Judiciales ⚖️
Cúneo Libarona:“Si dan un veredicto viciado de nulidades, con un millón de personas afuera, hay que cerrar todas las Facultades de Derecho”
El penalista se refirió a la causa Vialidad y a los 12 años de prisión que pidieron los fiscales.
El abogado penalista Mariano Cúneo Libarona opinó sobre causa Vialidad y el pedido de 12 años de prisión y proscripción para Cristina Kirchner. “No creo que sean tan papanatas para dar un veredicto viciado con un millón de personas afuera de la sala escuchando una arbitrariedad«, sentenció.
«Por donde se nos ocurra a los abogados revisarlo al expediente, que es un mamotreto de mamarrachos que atenta contra el Derecho en sí. Pobre país si la Justicia actúa, porque a los jueces no les gusta lo que piensa una persona y como ellos dicen el sentido común de la gente amerita, quememos los libros muchachos y nos dedicamos a otra cosa; hay que cerrar todas las Facultades de Derecho”, agregó quien políticamente no suele estar alineado con el peronismo ni con el kirchnerismo.
Pero es más explícito y contundente: “Con un agravante, la obra pública que hoy están juzgando ya fue juzgada, valorada por todas las partes que participaron, no se probó absolutamente nada. Es un atropello a las personas del país inventar algo que tiene inconsistencias en los argumentos, no se necesita ser abogado para verificar tanta farsa. Lo que menos existe en esto de la obra pública es corrupción; además las obras que no se terminaron fueron por decisión de Mauricio Macri, quien llega al gobierno en el 2015 e inmediatamente interrumpe las mismas y deja de financiarlas«.
Las declaraciones de Mariano Cúneo Libarona, patrocinante de empresarios y deportistas reconocidos y famosos, fueron reflejadas por el sitio El Sol ABC.
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Cuadernos: Casación frenó el atajo de la reparación integral y sigue el juicio
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de las defensas de Cristóbal López, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio y otros imputados que buscaban extinguir la acción penal con ofrecimientos de dinero. El debate oral ante el TOF N° 7 sigue, y el único matiz lo puso el juez Slokar, que consideró que correspondía oír a las partes.
Cincuenta imputados de la causa Cuadernos ofrecieron dinero para que la Justicia extinguiera la acción penal en su contra, y la Cámara Federal de Casación Penal les cerró ese camino: la continuidad del debate oral quedó firme y el juicio sigue en pie.
La Sala I, integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, declaró inadmisibles los recursos de las defensas contra resoluciones del Tribunal Oral Federal N° 7 que habían rechazado planteos de nulidad y pedidos de reparación integral del perjuicio. La decisión se conoció este jueves.
Quiénes recurrieron
Los recursos fueron presentados y acompañados por defensas de imputados entre los que figuran Cristóbal López, Carlos De Sousa, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio, Armando Loson, Juan Carlos de Goycoechea, Mario Rovella, Héctor Sánchez Caballero, Juan Manuel Abal Medina, Roberto Orazi, Miguel Marconi y Juan José Luciano, entre otros empresarios y exfuncionarios.
Los pedidos de reparación integral
En la etapa de juicio, el TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que pretendían extinguir la acción penal mediante ofrecimientos de reparación integral del perjuicio, una figura prevista en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Esos ofrecimientos se basaban en la actualización de embargos cautelares por sumas que iban de $300.000 a más de $1.800 millones. Los pedidos fueron rechazados con la oposición de la fiscal general Fabiana León y de la Unidad de Información Financiera (UIF).
La causa Cuadernos se inició en 2018 a partir de los registros del chofer Oscar Centeno, quien documentó supuestos traslados de dinero desde empresas contratistas del Estado hacia funcionarios del Ministerio de Planificación Federal. Se trata de una megacausa con más de un centenar de acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
El voto de Petrone
En su voto, Petrone sostuvo que las decisiones impugnadas no constituyen sentencia definitiva ni resultan equiparables a ella por sus efectos, y que tampoco encuadran entre los autos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para habilitar la instancia de casación.
El magistrado recordó además la doctrina de la Corte Suprema según la cual los pronunciamientos que obligan al imputado a seguir sometido a proceso no ponen fin al pleito ni generan un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Sobre el rechazo de la reparación integral, Petrone remarcó que la complejidad de la causa, con multiplicidad de hechos e imputados, requiere que el debate oral avance para precisar los extremos fácticos de la imputación y las responsabilidades de cada interviniente.
La adhesión de Barroetaveña y el matiz de Slokar
Barroetaveña adhirió en lo sustancial al voto de su colega. Slokar, en cambio, consideró que correspondía oír a las partes, aunque aclaró que esa postura no implicaba adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión.
Lo que tenés que saber:
- La Sala I de Casación declaró inadmisibles los recursos de las defensas y dejó firme la continuidad del debate oral ante el TOF N° 7.
- La Sala está integrada por Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar.
- El TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que buscaban extinguir la acción penal por reparación integral (artículo 59, inciso 6°, del Código Penal).
- Los embargos actualizados iban de $300.000 a más de $1.800 millones, y la fiscal general Fabiana León y la UIF se opusieron.
- Petrone consideró que las resoluciones no son sentencia definitiva; Barroetaveña adhirió y Slokar opinó que correspondía oír a las partes.
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