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Proyecto

Milei avanza con una reforma laboral que elimina estatutos profesionales y requisitos de matriculación

El Gobierno libertario difundió en víspera de fin de semana largo un proyecto que deroga leyes laborales de periodistas, choferes, enfermeros y kinesiólogos, entre otros. También elimina la obligatoriedad de matriculación en más de diez profesiones. La oposición denuncia desregulación salvaje.

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El Gobierno de Javier Milei difundió este viernes, en una táctica habitual de comunicar medidas polémicas antes de fines de semana largos, el proyecto de reforma laboral que planea enviar al Congreso Nacional. La iniciativa llegará a un recinto con nueva composición y mayoría libertaria que asumió esta semana, lo que prácticamente garantiza su aprobación con escasa resistencia parlamentaria.

El texto legislativo propone una transformación radical del marco normativo laboral argentino. En su último capítulo (Título XXV, artículo 179), deroga una serie de leyes que establecen estatutos profesionales específicos y elimina requisitos de matriculación obligatoria en más de diez profesiones del área de salud, derecho y ciencias sociales.

La administración libertaria justifica estos cambios bajo el argumento de «simplificar el marco normativo» y eliminar lo que considera «rigideces que obstaculizan la productividad y la empleabilidad». Sin embargo, la medida implica que miles de trabajadores perderán derechos específicos conquistados históricamente y pasarán a regirse exclusivamente por el Régimen General de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744.

Periodistas, viajantes y teletrabajadores pierden sus estatutos

Entre las leyes que serán derogadas se encuentra el emblemático Estatuto del Periodista Profesional (Ley N° 12.908), que establece condiciones laborales específicas para los profesionales de prensa. También caerán el DNU 13.839/46, que regula la actividad de empleados administrativos de empresas periodísticas, y el DNU 14.954/46, que impacta en operadores radiotelegráficos y cablegráficos.

El Estatuto del Viajante de Comercio (Ley N° 14.546), que regula las condiciones laborales de vendedores y corredores que actúan por cuenta de terceros, incluyendo aspectos sobre comisiones y territorialidad, también será eliminado. Lo mismo ocurrirá con el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo (Ley N° 27.555), que establece presupuestos legales mínimos para la regulación del trabajo remoto.

Otras leyes profesionales que el oficialismo pretende derogar incluyen el Estatuto del Peluquero (Ley N° 23.947) y la normativa que regula a conductores profesionales de motores móviles al servicio de particulares (Ley N° 12.867).

Llama la atención la derogación de la Ley N° 23.759, que otorga cuatro días de licencia a trabajadores extranjeros de países limítrofes con residencia en Argentina para votar en elecciones de sus países de origen. La eliminación de este derecho cívico evidencia el alcance de la reforma más allá de lo estrictamente laboral.

También desaparecerá la Ley N° 24.493 de mano de obra nacional, que determinaba que los trabajos en todo el territorio argentino fueran realizados exclusivamente por ciudadanos argentinos o extranjeros habilitados por la Ley General de Migraciones.

Salud y profesiones liberales: fin de la matriculación obligatoria

El proyecto avanza sobre el sistema de matriculación profesional, eliminando requisitos de registro en colegios profesionales que históricamente funcionaron como órganos de control ético y técnico de diversas actividades. Esta desregulación afecta especialmente al sector salud.

De la Ley N° 24.317 de Kinesiología y Fisioterapia se derogarán los artículos 12 y 13, que establecen la registración y matriculación de los profesionales. Similar suerte correrá la Ley N° 24.301 del Ejercicio Profesional del Licenciado en Nutrición, de la cual se eliminarán los artículos 14, 15 y 16 sobre registro y matriculación.

La Ley N° 24.004 del Ejercicio de la Enfermería perderá sus requisitos de registro y matriculación, así como el artículo sobre régimen disciplinario. Esto implica que no habrá un organismo específico que supervise la práctica profesional ni que sancione malas praxis o violaciones a la ética profesional.

En el área de ciencias sociales y humanidades, se deroga el requisito de matriculación obligatoria para sociólogos (Ley N° 23.553) y trabajadores sociales (Ley N° 23.377). También desaparece la exigencia de registro en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (Ley N° 23.187).

Veterinarios (Ley N° 14.072), traductores públicos (Ley N° 20.305) y escribanos (Ley N° 12.990) tampoco deberán matricularse para ejercer sus profesiones, según el texto difundido por el Gobierno.

