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Cocaína adulterada, 24 muertes y causa impune

Un año atrás se produjeron una serie de fallecimientos en cadena de personas que habían comprado dosis de cocaína, adulterada con carfentalino, en el barrio Puerta 8 de Loma Hermosa. Hubo detenciones, acusaciones a sindicados jefes narcos del partido de San Martín, pero a lo largo de la investigación, los único cinco detenidos fueron desvinculados y el hecho sigue impune

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Entre el 1 y 2 de febrero de 2022, en distintos hospitales de Hurlingham, Tres de Febrero y San Martín se fueron registrando muertes súbitas de personas que habían consumido cocaína, que luego se supo había sido adulterada y sus dosis compradas en el negocio del narcomenudeo del barrio Puerta 8 de Loma Hermosa. Se informó oficialmente de 24 fallecimientos y 80 intoxicadas, en medio de un alerta lanzando por las autoridades sanitarias y de seguridad de la provincia de Buenos Aires.

Luego de despliegues de fuerzas de seguridad, allanamientos en barriadas populares y acusaciones a los jefes narcos (como los casos de “Mameluco” Villalba y su hijo “Salvaje”, “Paisa” Aquino, entre otros), se produjeron cinco detenciones de los señalados como “dealers”, quienes hoy ya no están imputados en la investigación, que sigue en curso, pero en la nada.

La Justicia Federal de San Martín continúa adelante por la presunta vinculación de la cocaína adulterada con la banda, cuyo liderazgo se atribuye a Miguel Angel “Mameluco” Villalba (foto), quien está preso por otros hechos relacionados con el negocio narco.

Es que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín dictó la “falta de mérito” para los cinco detenidos que había en la causa que investiga 11 de las 24 muertes ocurridas entre el 1 y 2 de febrero de 2022, causadas por el consumo de cocaína adulterada con carfentanilo.

En esas jornadas, casi un centenar de personas tuvieron que ser hospitalizadas producto de intoxicación de la mezcla en esas dosis de cocaína, que había sido distribuida y comercializada en el barrio Puerta 8 de Loma Hermosa.

En principio, se apuntó como sospechoso a Joaquín Aquino (alias “El Paisa”, como presunto líder de la banda narco que estuvo a cargo de esa maniobra letal. Se lo detuvo, por orden del fiscal federal Paul Starc, aunque durante los meses siguientes “fue desligado de la investigación ya que no hubo ni hay ningún elemento para asociarlo a los casos de cocaína adulterada”.

A pesar de ello, Aquino permanece preso, acusado de liderar una organización delictiva que operaba en los barrios de Villa Loyola, Villa Sarmiento y Villa 18, todas en el partido de San Martín.

En tanto, por las muertes quedaron detenidos inicialmente Iván David Avalos (de 21 años), Nicolás Matías Campos (18), Luis Alberto Rodríguez (26), Mauricio Adrián Balcarce (29) y Héctor Gabriel Faundez (47), imputados por el delito de “homicidio agravado por el uso de veneno como método insidioso” y el juez Mariano Grammático Mazzari los procesó con prisión preventiva.

Se consideró que estos cinco sujetos, “formaban parte de una organización criminal vinculada al narcotráfico” que había distribuido la droga adulterada desde el interior de la popular barriada de Loma Hermosa. Un mes después, la causa pasó a la Justicia Federal y quedó a cargo de la magistrada Alicia Vence y del fiscal Paul Starc.

Finalmente, en octubre de 2022, los camaristas decidieron sobreseer a los imputados al revisar el pedido de prisión preventiva ya que “la prueba reunida no avaló en forma suficiente la tesitura de que los justiciables hubieren tenido en sus manos el curso causal de los acontecimientos”.

Para la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, “los acusados no fueron identificados entre los agentes que contribuían a la faena criminal dentro del esquema asociativo en los distintos turnos del punto de venta emplazado en el barrio Puerta 8”. De todas maneras, no descartaron que Avalos, Campos, Rodríguez, Balcarce y Faundez tengan algún tipo de vínculo con el acopio de la droga.

Al respecto, la esposa de uno de los sobreseídos, Gabriel Faundez, dijo que “la causa estaba armada”. “Esto fue armado por la Policía. Nosotros no tenemos nada que ver. Para mí se equivocaron de allanamiento”, expresó la mujer, quien agregó que su esposo continúa detenido en la cárcel de Ezeiza, pero por otra causa ligada a la “tenencia de estupefacientes”.

