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Las nuevas tarifas de Aysa
El Ministerio de Obras Públicas oficializó el esquema de segmentación. También recomendó que el Ente Regulador de ese servicio conforme un registro de usuarios para establecer el mantenimiento de los subsidios según su lugar de residencia.
El Ministerio de Obras Públicas oficializó el esquema de segmentación tarifaria que regirá a partir de noviembre para los usuarios de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), y encomendó al Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) la conformación de un «Registro de mantenimiento de subsidios».
La medida se dispuso a través de la resolución 183/2022 de la Secretaría de Obras Públicas publicada este miércoles en el Boletín Oficial, «a fin de evitar errores de exclusión», teniendo en cuenta que la segmentación establece una reducción de subsidios diferenciada según su coeficiente zonal.
De esa forma, los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se encuentren en áreas de Coeficientes Zonales 1,45; 1,30 y 1,10 (barrios del sur de la Ciudad de Buenos Aires y la mayor parte del conurbano bonaerense) pasarán a pagar una tarifa que resultará de una reducción de 45% del valor pleno en noviembre y diciembre, del 30% en enero y febrero de 2023 y del 15% a partir de marzo del año próximo.
Las categorías
Los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se localizan en áreas de Coeficientes Zonales 2,00; 1,80 y 1,60 (nivel medio, en barrios del centro y oeste de CABA y determinados puntos del Gran Buenos Aires), tendrán un descuento del 40% en el último bimestre de 2022 y del 20% en el primero de 2023, eliminándose las quitas a partir de marzo.
Los no residenciales, sin distinción de coeficiente zonal, tendrán un esquema de reducción similar al de los usuarios de zonas de ingresos medios.
La resolución señala en sus considerandos que AySA había elevado una propuesta de segmentación tarifaria que incluye «un esquema de subsidios transitorios para usuarios y usuarias residenciales en zonales bajos y medios y para usuarios y usuarias no residenciales».
«A fin de evitar errores de exclusión, la Concesionaria propone la implementación de un ‘Registro de Mantenimiento de Subsidios’ a la cual podrán acceder los usuarios y usuarias residenciales de los zonales altos y medios», añadió.
La tarifa social
También se aclaró que, de cara al nuevo esquema tarifario, AySA «estima un incremento en el presupuesto del Programa de Tarifa Social como una herramienta de apoyo a aquellos usuarios y usuarias que no pueden hacer frente al pago total de la factura permitiendo el acceso al agua potable».
Esa propuesta, se agregó en los considerandos «tiene el objeto de fortalecer los ingresos de la Concesionaria y a la vez focalizar los esfuerzos del Estado Nacional en la asistencia de los usuarios y usuarias que pueden presentar dificultades para hacer frente al pago pleno de los servicios».
Por tal razón, la Secretaría de Obras Públicas consideró «necesario, oportuno y conveniente actualizar los criterios de asignación de subsidios a los usuarios y usuarias que reciben el servicio prestado por AySA sin desatender los parámetros que les dieron origen».
A los efectos de la revisión de la distribución de subsidios, «resulta procedente utilizar los coeficientes zonales, dado que los mismos conforman el sistema de subsidios intra tarifario entre los distintos niveles socioeconómicos», y son «la herramienta tarifaria existente que mejor interpreta las diferencias de valuación inmobiliaria como reflejo de la situación socio económica del usuario o usuaria», agregó.
Registro de subsidios
No obstante, se evaluó como «prudente» la apertura del Registro de mantenimiento de subsidios, a modo de «solicitud de excepciones para aquellos usuarios y usuarias que justifiquen y acrediten mediante declaración jurada no estar en condiciones de afrontar los importes tarifarios resultantes de una reducción del subsidio aplicado».
Los requisitos para acceder al beneficio de ese registro serán similares a los que rigen para los usuarios de energía eléctrica y gas, entre los que sobresale tener ingresos netos menores a un valor equivalente a dos Canastas Básicas Totales (CBT).
La norma aclara que AySA. «a través de sus oficinas, deberá realizar la atención presencial, facilitando la carga digital para aquellas personas que no tienen acceso a dicha tecnología, para lo cual habilitará la opción correspondiente en su sistema de turnos».
Gremiales
El Gobierno fijó el salario mínimo por decreto: subirá escalonado de $383.800 a $437.000 hasta abril de 2027
Sin acuerdo en el Consejo del Salario, el Ejecutivo volvió a actuar de manera unilateral y estableció aumentos escalonados que llevarán el piso salarial de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril del año próximo, una suba de apenas $60.400 en ocho meses que profundiza la pérdida de poder adquisitivo acumulada desde diciembre de 2023.
