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Presidencia

Advertencia del Parlasur a EE.UU. por préstamo a Milei sin aval del Congreso

Un grupo de legisladores del Parlasur envió una nota a la Embajada de EE.UU. cuestionando la legalidad de un préstamo millonario sin aprobación del Congreso.

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Lo que tenés que saber

  • Parlamentarios de UxP enviaron una carta a la encargada de negocios de EE.UU. en Argentina.
  • Cuestionan un posible préstamo de USD 30.000 millones anunciado por Caputo y Bessent.
  • Denuncian intromisión electoral del gobierno de Donald Trump en favor de Milei.
  • Recuerdan que la Constitución exige aprobación del Congreso para contraer deuda externa.
  • Afirman que cualquier acuerdo sin aval legislativo será considerado inválido.

Parlasur cuestiona legalidad del préstamo millonario a la Argentina sin aval del Congreso

El bloque argentino de Unión por la Patria (UxP) en el Parlamento del Mercosur presentó una advertencia formal al gobierno de Estados Unidos sobre los riesgos legales y políticos de otorgar financiamiento internacional a la administración de Javier Milei sin cumplir con los requisitos constitucionales argentinos.

La nota fue dirigida a Heidi Gómez Rápalo, Encargada de Negocios de la Embajada de EE.UU. en Buenos Aires, con el objetivo de comunicarle al gobierno de Donald Trump las condiciones legales que rigen la contratación de deuda externa en Argentina.

Alerta por supuesta intromisión electoral de EE.UU.

La advertencia de los legisladores se produjo tras los recientes anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre la posible llegada de hasta USD 30.000 millones en asistencia financiera, y del secretario del Tesoro norteamericano, Scott Bessent, sobre la opción de realizar un swap de divisas o adquirir bonos soberanos.

Los parlamentarios fueron tajantes al señalar que “las declaraciones de Bessent dan cuenta de que el apoyo financiero tiene fines exclusivamente electorales. Una intromisión que resulta inadmisible en el marco del principio de no injerencia que rige las relaciones internacionales”.

El Congreso, único habilitado para autorizar deuda

El documento recuerda que la Constitución Nacional, en su artículo 75, incisos 4 y 7, otorga al Congreso la potestad exclusiva de “contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación” y “arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación”.

Asimismo, la Ley 24.156 de Administración Financiera establece que cualquier endeudamiento público debe ser aprobado por el Congreso a través de una ley que especifique el tipo, monto, destino y plazos del crédito.

“Cualquier préstamo, línea de crédito o mecanismo financiero que se pretenda otorgar a la República Argentina, para ser legítimo y legal, debe contar con la previa autorización del Congreso Nacional. Cualquier acuerdo que no cumpla con este requisito carecerá de toda validez y legitimidad ante el pueblo y las instituciones argentinas”, expresaron los legisladores.

Advertencia sobre consecuencias institucionales

En su nota, el bloque de UxP también anticipó que un eventual préstamo realizado sin la debida autorización del Congreso podría no ser reconocido por las instituciones argentinas.

“Cualquier empréstito que se brinde al señor Javier Milei sin la debida autorización del Congreso podrá ser considerado por las instituciones competentes de la República Argentina como un acto realizado a título personal del ciudadano Milei, sin que ello comprometa al Estado Nacional”, concluye el comunicado.

Firmantes del documento

El escrito fue firmado por los parlamentarios Gabriel Fuks, Victoria Donda, Franco Metaza, Cecilia Nicolini, Gustavo Arrieta, Marina Femenía, Karolina Bobadilla, Raúl Bittel, Yesica Taborda, Yamil David Sarruff Vallejo, María Alejandra Mas, Matías Sotomayor, Mariano Fernández, Ana María Corradi y Alejandro Deanes.

Presidencia

Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei y la Justicia ordenó archivar el expediente

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió sobreseer a los hermanos Milei y a otros nueve imputados. El fallo descartó estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias, y dispuso archivar el expediente una vez que la decisión quede firme.

