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Judiciales ⚖️

Cristina apeló y reclamó su absolución en la causa Vialidad

Por su parte el Fiscal Luciani también apeló y pidió se agrave la pena contra la vicepresidenta.

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El-Argentino-Cristina Fernández de Kirchner.

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner reclamó este lunes a la Cámara Federal de Casación Penal que la absuelva en la llamada «causa Vialidad», al apelar la pena de seis años de prisión e inhabilitación que se le impuso, por considerar que fue «injustamente condenada» con «graves errores y arbitrariedades» y que existe «un supuesto de enorme gravedad institucional».

Por su parte, el fiscal Diego Luciani también apeló y pidió que Casación agrave la pena a la Vicepresidenta y otros acusados y se los condene además por el delito de asociación ilícita, según los escritos presentados.

Este último cargo fue descartado en el voto mayoritario de los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con disidencia en ese aspecto del tercer magistrado, Andrés Basso, cuando el 6 de diciembre pasado se condenó a la Vicepresidenta por supuesta «administración fraudulenta» con «inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos»

El veredicto «no cuenta con pruebas directas», advirtieron los abogados de la expresidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, en el escrito de apelación de 394 carillas presentado hoy.

«Nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente legítimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democráticamente por el voto popular«, agregaron.

La condena «se sostuvo en consideraciones absolutamente arbitrarias desprovistas del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico», advirtieron los abogados

Durante el juicio que se extendió por tres años «quedó ratificado e estado de inocencia» de la ex mandataria por supuestos delitos con la adjudicación de obra pública nacional a las empresas de Lázaro Báez en Santa Cruz entre 2003 y 2015.

Y recordaron que el TOF2 rechazó «más del 80 por ciento de la prueba ofrecida» por la defensa, en particular pericias «ineludibles» en estos juicios y que esa decisión fue ratificada por la sala de Casación «integrada por los jueces que visitaban la Quinta de Olivos», se remarcó en alusión a visitas de los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al ex presidente Mauricio Macri en esa época.

Esas mismas decisiones quedaron confirmadas «luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -parcialmente integrada por los jueces que propuso Rodríguez Simón» que demoró más de tres años y declaró «inadmisibles» los planteos casi al final del debate oral.

Además sostuvieron que «se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes».

Los jueces «asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional».

En el juicio «se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley», agregaron los letrados en relación a los fiscales Luciani y Sergio Mola.

«Se violó el principio ‘ne bis in ídem’ (prohibición de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dictó una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobreseídos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada», aseveraron también.

Los letrados argumentaron que «se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio». Y remarcaron que «se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada».

Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que «se violó el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fernández de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva».

Y dijeron que también «se violó el principio de legalidad sustantiva, pues se dictó una arbitraria condena en orden al delito de administración fraudulenta en contra de la administración pública sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera mínimamente, las exigencias típicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal»

La defensa pidió al máximo tribunal penal del país que absuelva a «Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada» y deje «sin efecto todas las penas que le fueron impuestas».

En el escrito se aludió a la «orfandad de pruebas», a la «influencia de los factores políticos, económicos y mediáticos» en el proceso y a la «violación del derecho de defensa en juicio» que dieron lugar a un fallo «arbitrario».

También se adelantó que, de ser necesario, se recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a los organismos internacionales que correspondan en materia de derechos humanos.

Por su parte, los fiscales Luciani y Mola presentaron una apelación de 528 carillas en las que se pidió que la Vicepresidenta y los demás acusados, entre ellos Báez, el ex secretario de Obra Pública José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti sean condenados también por asociación ilícita.

También reclamaron que Casación revoque las absoluciones que favorecieron al exministro de Planificación Federal Julio De Vido y a los exfuncionarios Abel Fatala y Héctor Garro.

Para la fiscalía la sentencia «mostró de manera palmaria» que hubo un «acto de corrupción» y que fue el «más grave de la historia de nuestro país desde el advenimiento de la democracia»

«Las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita», sostuvieron.

En el juicio se debatió si el acusado empresario Lázaro Báez, resultó beneficiado de manera anómala con la adjudicación de 51 obras públicas viales en Santa Cruz durante las gestiones kirchneristas y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

Los jueces condenaron a seis años de prisión a la Vicepresidenta, a Báez y al ex secretario de Obra Pública José López.

Además fueron condenados ex funcionarios de Vialidad Nacional y de Santa Cruz, entre ellos el ex titular del organismo Nelson Periotti, quien recibió 4 años y medio de cárcel.

Los fundamentos del fallo se conocieron en febrero pasado, y por una prórroga que concedió el Tribunal, el plazo para presentar los recursos de Casación vence en las dos primeras horas hábiles judiciales del miércoles próximo.

Una vez que el TOF2 conceda los recursos, el máximo tribunal penal federal del país comenzará a analizar los planteos y luego convocará a una audiencia, de manera previa a quedar en condiciones de resolver.

