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DDHH

Encuentro de Jóvenes y Memoria

Se desarrolla en el complejo de Chapadmalal, organizado por la Comisión Provincial de la Memoria con la presencia de delegaciones escolares y de entidades barriales de todos los distritos bonaerenses y la realización de actividades, bajo el lema “Iguales y diverses, hagamos otro mundo”

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Convocados por la Comisión Provincial de la Memoria (CPM), centenares de chicos participarán en el complejo turístico de Chapadmalal del XXI Encuentro de Jóvenes y Memoria, que en esta edición se desarrolla bajo el lema “Iguales y diverses, hagamos otro mundo”.

Las actividades se extenderán hasta el próximo 15 de diciembre, “en un contexto marcado por la emergencia de discursos antiderechos, que promueven el ideario neoliberal que enaltece el individualismo y la competencia”. En tal sentido, “se propone pensar junto para construir colectivamente una sociedad con plena vigencia de los derechos humanos”.

Tras los dos años de pandemia, en este 2022, el Encuentro tuvo una inscripción récord de más de 34.000 jóvenes, de los cuales 15.000 junto a 3.000 educadores, estarán en la jornada de cierre. “Serán 958 escuelas y 442 organizaciones territoriales de 129 distritos bonaerenses y cinco provincias”, se detalló.

Desde la CPM, indicaron que “se realizarán diez tandas de tres días cada una, a la que asistirán jóvenes residentes en los partido de Avellaneda, Bahía Blanca, Berazategui, Campana, Chivilcoy, General Alvarado, Madariaga, José C. Paz, Luján, Merlo, Pinamar, Ramallo, Suipacha, Tordillo y Villa Gesell”. Además, habrá representación de equipos de  investigación de la ciudad de Buenos Aires, Rosario, Santiago del Estero, San Juan y Chubut.

“Los jóvenes son protagonistas de los procesos de elaboración de las memorias y no meros destinatarios. Para esto desarrolló una pedagogía que promueve la resignificación del pasado en el presente para la construcción de una sociedad más justa e igualitaria”, se destacó.

Desde la CPM señalaron que “durante todo el año, las escuelas y organizaciones que participan de Jóvenes y Memoria realizan una investigación sobre un tema derechos humanos que sea significativo en sus barrios, escuelas o localidades, trabajando con testimonios y archivo. Esta tarea se plasma en diferentes soportes y disciplinas que se presentan en el encuentro de cierre en Chapadmalal: cortos documentales o ficcionales, obras de teatro, música, gráfica, entre otros”.

Además de las presentaciones de los trabajos realizados en el año, durante los días de Encuentro se realizarán talleres de producción, de debate, radio abierta y un taller para docentes sobre pedagogía de la memoria en tiempos de negacionismo.


CABA

La Justicia porteña frenó la baja de imputabilidad: una jueza sobreseyó a un chico de 14 años

La jueza Laura De Marinis del Juzgado Penal Juvenil N.° 3 de la Ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional el artículo de la Ley 27.801 que habilita el juzgamiento de menores de 14 años y sobreseyó a un adolescente acusado por robo en grado de tentativa. Es el segundo fallo contra la norma impulsada por el Gobierno de Javier Milei en menos de un mes.

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El Argentino Diario-Adolescentes-Cárcel-Ley Penal Juvenil.
"No podemos castigarlos por lo que no hicimos": la frase de una jueza que desafió al Gobierno y liberó a un adolescente.

Apenas dieciséis días después de que el nuevo Régimen Penal Juvenil entrara en vigencia, la Justicia porteña le asestó su primer golpe dentro de la Ciudad: una magistrada del fuero declaró la inconstitucionalidad de la norma en un caso concreto y liberó a un chico de 14 años que estaba siendo investigado por un robo frustrado junto a otro grupo de adolescentes. El fallo va a contramano de las instrucciones que la propia Cámara de Casación porteña había emitido días antes, ordenando a los jueces locales aplicar la ley sin vacilaciones.

La resolución fue dictada por Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, quien aclaró expresamente que el fallo aplica únicamente para este caso y no tiene alcance general. La causa se inició el 10 de septiembre de 2026 a partir de una situación de flagrancia en la que habrían participado al menos cuatro adolescentes.

«No podemos castigarlos por lo que no hicimos»

La jueza De Marinis rechazó previamente el planteo de incompetencia formulado por la defensa oficial, que buscaba que la causa fuera remitida a otra jurisdicción, y en cambio avanzó con la declaración de inconstitucionalidad. En su resolución, sostuvo que el adolescente debe ser considerado «no punible» bajo la nueva norma y fundamentó su decisión con una argumentación que pone el eje en la responsabilidad del Estado adulto.

