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Energía: ingresarán divisas para ampliar de la producción de petróleo y gas

Mediante un decreto se reglamentó el funcionamiento del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo y también un esquema de promoción similar para el gas.

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El presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Sergio Massa, firmaron el viernes el decreto 484/2022, que se publicará en el Boletín Oficial el martes próximo, por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip) como también un esquema de promoción similar para el gas, informaron fuentes oficiales.

Tanto el régimen de promoción del petróleo como el referido al gas habían sido creados por el decreto 277/22, que estableció «un nuevo marco normativo apropiado para que las productoras de hidrocarburos cuenten con reglas de acceso a divisas necesarias para impulsar la inversión en el sector», aunque faltaba su reglamentación, que se resolvió con el decreto 484.

Según el artículo 1° de la nueva normativa, los beneficiarios del acceso a divisas para incrementar la producción podrán presentarse junto a posibles terceros asociados que cumplan con los recaudos del decreto, entre ellos acreditar un vínculo contractual con la beneficiaria «de al menos 12 meses, con una inversión mínima efectivizada de U$S 50 millones».

Quienes queden encuadrados en el flamante régimen de disponibilidad de divisas para incrementar la producción de petróleo y gas «podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022, previo cumplimiento de los requisitos y dentro de los plazos que establezca la Secretaría de Energía», añade el decreto 484 en su artículo 2.

Para cumplir ese paso, «deberán solicitarlo dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles y posteriores a la finalización de cada trimestre», en una gestión que incluirá medidas complementarias de la Secretaría de Energía y de la AFIP.

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Una vez aceptada la solicitud, «la Secretaría de Energía expedirá un certificado que será notificado por nota a las beneficiarias o beneficiarios, a la AFIP y al BCRA».

Las empresas productoras de petróleo y gas natural que accedan a los regímenes especiales de disponibilidad de divisas tendrán que presentar información en carácter de declaración jurada, por lo que «en caso de omisión, falsedad o inconsistencia les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 29 del decreto 277/22» y, en paralelo, «la Secretaría de Energía podrá suspenderles el beneficio o descontar automáticamente de futuros beneficios los certificados emitidos con datos falseados u omitidos».

En el resto de los 28 artículos del decreto 484 se establecen los parámetros técnicos para definir cuál será la Línea Base correspondiente al Registro de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo, como la producción de petróleo crudo de enero a diciembre de 2021 que provenga de áreas de titularidad de cada beneficiario que hayan sido reconocidas oficialmente por la Secretaría de Energía.

En cuanto a la valuación del volumen de producción incremental beneficiado a partir de este régimen, se utilizará «la cotización FOB promedio de los últimos 12 meses precedentes del ‘ice Brent primera línea’, neto de derechos de exportación» (artículo 11, decreto 484).

Para el caso de las empresas del sector gasífero que ingresen al Régimen de Acceso de Divisas para la Producción Incremental de Gas Natural (Radpign), se considerará como línea base del esquema a «los volúmenes definidos en el primer párrafo del artículo 12 del decreto 277/22 correspondientes al período de enero a diciembre de 2021», según el artículo 13 de la misma norma.

La reglamentación de los regímenes que establecen ventajas competitivas para acceder a divisas siempre que se amplíe la producción de petróleo y gas natural había sido anunciada el jueves por el propio Massa durante su discurso en la exposición Argentina Oil & Gas (AOG) Patagonia, en Neuquén, bajo el criterio de permitir la libre disponibilidad a aquellos que inviertan para hacer crecer la producción.

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«Avanzamos en la reglamentación del decreto (por el 277/22) que le da a partir del 1° de enero al sector una enorme cantidad de ventajas competitivas sobre el crecimiento de la producción, que presume la libre disponibilidad de divisas para aquellos que invierten en la medida que haya crecimiento de la producción», señaló Massa en ese foro.

Consumo

La pérdida del poder adquisitivo será mucho mayor que la caída del salario

La retracción del poder de compra provoca que la gente deba gastar mucho más de lo que lo hacía anteriormente para afrontar las facturas, recortando la plata disponible para comprar otros bienes o servicios.

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El salario real en el sector privado formal podría caer en promedio 6,1% en 2024 pero el ingreso disponible podría reducirse más del doble, producto de los precios relativos de las tarifas de gas, luz, agua, transporte público y combustibles, cuyos precios se vienen disparando muy por encima de la inflación impactando con fuerza en los bolsillos.

Un informe realizado por ABECEB determina que esta pérdida de poder adquisitivo se verá reflejada en una caída del consumo privado que podría rondar el 8% durante este año.

La retracción del poder de compra provoca que la gente deba gastar mucho más de lo que lo hacía anteriormente para afrontar las facturas, recortando la plata disponible para comprar otros bienes o servicios.

La inflación interanual en marzo (24-23) fue del 290% pero los precios de muchos bienes o servicios claves para la vida cotidiana superaron con creces esta magnitud: electricidad y gas, aumentaron el 300%, bebidas alcohólicas, 302%; alimentos, 306%; azúcar, chocolate y golosinas, 349%; pan y cereales, 352%; combustible y lubricantes, 364%; medicamentos, 379%; transporte público, 385%; aguas minerales, gaseosas y jugos, 386%.

Otros que también tuvieron subas importantes, pero no al nivel del IPC fueron las prepagas (hoy en discusión) con un 289%, restaurantes y hoteles, 266%, educación, 227%; prendas de vestir y calzado, y alquiler de viviendas, 149%. Y todavía muchos deben seguir ajustándose para recomponer los atrasos pasados.

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La caída del salario real del 6,1% mencionada en realidad disfraza una retracción aún mayor de la capacidad de compra porque a esa pérdida hay que sumarle el fuerte impacto de todas las subas mencionadas y que hace que la gente recorte gastos.

Un trabajador que en promedio en 2024 va a ganar 1.340.000 pesos y que su salario le creció por debajo de la inflación y le va a caer en términos reales 6,1%, lo que le quede para gastar, después de pagar el alquiler, combustible, transporte, luz, gas (estos componentes que aumentan muy por encima de la inflación) le van a quedar 840.000 pesos, lo que implican una caída de 15,5% respecto del ingreso disponible que tenía el año pasado en términos reales.

La pérdida de ingresos se traslada velozmente a las góndolas y al consumo fuera del hogar. Por ejemplo, la caída de ventas en los supermercados se estima podría promediar 11%, en 2024 mientras que en restaurantes será del 7,5% en este año. Sólo en marzo, la caída en los súper llegó al 19%, mientras que los restaurantes registraron una pérdida del 6,7%.

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