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El hombre que le quitó el arma y mató a una mujer policía en Retiro podría ser declarado inimputable

Se trata de Oscar Gustavo Valdez (30), quien desde el día del hecho se encuentra detenido por el homicidio de la mujer policía, pero bajo una internación psiquiátrica y medicado en el área del Programa Integral de Salud Mental (Prisma) del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

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El costurero de nacionalidad paraguaya que el 14 de febrero pasado le quitó el arma y asesinó de un tiro a la oficial de la Policía de la Ciudad Maribel Nélida Zalazar en la estación porteña de Retiro del Subte C, podría ser declarado inimputable luego de que los peritos concluyeran que es un psicótico que pudo no haber comprendido la criminalidad de sus actos, que no puede afrontar un proceso penal y que representa un riesgo para sí y para terceros.

Se trata de Oscar Gustavo Valdez (30), quien desde el día del hecho se encuentra detenido por el homicidio de la mujer policía, pero bajo una internación psiquiátrica y medicado en el área del Programa Integral de Salud Mental (Prisma) del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

Valdez fue procesado con prisión preventiva el 6 de marzo como presunto autor de tres delitos: «homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con un arma de fuego y por resultar la víctima miembro de una fuerza de seguridad» en relación a Zalazar; la «tentativa de homicidio criminis causa agravado por haber sido cometido con un arma de fuego» del empleado del subte que resultó herido en el mismo hecho; y el «daño agravado» que causó en la estación con los disparos y a patadas en el patrullero donde fue trasladado tras su detención.

Pero en aquel momento, el juez a cargo de la causa, Martín Sebastián Peluso, y su secretario Diego Villanueva, del Juzgado en lo Criminal y Correccional 9, ordenaron la realización de una «junta médica» para evaluar el estado de salud mental del imputado.

Las conclusiones de los peritos que lo evaluaron en el Cuerpo Médico Forense fueron remitidas hace unos días al juzgado en un dictamen unánime que probablemente culmine con Valdez declarado inimputable.

«Puede inferirse de la atenta lectura del expediente, de las declaraciones testimoniales que el imputado presentaba al momento de los hechos enrostrados un cuadro de descompensación psicótica, falta de control impulsivo y pérdida de la inhibición conductual productos del cuadro psicopatológico», señala la pericia.

En sus conclusiones, afirman que «las facultades mentales de Oscar Gustavo Valdez, en el momento del examen, no se encuentran compensadas» y que «presenta una afección compatible con Trastorno Psicótico No Especificado con antecedente de consumo de sustancias psicoactivas (principalmente cannabis y cocaína)».

Luego, opinan que sufrió «una alteración de funcionamiento psíquico (en los términos del art. 34, inciso primero del Código Penal), y surge verosímil que el causante no haya poseído la autonomía psíquica suficiente para comprender y dirigir sus acciones al momento de los hechos enrostrados».

Por último, sostienen que «el encartado no cuenta con la aptitud psíquica necesaria para afrontar el proceso penal» y se observaron «signos y síntomas de riesgo psiquiátrico cierto e inminente para sí y/o terceros al momento actual, razón por la cual requiere internación».

Los peritos que lo evaluaron y firmaron el informe son el psiquiatra Ezequiel Mercurio, la psicóloga Vanesa Maero Suparo -ambos de la Defensoría General de la Nación-, la psicóloga Matilde de la Iglesia -de la querella de la Policía de la Ciudad-, la psiquiatra Laura Bermolen y la psicóloga Ariana García -ambas del Cuerpo Médico Forense-.

Luego se presentó una ampliación del informe, donde se arribó a las mismas conclusiones y se explicó que la psicosis que padece Valdez podría ser «de tipo cicloide» y que dentro de ese cuadro se detectaron «alucinaciones».

Incluso, cuando fue indagado, Valdez mencionó algunas incoherencias cuando su defensor le preguntó contra quién disparó, y el acusado contestó: «Sí, al que tenía a mi hijo. Al que estaba por matar a mi hijo. No lo quería ver así a mi hijo, por eso hice eso. Porque el tipo, el boliviano, tenía a mi hijo, dañándolo».

Fuentes judiciales indicaron que el juez Peluso será quien defina si jurídicamente Valdez es o no inimputable.

Antes de tomar esa resolución, el magistrado citará a testimonial a los peritos psiquiatras y psicólogos que evaluaron a Valdez para ampliar algunos conceptos.

Las fuentes explicaron que en caso de que el acusado sea declarado inimputable y por ende no pueda ser juzgado ni condenado por el homicidio de Zalazar, lo más probable es que, ante la peligrosidad del paciente, se ordene una internación compulsiva.