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El Argentino Diario-$Libra, Javier Milei, Mauricio Novelli.

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió este viernes 23 de octubre sobreseer al presidente Javier Milei y a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en la causa $LIBRA, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas y posibles delitos económicos vinculados con el lanzamiento y la promoción del token.

La resolución, adoptada en consonancia con el criterio de la fiscalía, descartó los delitos de estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias. La decisión también alcanzó a otros nueve imputados, entre ellos el empresario estadounidense Hayden Mark Davis.

El juez Marcelo Martínez de Giorgi dispuso que, una vez que el fallo quede firme, se comunique la resolución y se archive la causa.

Por qué la Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA

El tribunal analizó las conductas investigadas y concluyó que no se reunían elementos suficientes para sostener los delitos atribuidos a los imputados.

En relación con la presunta estafa, la resolución señaló que no se acreditó un engaño relevante en términos penales ni una maniobra fraudulenta preconcebida atribuible a los involucrados.

El fallo consideró que el token $LIBRA operó dentro de un mercado de criptomonedas caracterizado por la especulación y la volatilidad, sin que se garantizaran rentabilidades a quienes invirtieran. También sostuvo que la caída de la cotización, por sí sola, no configura el delito de estafa.

De esta manera, la Justicia descartó la imputación penal por ese delito en el marco de la causa.

Qué resolvió el fallo sobre la publicación de Javier Milei en X

Otro de los puntos examinados fue la difusión del proyecto $LIBRA a través de la cuenta personal del presidente en la red social X.

Sobre el presunto abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles con la función pública, la resolución determinó que esa publicación no constituyó un acto institucional ni implicó la utilización de recursos estatales.

El fallo también mencionó que la Oficina Anticorrupción había descartado violaciones a la Ley de Ética Pública. Además, indicó que no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que vincularan el ejercicio de la función pública con la iniciativa privada.

Esos elementos fueron considerados en el análisis de las posibles responsabilidades penales atribuidas al mandatario.

Karina Milei: qué dijeron los peritajes sobre el presunto tráfico de influencias

En el caso de Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, la investigación examinó la hipótesis de un posible tráfico de influencias relacionado con reuniones con empresarios extranjeros vinculados al proyecto.

Según la resolución, las pruebas reunidas y los peritajes realizados sobre dispositivos electrónicos por la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) no permitieron confirmar la existencia de pagos de dinero o dádivas a cambio de facilitar encuentros con empresarios como Hayden Davis y Julian Peh.

El tribunal también consideró que las referencias publicadas en notas digitales sin firma y otras menciones periodísticas no constituían pruebas objetivas de un intercambio ilícito.

A partir de esos elementos, descartó la imputación por tráfico de influencias contra la funcionaria.

Quiénes son los otros nueve imputados sobreseídos en la causa $LIBRA

La resolución judicial alcanzó a once personas en total. Además de Javier y Karina Milei, el sobreseimiento incluyó a:

  • Mauricio Novelli.
  • Manuel Terrones Godoy.
  • Sergio Morales.
  • Hayden Mark Davis.
  • Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh.
  • María Alicia Rafaele.
  • María Pía Novelli.
  • Camilo Rodríguez Blanco.
  • Orlando Mellino.

La decisión comprende a todos los imputados mencionados en el fallo, luego del análisis judicial de las conductas investigadas y de los elementos incorporados al expediente.

Cuándo se archivará la causa $LIBRA

El juez Marcelo Martínez de Giorgi ordenó que la resolución sea comunicada y que el expediente se archive una vez que el sobreseimiento quede firme.

Esto significa que el archivo dispuesto no debe confundirse con una medida ya ejecutada: el propio fallo establece que ese paso deberá concretarse cuando la decisión alcance firmeza.

La resolución también señaló que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor de las personas sobreseídas.

Con esta decisión, el juzgado descartó las imputaciones penales analizadas en el expediente y estableció el procedimiento para avanzar hacia su archivo definitivo, sujeto a la firmeza de la resolución.

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