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De Pedro: el acuerdo YPF-Maxus «fortalece el camino de soberanía energética iniciado en 2012»
A partir del entendimiento, se desestimarán todas las acciones iniciadas contra YPF y contra Repsol, al tiempo que otorgará una liberación y absolución total de los reclamos que presentó en su momento.
El ministro del Interior, Eduardo ‘Wado’ de Pedro, subrayó hoy que el acuerdo alcanzado por YPF por el caso Maxus «fortalece el camino de soberanía energética iniciado en 2012».
A partir del entendimiento, se desestimarán todas las acciones iniciadas contra YPF y contra Repsol, al tiempo que otorgará una liberación y absolución total de los reclamos que presentó en su momento el Fideicomiso de Liquidación de Maxus por hasta US$ 14.000 millones.
En este sentido, De Pedro remarcó que este acuerdo «es una gran noticia para todos los argentinos y argentinas», al tiempo que «fortalece el camino de soberanía energética iniciado en 2012 -durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner- con la recuperación de la compañía».
El entendimiento, anunciado anoche por YPF, determina que el Fideicomiso de Liquidación de Maxus desistiría de las reclamaciones que presentó contra la petrolera argentina y Repsol en el Tribunal de Quiebras del Distrito de Delaware, así como a todas las reclamaciones actuales y futuras que puedan tener contra ambas compañías.
A cambio de esto, YPF y Repsol se comprometieron a pagar al Fideicomiso un monto de US$ 287,5 millones cada uno, lo que hace una cifra total de US$ 575 millones.El monto que deberá abonar YPF equivale sólo al 2% de la cifra original de la demanda.
El acuerdo está sujeto a aprobación judicial y otras condiciones que deberán cumplirse a lo largo de los próximos meses, detalló YPF en un comunicado
Impuestos
Las PyMEs argentinas enfrentan 62 obligaciones tributarias y administrativas por año
Un relevamiento del IARAF y la CAC contabilizó 34 gravámenes y 28 regímenes de percepción, retención e información para una empresa representativa. Aunque hubo una reducción respecto del año anterior, persisten los costos administrativos y los fondos inmovilizados.
Las pequeñas y medianas empresas argentinas deben afrontar una estructura de obligaciones que comprende impuestos nacionales, provinciales y municipales, además de distintos procedimientos administrativos. Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), el relevamiento de 2026 identificó 34 tributos y 28 regímenes de percepción, retención e información.
El documento, denominado Vademécum tributario argentino de PyMES 2026, citado por NA, contabiliza un total de 62 obligaciones entre gravámenes y trámites formales. Aunque las cifras muestran una reducción respecto del año anterior, el estudio advierte sobre los costos de cumplimiento y la acumulación de saldos a favor que pueden afectar los recursos de las empresas.
El informe identificó 34 tributos para las PyMEs argentinas
De acuerdo con el relevamiento del IARAF y la CAC, los tributos identificados se distribuyen entre los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal.
En el ámbito nacional se contabilizaron 16 tributos. Entre ellos figuran el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias para sociedades, el Impuesto al Cheque, los derechos de importación y exportación, y las contribuciones patronales.
En el nivel provincial, el estudio identificó ocho tributos. Los principales ejemplos son el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB), el Impuesto Inmobiliario provincial, el Impuesto del Automotor y el Impuesto de Sellos.
Por su parte, el ámbito municipal reúne diez tributos, entre los que se encuentran la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene (TISH), el Derecho de Publicidad y Propaganda y distintas tasas inmobiliarias y automotrices.
La cantidad de tributos disminuyó respecto del relevamiento anterior
El informe registró una reducción en la cantidad de tributos contemplados en comparación con el año previo: pasaron de 37 a 34.
Según el documento, la variación responde a la eliminación de los impuestos internos que gravaban los seguros y la telefonía celular, además de un cambio metodológico que excluyó la Tasa de Ocupación de Espacios Públicos por corresponder a actividades específicas.
También se redujo la cantidad de regímenes de percepción, retención e información, que pasó de 30 a 28.
Sin embargo, el estudio precisó que solo una de esas bajas representó una reducción efectiva de alcance generalizado: la eliminación del régimen vinculado al Impuesto PAIS. La otra correspondió a la supresión de un mecanismo exclusivo del sector de escribanías.
Qué empresa se tomó como referencia para calcular las obligaciones
Para elaborar el vademécum, la investigación definió un modelo de PyME constituida como sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), con características operativas que permiten contemplar distintas obligaciones fiscales.
La empresa representativa cuenta con establecimiento propio, empleados en relación de dependencia, flota de vehículos y equipamiento tecnológico. Además, opera con cuentas bancarias, importa insumos y exporta parte de su producción.
El cálculo también considera los impuestos directos e indirectos incorporados en las facturas de servicios básicos, como electricidad, gas natural, agua, telefonía celular e internet.
De esta manera, el relevamiento contempla tanto los tributos vinculados directamente con la actividad empresarial como aquellos que inciden en los costos de funcionamiento.
Retenciones y percepciones: los costos administrativos que señala el estudio
El informe identifica dos obstáculos principales asociados a los 28 regímenes de percepción, retención e información.
El primero es la carga administrativa que deben afrontar las empresas para cumplir con presentaciones periódicas y otros procedimientos formales. Estas tareas requieren recursos operativos y exponen a las PyMEs al riesgo de sanciones o multas ante eventuales incumplimientos.
El segundo problema es la acumulación de saldos a favor, generada por la proliferación de retenciones y percepciones. Según el documento, la lentitud y la burocracia de los procedimientos de devolución dificultan la recuperación de esos fondos.
La situación puede provocar que parte de los recursos de las empresas quede inmovilizada mientras se tramitan las devoluciones correspondientes.
Los saldos a favor pueden representar fondos inmovilizados para las empresas
El vademécum advierte que los importes retenidos o percibidos en exceso pueden convertirse en un problema financiero cuando las empresas no consiguen recuperarlos con rapidez.
El informe sostiene que, ante las demoras administrativas, esos fondos inmovilizados se transforman en la práctica en un incremento encubierto de las alícuotas tributarias.
El relevamiento del IARAF y la CAC plantea así dos dimensiones de la carga que enfrentan las PyMEs argentinas: el cumplimiento de las obligaciones fiscales y administrativas, por un lado, y las dificultades para disponer de recursos propios que quedan acumulados como saldos a favor, por el otro.
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