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Cristina apeló y reclamó su absolución en la causa Vialidad

Por su parte el Fiscal Luciani también apeló y pidió se agrave la pena contra la vicepresidenta.

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El-Argentino-Cristina Fernández de Kirchner.

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner reclamó este lunes a la Cámara Federal de Casación Penal que la absuelva en la llamada «causa Vialidad», al apelar la pena de seis años de prisión e inhabilitación que se le impuso, por considerar que fue «injustamente condenada» con «graves errores y arbitrariedades» y que existe «un supuesto de enorme gravedad institucional».

Por su parte, el fiscal Diego Luciani también apeló y pidió que Casación agrave la pena a la Vicepresidenta y otros acusados y se los condene además por el delito de asociación ilícita, según los escritos presentados.

Este último cargo fue descartado en el voto mayoritario de los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con disidencia en ese aspecto del tercer magistrado, Andrés Basso, cuando el 6 de diciembre pasado se condenó a la Vicepresidenta por supuesta «administración fraudulenta» con «inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos»

El veredicto «no cuenta con pruebas directas», advirtieron los abogados de la expresidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, en el escrito de apelación de 394 carillas presentado hoy.

«Nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente legítimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democráticamente por el voto popular«, agregaron.

La condena «se sostuvo en consideraciones absolutamente arbitrarias desprovistas del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico», advirtieron los abogados

Durante el juicio que se extendió por tres años «quedó ratificado e estado de inocencia» de la ex mandataria por supuestos delitos con la adjudicación de obra pública nacional a las empresas de Lázaro Báez en Santa Cruz entre 2003 y 2015.

Y recordaron que el TOF2 rechazó «más del 80 por ciento de la prueba ofrecida» por la defensa, en particular pericias «ineludibles» en estos juicios y que esa decisión fue ratificada por la sala de Casación «integrada por los jueces que visitaban la Quinta de Olivos», se remarcó en alusión a visitas de los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al ex presidente Mauricio Macri en esa época.

Esas mismas decisiones quedaron confirmadas «luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -parcialmente integrada por los jueces que propuso Rodríguez Simón» que demoró más de tres años y declaró «inadmisibles» los planteos casi al final del debate oral.

Además sostuvieron que «se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes».

Los jueces «asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional».

En el juicio «se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley», agregaron los letrados en relación a los fiscales Luciani y Sergio Mola.

«Se violó el principio ‘ne bis in ídem’ (prohibición de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dictó una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobreseídos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada», aseveraron también.

Los letrados argumentaron que «se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio». Y remarcaron que «se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada».

Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que «se violó el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fernández de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva».

Y dijeron que también «se violó el principio de legalidad sustantiva, pues se dictó una arbitraria condena en orden al delito de administración fraudulenta en contra de la administración pública sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera mínimamente, las exigencias típicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal»

La defensa pidió al máximo tribunal penal del país que absuelva a «Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada» y deje «sin efecto todas las penas que le fueron impuestas».

En el escrito se aludió a la «orfandad de pruebas», a la «influencia de los factores políticos, económicos y mediáticos» en el proceso y a la «violación del derecho de defensa en juicio» que dieron lugar a un fallo «arbitrario».

También se adelantó que, de ser necesario, se recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a los organismos internacionales que correspondan en materia de derechos humanos.

Por su parte, los fiscales Luciani y Mola presentaron una apelación de 528 carillas en las que se pidió que la Vicepresidenta y los demás acusados, entre ellos Báez, el ex secretario de Obra Pública José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti sean condenados también por asociación ilícita.

También reclamaron que Casación revoque las absoluciones que favorecieron al exministro de Planificación Federal Julio De Vido y a los exfuncionarios Abel Fatala y Héctor Garro.

Para la fiscalía la sentencia «mostró de manera palmaria» que hubo un «acto de corrupción» y que fue el «más grave de la historia de nuestro país desde el advenimiento de la democracia»

«Las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita», sostuvieron.

En el juicio se debatió si el acusado empresario Lázaro Báez, resultó beneficiado de manera anómala con la adjudicación de 51 obras públicas viales en Santa Cruz durante las gestiones kirchneristas y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

Los jueces condenaron a seis años de prisión a la Vicepresidenta, a Báez y al ex secretario de Obra Pública José López.

Además fueron condenados ex funcionarios de Vialidad Nacional y de Santa Cruz, entre ellos el ex titular del organismo Nelson Periotti, quien recibió 4 años y medio de cárcel.

Los fundamentos del fallo se conocieron en febrero pasado, y por una prórroga que concedió el Tribunal, el plazo para presentar los recursos de Casación vence en las dos primeras horas hábiles judiciales del miércoles próximo.

Una vez que el TOF2 conceda los recursos, el máximo tribunal penal federal del país comenzará a analizar los planteos y luego convocará a una audiencia, de manera previa a quedar en condiciones de resolver.

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Propofest: Fini Lanusse rompe el silencio pero esquiva los detalles de la causa que involucra dos muertes

La médica procesada por el presunto desvío de propofol del Hospital Italiano publicó un breve mensaje en redes sociales en el que aseguró confiar en el proceso judicial. La declaración llega más de un mes después de que el juez Javier Sánchez Sarmiento formalizara los cargos y dispusiera el embargo de sus bienes.

