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Judiciales ⚖️

Atentado a la AMIA: Cámara Federal ratifica juicio a iraníes en ausencia

La Cámara Federal porteña ratificó la decisión del juez Daniel Rafecas de someter a proceso a los ciudadanos iraníes acusados de planificar el atentado del 18 de julio de 1994 que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

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⬛ La Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal confirmó hoy la histórica decisión de llevar adelante un juicio en ausencia contra los ciudadanos iraníes con pedido de captura internacional por el atentado terrorista a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).

La resolución fue tomada por los jueces de la Sala I del Tribunal de Apelaciones, Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes ratificaron así una decisión previa del juez federal Daniel Rafecas, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 3.

Los acusados que enfrentarán el proceso judicial

Los imputados que serán sometidos a este juicio en ausencia están acusados de haber planificado y ejecutado el atentado terrorista que se produjo el 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA, ubicada en la calle Pasteur 633 del barrio porteño de Once.

El ataque dejó un saldo trágico de 85 personas muertas y más de 150 heridos, convirtiéndose en el peor atentado terrorista de la historia argentina y el segundo más grave contra la comunidad judía después de la Segunda Guerra Mundial.

Antecedentes del caso

Esta decisión marca un hito en la causa AMIA, que lleva casi tres décadas de investigación judicial. El expediente atravesó múltiples etapas, incluyendo la controversial investigación inicial dirigida por el entonces fiscal Alberto Nisman, quien fue encontrado muerto en enero de 2015, un día antes de presentar una denuncia contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

La figura del juicio en ausencia permite procesar a los acusados sin su presencia física, una herramienta procesal que se aplica cuando los imputados se encuentran prófugos y existe impedimento concreto para su comparecencia ante la justicia argentina.

Implicancias del fallo

La confirmación de esta medida por parte de la Cámara Federal representa un avance significativo en la búsqueda de justicia para las víctimas del atentado y sus familiares, quienes durante décadas reclamaron el esclarecimiento de los hechos y el juzgamiento de los responsables.

Puntos clave:

• La Cámara Federal ratificó la decisión del juez Daniel Rafecas de realizar juicio en ausencia
• Los acusados son ciudadanos iraníes con pedido de captura internacional
• El atentado a la AMIA del 18 de julio de 1994 dejó 85 muertos y más de 150 heridos
• La resolución fue tomada por los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens
• Representa un avance en la causa después de casi 30 años de investigación

DDHH

Traslado de 1.400 presos: la Cámara lo avaló pero le puso límites al Gobierno

La Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus de la Procuración Penitenciaria, pero reconoció irregularidades en las comunicaciones del operativo y ordenó avisar con 72 horas de anticipación los próximos movimientos. Mientras el Gobierno celebra la mudanza de Devoto a Marcos Paz, la educación universitaria en contextos de encierro quedó en el centro del reclamo.

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El Argentino Diario-Traslado presos Devoto.
El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.

La Justicia admitió que los traslados de presos desde Devoto no se comunicaron como exige el protocolo del Servicio Penitenciario Federal (SPF), pero dejó firme lo ya ejecutado. No hubo marcha atrás para los 1.400 detenidos movidos a Marcos Paz, aunque sí una orden con plazos concretos para todo lo que viene.

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). En paralelo con las actuaciones judiciales, el Gobierno nacional anunció este lunes, a través de la Presidencia, que completó la primera fase del traslado de personas detenidas de la cárcel de Villa Devoto al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz.

Lo que exigió el tribunal

El tribunal no cuestionó la decisión estatal de cerrar Devoto; analizó si la forma en que se organizaron y ejecutaron los traslados provocó, o podía provocar, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En ese examen, los camaristas detectaron que las comunicaciones no se habrían ajustado a las pautas previstas en el protocolo del SPF, y por eso encomendaron al juez de primera instancia que ordene notificar los próximos movimientos a los órganos judiciales y a las defensas con al menos 72 horas de anticipación.

