Judiciales ⚖️
La Cámara Federal de La Plata ratificó que el pase sanitario es legal
La resolución judicial de los camaristas Roberto Lemos y César Álvarez confirmó el fallo de Kreplak, quien había rechazado un pedido contra el uso del pase sanitario
La Cámara Federal de La Plata ratificó hoy que el pase sanitario dispuesto por el Gobierno nacional es legal, al confirmar el rechazo a un hábeas corpus en contra de la medida que ya había sido dispuesta por el juez federal Ernesto Kreplak.
La resolución judicial de los camaristas Roberto Lemos Arias y César Álvarez ratificó el fallo de Kreplak, quien había rechazado el pedido formulado por los denunciantes G.A.S. y A.E.S.G. contra el uso del pase sanitario por considerar que «no se evidencia una situación cierta e inminente derivada de un accionar ilegítimo o arbitrario que amenace de algún modo sus libertades ambulatorias».
En la resolución judicial se recordó que esas personas realizaron una presentación judicial luego de que se les impidiera el ingreso al Banco Credicoop, a la Municipalidad de La Plata, al Registro de la Propiedad, al Registro Automotor, al Registro de las Personas, al Sanatorio Argentino y a su culto religioso por carecer del «pase sanitario» que rige en todo el país.
En su escrito ante Kreplak, denunciaron «la afectación grave de la libertad y la vulneración de derechos y garantías constitucionales ocasionadas por la decisión administrativa, a la que adhirió el Gobierno bonaerense, que impone el denominado ‘pase libre Covid19’ porque dichas normativas constituyen una inminente lesión en los derechos invocados, en particular, la turbación de nuestra libertad, la cual se encuentra limitada y restringida, en casi todos los actos de la vida civil y cotidiana».
Los denunciantes también consideraron que «las decisiones de imponer la inoculación experimental obligatoria y compulsivamente han sido tomadas desde el poder político» y que «atribuirle a la vacuna una menor agresividad en la enfermedad sin haberlo demostrado carece de rigor científico y es un fraude».
Ante ese planteo, Kreplak entendió que las cuestiones planteadas «no habilitan esta vía de excepción» por considerar que «no se evidencia una situación cierta e inmediatamente derivada de un accionar ilegítimo o arbitrario que amenace de algún modo sus libertades ambulatorias. Sobre todo si se tiene en cuenta que las restricciones a las que aluden obedecen a cuestiones vinculadas con la salud pública».
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Cuadernos: Casación frenó el atajo de la reparación integral y sigue el juicio
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de las defensas de Cristóbal López, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio y otros imputados que buscaban extinguir la acción penal con ofrecimientos de dinero. El debate oral ante el TOF N° 7 sigue, y el único matiz lo puso el juez Slokar, que consideró que correspondía oír a las partes.
Cincuenta imputados de la causa Cuadernos ofrecieron dinero para que la Justicia extinguiera la acción penal en su contra, y la Cámara Federal de Casación Penal les cerró ese camino: la continuidad del debate oral quedó firme y el juicio sigue en pie.
La Sala I, integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, declaró inadmisibles los recursos de las defensas contra resoluciones del Tribunal Oral Federal N° 7 que habían rechazado planteos de nulidad y pedidos de reparación integral del perjuicio. La decisión se conoció este jueves.
Quiénes recurrieron
Los recursos fueron presentados y acompañados por defensas de imputados entre los que figuran Cristóbal López, Carlos De Sousa, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio, Armando Loson, Juan Carlos de Goycoechea, Mario Rovella, Héctor Sánchez Caballero, Juan Manuel Abal Medina, Roberto Orazi, Miguel Marconi y Juan José Luciano, entre otros empresarios y exfuncionarios.
Los pedidos de reparación integral
En la etapa de juicio, el TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que pretendían extinguir la acción penal mediante ofrecimientos de reparación integral del perjuicio, una figura prevista en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Esos ofrecimientos se basaban en la actualización de embargos cautelares por sumas que iban de $300.000 a más de $1.800 millones. Los pedidos fueron rechazados con la oposición de la fiscal general Fabiana León y de la Unidad de Información Financiera (UIF).
La causa Cuadernos se inició en 2018 a partir de los registros del chofer Oscar Centeno, quien documentó supuestos traslados de dinero desde empresas contratistas del Estado hacia funcionarios del Ministerio de Planificación Federal. Se trata de una megacausa con más de un centenar de acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
El voto de Petrone
En su voto, Petrone sostuvo que las decisiones impugnadas no constituyen sentencia definitiva ni resultan equiparables a ella por sus efectos, y que tampoco encuadran entre los autos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para habilitar la instancia de casación.
El magistrado recordó además la doctrina de la Corte Suprema según la cual los pronunciamientos que obligan al imputado a seguir sometido a proceso no ponen fin al pleito ni generan un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Sobre el rechazo de la reparación integral, Petrone remarcó que la complejidad de la causa, con multiplicidad de hechos e imputados, requiere que el debate oral avance para precisar los extremos fácticos de la imputación y las responsabilidades de cada interviniente.
La adhesión de Barroetaveña y el matiz de Slokar
Barroetaveña adhirió en lo sustancial al voto de su colega. Slokar, en cambio, consideró que correspondía oír a las partes, aunque aclaró que esa postura no implicaba adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión.
Lo que tenés que saber:
- La Sala I de Casación declaró inadmisibles los recursos de las defensas y dejó firme la continuidad del debate oral ante el TOF N° 7.
- La Sala está integrada por Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar.
- El TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que buscaban extinguir la acción penal por reparación integral (artículo 59, inciso 6°, del Código Penal).
- Los embargos actualizados iban de $300.000 a más de $1.800 millones, y la fiscal general Fabiana León y la UIF se opusieron.
- Petrone consideró que las resoluciones no son sentencia definitiva; Barroetaveña adhirió y Slokar opinó que correspondía oír a las partes.
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