de López y De Sousa en juicio por Oil Combustibles

En el mismo fallo, los jueces de la Sala I de Casación ordenaron al tribunal que llevó adelante el juicio oral recalcular la pena de 4 años y ocho meses de prisión que había sido impuesta a Ricardo Echegaray, extitular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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La Cámara Federal de Casación Penal ratificó hoy las absoluciones de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa en la causa en la que habían sido investigados por supuesta defraudación al Estado en el otorgamiento de planes para el pago del Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC) a la petrolera Oil Combustibles.

En el mismo fallo, los jueces de la Sala I de Casación ordenaron al tribunal que llevó adelante el juicio oral recalcular la pena de 4 años y ocho meses de prisión que había sido impuesta a Ricardo Echegaray, extitular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

«Los cuestionamientos que aquí dirige la recurrente, una vez más encaminados a la necesidad de realizar un examen integral, no cumplen con la carga que a su respecto pesa de la indicación concreta de prueba que pudiera avalar su hipótesis acusatoria que, a su modo de ver, verifique un aporte criminoso cometido por De Sousa y López en la maniobra defraudatoria de Echegaray«, se sostuvo en el fallo.

«Teniendo en consideración la totalidad de la prueba valorada por el tribunal del juicio, la hipótesis acusatoria en torno a la intervención adjudicada a Carlos Fabián De Sousa y Cristóbal López, en correlación con el director del organismo recaudador (Ricardo Echegaray), no pudo ser acreditada con el grado de certeza requerido para el dictado de una sentencia condenatoria, y en ese estado, frente a la manda del artículo 3 del CPPN, resultó acertada la decisión dictada en favor de los acusados«, se detalló.

«La ausencia de elementos probatorios indicativos de una maniobra ardidosa o de ocultamiento de información de parte de los acusados, para obtener el crédito fiscal concedido por la Administración Federal«, señalaron los jueces.

El fallo de 165 páginas lleva la firma de los magistrados Daniel Petrone y Diego Barroetaveña y concluye con el rechazo a todos lo planteos de la fiscalía, aunque hace lugar al recálculo de la pena impuesta a Echegaray.

El veredicto que había sido sometido al análisis de la Casación fue dictado en diciembre del 2021 por el Tribunal Oral Federal (TOF) 3 de esta capital que condenó al extitular de la Administración Federal de Ingresos Públicos y absolvió, por mayoría, a los empresarios.

Los magistrados entendieron que el exfuncionario de los gobiernos kirchneristas cometió delitos al habilitar el otorgamiento de determinados planes de pagos a la empresa Oil Combustibles, pero desligaron de responsabilidades a los empresarios.

Investigación 🔎

Domiciliaria para Leal: el ex titular de ARSAT sale de la cárcel por adicción

El juez Sebastián Ramos concedió la prisión domiciliaria al ex funcionario detenido hace dos meses con 2,5 millones de dólares en efectivo y drogas. El fallo se apoyó en un dictamen del fiscal Guillermo Marijuán que relativizó la imputación por comercialización y en informes médicos que desaconsejaron el encierro carcelario para tratar su adicción. La Cámara Federal de San Martín aún puede revertir la medida.

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El ex titular de ARSAT sale de la cárcel: el juez le concedió la domiciliaria por su adicción a las drogas.

Facundo Leal, ex presidente de ARSAT y del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), dejó la cárcel de Ezeiza para cumplir la prisión preventiva en su departamento del barrio de Palermo. La resolución, firmada por el juez Sebastián Ramos en carácter de subrogante del juzgado que tramita la causa por tenencia de estupefacientes, se sustentó en la imposibilidad del Servicio Penitenciario Federal de brindar el tratamiento de rehabilitación que el propio imputado requiere. Leal lleva dos meses detenido, desde los allanamientos de mayo de 2026 en los que se secuestraron 128 gramos de ketamina, 164 gramos de cristal MDMA, 72 pastillas de MDMA, 14 gramos de cocaína y, en simultáneo, 650.000 dólares en su domicilio porteño y 1,7 millones de dólares en una propiedad mendocina.

El argumento: adicción de «alta clase» y encierro contraproducente

El fallo de Ramos reprodujo una definición que circuló con incomodidad entre los pasillos de Comodoro Py: la del jefe de la División Precursores Químicos de la Policía Federal, quien al evaluar a Leal sostuvo que «para mí, la persona es un consumidor de alta clase». Esa caracterización fue retomada por el fiscal Guillermo Marijuán, quien emitió el dictamen sobre el que se apoyó la resolución judicial. Para Marijuán, las cantidades de sustancias halladas no eran compatibles con una finalidad de comercialización, lo que tornaba «endeble» la calificación jurídica adoptada al momento del procesamiento. «Nos encontramos en la encrucijada con una persona adicta con síntomas y manifestaciones de ansiedad y abstinencia a quien el Servicio Penitenciario Federal no puede brindar la asistencia médica y psicológica», señaló el fiscal en su dictamen.

La resolución también citó al experto del Cuerpo Médico Forense que sostuvo que «frente a una problemática de esa índole, el encierro carcelario es a la vez inadecuado y contraproducente, no atiende la dependencia, la agrava y desatiende el deber estatal de procurar asistencia». Los informes del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza describieron que Leal «presenta ansiedad e insomnio por su situación actual». Sobre esa base, el juez Ramos consideró que el tratamiento debía realizarse fuera de la cárcel.

