Economía 💲
Las lecciones de Cristina en la UNO y la “tragedia social” provocada por Milei
La ex presidenta sostuvo que “el problema de Argentina es la economía bimonetaria, no el déficit fiscal”. En ese contexto, exigió: “Basta de engañar y envenenar a nuestros pibes con falsas promesas económicas”.
La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner ofreció una extensa clase Magistral en la Universidad Nacional del Oeste, donde analizó la situación económica actual y criticó duramente las políticas del gobierno de Javier Milei. Un repaso por los puntos más importantes de la conferencia.
La economía bimonetaria como problema central
Cristina enfatizó que el principal problema económico de Argentina no es el déficit fiscal, como sostiene el gobierno actual, sino la economía bimonetaria. «El problema es la economía bimonetaria, la escasez de dólares, y cuando además la Argentina está endeudada en dólares, desde la gestión del macrismo y el retorno del Fondo Monetario Internacional, todo esto se agrava», afirmó.
La ex mandataria explicó que en Argentina, a diferencia de otros países, el dólar cumple las tres funciones de la moneda: unidad de valor, unidad de transacción y unidad de reserva o de ahorro. «Excepto en la Argentina, donde la unidad de valor es el dólar. El atesoramiento es también en dólares. La gente quiere ahorrar en dólares», señaló.
Críticas a las políticas económicas de Milei
CFK además cuestionó duramente el discurso económico del presidente Milei, acusándolo de engañar a la población con falsas promesas y conceptos económicos erróneos. «Basta Milei de engañar y envenenar a nuestros pibes», expresó.
La ex presidenta criticó la idea de que la inflación sea un fenómeno exclusivamente monetario, como sostiene Milei. «¿Y por qué es un alerta temprano, Milei? Porque la gente va a atesorar en dólares o se va a fugar. Por eso es la economía bimonetaria, estúpido. Esto es lo que estamos diciendo», argumentó.
Impacto social de las políticas actuales
Cristina denunció que las políticas del gobierno actual han provocado «una auténtica tragedia social». Mencionó la situación de los jubilados, el aumento en el precio de los medicamentos, la falta de compra de vacunas y los salarios deprimidos como ejemplos del deterioro en la calidad de vida de los argentinos.
Llamado a la militancia y la solidaridad
La ex presidenta hizo un llamado a la unidad y la solidaridad entre los argentinos para enfrentar la crisis actual. «Necesitamos volver a sentir la cooperación, la solidaridad. Necesitamos llevar la palabra de aliento», expresó. También instó a «salir a recorrer los barrios, junto a las iglesias, junto a los compañeros que todavía tienen solidaridad, el corazón para recuperar lo que se está perdiendo, que es el amor entre los argentinos».
Puntos clave de la clase Magistral de CFK en Merlo:
- Kirchner identifica la economía bimonetaria como el principal problema económico de Argentina, no el déficit fiscal.
- Critica duramente las políticas y el discurso económico del presidente Milei.
- Denuncia una «tragedia social» provocada por las políticas del gobierno actual.
- Llama a la unidad y solidaridad entre los argentinos para enfrentar la crisis.
- Insta a recuperar el papel del Estado en las barriadas para combatir el avance del narcotráfico.
Gremiales
La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.
La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral
★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.
Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías
El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.
En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.
Qué artículos recuperan vigencia
Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.
El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.
Una saga que comenzó antes de la sanción
Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.
La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.
El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte
La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.
Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.
Puntos clave:
- La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
- Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
- El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
- El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
- La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
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