«A lo que apunto es que, como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia, por no brindarles una figura normativa que les permita constituirse como sujetos responsables. Castigarlos por las faltas de respuesta del mundo adulto significa inexorablemente desresponsabilizarnos de nuestro rol adulto, del deber de corresponsabilidad que pesa sobre nosotros. No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil, sólo intento señalar que la incorporación al sistema penal tiene que ser el último recurso y, en algunas trayectorias vitales, lamentablemente es el primero», señaló la magistrada.

Para resolver el planteo de competencia, De Marinis invocó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que estableció que el carácter nacional de los tribunales ordinarios es transitorio, y que ante un conflicto de competencia entre juzgados ordinarios de la Ciudad, debe intervenir el Tribunal Superior de Justicia porteño.

El segundo fallo, pero con un alcance distinto

El precedente inmediato fue la jueza Marta Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.° 2 de Lomas de Zamora, que en los primeros días de septiembre suspendió la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires mediante un habeas corpus colectivo promovido por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. Ese fallo fue revocado el 15 de septiembre por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora, cuyos jueces consideraron inadmisible suspender una ley mediante una medida cautelar.

La diferencia sustancial entre ambos fallos es técnica y políticamente relevante: mientras Pascual suspendió la ley con efectos colectivos mediante un habeas corpus preventivo, De Marinis declaró la inconstitucionalidad en un caso concreto, con efectos limitados al adolescente que tenía frente a ella. Esta modalidad, la declaración de inconstitucionalidad caso por caso, es precisamente la que los jueces de la Cámara bonaerense habían señalado como el único mecanismo válido para neutralizar una ley aprobada por vías constitucionales.

Cámara porteña instruyó a aplicar la ley; la ex ministra Bullrich respondió en X

El trasfondo institucional del fallo de De Marinis es particularmente llamativo. Tres días antes de que se conociera esta resolución, la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña había emitido el Acuerdo Extraordinario 4/2026, instruyendo a los jueces de la Ciudad a aplicar la Ley 27.801 sin hesitación. El presidente de esa Cámara, Javier Alejandro Buján, afirmó que el Poder Judicial de la Ciudad «no sólo está en condiciones de asumir nuevas competencias penales, sino que está en mejores condiciones de asumirlas».

La reacción política no tardó. La ex ministra de Seguridad y actual senadora nacional, Patricia Bullrich, salió a cuestionar el fallo de De Marinis a través de su cuenta en X: «Estos jueces garantistas solo construyen impunidad», escribió. La declaración encaja en el discurso del oficialismo, que impulsó la baja de la edad de imputabilidad como una de sus banderas en materia de seguridad y que logró la aprobación de la ley en el Congreso con el respaldo del PRO, la UCR, MID y bloques provinciales.

La Ley 27.801, sancionada en febrero de 2026, fija en 14 años la edad mínima de punibilidad para delitos graves como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros, con una pena máxima de hasta 15 años de prisión. La norma también establece penas alternativas, como prohibición de acercamiento a la víctima, servicios comunitarios, monitoreo electrónico y reparación integral del daño, para los delitos con penas menores a los 10 años.

El fallo de De Marinis abre una nueva instancia de tensión judicial sobre la ley: fuentes del fuero porteño señalaron que si el Ministerio Público Fiscal apela la decisión, la Cámara de Casación porteña, que ya instruyó la aplicación de la norma, muy probablemente revoque la resolución de primera instancia.

Lo que tenés que saber

  • La jueza Laura De Marinis, del Juzgado Penal Juvenil N.° 3 de CABA, declaró inconstitucional la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado por robo en grado de tentativa.
  • El fallo tiene alcance restringido al caso concreto; la magistrada aclaró expresamente que no es una decisión de carácter general.
  • Es el segundo pronunciamiento judicial contra el nuevo Régimen Penal Juvenil; el primero, dictado por la jueza Marta Pascual en la provincia de Buenos Aires, fue revocado por la Cámara bonaerense el 15 de septiembre.
  • La ex ministra de Seguridad y actual senadora nacional Patricia Bullrich calificó a De Marinis como «garantista» que «solo construye impunidad» a través de su cuenta en X.
  • Si el Ministerio Público Fiscal apela, el caso llegaría a la Cámara de Casación porteña, que ya ordenó aplicar la ley sin dudas mediante el Acuerdo Extraordinario 4/2026.
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