La ironía no tardó en circular dentro de los propios tribunales: «¿Qué pasaría si fuera un consumidor de baja clase?», preguntó un funcionario de Comodoro Py al conocer el fallo. La pregunta no es retórica. La abrumadora mayoría de las personas detenidas en causas por drogas presentan cuadros de adicción, y rara vez obtienen el beneficio de cumplir su preventiva o condena en el hogar. La expresión «alta clase», aclararon especialistas consultados, refiere a que Leal no habría cometido delitos para financiar su consumo ni bajo sus efectos, pero la desigualdad de trato sigue siendo el elefante en la sala.

Las otras causas: millones, contratos y espionaje

La domiciliaria alcanza exclusivamente a la causa por tenencia de estupefacientes que tramita en el juzgado federal porteño de Daniel Rafecas. Pero Leal enfrenta un frente judicial mucho más amplio. El fiscal federal Fernando Domínguez, en el juzgado de San Isidro de Lino Mirabelli, conduce la investigación de fondo: el expediente que comenzó con el faltante de equipamiento tecnológico en el depósito de ARSAT en San Fernando y escaló hasta detectar el presunto direccionamiento de contratos a la empresa Argentina Logistic Services (ALS) y el cobro de coimas. Domínguez también abrió un expediente separado por presunto enriquecimiento ilícito.

Domínguez había solicitado la detención de Leal por esas causas, pero el juez Mirabelli señaló que el imputado ya se encontraba detenido por la justicia federal porteña. Ante la domiciliaria, Domínguez y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), que avanza en la pesquisa patrimonial, apelaron la medida. Esa apelación debe resolverla la Cámara Federal de San Martín, lo que abre la posibilidad de que Leal sea devuelto a una cárcel común si el tribunal así lo dispone.

Un tercer flanco, igualmente relevante, fue cubierto por este medio en julio de 2026: la Comisión Bicameral de Inteligencia citó al secretario de Inteligencia del Estado, Cristian Auguadra, en parte para indagar sobre equipamiento de espionaje que apareció vinculado a la red de Leal durante los allanamientos, junto a los dólares y las drogas. La acumulación de causas sobre un mismo imputado describe un mapa de poder que trasciende el consumo personal de sustancias.

Las condiciones de la domiciliaria y el perfil del domicilio

La Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Seguridad Nacional evaluó el inmueble donde Leal cumplirá la medida: un departamento en la calle Ortiz de Ocampo, en Palermo, que alquila desde hace cuatro años. El informe lo describió como una «localización urbana de tipo barrial residencial» con «gran afluencia de medios de transporte público, espacios comerciales y gastronómicos» y próximo al Parque Las Heras. Leal deberá usar tobillera electrónica, solo podrá salir por «razones de urgencia médica» con notificación previa al tribunal y tiene prohibida la salida del país. Su pareja, Julieta Griffa Berro, quien convive con él desde hace un año y medio, se ofreció como garante.

El propio imputado declaró ante el tribunal su disposición a someterse al tratamiento y mencionó a otros familiares como «soportes afectivos». Su defensor, el abogado Marcelo Rochetti, fue quien peticionó la medida. La ironía del escenario es difícil de soslayar: el departamento de Palermo donde Leal cumplirá su domiciliaria es el mismo que fue allanado en mayo, aquel donde los investigadores encontraron 650.000 dólares en efectivo, drogas y aparatos de escucha.

Un funcionario que sobrevivió a dos gobiernos y ahora enfrenta tres causas

El caso Leal condensa en un solo expediente varias de las patologías más persistentes del Estado argentino: la continuidad de operadores en posiciones estratégicas más allá de los cambios de gobierno, la opacidad en la adjudicación de contratos en empresas públicas clave como ARSAT, y la acumulación de fortunas sin explicación en efectivo en moneda extranjera. Leal fue presidente de ARSAT durante la gestión de Alberto Fernández y luego fue trasladado a la conducción de ORSNA bajo Javier Milei, manteniéndose en la órbita del Estado hasta el momento de su detención.

Que un funcionario de esa trayectoria obtenga la domiciliaria por sus problemas de salud mientras enfrenta investigaciones por corrupción, enriquecimiento ilícito y espionaje encendió señales de alarma dentro del propio sistema judicial. La Cámara Federal de San Martín tendrá la última palabra, al menos por ahora.

Puntos clave

  • El juez Sebastián Ramos concedió la prisión domiciliaria a Facundo Leal, ex titular de ARSAT y ORSNA, detenido desde mayo de 2026.
  • El fiscal Guillermo Marijuán relativizó en su dictamen la imputación por comercialización de drogas, considerando que las cantidades halladas no la justificaban.
  • El Cuerpo Médico Forense y peritos del SPF avalaron que el tratamiento por adicción debía realizarse fuera del ámbito carcelario.
  • La Procuraduría de Investigaciones Administrativas y el fiscal Domínguez apelaron la medida; la Cámara Federal de San Martín puede revocarla.
  • Leal enfrenta además causas separadas por presunto enriquecimiento ilícito y corrupción en contratos de ARSAT ante la justicia federal de San Isidro.
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