Impuestos
El Gobierno oficializó las exenciones al impuesto a las Ganancias a trabajadores de la salud
Las excepciones del pago de ese tributo alcanza a los salarios que perciben médicos, auxiliares y técnicos en concepto de guardias obligatorias.
El Gobierno reglamentó la ley 27.718 que modifica la 20.628 de Impuesto a las Ganancias para eximir del pago de ese tributo a las remuneraciones que perciben médicos, auxiliares y técnicos de la salud en concepto de guardias obligatorias, a través del decreto 260/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La normativa aprobada en el Congreso el 19 de abril último precisa que están exentas del gravamen «las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional».
Además puntualiza que «el beneficio de este apartado debe indicarse, en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración o liquidación del haber, identificándolo con la leyenda ‘Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud'».
Economía 💲
Tras meses de reclamos, oficializan la pausa de embargos a pymes hasta mediados de 2027
La Resolución 1899/2026 prorroga hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares de ARCA para pymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y el sector salud. El alivio llega después de los pedidos de la UIA y la CAME, y mientras la Resolución admite que las dificultades que lo motivaron siguen vigentes.
ARCA no podrá iniciar juicios de ejecución fiscal ni trabar embargos y otras medidas cautelares contra las pymes hasta el 30 de junio de 2027. El Gobierno estiró el plazo de un esquema de contención que nació a fines de 2024 y reconoció en los considerandos que las situaciones que lo motivaron siguen vigentes.
El Ministerio de Economía encomendó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la prórroga mediante la Resolución 1899/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida había sido anunciada por el ministro Luis Caputo en la 32.ª Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA).
A quiénes alcanza la prórroga
La disposición contempla a las micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2) que tengan el Certificado MiPyME vigente a la fecha de dictado de la norma. También incluye a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes del sector de la salud.
Una pausa que se estira desde 2024
El esquema fue iniciado a fines de diciembre de 2024 por el Ministerio de Economía, con una primera suspensión hasta el 31 de julio de 2025 para el sector salud y las entidades sin fines de lucro. Más tarde, el beneficio se extendió de manera sucesiva hasta el 31 de diciembre de 2026. La nueva resolución corre el límite otros seis meses y lo amplía al universo pyme que anunció Caputo.
Tras el anuncio en la UIA se había hablado de mayo de 2027 como horizonte de la pausa; el texto formal fijó finalmente el 30 de junio.
Lo que dice la resolución
Los considerandos sostienen que las situaciones particulares que motivaron la contención de los contribuyentes aún persisten, por lo que resulta necesario extender el plazo. Para el sector productivo, el texto invoca los objetivos de la Ley 24.467 y afirma que las MiPyMEs “son fundamentales para la economía de nuestro país”, porque concentran una gran cantidad de empleados y registran un aumento de su capacidad exportadora.
El Gobierno nacional consideró oportuno brindar a las empresas “herramientas que fomenten su desarrollo, el impulso del empleo y el crecimiento de las exportaciones”. Es una definición que contrasta con el recorrido de un sector que, mientras ARCA podía ejecutarlo y embargarlo, sufrió cierres y pérdida de empleo.
Un alivio que llegó después de los reclamos
La UIA había pedido en agosto suspender por 180 días los embargos y las ejecuciones fiscales a las pymes, y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) también reclamó a Caputo que ARCA frenara embargos y multas. La respuesta oficial llegó recién en noviembre, con una pausa que posterga la presión pero no modifica las condiciones que la generaron.
El contexto del sector es adverso. El Observatorio de Industriales Pymes Argentinos (IPA) alertó sobre 24.437 cierres de pymes entre fines de 2023 y principios de 2026, con más de 327.000 trabajadores que perdieron cobertura laboral, y sobre un aumento del 131,71% en los concursos preventivos entre 2023 y 2025. La Fundación Fundar, con datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, contabilizó una pérdida neta de 32.290 empleadores desde noviembre de 2023.
Un informe de la Fundación Apertura sobre la regional Rosario de ARCA señaló que el 75,5% de los embargos entre 2021 y julio de 2026 recayó sobre microempresas. Junto con la suspensión, el Gobierno anunció la extensión del plan de facilidades de pago hasta 18 cuotas y la posibilidad de que las exportadoras usen el 100% de sus saldos a favor por IVA de exportación para cancelar deudas tributarias y aduaneras. En lo informado hasta ahora no hay quita de deudas: lo que se suspende es el inicio de los juicios y los embargos, no la obligación de pagar.
Queda por verse qué ocurrirá cuando venza el plazo, en un escenario donde las propias cámaras empresarias advierten que el problema de fondo es el costo financiero y la caída de la actividad.
Lo que tenés que saber:
- La Resolución 1899/2026 prorroga hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
- Alcanza a pymes (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y el sector salud.
- El esquema comenzó a fines de diciembre de 2024 y se había extendido hasta el 31 de diciembre de 2026.
- La UIA había pedido en agosto una suspensión de 180 días de embargos y ejecuciones fiscales.
- En lo informado hasta ahora no hay quita de deudas.
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