Por su parte, los camaristas pidieron en su resolución que se investigue a la banda liderada desde la cárcel por “Mameluco” Villalba, haciendo referencia a una serie de escuchas telefónicas que lo vinculan con la distribución de la cocaína adulterada.

«Algunos miembros de la organización coliderada por Iván y Miguel Villalba conocerían los efectos de la novedosa composición de alcaloides debido a que fue testeada en dos personas del entorno que resultaron hospitalizadas. A la vez, se registran profusos diálogos suscitados en forma ulterior a que la remesa ilícita fuera comercializada”, apuntaron.

En dichas escuchas, “Mameluco” habla desde su celda de la cárcel federal de Rawson, donde se encuentra cumpliendo una pena de 27 años de prisión por lavado de dinero y narcotráfico. Durante la charla telefónica hace referencia a “la droga fea”, en las cuales reconoce que los presuntos integrantes de su banda “hicieron cagadas y la sacaron a la venta” y que “tiraron todo a la cancha lo que estaba para descartar”.

Villalba todavía no fue formalmente imputado por las muertes ocasionadas por la cocaína adulterada ya que está siendo investigado en otra causa por comercialización de estupefacientes por la jueza Vence.

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Instituto Perón: la Justicia confirmó el procesamiento de Grabois y un embargo de $5 millones

La Sala I rechazó la apelación del dirigente por los hechos ocurridos en junio de 2025 en un inmueble de Austria 2593/2601. También ratificó la calificación provisoria y la medida patrimonial.

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La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de Juan Grabois por su ingreso al inmueble donde funcionaba el Instituto Juan Domingo Perón y ratificó un embargo de $5 millones sobre sus bienes.

Los camaristas rechazaron la apelación presentada por la defensa y mantuvieron la resolución dictada el 26 de junio, que había considerado al dirigente penalmente responsable, con el grado de probabilidad correspondiente a esta etapa del proceso, por los delitos contemplados en los artículos 150 y 239 del Código Penal.

La Cámara también confirmó el procesamiento de Valentín Peralta.

La causa se inició por los hechos ocurridos en junio de 2025

El expediente se originó por lo ocurrido el 7 de junio de 2025 en el inmueble ubicado en Austria 2593/2601, en la Ciudad de Buenos Aires.

En ese lugar había funcionado el Instituto Juan Domingo Perón hasta su cierre, dispuesto mediante el Decreto 346/25.

Según la resolución judicial, Grabois había difundido el día anterior una convocatoria a través de las redes sociales X e Instagram para concurrir al inmueble bajo la consigna “defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el Bar ‘Un café con Perón’”.

La Justicia mantuvo la calificación por usurpación y resistencia

La Sala I sostuvo que los testimonios de agentes policiales y las grabaciones incorporadas al expediente ubicaron a Grabois en el lugar y al frente del grupo que ingresó al inmueble estatal.

De acuerdo con la resolución, las personas que participaron provocaron daños en las instalaciones y permanecieron dentro del edificio pese a las órdenes impartidas por funcionarios públicos.

El tribunal consideró que Grabois ingresó junto con un grupo de personas convocadas por él y posteriormente se negó a abandonar el lugar ante las órdenes policiales.

A partir de esos elementos, los jueces entendieron que, en esta etapa del proceso, las figuras de usurpación y resistencia a la autoridad pueden abarcar las conductas que se le atribuyen al dirigente.

La Cámara aclaró que la calificación legal es provisoria y puede ser modificada durante el avance de la causa.

El embargo de $5 millones también quedó confirmado

Además del procesamiento, la Sala I ratificó el embargo de $5 millones dispuesto sobre los bienes de Grabois.

Los jueces consideraron que el monto se ajusta a los parámetros procesales utilizados para garantizar una eventual pena pecuniaria, las responsabilidades civiles y las costas del proceso.

El fiscal había propuesto una calificación jurídica diferente para los hechos, aunque no apeló los procesamientos.

La Cámara rechazó el pedido del CELS

La resolución confirmó la decisión apelada en todos los aspectos que habían sido objeto del recurso presentado por la defensa.

En el mismo fallo, la Sala I rechazó el pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para intervenir en la causa como amicus curiae, una figura que permite aportar argumentos o elementos jurídicos en un proceso judicial sin ser parte principal del expediente.

La causa continuará ahora con el procesamiento confirmado y con una calificación que, según aclaró la propia Cámara, mantiene carácter provisorio.

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