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El Gobierno digitalizó el certificado de trabajo, pero la reforma laboral sigue en el centro del debate

La Resolución General 5848/2026 de ARCA formalizó el sistema electrónico para emitir la documentación que exige el artículo 80 de la LCT. La medida se enmarca en la Ley de Modernización Laboral, cuestionada por sindicatos y especialistas en derecho laboral desde su sanción.

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Modernización de papel: el Gobierno digitaliza trámites mientras el salario real cae un 29%

★ La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este lunes en el Boletín Oficial la Resolución General 5848/2026, que reglamenta las modificaciones que la Ley de Modernización Laboral introdujo al artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el cual garantiza al trabajador el derecho a recibir los certificados de servicio y de remuneraciones al momento de la extinción del vínculo laboral.

La norma, informada este 18 de mayo, transforma el modo en que los empleadores deben cumplir esa obligación, al habilitar un sistema digitalizado de confección y puesta a disposición de la documentación.

Un trámite electrónico en un contexto de desregulación

El nuevo esquema establece que los empleadores deberán utilizar el sistema «Simplificación Registral» del portal de ARCA para generar el formulario F.984 («Certificado de Trabajo Artículo 80 – LCT»). La resolución contempla dos modalidades:

Formato digital: se emite electrónicamente y no requiere firma hológrafa ni digital adicional. La identidad del empleador se valida mediante Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

Formato físico: se mantiene como opción alternativa, debiendo imprimirse por duplicado y contar con la firma de ambas partes para su validez.

La digitalización del trámite es presentada por el Gobierno como una mejora en la eficiencia administrativa. Sin embargo, la medida se inscribe en un marco más amplio y más cuestionable: la Ley de Modernización Laboral, de la cual esta reglamentación es derivada directa, fue impugnada por organizaciones sindicales y especialistas en derecho laboral que la consideraron funcional a la desregulación del mercado de trabajo y al debilitamiento de las protecciones para trabajadoras y trabajadores.

Cómo acceden los trabajadores

Los empleados podrán consultar y descargar su certificado desde el servicio «Trabajo en Blanco» en el sitio web de ARCA, o bien a través del Home Banking de las entidades bancarias donde perciben sus haberes, siempre que estén homologadas por el organismo.

El Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL), que detalla las remuneraciones de los últimos seis meses, incorporará un código QR para verificar la autenticidad del documento desde cualquier dispositivo móvil de forma instantánea.

Las bases de datos de ARCA y un límite histórico

Para confeccionar los certificados, el sistema utilizará automáticamente la información obrante en las bases de datos de ARCA: altas, bajas, liquidaciones de sueldos y declaraciones juradas de aportes y contribuciones.

La normativa contempla una excepción relevante: si la certificación incluye períodos anteriores a julio de 1994, el empleador deberá complementar el certificado digital con una constancia manual respaldada en sus libros de sueldos y jornales del período correspondiente. Esta exigencia podría generar dificultades prácticas para las trabajadoras y los trabajadores con trayectorias laborales extensas que requieran documentar su historia previsional completa.

El marco: ajuste laboral bajo el discurso de la modernización

La medida no puede leerse de manera aislada. La Ley de Modernización Laboral forma parte del paquete de reformas estructurales impulsado por el Gobierno de Javier Milei, cuya impronta desreguladora abarcó también modificaciones al régimen indemnizatorio, a la organización del trabajo y a las condiciones de contratación.

En ese contexto más amplio, los salarios públicos reales acumularon una caída del 29% desde el inicio de la gestión libertaria, mientras los recortes al gasto en programas sociales superaron el 61%, según datos del propio Foro Economía y Trabajo publicados en mayo de 2026. En ese cuadro, la digitalización del certificado de trabajo equivale a una readecuación administrativa de la relación laboral que no modifica el deterioro estructural de las condiciones de vida y trabajo de la mayoría de la población.

Con la vigencia de la Resolución General 5848/2026, ARCA derogó la Resolución General N° 2.316 y realizó modificaciones sobre la RG N° 3.676. Para facilitar la transición, el organismo puso a disposición manuales de usuario en los micrositios de «Simplificación Registral» y «Trabajo Registrado» de su portal oficial.

Puntos clave

  • ARCA publicó la RG 5848/2026 que reglamenta el certificado de trabajo digital establecido por la Ley de Modernización Laboral.
  • Los empleadores deberán usar el sistema «Simplificación Registral» para emitir el formulario F.984 en formato digital o físico.
  • Los trabajadores acceden al certificado desde «Trabajo en Blanco» o el Home Banking de entidades habilitadas por ARCA.
  • El CDIL incorpora un código QR para verificar la autenticidad del documento desde cualquier dispositivo móvil.
  • Para períodos anteriores a julio de 1994, el empleador deberá complementar el certificado digital con registros manuales.

Gremiales

Fate: el SUTNA rechaza el desalojo y convoca para este lunes

La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro ordenó desalojar la planta de Fate en San Fernando, ocupada por 920 trabajadores desde el 18 de febrero. El SUTNA calificó la medida de «disparate jurídico», anunció que apelará y convocó a una concentración para este lunes frente a la fábrica.

