Judiciales ⚖️
Prisión domiciliaria para la madre del líder de «Los Monos» por balaceras a escuelas y estaciones de servicio
«La Cele» Cantero fue condenada por intimidación pública calificada por el empleo de arma de fuego y amenazas coactivas calificadas por ser anónimas y por el empleo de armas en carácter de coautora.
Patricia Celestina Contreras, la madre de madre del líder de “Los Monos”, Máximo Ariel «Guille» Cantero, fue condenada a cuatro años de prisión efectiva por ordenar balaceras a escuelas y estaciones de servicio de Rosario en noviembre de 2021 y cumplirá la pena con reclusión domiciliaria por un problema de salud.
Según informaron los medios rosarinos, la jueza de primera instancia Lamas González resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, representada por el fiscal Franco Carbone, aceptado por la Defensa y convalidado por las partes durante una audiencia celebrada el lunes en el Centro de Justicia Penal de Rosario.
Los delitos por la que fue juzgada Contreras fueron intimidación pública calificada por el empleo de arma de fuego y amenazas coactivas calificadas por ser anónimas y por el empleo de armas en carácter de coautora (en un hecho), e intimidación pública calificada por el empleo de arma de fuego en carácter de coautora (tres hechos) y, como la pena se unificó con una anterior, en total será de 14 años de prisión efectiva.
Según indicó La Capital, a “la Cele Cantero”, apodo con el que se la conoce, se le atribuye haber entregado dinero en efectivo a Nazareno G. (ya imputado) en concepto de pago por un ataque de la organización criminal liderada por Nelson Alexis Aguirre (también imputado), quien disparó el 14 de noviembre de 2021 contra la escuela de educación técnica Nº472 “Crisol”, de Magnano al 6300. Según la resolución, la balacera realizada desde una moto «puso en riesgo la vida y los bienes de las personas presentes, con la finalidad de demostrar poderío, para lo cual instruyó a Nazareno G. sobre la manera de ejecutar la acción”.
También se le atribuye haber entregado dinero a Nazareno G. como pago por el ataque a balazos en San Martín y Saavedra, el 9 de noviembre de 2021, contra una estación de servicio en un hecho que fue ordenado por Aguirre desde su lugar de detención, en la Unidad Penitenciaria Nº1 de Coronda, mientras que Nazareno G. fue el encargado de reclutar y seleccionar a las personas utilizadas para llevarlo a cabo, de coordinar la logística y de recaudar el dinero en concepto de pago.
Además, se le endilga entregar dinero a Nazareno G. como pago por un ataque cometido en la madrugada del 14 de noviembre del mismo año contra el Complejo Educativo de Caferatta al 4000 donde los balazos impactaron en el frente y en la puerta, mientras en su interior se encontraba personal del Ejército Argentino custodiando las urnas que se utilizarían en la elección legislativa nacional que se desarrollaría aquel día.
Finalmente, a Contreras se le atribuye entregar dinero a Nazareno G. para cometer la balacera del 12 de noviembre contra la estación de servicio de Ovidio Lagos al 4900 y todos los hechos fueron ordenados por Aguirre desde Coronda.
Judiciales ⚖️
Cuadernos: Casación frenó el atajo de la reparación integral y sigue el juicio
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de las defensas de Cristóbal López, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio y otros imputados que buscaban extinguir la acción penal con ofrecimientos de dinero. El debate oral ante el TOF N° 7 sigue, y el único matiz lo puso el juez Slokar, que consideró que correspondía oír a las partes.
Cincuenta imputados de la causa Cuadernos ofrecieron dinero para que la Justicia extinguiera la acción penal en su contra, y la Cámara Federal de Casación Penal les cerró ese camino: la continuidad del debate oral quedó firme y el juicio sigue en pie.
La Sala I, integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, declaró inadmisibles los recursos de las defensas contra resoluciones del Tribunal Oral Federal N° 7 que habían rechazado planteos de nulidad y pedidos de reparación integral del perjuicio. La decisión se conoció este jueves.
Quiénes recurrieron
Los recursos fueron presentados y acompañados por defensas de imputados entre los que figuran Cristóbal López, Carlos De Sousa, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio, Armando Loson, Juan Carlos de Goycoechea, Mario Rovella, Héctor Sánchez Caballero, Juan Manuel Abal Medina, Roberto Orazi, Miguel Marconi y Juan José Luciano, entre otros empresarios y exfuncionarios.
Los pedidos de reparación integral
En la etapa de juicio, el TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que pretendían extinguir la acción penal mediante ofrecimientos de reparación integral del perjuicio, una figura prevista en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Esos ofrecimientos se basaban en la actualización de embargos cautelares por sumas que iban de $300.000 a más de $1.800 millones. Los pedidos fueron rechazados con la oposición de la fiscal general Fabiana León y de la Unidad de Información Financiera (UIF).
La causa Cuadernos se inició en 2018 a partir de los registros del chofer Oscar Centeno, quien documentó supuestos traslados de dinero desde empresas contratistas del Estado hacia funcionarios del Ministerio de Planificación Federal. Se trata de una megacausa con más de un centenar de acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
El voto de Petrone
En su voto, Petrone sostuvo que las decisiones impugnadas no constituyen sentencia definitiva ni resultan equiparables a ella por sus efectos, y que tampoco encuadran entre los autos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para habilitar la instancia de casación.
El magistrado recordó además la doctrina de la Corte Suprema según la cual los pronunciamientos que obligan al imputado a seguir sometido a proceso no ponen fin al pleito ni generan un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Sobre el rechazo de la reparación integral, Petrone remarcó que la complejidad de la causa, con multiplicidad de hechos e imputados, requiere que el debate oral avance para precisar los extremos fácticos de la imputación y las responsabilidades de cada interviniente.
La adhesión de Barroetaveña y el matiz de Slokar
Barroetaveña adhirió en lo sustancial al voto de su colega. Slokar, en cambio, consideró que correspondía oír a las partes, aunque aclaró que esa postura no implicaba adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión.
Lo que tenés que saber:
- La Sala I de Casación declaró inadmisibles los recursos de las defensas y dejó firme la continuidad del debate oral ante el TOF N° 7.
- La Sala está integrada por Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar.
- El TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que buscaban extinguir la acción penal por reparación integral (artículo 59, inciso 6°, del Código Penal).
- Los embargos actualizados iban de $300.000 a más de $1.800 millones, y la fiscal general Fabiana León y la UIF se opusieron.
- Petrone consideró que las resoluciones no son sentencia definitiva; Barroetaveña adhirió y Slokar opinó que correspondía oír a las partes.
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