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¿Hay margen para subir salarios en todos los sectores productivos?

La recuperación económica alcanzada en 2021 y los datos de la actividad en lo que va del corriente año generan las condiciones en todos los sectores productivos para que los salarios suban en línea con la inflación.

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El-Argentino-Construcción empleo

Según altas fuentes del Gobierno nacional, la reactivación económica alcanzada en 2021 y los datos de la actividad en lo que va de 2022, generan las condiciones para que suban los salarios de la mayoría de los sectores productivos, en línea con la inflación e incluso por encima. «No hay margen para atrasar la capacidad de compra de los trabajadores», sostuvieron.

«Con todas las dificultades que se puedan identificar en los últimos dos años, la actividad económica se mantiene en firme recuperación» tal como hoy reflejó el dato de enero con un crecimiento del 5,4%, planteó esta tarde una fuente oficial, tras lo cual reafirmó que para el Gobierno «los salarios deben seguir al menos la línea de la inflación y si es posible estar por encima» en este 2022.

En ese sentido, se considera que «no hay margen para atrasar salarios, por el contrario, hay margen para subir salarios en todos los sectores productivos», luego de que la capacidad de compra de los trabajadores se redujeran un 20% durante la gestión de Mauricio Macri (2015-2019).

Precisamente, el tema inflacionario es la principal preocupación que tiene el Gobierno en este momento confió el vocero, al señalar que el incremento de la producción y del empleo se viene consolidando pero el comportamiento de precios afecta la distribución en perjuicio de los sectores de menores recursos.

En el actual contexto de presión inflacionaria global, el Gobierno busca estabilizar el movimiento de precios en torno al 50% este año, admitió la misma fuente que participa del denominado gabinete económico, a partir de «un escenarios de acuerdos» con los distintos eslabones de las cadenas productivas y de comercialización.

«Apostamos al diálogo y el acuerdo con los distintos sectores para evitar saltos inflacionarios para cuando se logre sobrepasar esta coyuntura de volatilidad de los commodities por el conflicto en Ucrania, podamos retomar una tendencia a la baja» de la inflación, explicó.

En ese marco defendió el incremento de las retenciones del 31% al 33% en las exportaciones de harina y aceite de soja y la creación de un Fondo Estabilizador del Trigo al afirmar que «hay una redistribución de ingresos donde el gran ganador es el campo, un aumento de ganancias del sector primario que lo vamos a terminar pagando todos los argentinos».

En el Gobierno existe una preocupación especial en lo que respecta al comportamiento de los alimentos, en particular de los productos frescos.

Este sector «no tiene un problema de falta de competencia porque tanto en la producción como en la comercialización está muy atomizado, pero si se advierte que la pandemia dejó cambio de hábitos con un mayor consumo con una oferta que no creció», dijo la fuente.

A pesar de esto, en el Gobierno se buscará trabajar «en el componente de expectativas que disparan la inflación» a lo cual aporta el nuevo escenario macroeconómico con un plan que «aporta previsibilidad y busca reducir las tensiones en un escenario por demás cambiante».

De la misma manera, se reconoce a la luz de las últimas reuniones que «el sector empresario expresó buena disposición a la idea de acordar medidas que permitan evitar un salto inflacionario», y ese diálogo ya empieza a reflejarse en las góndolas con la retracción de precios al 10 de marzo.

No obstante esa presión de los precios, se advierte que «por el momento no viene actuando como un impedimento para la llegada de inversiones y el desarrollo de la producción», concluyó la fuente.

Gremiales

La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar

La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.

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La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral

★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.

La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.

Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías

El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.

En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.

Qué artículos recuperan vigencia

Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.

El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.

Una saga que comenzó antes de la sanción

Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.

La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.

El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte

La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.

Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.

Puntos clave:

  • La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
  • Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
  • El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
  • El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
  • La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
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