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De Vido y López, condenados a 5 años por el caso Skanska

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 declaró culpables al exministro de Planificación y al exsecretario de Obras Públicas por cohecho pasivo y administración fraudulenta contra el Estado. El fallo llega dos décadas después de los hechos y consolida el primer gran escándalo de la era kirchnerista.

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Veinte años después, la justicia condena a los exfuncionarios de Skanska.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°4, integrado por los jueces Guillermo Costabel, Jorge Gorini y María Gabriela López Iñiguez, condenó este lunes al exministro de Planificación Federal Julio De Vido y al exsecretario de Obras Públicas José López a cinco años de prisión por los delitos de cohecho pasivo y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en calidad de coautores. El tribunal dispuso además su inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y el decomiso de activos cautelados en el marco de la causa.

El juicio, que tramitó durante dos años con 30 acusados, concluyó con absoluciones para 17 de ellos. La fiscalía, a cargo del fiscal general Abel Córdoba, había pedido en agosto de 2025 idéntica pena para De Vido y López, y también para el exgerente general de Nación Fideicomisos S.A., Néstor Ulloa, a quien el tribunal aplicó la misma condena.

Ex directivos de Skanska, también condenados

El fallo alcanzó también a ex directivos de la empresa sueca. Mario Piantoni, exmáximo responsable de la compañía en la región; Gustavo Vago, expresidente en el país; y Javier Azcárate, exgerente comercial, recibieron cuatro años de prisión. Otros exdirectivos, entre ellos Eduardo Varni, Héctor Obregón, Juan Carlos Bos, Alejandro Gerlero y Roberto Antonio Zareba, obtuvieron tres años de prisión en suspenso.

Qué fue el caso Skanska

El denominado caso Skanska constituye el primer gran escándalo de corrupción que afloró durante el kirchnerismo. El eje del esquema giró en torno a la licitación para la ampliación de los gasoductos del sistema norte y sur, a cargo de las licenciatarias TGN y TGS, incluyendo el acondicionamiento de plantas compresoras existentes y la construcción de una nueva. La filial local de la empresa sueca ganó las licitaciones para la construcción y montaje de la Planta Compresora Deán Funes y el Tramo 79 (Deán Funes-Ferreira), de casi 42 kilómetros.

La investigación se inició como una causa de evasión fiscal: Skanska y la firma Infinity, junto a otras veinte empresas, emitieron facturas apócrifas para simular servicios en el marco de aquella licitación. Los montos de esas facturas coincidían con los sobreprecios cobrados por la obra. A partir de esa pesquisa, el entonces juez penal tributario Javier López Biscayart abrió el expediente por posibles pagos ilícitos a funcionarios públicos, después de que la empresa TGN denunciara sobreprecios ante el Enargas.

El detonante decisivo fue un documento interno de Skanska donde se mencionaban «comisiones indebidas» y se señalaba que la empresa Infinity, emisora de las facturas falsas, había sido recomendada por Néstor Ulloa, entonces gerente general de Nación Fideicomisos, organismo que administró el fondo fiduciario con que se financió la obra.

El sobreseimiento macrista y la reapertura política

En noviembre de 2011, la Sala I de la Cámara Federal sobreseyó a los funcionarios investigados, entre ellos al entonces secretario de Energía Daniel Cameron y al extitular del Enargas Fulvio Madaro. Un peritaje de la Corte Suprema había concluido, en julio de ese año, que no existieron sobreprecios.

Con el cambio de gobierno, la causa tomó otro rumbo. Tras la victoria de Mauricio Macri en 2015, la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación, integrada por los jueces Juan Gemignani, Mariano Borinsky y Ángela Ledesma, resolvió declarar admisible como prueba una grabación telefónica entre el auditor interno de Skanska, Claudio Corizzo, y el gerente comercial Javier Azcárate, obtenida durante un allanamiento a la empresa y presentada ante la justicia por los diputados Adrián Pérez y Esteban Bullrich.