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920 puestos de trabajo, siete meses de resistencia y un fallo que el sindicato llama "disparate jurídico".

Veinticuatro trabajadores imputados por usurpación, una planta de 44 hectáreas que lleva siete meses ocupada, y una nueva orden judicial de desalojo: así está el conflicto de Fate, la fábrica de neumáticos de Virreyes, partido de San Fernando, que el lunes 21 de septiembre volverá a ser el centro de una nueva jornada de resistencia obrera.

La resolución fue dictada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, que hizo lugar al recurso presentado por Javier Madanes Quintanilla, propietario de la empresa, en el marco de una denuncia por usurpación contra el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA). El tribunal consideró que las instancias de conciliación obligatoria habían sido agotadas y que la continuidad de la ocupación ya no podía encuadrarse como herramienta para destrabar el conflicto laboral.

«Un disparate jurídico»: la respuesta del SUTNA

El secretario general del SUTNA, Alejandro Crespo, no tardó en responder. El viernes, en conferencia de prensa frente a la planta, calificó el fallo de «disparate jurídico» y cuestionó de fondo la intervención del fuero penal en una disputa que, a su criterio, es estrictamente de naturaleza laboral. «El desalojo es un hecho de violencia sobre los trabajadores que son víctimas de un lockout y están protegiendo sus puestos de trabajo. Después de dar toda una explicación sobre que no se puede meter la Justicia penal en un ámbito laboral, los jueces terminan diciendo que hay que avanzar en un desalojo», señaló Crespo.

El gremialista también anunció que el sindicato apelará la medida y presentará recursos ante la Casación para evitar que el fallo quede firme. «Obviamente, el sindicato va a apelar y va a presentar los recursos para Casación para que no quede firme este tipo de disparate», afirmó. Además, convocó a organizaciones obreras, políticas y sociales a concentrarse este lunes frente a la planta y reclamó al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, que intervenga en el conflicto.

Siete meses de lockout: la historia de un cierre que el SUTNA llama ilegal

El conflicto se inició el 18 de febrero de 2026, cuando Fate anunció el cierre definitivo de su planta y el despido de 920 trabajadores, sin tramitar un Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) y sin cumplir con los acuerdos de no despidos. Desde entonces, integrantes del SUTNA mantienen la ocupación del predio. El sindicato sostiene que la paralización de la producción constituyó un lockout patronal ofensivo, orientado a redirigir inversiones de la empresa hacia los sectores de energía y aluminio, y que la permanencia de los trabajadores en la planta tiene por objetivo resguardar la maquinaria, evitar el vaciamiento y reclamar la conciliación obligatoria.

El caso tuvo, además, un antecedente judicial que el SUTNA recuerda: en marzo, la misma Sala II había revocado una primera orden de restitución dictada por el juez de Garantías Esteban Rossignol, argumentando que las negociaciones laborales aún estaban abiertas y que debía privilegiarse la conciliación. Ahora, con ese argumento agotado por el tribunal, el escenario se invirtió. La nueva resolución activó además la imputación formal de 24 personas por la permanencia en el predio.

La CGT y el reclamo de paro general activo

El miércoles 16 de septiembre, el SUTNA se reunió con la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT) en la sede de la central obrera. El sindicato llevó al encuentro el planteo de la necesidad de poner fin al lockout patronal y planteó la conveniencia de convocar a un paro general activo. «El triunfo de los trabajadores de Fate sobre este ilegal lockout patronal significaría un enorme paso para el movimiento obrero en estos momentos tan oscuros, trayendo esperanza a toda la clase obrera», sostuvo el gremio en un comunicado posterior a la reunión.

El SUTNA también denunció lo que califica como «criminalización» de la protesta: el intento de elevar a juicio a trabajadores que, desde su perspectiva, se limitan a defender sus puestos frente a una acción patronal que consideran ilegal. «Llamamos a todas las organizaciones obreras y a los periodistas a acercarse a la fábrica para defender esta lucha, que se volvió una pelea de todo el pueblo trabajador que resuena en los diarios de todo el mundo. Fate no se cierra», concluyó Crespo en su intervención del viernes.

Este lunes, a partir de las 10, la concentración frente a la planta de San Fernando reunirá a representantes gremiales del SUTNA junto a organizaciones sociales y políticas. El sindicato tiene prevista además una conferencia de prensa en el lugar.

Lo que tenés que saber

  • La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro ordenó el desalojo de la planta de Fate en Virreyes, partido de San Fernando, haciendo lugar al recurso del propietario Javier Madanes Quintanilla.
  • El SUTNA rechazó la medida, la calificó de «disparate jurídico» y anunció que apelará ante la Casación para impedir que el fallo quede firme.
  • 24 personas fueron imputadas por usurpación en el marco de la causa penal vinculada a la ocupación de la planta.
  • El conflicto se inicia el 18 de febrero de 2026, con el cierre de la fábrica y el despido de 920 trabajadores, sin tramitar el Procedimiento Preventivo de Crisis.
  • Este lunes 21 de septiembre, organizaciones obreras, sociales y políticas se concentrarán frente a la planta a las 10 horas para rechazar el desalojo.
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