Modificaciones a la jornada laboral y otras normativas centrales

El proyecto no se limita a derogar estatutos específicos, sino que también modifica artículos centrales de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744). Entre los cambios más significativos está la eliminación de artículos de la Ley N° 11.544, que determina la duración de la jornada laboral en un máximo de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales.

De la Ley de Promoción de Pymes (N° 24.467) se eliminan normativas sobre el Registro Único del Personal, lo que dificulta el control sobre la contratación formal de trabajadores.

También se deroga la Ley N° 20.657 que regía sobre los horarios de apertura y cierre de la actividad comercial en supermercados, dejando esta decisión completamente liberada a criterio de cada empresa.

El timing político y el camino parlamentario

El oficialismo eligió difundir este proyecto en víspera de un fin de semana largo, una estrategia comunicacional que busca minimizar el debate público inmediato y la reacción de organizaciones sindicales y colegios profesionales afectados.

Tras las elecciones del 26 de octubre, en las que el oficialismo obtuvo una victoria significativa que el propio Milei calificó como una «paliza», La Libertad Avanza cuenta con los números parlamentarios para aprobar la reforma prácticamente sin oposición, siempre que logre los consensos necesarios con legisladores de partidos aliados.

El Presidente convocará a sesiones extraordinarias para tratar este proyecto junto con el Presupuesto 2026 y la reforma impositiva, consolidando así un paquete legislativo que transforma estructuralmente el funcionamiento del Estado y las relaciones laborales en Argentina.

Puntos clave:

• El proyecto deroga más de 15 leyes que establecen estatutos profesionales específicos, entre ellos el del periodista y el del viajante de comercio

• Se elimina la obligatoriedad de matriculación para kinesiólogos, nutricionistas, enfermeros, abogados, trabajadores sociales, veterinarios, traductores y escribanos

• Los trabajadores afectados pasarán a regirse exclusivamente por la Ley de Contrato de Trabajo sin las protecciones específicas de sus estatutos

• Se modifican artículos centrales de la LCT, incluyendo normativas sobre jornada laboral y registro de personal

• El oficialismo difundió el proyecto en víspera de fin de semana largo y cuenta con los votos para aprobarlo en sesiones extraordinarias

Legislativo

Datos que el Gobierno oculta: los países con menor edad de imputabilidad tienen más homicidios

Jueces, defensores y académicos desmitifican los postulados del oficialismo: los países con menor edad de imputabilidad tienen más homicidios, el 99% de los adolescentes no comete delitos, y la solución no es más cárcel sino más acompañamiento estatal.

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— 🎙️ Resumen de audio generado por IA.

★ El Gobierno nacional logró imponerse esta semana en Diputados sobre uno de los típicos debates de la reciente democracia cuando se viven crisis socioeconómicas: la edad de punibilidad. Fundados sobre ciertos casos extremos como el de Jeremías Monzón y con el vaticinio de que mejorará los índices de seguridad, el oficialismo, sus socios y algunos aliados circunstanciales como Provincias Unidas, aprobaron que un niño a partir de los 14 años pueda rendir cuentas a la Justicia Penal por sus actos. Diferentes especialistas analizaron el impacto real que tendría la norma, desmitificando clásicos postulados que esgrimen los defensores de la iniciativa en lo que algunos llaman «punitivismo marketinero».

La edad arbitraria: de 15 a 13, sin justificación

El nuevo Régimen Penal Juvenil, impulsado por Patricia Bullrich, obtuvo este jueves media sanción tras 149 votos a favor y 100 en contra. «Se trata de un rejunte del proyecto original del gobierno con las modificaciones que propusieron las fuerzas de la oposición, de manera complaciente o cómplice», sintetizó la abogada Claudia Cesaroni, integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), quien añadió: «Se vuelve a fijar la edad en 14 años, como en la dictadura».

Entre otros cuestionamientos, Cesaroni hizo hincapié en el criterio para establecer la edad: «Sin ninguna justificación, hasta hace dos días el proyecto del gobierno era de 13. Hace unos años, el proyecto de Bullrich, cuando era ministra de Mauricio Macri, era de 15 años. No hay ninguna razonabilidad, ni explicación basada en datos, estadísticas o casos que explique por qué saltan a 15, 14 y 13, alternativamente».

Especialistas coinciden: los niños y niñas saben desde pequeños qué está bien y qué está mal. No ocurre a los 14 o a los 13. «La discusión no es si entienden, sino si el Estado decide aplicar o no el sistema punitivo», precisaron las fuentes consultadas.