Investigación 🔎

El fallo que cerró la puerta a las víctimas de $LIBRA lo firmó un juez propuesto por Milei, un día después de su jura

La Sala I ratificó el criterio del juez Martínez de Giorgi y apartó a los cinco afectados que intentaban ser querellantes. El tribunal sostuvo que compraron un activo volátil y asumieron el riesgo de manera consciente. El caso queda exclusivamente en manos del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado por la lentitud del proceso. El fallo lo firmó Pablo Bertuzzi, recién jurado el día anterior a propuesta del gobierno de Milei.

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El Argentino Diario-$Libra, Javier Milei, Mauricio Novelli.
Sin querellantes y con fiscal inactivo: la causa $LIBRA avanza hacia la impunidad con un tribunal rediseñado por el Gobierno.

Quienes buscaban ser reconocidos como víctimas con derecho a impulsar la acción penal son Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, este último el inversor que en audiencias previas ante el mismo tribunal describió la maniobra como una «estafa monumental» de 286 millones de dólares con 84.000 damnificados en el mundo. El fallo les cierra esa vía y deja la investigación en manos exclusivas del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado públicamente por las propias partes afectadas por la parsimonia con la que conduce el expediente.

El argumento del tribunal: el riesgo era conocido

En el fallo, Llorens y Bertuzzi compartieron la tesis de Martínez de Giorgi según la cual la operatoria cripto «se desenvolvió en el marco de un negocio de por sí volátil, caracterizado por la ausencia de regulación financiera y una fuerte exposición al riesgo, circunstancias que resultaban conocidas por quienes decidieron operar en ese ámbito». Para los magistrados, quienes adquirieron el token asumieron conscientemente las consecuencias de esa apuesta, y la pérdida patrimonial sufrida no es más que el resultado lógico de ese riesgo voluntariamente aceptado.

Los jueces también rechazaron la hipótesis central de los afectados: que la maniobra fue diseñada «desde las altas esferas gubernamentales» junto con un grupo de desarrolladores de criptoactivos, mediante un ardid doloso destinado a provocar una disposición patrimonial perjudicial. Según el tribunal, esa versión «se encuentra diluida» ante el material probatorio reunido hasta el momento. Ninguno de los apelantes logró demostrar, a los fines de su legitimación, la existencia de una afirmación falsa concreta que los hubiera determinado a comprar el token, ni la conexión entre esa supuesta maniobra y el daño patrimonial que alegan haber sufrido.

Bertuzzi: el juez recién llegado y ya comprometido

El dato político más saliente del fallo no es jurídico sino institucional. Pablo Bertuzzi prestó juramento como juez de la Sala I el jueves, un día antes de firmar la resolución que perjudica a los inversores damnificados. Bertuzzi fue propuesto por el gobierno de Javier Milei para ocupar ese cargo, en el marco de las negociaciones que definieron la integración del tribunal que tiene en su órbita la causa que involucra directamente al Presidente. Pablo Yadarola, el otro magistrado propuesto por el Ejecutivo, juró en la misma ceremonia pero no integró esta decisión.

La coincidencia temporal entre la jura de un juez oficialista y el fallo que beneficia al entorno presidencial no pasó inadvertida en el ambiente judicial ni entre los abogados de los afectados. La causa que investiga si hubo engaño en el lanzamiento de $LIBRA, un token que el presidente Milei promocionó en su cuenta de X el 14 de febrero de 2025 y que colapsó horas después, será juzgada en adelante por un tribunal cuya composición fue rediseñada con participación directa del Ejecutivo.

Taiano: el fiscal que no avanza

Con los querellantes afuera, la instrucción recae únicamente en el fiscal federal Eduardo Taiano, señalado por los propios damnificados y sus letrados como el principal obstáculo para el avance de la causa. Desde que el expediente se abrió en febrero de 2025, Taiano no solicitó indagatorias, no impulsó medidas de prueba sustanciales sobre la ruta del dinero y fue denunciado penalmente por encubrimiento por uno de los propios querellantes ahora excluidos. En ese expediente paralelo, el fiscal acusado de obstruir la investigación principal es, paradójicamente, el mismo que ahora queda como único impulsor de la causa original.

Las investigaciones previas de la Policía Federal argentina determinaron que el contrato del token $LIBRA se hizo público por primera vez con el posteo de Milei, descartando la versión oficial de que el lanzamiento era preexistente y el Presidente simplemente lo había difundido. Un contrato hallado en el celular del trader Mauricio Novelli, imputado en la causa y vinculado al círculo presidencial, proyectaba una tarifa de un millón y medio de dólares por un tuit del mandatario, dentro de un acuerdo global de cinco millones de dólares. Esos elementos probatorios forman parte del expediente del que Taiano, hasta ahora, no extrajo consecuencias procesales concretas.

Puntos clave

  • La Sala I de la Cámara Federal ratificó el apartamiento de cinco inversores que buscaban ser querellantes en la causa $LIBRA.
  • El tribunal sostuvo que quienes compraron el token asumieron voluntariamente el riesgo de un mercado sin regulación.
  • Pablo Bertuzzi, propuesto por el gobierno de Milei, firmó el fallo apenas un día después de prestar juramento.
  • La investigación queda en manos exclusivas del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado por los afectados por la demora en la causa.
  • Peritajes previos de la Policía Federal establecieron que el contrato de $LIBRA se publicó por primera vez con el tuit presidencial del 14 de febrero de 2025.
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