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Denuncian a Bioils Argentina por contrabando de aceite de soja: riesgo de millonaria multa

La Dirección General de Aduanas (DGA) denuncia penalmente a Bioils Argentina S.A. por declarar erróneamente envíos de aceite de soja como oleína, incurriendo en presunto contrabando. La empresa podría enfrentar una multa de US$ 2.000.000, según el organismo estatal.

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La Dirección General de Aduanas (DGA) ha presentado una denuncia penal contra la empresa Bioils Argentina S.A. por presunto contrabando de aceite de soja. La investigación reveló que la compañía había declarado que quince permisos de embarque hacia Chile contenían oleína, cuando en realidad contenían aceite crudo de soja, lo que implicaba una alícuota mucho mayor en los aranceles.

La Aduana había decidido reforzar la fiscalización de las destinaciones con mercadería de oleína debido a actores problemáticos en ese mercado. Se tomaron muestras de exportaciones y se realizaron análisis para confirmar las declaraciones de Bioils Argentina. Los resultados mostraron que la mercadería exportada era aceite de soja y que la empresa había presentado declaraciones apócrifas para evadir el pago de aranceles, causando un perjuicio fiscal de US$ 152.065 al Estado argentino.

Se detectó que la proveedora argentina tenía vínculos con la empresa destinataria chilena, y se identificaron un total de 15 operaciones en infracción, con 427 toneladas de aceite crudo de soja. La DGA presentó la denuncia penal bajo la figura de contrabando, y el caso quedó en manos del Juzgado Federal N° 1 de Mendoza.

Además, se señaló que podrían aplicarse agravantes en la sanción, lo que podría resultar en una multa de US$ 2.003.560,08 para la empresa.

Economía 💲

ARCA: las RG 5923 y 5924 formalizan la pausa de embargos a pymes hasta el 30 de junio de 2027

La 5923 prorroga la suspensión de juicios y cautelares; la 5924 amplía el plan de pagos a deudas vencidas hasta el 31 de octubre. El alivio alcanza a mipymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y el sector salud.

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ARCA formalizó la prórroga de la suspensión de embargos a pymes con las Resoluciones Generales 5923/2026 y 5924/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La medida extiende hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, el freno a juicios de ejecución fiscal y a la traba de medidas cautelares.

La Resolución General 5923/2026 alcanza a las mipymes de los Tramos 1 y 2 con Certificado MiPyME, a los pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y al sector salud. El organismo se reservó la posibilidad de actuar ante una grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente.

La Resolución General 5924/2026 amplía el plan de facilidades de pago creado por la Resolución General 5875: ahora incluye deudas y multas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026. El esquema de alivio había comenzado a fines de diciembre de 2024 y se había extendido hasta el 31 de diciembre de 2026 con la Resolución 1899/2026.

El pedido venía de la UIA y de la CAME. En lo informado hasta ahora no hay quita de deudas.

Leé también: Tras meses de reclamos, oficializan la pausa de embargos a pymes hasta mediados de 2027

Lo que tenés que saber:

  • Las RG 5923 y 5924 formalizan la pausa de embargos hasta el 30 de junio de 2027.
  • Alcanza a mipymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y salud.
  • La 5924 amplía el plan de pagos a deudas vencidas hasta el 31 de octubre.
  • No se informó quita de deudas.
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