El 99% de los adolescentes no comete delitos

El Gobierno decidió asociar el delito (incluso los más graves) a los menores de edad. La exdefensora nacional de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Argentina, Marisa Graham, precisó que «estamos discutiendo bajar la edad penal cuando más del 99% de los chicos no tiene ningún conflicto con la ley«. En este caso, la abogada aclaró que «la conflictividad está concentrada en muy pocas jurisdicciones: Ciudad de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y el conurbano bonaerense, principalmente en el primer y segundo cordón, y en parte del tercero. El resto del país no tiene delitos cometidos por chicos».

Los datos oficiales de 2024 establecen que en el territorio bonaerense, por ejemplo, apenas el 0,3% de los adolescentes de 16 y 17 años estuvo involucrado en una investigación. O, lo que es lo mismo: 1802 jóvenes sobre una población de más de 555.000. «No existe ningún baño de sangre protagonizado por menores de edad, como se quiere instalar», insistió Graham.

El Ministerio Público Fiscal de la Provincia registró en ese mismo período 1.105.189 investigaciones penales de las cuales 22.687, solo el 2%, están vinculadas a menores de 16 y 17 años. Desde el 2009, cuando ellos representaban el 4,3% del total de las causas, las cifras vienen en descenso.

Graham resumió que los delitos cometidos por esta franja etaria son contra la propiedad: robos, hurtos, algunos robos con armas. «Los delitos graves (homicidios, violaciones) son estadísticamente ínfimos, tanto por debajo como por encima de los 16 años», precisó la exfuncionaria.

Los países con menor edad de imputabilidad tienen más homicidios

A contramano de las estadísticas y de su propio discurso, el régimen de Milei impuso la idea de la necesidad de esta norma ante el flagelo de la inseguridad. Sin embargo, «Bullrich había anunciado que el delito había bajado en Argentina, especialmente el homicidio», sentenció el juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca, Rodrigo Morabito, uno de los referentes que se opone a la baja.

El magistrado dijo que «en América Latina sólo dos países tienen la edad de 16 años para poder castigar: la Argentina y Cuba. Sorpresivamente, son los países que tienen las tasas de homicidios más bajas; 3,8 cada 100 mil habitantes Argentina y 3,2 o 3,4 Cuba«.

Por si fuera poco, el oficialismo puntualizó en varias oportunidades que de este modo Argentina se asimilaría a lo que sucede en países vecinos como Uruguay, que fijó la edad en 13; o Brasil, que la tiene en 12. Lo que los voceros prefieren no decir es que esos mismos países tienen las tasas de homicidios más altas: 10,3 y 20 cada 100 mil habitantes, respectivamente. Lidera el ranking Ecuador: tiene hoy la tasa más alta de homicidios y una edad de punibilidad de 12 años desde hace más de tres décadas.

La puerta giratoria es para los ricos, no para los pobres

La ultraderecha también machaca con la idea de que los delincuentes en general, y los menores en conflicto con la ley en particular, entran por una puerta e instantáneamente salen por la otra. «Es un mito la puerta giratoria. Los chicos que cometen delitos graves no recuperan la libertad tan rápidamente. Hay todo un abordaje y un contexto en el que se analiza ese delito», advirtió Morabito. Y continuó: «Decir que hay impunidad en el delito adolescente es faltar a la verdad. Por ejemplo, si tomamos el caso de hace dos años, el chico de 13 años que mató a un compañero en Laboulaye, Córdoba, pasó mucho tiempo en el complejo Esperanza, privado de la libertad con otros chicos que sí eran punibles».

En esa misma línea, Graham dijo que «hay chicos no punibles privados de libertad, otros bajo sistemas de protección de testigos, otros con medidas de protección. La puerta giratoria existe para los ricos, no para los sectores vulnerables«.

Cesaroni añade: «Tenemos un nivel de prisionización altísimo, 258 personas privadas de libertad cada 100.000 habitantes, cuando la media mundial no llega a 200. Es más alto que en muchos países de América Latina, incluso que pasan por situaciones de mayor violencia como Colombia o Venezuela». Y apuntó que casi la mitad de la población penal está procesada, no está condenada: «No hay puerta giratoria, al revés. Hay violación del principio de inocencia».

Más cárcel no es la solución, es más Estado presente

Las fuentes consultadas coincidieron en señalar que la problemática debe abordarse (no ser indiferentes) pero no de modo penal. «Siempre dijimos que por debajo de la edad de punibilidad hay que hacer un abordaje que puede hacerse desde otras áreas de gobierno y del Estado. Se mencionan soluciones de orden comunitario, religioso, educativo, sanitario, de trabajo social. Se puede hacer todo eso con los adolescentes no punibles que quedan por debajo de la edad, sin necesidad de acudir al sistema penal», concluyó Cesaroni, quien se quejó del monto de 23 mil millones de pesos que el Gobierno propone asignar, según la media sanción al proyecto, para que el sistema penitenciario nacional y de las provincias ajusten sus instalaciones carcelarias.

