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«Tenemos la totalidad de las camas ocupadas», dijo jefa de terapia intensiva del Hospital Muñiz

La jefe de terapia intensiva de Hospital Muñiz, Eleonora Cunto, afirmó que en ese centro asistencial, «las 54 camas de terapia intensiva están ocupadas».

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La jefe de terapia intensiva de Hospital Muñiz, Eleonora Cunto, afirmó que en ese centro asistencial, «las 54 camas de terapia intensiva están ocupadas» y aseguró que «es muy lamentable pasar por esta situación, hay que preocuparse y trabajar».

El Hospital Muñiz, uno de los centros de referencia sanitaria pública más importante de la Ciudad de Buenos Aires, tiene seis unidades de terapia intensiva, con un total de 54 camas. «Estamos dentro del anillo rojo, hoy llega algún paciente con alguna otra patología y se lo deriva» dijo Cunto a un canal de noticias.

Agregó que el año pasado «había un margen para moverse y estábamos ocupados, hoy hay que preocuparse por esta situación y trabajar, es muy lamentable estar en esta situación», destacó la jefa de terapia del Muñiz.

Indicó además que «la única manera de bajar este nivel de contagios es bajar la circulación, vacunarse y medidas de prevención, no hay otra forma». «Aun no nos pasó de elegir a quién darle una cama, nunca lo hemos hecho y no me gusta hacerlo ni a mi ni a mis compañeros», precisó.

Aseguró también que el promedio de edad de los internados en el Muñiz «es de 57 años, en el AMBA es de 53 años. Tuvimos internados a gente joven también, de 25 años, 33 y 35, pero podríamos decir que la franja etaria que tenemos van de los 50 a los 70 años».

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Le dijeron no al GCBA: la Justicia frenó el cobro de Ingresos Brutos a una empresa porteña

La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad falló a favor de Testori SRL en su disputa con el fisco porteño por saldos a favor e intereses del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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El Argentino Diario-Jorge Macri.
Otro revés judicial para el fisco porteño en Ingresos Brutos: la Cámara volvió a poner límites al GCBA.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires falló a favor de la empresa Testori SRL en un litigio contra el Gobierno de la Ciudad (GCBA) por la determinación del impuesto sobre los Ingresos Brutos. El tribunal resolvió la causa «Testori SRL c/GCBA», radicada bajo el número 121328/2024-0, el 17 de julio de 2026, según consta en el repositorio de jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad (JURISTECA).

Un litigio por saldos a favor e intereses

El expediente giró en torno a la impugnación de actos administrativos del fisco porteño vinculados a la liquidación de Ingresos Brutos, con discusión puntual sobre saldos a favor de la empresa y los intereses aplicados por la administración tributaria. Testori SRL cuestionó judicialmente la forma en que el GCBA había calculado esos conceptos.

La declaración de inconstitucionalidad

La Sala III hizo lugar al planteo de la empresa y avanzó con la declaración de inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada por el GCBA. El fallo se suma a una serie de antecedentes en los que la Justicia porteña revisa los criterios de liquidación de Ingresos Brutos utilizados por la administración fiscal de la Ciudad, en particular cuando afectan el reconocimiento de saldos a favor de los contribuyentes.

Qué implica para otros contribuyentes

Este tipo de resoluciones son seguidas de cerca por estudios de asesoramiento tributario porque marcan precedentes sobre los límites del fisco porteño a la hora de determinar deudas o desconocer saldos a favor de las empresas contribuyentes de Ingresos Brutos, uno de los tributos con mayor litigiosidad en la Ciudad de Buenos Aires.

Puntos clave

  • La Sala III falló a favor de Testori SRL en la causa 121328/2024-0, resuelta el 17 de julio de 2026.
  • El litigio fue por la determinación de Ingresos Brutos, saldos a favor e intereses aplicados por el GCBA.
  • El tribunal declaró la inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada.
  • El fallo se suma a los antecedentes que revisan los criterios de liquidación del fisco porteño.
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