En 2016, la Cámara ordenó al juez Sebastián Casanello la reapertura de la causa. En octubre de 2017, Casanello procesó a De Vido, López y Ulloa por administración fraudulenta y cohecho. El juicio oral se inició en 2024 y concluyó hoy con el veredicto condenatorio.

Una condena que se suma a Once

Para Julio De Vido, el fallo de este lunes se acumula a una condena anterior: la Corte Suprema de Justicia dejó firme en noviembre de 2025 su sentencia de cuatro años de prisión como partícipe necesario en el delito de administración fraudulenta por la tragedia de Once, el accidente ferroviario del 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800. De Vido, que actualmente cumple esa condena en prisión domiciliaria por razones de salud, suma ahora una segunda sentencia por los hechos de Skanska.

Puntos clave

  • Penas de 5 años para De Vido, López y el exgerente de Nación Fideicomisos Ulloa, con inhabilitación perpetua para cargos públicos.
  • 4 años de prisión para tres exdirectivos de Skanska; otros cinco recibieron 3 años en suspenso.
  • 17 de los 30 acusados resultaron absueltos, según el pedido de la fiscalía.
  • La causa tuvo su origen en la ampliación de gasoductos adjudicada en 2004, en la que se detectaron facturas apócrifas y sobreprecios.
  • De Vido acumula ahora dos condenas en firme: Skanska y la tragedia de Once (4 años, Corte Suprema, noviembre 2025).

Investigación 🔎

Propofol: Casación anuló el pase a juicio y la causa vuelve a instrucción

La Cámara hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal: la investigación se cerró sin peritar los teléfonos de los imputados. El expediente contra el anestesista Hernán Boveri y la residente Delfina Lanusse regresa al juzgado 47.

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Propofol: Casación anuló el pase a juicio y la causa vuelve a instrucción

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló el pase a juicio de la causa por el desvío de propofol en el Hospital Italiano y ordenó volver a la etapa de investigación. El tribunal consideró que el expediente se cerró sin producir pruebas fundamentales: faltaba abrir y analizar los teléfonos de los imputados. Los procesados son el anestesista Hernán Boveri y la médica residente Delfina «Fini» Lanusse.

La resolución de la Sala de Turno acompañó el planteo del Ministerio Público Fiscal, que había cuestionado la elevación a juicio. El expediente se inició en febrero de este año y apunta a una presunta administración fraudulenta en perjuicio del hospital mediante el desvío de ampollas de propofol para uso personal. El procesamiento confirmado en junio por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional según el procesamiento. Boveri habría sido el autor de la maniobra y Lanusse habría participado de forma secundaria.

Una pericia que podía cambiar la causa

El fiscal Lucio Herrera (h), a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°29, había pedido que la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal peritara los dispositivos secuestrados. También solicitó registros para determinar en cuántas intervenciones médicas participaron los imputados entre enero de 2025 y febrero de 2026 en las que se hubiera usado propofol. El titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°47 consideró que la medida podía hacerse durante el debate oral y cerró la instrucción.

La fiscal de juicio María Luz Castany sostuvo que el expediente debía volver a instrucción porque el análisis de los teléfonos podía ampliar los hechos, delimitar la intervención de cada acusado y establecer responsabilidades. El juez Pablo Vega coincidió y devolvió las actuaciones, aunque el juzgado de origen remitió otra vez a juicio el tramo de uno de los imputados. El fiscal general Juan Manuel Fernández Buzzi respaldó el planteo ante Casación y el camarista Nicolás Grappasonno concluyó que la pericia era útil y pertinente.

Lo que tenés que saber:

  • La Cámara de Casación anuló la elevación a juicio y ordenó completar la investigación por el desvío de propofol del Hospital Italiano.
  • Los procesados son el anestesista Hernán Boveri y la residente Delfina Lanusse.
  • El tribunal consideró que la investigación se cerró sin producir pruebas fundamentales, como el análisis de los teléfonos de los imputados.
  • La causa se inició en febrero de este año por presunta administración fraudulenta contra el hospital.
  • El fallo acompañó el planteo del Ministerio Público Fiscal y de la fiscalía de juicio.
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