DDHH
Discriminación en colegio de Pilar: intimaron a rematricular 8 niños
Se trata del Magno College de Pilar que el 30 de septiembre, informó en una nota a cada padre que sus hijos con dificultades en el aprendizaje o algún tipo de discapacidad no podrían ser matriculados para el ciclo 2023.
El Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, intimó este miércoles a las autoridades del Colegio Magno de Pilar a retrotraer, en 24 horas, la decisión de no matricular a los ocho niños con problemas de aprendizaje o alguna discapacidad de cara al ciclo lectivo 2023, que se suma a la realizada ayer por la cartera educativa provincial a cargo de Alberto Sileoni, quien este miércoles advirtió que «en una buena escuela no tiene lugar la discriminación».
«Esta decisión es completamente discriminatoria, no solo atenta contra los derechos de los niños y niñas que quedaron sin vacante, sino también contra todo el grupo escolar, sus familias y toda la sociedad«, manifestó.
En ese sentido, Lorenzino indicó que «la Defensoría está a disposición, ya tomamos contacto con los padres y madres, y la decisión es que los niños y niñas sigan en el colegio. Esto no es un derecho de admisión, es vulnerar derechos internacionales de niños y niñas», advirtió.
«Acá hay un solo camino, y es que los alumnos y alumnas permanezcan en el colegio, ya que debemos garantizar la educación integral, inclusiva y permanente para todos«, expresó.
De este modo, la Defensoría también acompaña e impulsa la intimación que realizó el ministro Sileoni para que el Colegio Magno de Pilar retrotraiga su decisión.En la carta dirigida a la Representante Legal del Colegio Magno, Florencia Friedheim, el Defensor del Pueblo requirió que, “en el plazo improrrogable de 24 horas de recibida la presente, y amparado en las atribuciones, misiones y funciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y los alcances de la Ley 13.834, retrotraiga la decisión de no matriculación de los niños y niñas”.
“El principio de igualdad y no discriminación es un eje vertebrador del andamiaje de promoción y protección de los derechos humanos. En virtud de lo expuesto, comprendo que, el único camino posible y desenlace apegado a las normas locales, constitucionales y convencionales, es la matriculación de las y los niños/as y se garantice el acceso a la educación”, sostuvo Lorenzino.
La estética cómo valor educativo
Irónicamente el colegio Magno en su página web realiza el siguiente anuncio:
Nuestra misión en Magno College es lograr un desarrollo humano en su máxima expresión: cognitiva, socio-emocional, ética, estética y físicamente; y poder construir aprendizajes relevantes, profundos y duraderos.Proponemos un proyecto curricular integrado que recoge saberes disciplinares relevantes y los enmarca como lentes para comprender el mundo de hoy, trabajando día a día en generar una cultura escolar de pensamiento, valores, respeto y participación.Re-definimos a la escuela como un agente de cambio relevante, capaz de dar respuestas reales a problemáticas locales nacionales y globales agregando autenticidad al aprendizaje de nuestros estudiantes.
La política poco inclusiva del instituto privado de Pilar se encuentran muy distante al «desarrollo humano en su máxima expresión» que venden en su sitio web, y ni hablar de «los valores y el respeto» que pretenden transmitir.
Pablo Basz, padre de Emanuel, uno de los niños discriminados, sostuvo que todavía no recibieron «nada» y están «expectantes» de cara al plazo que vence mañana para que el colegio retrotraiga su decisión.
Anoche, la cartera educativa -por su parte- también intimó al Colegio Magno, ubicado en la localidad de Villa Rosa, partido de Pilar, a retrotraer en el plazo de 48 horas la decisión de no renovarles la matricula a los estudiantes.
Esta mañana, el director general de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense, Alberto Sileoni, expresó en sus redes sociales que tienen «la firme convicción de que las instituciones educativas son espacios de conocimiento, aprendizaje e inclusión que de ningún modo pueden ser comprendidos en las leyes del mercado», y que «en una buena escuela no tiene lugar la discriminación ni la exclusión hacia ningún estudiante».
Por su parte, Marisa Graham, defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, advirtió que “la actitud de este colegio es ilegal, ilegítimo. Es profundamente discriminatorio”.
La funcionaria afirmó que su dependencia se puso “en contacto con la Dirección General de Cultura y Educación de Buenos Aires y la Provincia actuó rápido. Nos informaron que apercibieron al colegio porque los argumentos son de una intolerancia y una discriminación muy desagradables”.
Graham también reiteró que le decisión del colegio “es ilegal porque va contra ley provincial y contra la ley nacional que en todo el capítulo de educación especial habla de los principios generales de la política de educación”.
Allí se explicita que “no se puede rechazar a un niño bajo cualquier modalidad, y todas las escuelas tienen que estar preparadas para ser inclusivas, integradoras e identificar tempranamente posibilidades de discapacidad”.
La funcionaria agregó que los chicos “ya estaban en este colegio, lo cual empeora la situación, desde el punto de vista subjetivo, porque ellos ya venían desarrollando sus trayectorias escolares. Estaban incluidos con sus compañeros, sus maestras, su ámbito con todo lo que eso significa en inclusión y protección.El rechazo sufrido por estos alumnos, en un lugar que ya les pertenece, “se convierte en un medio hostil y discapacitante para el año que viene”, advirtió.
Al respecto, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Fernando Galarraga, señaló que se han puesto «a disposición de las familias afectadas para acompañarlas y asistirlas.
Asimismo, nos encontramos articulando con la Secretaría de Educación de Pilar y la Dirección de Escuelas Privadas de la provincia de Buenos Aires para la adopción de las medidas pertinentes que tiendan a una pronta solución».
Galarraga advirtió que «lo ocurrido en este colegio de Pilar es un claro ejemplo de una escuela privada que se olvidó de su misión y opera por reglas capacitistas, con enormes prejuicios y con total falta de conocimiento en relación a las personas con discapacidad, sus derechos, su potencial, los mecanismos y herramientas de apoyo y, por su puesto, de la legislación vigente».
El 30 de septiembre, el colegio informó en una nota a cada padre que sus hijos con dificultades en el aprendizaje o algún tipo de discapacidad no podrían ser matriculados para el ciclo 2023.
Al respecto, la cartera educativa precisó anoche que, «ante los hechos de público conocimiento ocurridos en el Colegio Magno de Villa Rosa, donde ocho familias recibieron» la «información que sus hijas/os no serían rematriculadas/os para el ciclo lectivo 2023, la DGCyE comunica que dicha disposición incumple con la Ley de Educación Provincial N°13.688, que establece los lineamientos para todo el sistema educativo tanto de gestión privada como pública».
«En los artículos 4 y 5 entre otros, la ley prescribe la responsabilidad de la provincia a través de su DGCyE de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes.
Asimismo, su Decreto 552/12 reglamentario establece que podrá iniciarse el procedimiento sumarial ante su no cumplimiento», añadieron.Los padres habían denunciado que el dueño del Colegio Magno de Pilar «comparó el contrato pedagógico con uno de alquiler».
El colegio que ofrece nivel inicial, primario y secundario fue construido en 2009, cuenta con 8.000 metros cuadrados cubiertos, ocupa un total de 2 hectáreas, y ofrece amplios espacios verdes, según consta en su página web.
DDHH
Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad
Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.
La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.
El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».
Un programa que llega cuando la ley ya se aplica
Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.
Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.
El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.
Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.
Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.
De la sanción en el Senado a los tribunales
La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.
Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.
El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.
La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.
Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados
La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.
La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.
Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo
Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.
La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.
Lo que tenés que saber:
- El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
- La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
- La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
- La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
- La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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