La Resolución 4/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial estableció los nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil con aumentos escalonados desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. La medida fue firmada por Claudia Silvana Testa, presidente alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, y llega como consecuencia directa del fracaso de las negociaciones del 28 de agosto, cuando los representantes sindicales y empresariales no lograron consenso en la sesión plenaria.
El texto oficial reconoció que en esa instancia se presentaron propuestas de ambas partes pero que, «luego de un extenso intercambio de opiniones, no se logró alcanzar un acuerdo». La brecha entre posiciones era elocuente: la CGT reclamaba un piso de $911.000, mientras los representantes empresariales ofrecieron $400.000, apenas por encima del mínimo entonces vigente de $376.600.
Un ajuste de laboratorio que no llega a los bolsillos
La escalera fijada por el Ejecutivo contempla subas mensuales de entre $7.200 y $7.400 pesos, un goteo que resulta irrisorio frente a la dinámica de precios de los últimos meses. Los nuevos valores mensuales y por hora quedan establecidos de la siguiente manera: septiembre de 2026, $383.800 ($1.919 la hora); octubre, $391.200 ($1.956); noviembre, $398.800 ($1.994); diciembre, $406.400 ($2.032); enero de 2027, $414.200 ($2.071); febrero, $422.000 ($2.110); marzo, $429.600 ($2.148); y abril, $437.000 ($2.185).
La escala rige para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y el conjunto de entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleador.
El dato que el Gobierno prefiere no destacar lo aporta el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP UBA-CONICET): entre noviembre de 2023 y julio de 2026, el SMVM real acumuló una caída del 40,5%. Los aumentos ahora dispuestos, incluso sumados en su totalidad, no alcanzan a compensar ni una fracción de esa destrucción de poder de compra.
El Consejo del Salario: dos años de acuerdos imposibles
Lo ocurrido el 28 de agosto no fue una excepción sino la regla de la gestión Milei. Desde hace más de dos años, el Consejo del Salario Mínimo no logra ningún acuerdo entre las partes y el Ejecutivo termina fijando los valores de manera unilateral mediante resolución. El organismo, que fue creado para garantizar que trabajadores sin paritarias propias cuenten con un piso digno de ingresos, se convirtió en una instancia de formalización de decisiones que el Gobierno toma de antemano.
La reunión del 28 de agosto también reflejó una disputa de fondo sobre el formato del encuentro: la CGT había reclamado que la sesión se realizara de manera presencial, pero el Gobierno mantuvo la modalidad virtual a través de Zoom. Los sindicatos interpretaron ese rechazo como una señal del escaso peso que el Ejecutivo asigna al espacio. Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, lo dijo sin rodeos en un comunicado: «El Consejo del Salario es inservible, es una puesta en escena. Hace más de dos años que no hay acuerdos y se termina resolviendo por una resolución del Gobierno».
El desempleo, anclado al mínimo
La misma resolución reguló la prestación por desempleo. El beneficio equivaldrá al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador en los seis meses anteriores al cese. La normativa fijó además un piso y un techo: la prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente, ni superior al 100% del mismo. Esto significa que la protección ante la pérdida de empleo también queda atada a un piso que pierde valor en términos reales.
Un salario mínimo que en ocho meses crece $60.400 pesos en un país donde la canasta básica alimentaria registró una variación interanual del 32,8% según datos del INDEC de marzo de 2026, y donde los servicios públicos acumularon subas de más del 500% desde diciembre de 2023. La Resolución 4/2026 no es una política salarial; es la administración ordenada del empobrecimiento.
Puntos clave
- El Ejecutivo fijó el SMVM por Resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial, tras el fracaso de las negociaciones del 28 de agosto.
- Los valores escalonados van de $383.800 en septiembre de 2026 a $437.000 en abril de 2027, una suba total de $60.400 en ocho meses.
- Según el IIEP (UBA-CONICET), el salario mínimo real acumuló una caída del 40,5% desde noviembre de 2023 hasta julio de 2026.
- La prestación por desempleo queda fijada entre el 50% y el 100% del SMVM, lo que la ancla a un piso que pierde valor frente a la inflación.
- Es la segunda vez consecutiva que el Gobierno define el SMVM de manera unilateral, sin acuerdo entre trabajadores y empleadores.
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