Valdez, de nacionalidad paraguaya, hace 14 años que reside en Argentina, tenía domicilio en el Barrio 31 Bis de Retiro y denuncias por violencia de género de una expareja con la que tenía dos hijos.

Trabajaba como operario y costurero en un taller textil donde, según declaró su actual novia, vomitó y se descompuso antes de que el día del hecho se tomaran el subte con la idea de ir a un hospital.

De acuerdo a lo que el juzgado pudo reconstruir, a partir de videos clave y testimonios, todo comenzó a las 10.15 del 14 de febrero cuando Valdez descendió de una formación del subte C en la estación cabecera de Retiro, ayudado por su pareja y un ocasional pasajero porque tenía dificultad para caminar en una de sus piernas.

En el andén, se acercaron a asistirlo el auxiliar Ariel David Figueroa -empleado de la empresa concesionaria Emova-, y la oficial Zalazar de la División Subte Líneas C, D, E, H y Premetro de la Policía de la Ciudad.

Allí, cuando le acercaron una silla, el operario textil la rechazó, lloraba, transpiraba y decía incoherencias.

Ante la posibilidad de que Valdez tuviera la cadera fracturada, la oficial Zalazar le indicó a Figueroa que trajera la camilla tipo tabla para inmovilizarlo y en ese momento, a las 10.57, según el reloj de las cámaras, el imputado se agachó, se apoderó de la pistola Bersa Thunder de la oficial y, sin mediar palabra, le quitó el seguro al arma, tiró la corredera y le efectuó dos disparos a la altura del cuello.

Luego, Valdez hizo varios disparos contra el empleado Figueroa y lo hirió en su glúteo derecho.

Después, dentro de la estación, efectuó al menos otros tres balazos en diferentes direcciones, escapó corriendo por la boca del subte que da a la Plaza Fuerza Aérea, descartó en las escaleras el arma, y llegó hasta el Hotel Sheraton, donde fue reducido y detenido por dos oficiales de la Policía de Ciudad.

La oficial, que era madre de dos hijos, fue asistida primero por médicos del SAME y luego fue trasladada en helicóptero en un operativo de emergencia al Hospital Churruca, donde falleció al mediodía mientras era operada, por las hemorragias internas y externas que uno de los proyectiles le ocasionó en el cuello y el tórax.

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Le dijeron no al GCBA: la Justicia frenó el cobro de Ingresos Brutos a una empresa porteña

La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad falló a favor de Testori SRL en su disputa con el fisco porteño por saldos a favor e intereses del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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El Argentino Diario-Jorge Macri.
Otro revés judicial para el fisco porteño en Ingresos Brutos: la Cámara volvió a poner límites al GCBA.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires falló a favor de la empresa Testori SRL en un litigio contra el Gobierno de la Ciudad (GCBA) por la determinación del impuesto sobre los Ingresos Brutos. El tribunal resolvió la causa «Testori SRL c/GCBA», radicada bajo el número 121328/2024-0, el 17 de julio de 2026, según consta en el repositorio de jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad (JURISTECA).

Un litigio por saldos a favor e intereses

El expediente giró en torno a la impugnación de actos administrativos del fisco porteño vinculados a la liquidación de Ingresos Brutos, con discusión puntual sobre saldos a favor de la empresa y los intereses aplicados por la administración tributaria. Testori SRL cuestionó judicialmente la forma en que el GCBA había calculado esos conceptos.

La declaración de inconstitucionalidad

La Sala III hizo lugar al planteo de la empresa y avanzó con la declaración de inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada por el GCBA. El fallo se suma a una serie de antecedentes en los que la Justicia porteña revisa los criterios de liquidación de Ingresos Brutos utilizados por la administración fiscal de la Ciudad, en particular cuando afectan el reconocimiento de saldos a favor de los contribuyentes.

Qué implica para otros contribuyentes

Este tipo de resoluciones son seguidas de cerca por estudios de asesoramiento tributario porque marcan precedentes sobre los límites del fisco porteño a la hora de determinar deudas o desconocer saldos a favor de las empresas contribuyentes de Ingresos Brutos, uno de los tributos con mayor litigiosidad en la Ciudad de Buenos Aires.

Puntos clave

  • La Sala III falló a favor de Testori SRL en la causa 121328/2024-0, resuelta el 17 de julio de 2026.
  • El litigio fue por la determinación de Ingresos Brutos, saldos a favor e intereses aplicados por el GCBA.
  • El tribunal declaró la inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada.
  • El fallo se suma a los antecedentes que revisan los criterios de liquidación del fisco porteño.
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