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Judiciales ⚖️

La fiscalía solicitó que se rechacen los pedidos de excarcelación de los imputados de la megasecta

Las 19 personas fueron detenidas el viernes último en el marco de 50 allanamientos realizados en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano, en el marco de una causa que investiga a la organización a la que pertenecen BA GRoup y sus subsidiarias: Escuela de Yoga Buenos Ares (EYBA) y Clínica CMI Abasto.

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La fiscalía solicitó que se rechacen las excarcelaciones reclamadas por los imputados de la causa conocida como «Secta S.A.», quienes se negaron a declarar ayer Ante el Juez Ariel Lijo, en los tribunales federales de Comodoro Py, informaron hoy fuentes judiciales.

Las 19 personas fueron detenidas el viernes último en el marco de 50 allanamientos realizados en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano, en el marco de una causa que investiga a la organización a la que pertenecen -BA GRoup y sus subsidiarias Escuela de Yoga Buenos Ares (EYBA) y Clínica CMI Abasto- por trata de personas con fines de explotación sexual y laboral, según informaron fuentes policiales y judiciales.

Para los investigadores, Juan Percowicz era el creador y líder de la organización, pero bajo su orden, había una línea de al menos 18 personas que lo secundaban y que tenían a su cargo los distintos «emprendimientos» de esta organización.

Tanto Percowicz como los otros 18 detenidos se negaron a declarar ayer en el juzgado Criminal y Correccional Federal 4, a cargo de Ariel Lijo.

La organización tenía tres grandes ejes de donde conseguir ingresos, uno era el sector de salud, que incluía la internación por adicciones, el suministro de psicofármacos, y el funcionamiento de una clínica en donde se prometía la «sanación».

Un segundo eje era el «sobre ceremonial», que se basaba en el pago mensual de USD 200 por parte de los «alumnos» para ser parte de la organización, que podía llegar hasta la suma de USD 10.000, dependiendo el alumno.

Por otra parte, a los «alumnos» se les apropiaban sus bienes y se los colocaba a disposición de la organización, haciéndolos firmar, en algunos casos, testamentos a favor de los miembros de la organización.

El tercer eje de la organización, y una de las principales fuentes de financiamiento, era la explotación sexual de alguna de sus «alumnas», quienes eran sometidas a explotación sexual, que en la jerga de la organización denominaban «geishado VIP» o «palomear», que consistía en enviarlas «a mantener encuentros sexuales con personas de elevado poder económico para obtener dinero, protección y/o influencias».

Su objetivo era captar a empresarios o personas de poder para «obtener grandes sumas de dinero para la organización».

Los investigadores creen que la organización captaba a «alumnos y alumnas» desde al menos el año 2004 y «contaba con una estructura jerárquica y piramidal de la que participaban aproximadamente 179 alumnos, repartidos entre sus diversas sedes ubicadas principalmente en esta ciudad, y en las ciudades de Las Vegas, Chicago y Nueva York».

DDHH

Traslado de 1.400 presos: la Cámara lo avaló pero le puso límites al Gobierno

La Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus de la Procuración Penitenciaria, pero reconoció irregularidades en las comunicaciones del operativo y ordenó avisar con 72 horas de anticipación los próximos movimientos. Mientras el Gobierno celebra la mudanza de Devoto a Marcos Paz, la educación universitaria en contextos de encierro quedó en el centro del reclamo.

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El Argentino Diario-Traslado presos Devoto.
El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.

La Justicia admitió que los traslados de presos desde Devoto no se comunicaron como exige el protocolo del Servicio Penitenciario Federal (SPF), pero dejó firme lo ya ejecutado. No hubo marcha atrás para los 1.400 detenidos movidos a Marcos Paz, aunque sí una orden con plazos concretos para todo lo que viene.

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). En paralelo con las actuaciones judiciales, el Gobierno nacional anunció este lunes, a través de la Presidencia, que completó la primera fase del traslado de personas detenidas de la cárcel de Villa Devoto al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz.

Lo que exigió el tribunal

El tribunal no cuestionó la decisión estatal de cerrar Devoto; analizó si la forma en que se organizaron y ejecutaron los traslados provocó, o podía provocar, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En ese examen, los camaristas detectaron que las comunicaciones no se habrían ajustado a las pautas previstas en el protocolo del SPF, y por eso encomendaron al juez de primera instancia que ordene notificar los próximos movimientos a los órganos judiciales y a las defensas con al menos 72 horas de anticipación.

