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Judiciales ⚖️

Piden reconstrucción del crimen de Luciano y medidas contra otros policías

El abogado Gregorio Dalbón, quien se constituyó como letrado en representación de la mamá de la víctima, pidió ante la Justicia la reconstrucción del hecho y otras medidas de prueba.

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Gregorio Dalbón, el abogado que representa a la familia de Luciano Olivera, el chico de 16 años asesinado de un balazo policial en Miramar, pidió este miércoles ante la Justicia la reconstrucción del hecho y otras medidas de prueba que apuntan a demostrar que hubo más policías responsables en el episodio.

El pedido del abogado fue realizado este mediodía cuando se retiraba de los tribunales de la ciudad balnearia ante el juez de Garantías 5 a cargo de la causa, Gabriel Bombini, ante quien se constituyó como abogado del particular damnificado en representación de la mamá de Luciano, Judit Aristegui.

“Solicitamos medidas como la reconstrucción, que posiblemente sea la semana que viene a efectos de que (Judit) no tenga que revictimizarse tanto tiempo”, indicó el letrado ante la prensa. Además, aseguró que “hay medidas de prueba para motivar y fundamentar los pedidos de las próximas detenciones” y que “tienen que ver con las cámaras, que ya fueron secuestradas”.

“Hay cámaras del patrullero, tengo temor que siendo la policía la que está custodiando, sin prejuicio que es la Federal y confiamos. Espero que una cámara funcione, si funciona, vamos a tener la visualización del hecho concreto y un sonido importante en relación a las conversaciones que se hicieron al momento del hecho”, estimó Dalbón, tras lo cual dijo: «Esperemos tener ahí un vislumbramiento hacia la verdad”.

El abogado de la familia de Luciano expresó que al igual que en el caso Lucas González, el adolescente asesinado de un disparo en la cabeza por policías de la Ciudad en el barrio porteño de Barracas y a cuyos padres también representa, “a medida que van declarando lo efectivos, solos van diciendo quiénes estaban en la escena”.

“Todos los que estaban en el lugar han visto como le dejaron el brazo a la mamá de Luciano, que le dijeron que fue un accidente, que la veían y la cargaban”, sostuvo.

Por último, Dalbón se refirió al comisario Edgardo Vulcano, jefe de la Policía de Seguridad Comunal de General Alvarado, quien fue desplazado de sus funciones tras el crimen del adolescente.

“Las heridas a Judit se las infligieron todos los policías que estaban ahí. De la boca de Vulcano salía “espósenla”, y era la mamá de un chico muerto. Había que contenerla no esposarla”, dijo Dalbón, tras lo cual concluyó: «Para llegar a comisario hay que vivir situaciones límite, parecería ser que Vulcano es un novato, decir eso es deleznable como persona y ser humano”.

El asesinato de Luciano fue cometido la madrugada del último viernes, cuando un patrullero con cuatro efectivos a bordo quiso identificar presuntamente al adolescente que se trasladaba a bordo de una moto Yamaha YBR 125 roja.

En circunstancias que aún son materia de investigación, efectivos que iban en otro móvil se cruzaron en su camino en la avenida 9, entre las calles 32 y 34, y luego de descender de esa unidad, uno de ellos, identificado como Maximiliano González (25), le efectuó un disparo con su arma reglamentaria, quien permanece desde entonces detenido a disposición judicial.

Finanzas

La Corte dejó firmes las multas al Banco Provincia por fallas antilavado

Con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó por inadmisibles los recursos de la entidad y sus entonces directivos. La UIF los había sancionado en 2018 por no reportar operaciones sospechosas ni contar con sistemas de control entre 2010 y 2013.

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La Corte Suprema cerró la puerta: el Banco Provincia deberá pagar las multas por sus fallas en los controles antilavado.

Más de ocho años después de que la Unidad de Información Financiera (UIF) aplicara sanciones al Banco Provincia de Buenos Aires y a nueve de sus entonces directivos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación cerró el capítulo judicial con un fallo contundente: rechazó por inadmisibles los recursos extraordinarios presentados y dejó firmes las multas. El fallo fue suscripto por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

La causa se originó en la Resolución 281/2018 de la UIF, mediante la cual el organismo sancionó a los miembros del Consejo de Administración del Banco Provincia, a su oficial de cumplimiento y a la entidad bancaria en sí. El eje de los incumplimientos: no haber reportado determinadas operaciones sospechosas y no contar con los sistemas de control y monitoreo que exige la normativa antilavado durante el período comprendido entre 2010 y 2013.

Los directivos sancionados y el alcance de las multas

Las sanciones alcanzaron a nueve exfuncionarios de la entidad: Diego Rodrigo, José Pampuro, Javier Mouriño, Omar Galdurralde, Rafael Perelmiter, Daniel Tillard, Gustavo Marangoni, Carlos Rafael Fernández y María Elena Helguera. La Corte confirmó las multas para todos ellos, con una excepción: el caso de Pampuro quedó fuera del fallo por su fallecimiento, constatado durante el trámite judicial.

El argumento del Banco y el rechazo de la Cámara

El Banco Provincia intentó zafar de las sanciones con un argumento jurídico de fondo: sostuvo que, por su condición de banco provincial y las garantías derivadas del Pacto de San José de Flores y de su Carta Orgánica, la normativa nacional de prevención del lavado de activos no podía desplazar su régimen jurídico propio. En la práctica, el banco reclamaba para sí una suerte de inmunidad ante la regulación federal antilavado.

Ese planteo no prosperó. La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó las sanciones al considerar que la entidad está plenamente alcanzada por la Ley 25.246, que regula la prevención del lavado de activos en Argentina, y que la actuación de la UIF no vulneró el estatus jurídico especial del banco ni las prerrogativas derivadas del citado Pacto.

La Corte cierra el expediente

Tras la apelación de la entidad y después de recibir la opinión de la Procuración General, la Corte Suprema resolvió desestimar el recurso extraordinario por inadmisible, confirmando así la sentencia de Cámara. La resolución del máximo tribunal pone fin a una disputa judicial que se extendió por varios años y consolida el criterio de que las entidades bancarias provinciales no están exentas de cumplir la normativa federal antilavado.

El fallo tiene implicancias que van más allá del Banco Provincia. En un sistema financiero donde la prevención del lavado de activos es un pilar de la regulación internacional, la confirmación de que ningún banco, sin importar su naturaleza jurídica o sus cartas orgánicas, puede eludir los controles de la UIF refuerza la capacidad sancionatoria del organismo y sienta precedente para casos similares.

Lo que tenés que saber

  • La Corte Suprema, con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, rechazó por inadmisibles los recursos del Banco Provincia y dejó firmes las multas de la UIF.
  • Las sanciones fueron aplicadas mediante la Resolución 281/2018 por incumplimientos a la normativa antilavado registrados entre 2010 y 2013: falta de reporte de operaciones sospechosas y ausencia de sistemas de control.
  • El banco argumentó que su condición de entidad provincial y el Pacto de San José de Flores lo eximían de la regulación nacional; tanto la Cámara como la Corte rechazaron esa defensa.
  • Las multas alcanzaron a nueve exdirectivos; el caso de José Pampuro quedó fuera del fallo por su fallecimiento.
  • El fallo consolida el criterio de que las entidades bancarias provinciales están plenamente sujetas a la Ley 25.246 y a la autoridad sancionatoria de la UIF.
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