Pese a esa irregularidad, consideraron que no se acreditó un perjuicio concreto derivado de la falta de comunicación que justificara revertir lo hecho. También advirtieron que devolver a los detenidos a Devoto podía empeorar su alojamiento, porque algunos sectores del establecimiento quedaron inhabilitados por razones técnicas vinculadas con la seguridad de la infraestructura.

La resolución incluyó otra medida relevante: la Cámara ordenó garantizar de inmediato el ingreso de personal de la Procuración Penitenciaria para inspeccionar y monitorear los establecimientos, en respuesta a los planteos sobre las dificultades para acceder a los pabellones y entrevistar a las personas detenidas.

Estudios universitarios, en el centro de la disputa

El impacto sobre la educación es uno de los focos del conflicto. Organizaciones vinculadas con la educación en contextos de encierro denunciaron, al comenzar los traslados, que el operativo empezó por estudiantes universitarios alojados en Devoto, y cuestionaron la interrupción de sus trayectorias académicas. El reclamo apunta al Centro Universitario Devoto (CUD), del programa UBA XXII, que funciona desde 1985 y es una experiencia histórica de educación universitaria en las cárceles argentinas.

La abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), cuestionó que se trasladara a detenidos con un rol importante en la organización del espacio educativo. Sostuvo que existían acuerdos previos para derivar a determinados estudiantes a Ezeiza, porque en Marcos Paz no estaban garantizadas las mismas condiciones para continuar sus actividades.

La Cámara consideró que hasta ese momento no se había acreditado que los traslados impidieran ejercer el derecho a la educación. Evaluó, entre otros elementos, las gestiones para habilitar espacios de UBA XXII en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con modalidad híbrida, y la oferta académica disponible en Marcos Paz. Los jueces dejaron abierta la posibilidad de volver a plantear la cuestión si se comprueban afectaciones concretas. Es decir, el fallo no dio por probado que el derecho a estudiar esté garantizado en todos los casos; consideró insuficientes los elementos presentados para disponer una medida general.

Salidas transitorias y casos individuales

Sobre las personas con salidas transitorias o próximas a acceder a ese régimen, la Cámara sostuvo que los efectos sobre la progresividad de la pena deben analizarse de manera individual ante el juez de ejecución o la autoridad judicial correspondiente.

El fallo examinó, entre otros planteos, el caso de Ricardo Alberto Castro Madrid, integrante de la denominada Banda del FAL, cuyo abogado objetó su alojamiento en Marcos Paz porque una resolución anterior había limitado los destinos posibles a unidades del SPF bajo un régimen abierto y de autodisciplina. Los camaristas entendieron que el pedido debía tramitar ante la autoridad competente y que no se acreditaron razones de gravedad y urgencia para resolverlo mediante un hábeas corpus.

La versión oficial y lo que queda pendiente

La administración nacional destacó el despliegue de fuerzas federales, las evaluaciones médicas, la identificación mediante códigos QR y la coordinación entre los organismos intervinientes. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, sostuvo que el procedimiento se desarrolló sin conflictos, motines ni fugas. El traslado forma parte del acuerdo entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para dejar de usar Villa Devoto como establecimiento penitenciario y poner en funcionamiento el complejo de Marcos Paz.

Mientras el Gobierno pone el acento en la desocupación del predio y en la puesta en marcha de la nueva cárcel, los reclamos se concentran en las condiciones de alojamiento, el acceso a la educación, la comunicación con las familias y la supervisión de los organismos de control. La decisión de la Cámara no frenó el operativo ni ordenó el regreso de los detenidos, pero fijó obligaciones para los próximos traslados y reforzó el rol de la Procuración Penitenciaria. El cumplimiento de esas medidas será uno de los puntos a observar en la siguiente etapa.

Lo que tenés que saber

  • El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.
  • La Sala V de la Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria.
  • El tribunal ordenó notificar los próximos traslados con al menos 72 horas de anticipación.
  • La Cámara dispuso garantizar el ingreso inmediato de personal de la PPN a los penales.
  • Los jueces dejaron abierta la discusión sobre el derecho a la educación universitaria si se comprueban afectaciones concretas.
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