DDHH
Hubo 219 casos de violencia institucional en el primer trimestre
Así se desprende de las estadísticas recolectadas a través del Centro de Denuncias de Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Un total de 219 casos de violencia institucional, entre ellos 15 por muerte, 22 por apremios y 21 por lesiones, fueron denunciados durante el primer trimestre de 2023 a nivel nacional, siendo la provincia de Buenos Aires y el servicio penitenciario de ese distrito los ámbitos con más hechos, según se informó hoy oficialmente.
Así se desprende de las estadísticas recolectadas a través del Centro de Denuncias de Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que, según explican desde el organismo, en cada caso brinda «asesoramiento jurídico, acompañamiento psicosocial y gestiones con autoridades políticas responsables de la fuerza denunciada».
En tanto, el mismo informe oficial destaca los avances en juicios por casos de violencia institucional, en particular el de tres resonantes debates orales, de los cuales uno fue el que terminó con la condena a prisión perpetua a los policías responsables del crimen del adolescente Valetín Blas Correas, cometido en Córdoba en 2020.
En esos expedientes, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación actuó como querellante o «amicus curiae».
En lo que atañe a las denuncias por violencia institucional registradas en el primer trimestre del año, el trabajo consigna que la distribución fue la siguiente: acceso a la justicia (40), salud (37), condiciones de alojamiento (27), apremios (22), lesiones (21), hostigamiento (17), muerte (15), amenazas (15), detención arbitraria (12), causa armada (5), violencia de género (5), desaparición forzada (1) y otros (2).
Por otro lado, el distrito con mayor cantidad de denuncias fue la provincia de Buenos Aires, con 121; seguida por la ciudad de Buenos Aires (CABA), con 30; Misiones, 9; Córdoba, 8; Santa Fe y Chubut, ambas con 7; Jujuy, 5; Mendoza y Tucumán, 4; Entre Ríos, Chaco y Corrientes, 3; Formosa, Santiago del Estero, Salta, San Luis y La Rioja, cada una con 2; Catamarca, Río Negro, San Juan y La Pampa, con 1 y «no definida», también 1.
De acuerdo con el informe basado en las cifras del Centro de Denuncias de Violencia Institucional, la fuerza más denunciada fue el Servicio Penitenciario Bonaerense, con 55; seguido por la policía de esa provincia (29), Policía de la Ciudad (19), Servicio Penitenciario Federal (13), Policía Federal (12), Policía de Santa Fe (7), Jujuy (5), Tucumán (4), Córdoba (4), Misiones (3), Corrientes (2), Mendoza (2), Entre Ríos (2), La Rioja (2), Chaco (2), Chubut (2), Municipal (2), de San Luis (1), Santiago del Estero (1), San Juan (1), Catamarca (1), Salta (1), Río Negro (1), Formosa (1) y Gendarmería Nacional (1).
«En cuanto al acceso a la justicia y salud, los casos más habituales son los de los presos que denuncian que no tienen contacto con sus defensores oficiales o no les toman denuncias en la comisaría, o que no les dan atención médica o medicamentos», explicó a Télam Mariano Przybylski, director nacional de Políticas contra la Violencia Institucional.
En otro orden, el funcionario señaló que cada caso que se plantea «no es un número sino que hay una individualización de la víctima y su familia, y se desarrolla una gestión con asesoramiento y acompañamiento jurídico y psicosocial».
En ese sentido, recordó que la secretaría lleva adelante ese contacto a través de una línea 0800, WhatsApp y un correo electrónico; siendo la segunda de ellas la opción más utilizada en el último tiempo.
A su vez, el trabajo consigna que, durante el mismo período, la Dirección Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional llevó a cabo tres señalizaciones (en las ciudades de Rosario, Salta y Merlo, provincia de Buenos Aires) para recordar a las víctimas y expresar el repudio del Estado frente a los crímenes cometidos por las fuerzas de seguridad.
En tanto, el próximo 8 de mayo, en el marco del Día Nacional de Lucha contra la Violencia Institucional, se inaugurará la señalización de la denominada «Masacre de Esteban Echeverría», en la que 10 presos murieron en 2018 al incendiarse los calabozos de la comisaría de Villa Transradio.
En el apartado referido a juicios en curso por casos de violencia institucional, el trabajo rescata el debate oral por el asesinato del joven Blas Correas en Córdoba, como así también la condena a Lisandro Javier Báez, un inspector de la Policía Bonaerense, a 18 años de prisión e inhabilitación perpetua por los delitos de abuso sexual agravado y exacciones ilegales; y la prisión perpetua dictada contra cuatro policías de Tucumán por el homicidio de Luis Espinoza, en 2020.
En tanto, el informe recuerda que el próximo 14 de agosto comenzará el juicio oral por el asesinato de Rafael Nahuel, cometido en noviembre del 2017 tras un intento de desalojo en Villa Mascardi, provincia de Río Negro.
DDHH
La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH
El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.
El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.
La prueba que los tribunales locales no evaluaron
En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.
La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.
La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.
Arbitrariedad y garantías constitucionales
El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.
Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.
De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.
El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.
Lo que tenés que saber:
- La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
- El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
- Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
- La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
- Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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