Todo ocurre mientras el propio Gobierno desregula y quita controles financieros que favorecen al mundo narco (el principal receptor de jóvenes caídos del sistema), reemplazante del Estado en el territorio, y mientras el propio Congreso votó el presupuesto 2026 que ajusta 48% a Educación y Cultura respecto a 2023.

Mientras las estadísticas de crímenes juveniles no aumentan, lo que sí crecen son los suicidios adolescentes. Quizás los jóvenes no sean el problema, sino el síntoma de estas épocas. Graham resume: «Es paradójico. Se desfinancian políticas de cuidado de la vida, aumenta la mortalidad infantil, se interrumpen tratamientos, pero en la adolescencia se quiere castigar antes. Se cuida menos cuando nacen y se castiga más cuando crecen«.

Si fracasa la prevención, el sistema penal fracasará

El decano de la Escuela de Leyes de la Universidad de Morón, Pablo Navarro, es una voz experimentada en la materia. Además de haber sido defensor oficial, fue secretario de Niñez de la Provincia de Buenos Aires. «La Ley de Responsabilidad Penal Juvenil debe enmarcarse dentro de un régimen integral, funcionando como un subsistema del Sistema de Promoción y Protección de Derechos», aclara.

Para el exfuncionario del gobierno de Daniel Scioli, «el éxito» de esta norma excede la mera discusión sobre la edad: «Habría que discutir, en principio, cómo enmarcamos ese régimen en todo un andamiaje de programas, de líneas transversales que van a necesitar indefectiblemente de presupuestos especiales y de mucho acompañamiento político». Para ello, sería fundamental discutir cómo invertir esos presupuestos para garantizar la especialidad del sistema (jueces, defensores, fiscales especiales) y no solo enfocarse en la pena.

En 2008, Navarro puso en marcha el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil en PBA. Entiende que indefectiblemente deben atacarse «las causas determinantes de la infracción penal juvenil que están vinculadas a problemas no resueltos por el Estado, como el consumo problemático, la falta de trabajo y exclusión social. La prevención y la promoción de derechos (educación, salud) tienen un impacto directo y proporcional en la reducción de la transgresión penal; si estos pilares fallan, el sistema penal fracasará. La reiterancia del delito está directamente ligada a si el sistema de prevención existencial y la promoción de derechos logran cambiar el proyecto de vida del joven, no solo a la respuesta punitiva».

Un rechazo unánime que el oficialismo ignoró

Para Cesaroni, el nuevo régimen «no garantiza que el lugar donde vayan a estar estos pibes sean realmente especializados bajo criterios de respeto por sus derechos. Se habló de lugares nuevos, ¿pero por qué no los usan ahora para los que pibes que ya son punibles, para los que hoy están presos, los de 16 y 17 que están habitualmente en lugares horribles? En estos últimos días, las iglesias, la evangélica y la católica, todos los defensores públicos del país, la Red de jueces penales de la Provincia de Buenos Aires, UNICEF, la Sociedad Argentina de Pediatría, el colegio de psicólogos, académicos, juristas, nos hemos opuesto a la baja de la punibilidad. Esas voces no fueron escuchadas».

Para la abogada del CEPOC el proyecto tal cual fue aprobado «no da ninguna respuesta. Pareciera que sólo les importó un titular. ¿Qué pasa con los que quedaron por debajo de la edad? ¿Mañana cuando haya un hecho en el que se ha involucrado un pibe de 13 o 12, va a volver el discurso de hay que bajar la edad? No proponen ningún tipo de abordaje por fuera del sistema penal».

Puntos clave:

• El 99% de los adolescentes no tiene ningún conflicto con la ley según la exdefensora nacional Marisa Graham

• Argentina y Cuba, con edad de imputabilidad de 16 años, tienen las tasas de homicidios más bajas de América Latina (3,8 y 3,2 cada 100 mil habitantes)

• Brasil y Uruguay, con edad de 12 y 13 años, tienen tasas de homicidios de 20 y 10,3 cada 100 mil habitantes respectivamente

• Solo el 0,3% de los adolescentes bonaerenses de 16 y 17 años estuvo involucrado en investigaciones penales en 2024

• Iglesias, defensores, jueces, UNICEF, Sociedad Argentina de Pediatría y académicos rechazaron la baja de imputabilidad ★

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