Judiciales ⚖️
Cristina apeló y reclamó su absolución en la causa Vialidad
Por su parte el Fiscal Luciani también apeló y pidió se agrave la pena contra la vicepresidenta.
La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner reclamó este lunes a la Cámara Federal de Casación Penal que la absuelva en la llamada «causa Vialidad», al apelar la pena de seis años de prisión e inhabilitación que se le impuso, por considerar que fue «injustamente condenada» con «graves errores y arbitrariedades» y que existe «un supuesto de enorme gravedad institucional».
Por su parte, el fiscal Diego Luciani también apeló y pidió que Casación agrave la pena a la Vicepresidenta y otros acusados y se los condene además por el delito de asociación ilícita, según los escritos presentados.
Este último cargo fue descartado en el voto mayoritario de los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con disidencia en ese aspecto del tercer magistrado, Andrés Basso, cuando el 6 de diciembre pasado se condenó a la Vicepresidenta por supuesta «administración fraudulenta» con «inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos»
El veredicto «no cuenta con pruebas directas», advirtieron los abogados de la expresidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, en el escrito de apelación de 394 carillas presentado hoy.
«Nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente legítimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democráticamente por el voto popular«, agregaron.
La condena «se sostuvo en consideraciones absolutamente arbitrarias desprovistas del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico», advirtieron los abogados
Durante el juicio que se extendió por tres años «quedó ratificado e estado de inocencia» de la ex mandataria por supuestos delitos con la adjudicación de obra pública nacional a las empresas de Lázaro Báez en Santa Cruz entre 2003 y 2015.
Y recordaron que el TOF2 rechazó «más del 80 por ciento de la prueba ofrecida» por la defensa, en particular pericias «ineludibles» en estos juicios y que esa decisión fue ratificada por la sala de Casación «integrada por los jueces que visitaban la Quinta de Olivos», se remarcó en alusión a visitas de los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al ex presidente Mauricio Macri en esa época.
Esas mismas decisiones quedaron confirmadas «luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -parcialmente integrada por los jueces que propuso Rodríguez Simón» que demoró más de tres años y declaró «inadmisibles» los planteos casi al final del debate oral.
Además sostuvieron que «se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes».
Los jueces «asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional».
En el juicio «se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley», agregaron los letrados en relación a los fiscales Luciani y Sergio Mola.
«Se violó el principio ‘ne bis in ídem’ (prohibición de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dictó una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobreseídos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada», aseveraron también.
Los letrados argumentaron que «se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio». Y remarcaron que «se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada».
Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que «se violó el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fernández de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva».
Y dijeron que también «se violó el principio de legalidad sustantiva, pues se dictó una arbitraria condena en orden al delito de administración fraudulenta en contra de la administración pública sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera mínimamente, las exigencias típicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal»
La defensa pidió al máximo tribunal penal del país que absuelva a «Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada» y deje «sin efecto todas las penas que le fueron impuestas».
En el escrito se aludió a la «orfandad de pruebas», a la «influencia de los factores políticos, económicos y mediáticos» en el proceso y a la «violación del derecho de defensa en juicio» que dieron lugar a un fallo «arbitrario».
También se adelantó que, de ser necesario, se recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a los organismos internacionales que correspondan en materia de derechos humanos.
Por su parte, los fiscales Luciani y Mola presentaron una apelación de 528 carillas en las que se pidió que la Vicepresidenta y los demás acusados, entre ellos Báez, el ex secretario de Obra Pública José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti sean condenados también por asociación ilícita.
También reclamaron que Casación revoque las absoluciones que favorecieron al exministro de Planificación Federal Julio De Vido y a los exfuncionarios Abel Fatala y Héctor Garro.
Para la fiscalía la sentencia «mostró de manera palmaria» que hubo un «acto de corrupción» y que fue el «más grave de la historia de nuestro país desde el advenimiento de la democracia»
«Las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita», sostuvieron.
En el juicio se debatió si el acusado empresario Lázaro Báez, resultó beneficiado de manera anómala con la adjudicación de 51 obras públicas viales en Santa Cruz durante las gestiones kirchneristas y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.
Los jueces condenaron a seis años de prisión a la Vicepresidenta, a Báez y al ex secretario de Obra Pública José López.
Además fueron condenados ex funcionarios de Vialidad Nacional y de Santa Cruz, entre ellos el ex titular del organismo Nelson Periotti, quien recibió 4 años y medio de cárcel.
Los fundamentos del fallo se conocieron en febrero pasado, y por una prórroga que concedió el Tribunal, el plazo para presentar los recursos de Casación vence en las dos primeras horas hábiles judiciales del miércoles próximo.
Una vez que el TOF2 conceda los recursos, el máximo tribunal penal federal del país comenzará a analizar los planteos y luego convocará a una audiencia, de manera previa a quedar en condiciones de resolver.
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Condenaron a 26 y 19 años a los asesinos de Federico Aramburú en Francia
El Tribunal Penal de París sentenció a Loïk Le Priol y Romain Bouvier por el asesinato del exrugbier argentino, ocurrido en marzo de 2022. El proceso judicial se desarrolló durante septiembre ante la Corte de Asís de París.
El Tribunal Penal de París condenó este viernes a Loïk Le Priol y Romain Bouvier por el homicidio del exrugbier argentino Federico Aramburú, ocurrido en París en marzo de 2022.
Le Priol recibió una pena de 26 años de prisión, mientras que Bouvier fue condenado a 19 años.
El exintegrante del rugby argentino fue asesinado en el bulevar Saint-Germain, luego de un enfrentamiento que había comenzado poco antes en un bar de la zona.
Cómo ocurrió el crimen de Federico Aramburú
Aramburú se encontraba junto a su excompañero Shaun Hegarty en el bar “Le Mabillon”, ubicado en el mismo bulevar Saint-Germain. Allí mantuvieron una pelea de menos de un minuto con Le Priol y Bouvier, quienes fueron separados por el personal del establecimiento.
Después del incidente, Aramburú y Hegarty comenzaron a caminar hacia el hotel donde se alojaban.
Según el relato incorporado al proceso, un Jeep verde militar conducido por la pareja de Le Priol se detuvo junto a ellos. Bouvier descendió primero y efectuó disparos que no alcanzaron a los hombres. Luego, Le Priol abrió fuego en repetidas ocasiones contra Aramburú, quien murió en la calle.
El juicio se realizó en París durante septiembre
El juicio comenzó el 7 de septiembre de 2026 y concluyó este viernes 25 ante la Corte de Asís de París.
La instancia judicial fue seguida de cerca por la familia y el entorno del exrugbier después de más de cuatro años de investigación y espera.
La sentencia determinó las penas para los dos acusados por su responsabilidad en el homicidio de Aramburú.
El homenaje de Los Pumas y el rugby argentino
El asesinato de Aramburú también generó distintos homenajes en el rugby argentino.
Los Pumas recordaron al exjugador antes de un partido frente a Australia disputado en Mendoza. Durante el calentamiento, los integrantes del seleccionado argentino utilizaron remeras negras con la inscripción “Justicia por Fede”.
La iniciativa contó con el respaldo de la Unión Argentina de Rugby (UAR) y también se extendió a los clubes que disputaron una fecha del Top 14 de la URBA.
Hego Pampa mantiene vivo su legado
Durante el proceso judicial, el acompañamiento a la familia fue una de las prioridades. Al mismo tiempo, la organización Hego Pampa fue concebida con una misión de largo plazo.
La entidad impulsa actividades culturales, deportivas y solidarias destinadas a mantener viva la memoria de Federico Aramburú y transmitir los valores que representó dentro y fuera de las canchas.
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