Pese a esa irregularidad, consideraron que no se acreditó un perjuicio concreto derivado de la falta de comunicación que justificara revertir lo hecho. También advirtieron que devolver a los detenidos a Devoto podía empeorar su alojamiento, porque algunos sectores del establecimiento quedaron inhabilitados por razones técnicas vinculadas con la seguridad de la infraestructura.

La resolución incluyó otra medida relevante: la Cámara ordenó garantizar de inmediato el ingreso de personal de la Procuración Penitenciaria para inspeccionar y monitorear los establecimientos, en respuesta a los planteos sobre las dificultades para acceder a los pabellones y entrevistar a las personas detenidas.

Estudios universitarios, en el centro de la disputa

El impacto sobre la educación es uno de los focos del conflicto. Organizaciones vinculadas con la educación en contextos de encierro denunciaron, al comenzar los traslados, que el operativo empezó por estudiantes universitarios alojados en Devoto, y cuestionaron la interrupción de sus trayectorias académicas. El reclamo apunta al Centro Universitario Devoto (CUD), del programa UBA XXII, que funciona desde 1985 y es una experiencia histórica de educación universitaria en las cárceles argentinas.

La abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), cuestionó que se trasladara a detenidos con un rol importante en la organización del espacio educativo. Sostuvo que existían acuerdos previos para derivar a determinados estudiantes a Ezeiza, porque en Marcos Paz no estaban garantizadas las mismas condiciones para continuar sus actividades.

La Cámara consideró que hasta ese momento no se había acreditado que los traslados impidieran ejercer el derecho a la educación. Evaluó, entre otros elementos, las gestiones para habilitar espacios de UBA XXII en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con modalidad híbrida, y la oferta académica disponible en Marcos Paz. Los jueces dejaron abierta la posibilidad de volver a plantear la cuestión si se comprueban afectaciones concretas. Es decir, el fallo no dio por probado que el derecho a estudiar esté garantizado en todos los casos; consideró insuficientes los elementos presentados para disponer una medida general.

Salidas transitorias y casos individuales

Sobre las personas con salidas transitorias o próximas a acceder a ese régimen, la Cámara sostuvo que los efectos sobre la progresividad de la pena deben analizarse de manera individual ante el juez de ejecución o la autoridad judicial correspondiente.

El fallo examinó, entre otros planteos, el caso de Ricardo Alberto Castro Madrid, integrante de la denominada Banda del FAL, cuyo abogado objetó su alojamiento en Marcos Paz porque una resolución anterior había limitado los destinos posibles a unidades del SPF bajo un régimen abierto y de autodisciplina. Los camaristas entendieron que el pedido debía tramitar ante la autoridad competente y que no se acreditaron razones de gravedad y urgencia para resolverlo mediante un hábeas corpus.

La versión oficial y lo que queda pendiente

La administración nacional destacó el despliegue de fuerzas federales, las evaluaciones médicas, la identificación mediante códigos QR y la coordinación entre los organismos intervinientes. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, sostuvo que el procedimiento se desarrolló sin conflictos, motines ni fugas. El traslado forma parte del acuerdo entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para dejar de usar Villa Devoto como establecimiento penitenciario y poner en funcionamiento el complejo de Marcos Paz.

Mientras el Gobierno pone el acento en la desocupación del predio y en la puesta en marcha de la nueva cárcel, los reclamos se concentran en las condiciones de alojamiento, el acceso a la educación, la comunicación con las familias y la supervisión de los organismos de control. La decisión de la Cámara no frenó el operativo ni ordenó el regreso de los detenidos, pero fijó obligaciones para los próximos traslados y reforzó el rol de la Procuración Penitenciaria. El cumplimiento de esas medidas será uno de los puntos a observar en la siguiente etapa.

Lo que tenés que saber

  • El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.
  • La Sala V de la Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria.
  • El tribunal ordenó notificar los próximos traslados con al menos 72 horas de anticipación.
  • La Cámara dispuso garantizar el ingreso inmediato de personal de la PPN a los penales.
  • Los jueces dejaron abierta la discusión sobre el derecho a la educación universitaria si se comprueban afectaciones concretas.
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