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El Argentino Diario-Fini Lanusse-Propofest.

“Las cosas se van a aclarar”: el descargo de Fini Lanusse tras ser procesada en el Propofest

Delfina «Fini» Lanusse, exresidente de tercer año en el área de Anestesiología del Hospital Italiano de Buenos Aires y procesada en la denominada causa «Propofest», realizó este domingo un breve descargo público a través de un mensaje en redes sociales. Sin entrar en detalles sobre los cargos que pesan en su contra, Lanusse aseguró que «las cosas se van a aclarar» y expresó su confianza en el proceso judicial en curso.

«Por el momento no puedo hacer declaraciones profundas», explicó la profesional, quien agregó que la Justicia «se encuentra trabajando en el caso». El mensaje, escueto y cuidadosamente medido, representa la primera aparición pública de Lanusse desde que el juez Javier Sánchez Sarmiento formalizara su procesamiento junto al anestesista Hernán Boveri por el delito de administración fraudulenta.

El procesamiento y las medidas cautelares

El 10 de abril de 2026, el magistrado Sánchez Sarmiento dictó el procesamiento formal de Boveri y Lanusse por el presunto desvío de propofol, remifentanilo y otros fármacos de uso controlado del Hospital Italiano. Ambos profesionales tienen prohibida la salida del país. La Justicia dispuso además un embargo superior a los 30 millones de pesos sobre los bienes de Lanusse.

Según consta en el expediente judicial, Boveri ocupaba un cargo de jerarquía en el área de Anestesiología y habría aprovechado esa posición para vulnerar los controles de stock del hospital. En su declaración ante el juez, el anestesista reconoció haber administrado sustancias anestésicas a Lanusse en reiteradas oportunidades, con su consentimiento, y señaló que fue ella quien sustrajo los medicamentos. La defensa de ambos procesados busca revertir las medidas cautelares y sostiene que no existen pruebas suficientes para sostener la acusación.

El origen del caso: dos muertes y un sistema de control fallido

La investigación que derivó en el procesamiento comenzó el 20 de febrero de 2026, cuando efectivos policiales hallaron sin vida al anestesiólogo Alejandro Zalazar, de 29 años, en su departamento de Palermo. La autopsia reveló muerte por congestión, edema pulmonar y edema meningoencefálico, lesiones compatibles con sobredosis de propofol y remifentanilo. El análisis de trazabilidad del instrumental hallado en el domicilio de Zalazar determinó que una parte significativa del material pertenecía al Hospital Italiano, institución en la que Zalazar no tenía acceso laboral directo.

El 3 de abril, una segunda muerte complejizó aún más la causa. El enfermero Eduardo Bentancourt, de 44 años, fue encontrado sin vida en su departamento de la calle Fray Justo Santa María de Oro al 2428, en Palermo. En el lugar se secuestraron tres ampollas de fentanilo del laboratorio HLB Pharma S.A., propiedad del empresario Ariel García Furfaro, procesado en una causa separada vinculada a 111 muertes por adulteración de sustancias medicinales. La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°31, a cargo del fiscal Carlos Vasser, confirmó que las ampollas correspondían al certificado N° 53.100, inhabilitado por la ANMAT, con vencimiento en marzo de 2026, lo que refuerza la hipótesis de un desvío deliberado del stock que debía ser destruido tras la clausura del laboratorio.

Lo que declararon los jefes del área de Anestesiología

El jefe y el subjefe del área de Anestesiología del Hospital Italiano declararon ante el juez que Lanusse reconoció tener problemas de consumo de sustancias desde hacía dos años, un elemento que el Ministerio Público incorporó como contexto agravante en la formulación de cargos. El análisis forense de las filmaciones de vigilancia interna del hospital permitió reconstruir los momentos en que Boveri accedía a sectores restringidos y retiraba ampollas sin que los sistemas de registro lo detectaran a tiempo. El Hospital Italiano se presentó como querellante en la causa para resguardar su prestigio institucional y colabora activamente con la Justicia.

La causa avanza hacia el juicio oral

Con el procesamiento formalizado, la investigación se encamina hacia la etapa de preparación del juicio oral. El Ministerio Público deberá consolidar su acusación, mientras los defensores de Boveri y Lanusse ofrecerán sus descargos y pruebas ante el tribunal. Nuevas definiciones podrían conocerse en las próximas semanas.

Puntos clave:

  • Delfina Lanusse publicó un mensaje en redes sociales en el que aseguró que «las cosas se van a aclarar» y expresó confianza en la Justicia.
  • El juez Javier Sánchez Sarmiento la procesó junto a Hernán Boveri por administración fraudulenta; ambos tienen prohibida la salida del país y enfrentan embargos millonarios.
  • La causa se vincula a dos muertes: el anestesiólogo Alejandro Zalazar y el enfermero Eduardo Bentancourt, hallados sin vida en Palermo.
  • En el domicilio de Bentancourt se encontraron ampollas de fentanilo del laboratorio clausurado HLB Pharma (certificado N° 53.100, inhabilitado por ANMAT), vinculado a 111 fallecidos.
  • El Hospital Italiano se constituyó como querellante; la investigación avanza hacia el juicio oral.
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