Judiciales ⚖️
Sin justicia: se cumplen 2 años de la muerte de Agustina Casco
La joven falleció tras un brutal golpe durante un entrenamiento Escuela de Policía Juan Vucetich. El caso pasó por cuatro fiscalías distintas para dilatarlo.
Lo que tenés que saber
- Agustina Casco murió el 23 de noviembre de 2023 tras un golpe en un entrenamiento en la Escuela Juan Vucetich.
- La joven tenía una hemorragia interna con cuatro litros de sangre acumulada al llegar al hospital.
- La causa pasó por cuatro fiscalías y dos autopsias, con demoras y pericias cuestionadas.
- Su abogado denuncia maniobras de encubrimiento y responsabilidades institucionales.
- El expediente está hoy en la UFI Nº 2 de Berazategui, aún en etapa de testimoniales.
Dos años sin respuestas
A dos años de la muerte de Agustina Casco, de 21 años, la investigación judicial avanza con una lentitud que desespera a su familia. La joven falleció el 23 de noviembre de 2023 tras un brutal golpe durante un entrenamiento en la Escuela de Policía Juan Vucetich. Su abogado, Rodrigo Tripolone, denuncia que el expediente “se dilató de manera deliberada” y que recién ahora se encuentra en plena toma de testimoniales.
La causa pasó por cuatro fiscalías distintas y acumuló demoras, idas y vueltas y pericias que generaron sospechas. El reclamo de justicia crece al ritmo de la frustración por un caso que, aseguran, “no avanza como debería”.

La secuencia del hecho y la atención tardía
Tripolone reconstruyó los hechos en diálogo con la Agencia Noticias Argentinas. Según relató, Agustina estaba cursando el proceso para pasar de suboficial a oficial cuando participó de una práctica de esposamiento en la que cumplía el rol de detenida. Allí la empujaron, cayó y se descompensó.

Se recuperó momentáneamente, pero dos días después se desmayó en el comedor de la escuela. Dos compañeras fueron a asistirla, una de ellas enfermera, pero la instructora a cargo no permitió que la trasladaran al cuerpo médico, ubicado a 30 metros.
Durante esos días continuó con dolor intenso y mostró moretones en el abdomen. Obtuvo un permiso para salir, pero se descompuso en la puerta de la institución. Su familia, al verla en mal estado, la llevó de urgencia a un hospital.
Al arribar, los médicos sospecharon de una apendicitis. Una tomografía reveló que tenía cuatro litros de sangre acumulados en la cavidad abdominal. Fue derivada a una clínica en Merlo, donde fue operada, pero falleció el 23 de noviembre.

Irregularidades, maniobras y encubrimiento
El abogado de la familia cuestionó además que durante la internación hubiera custodia policial permanente: “Algo raro porque eso no ocurre con ninguna víctima”. Señaló también una irregularidad en la autopsia inicial, realizada por peritos de la Policía Federal pese a que esa fuerza no era la que debía intervenir.
La familia logró una segunda autopsia, pero el perito que se había acercado para supervisarla desapareció días después y dejó de responder: “Era un topo”, afirmó Tripolone.
El expediente también incluye testimonios contradictorios, responsabilidades que se deslizan entre autoridades y un contexto de presunta protección interna. “Buscaron dilatar la causa, que pasara el tiempo para que se perdieran medidas”, expresó el abogado.

Una causa que sigue detenida
El caso está actualmente en manos del fiscal Cristian Granados, de la UFI Nº 2 de Berazategui. Según Tripolone, su trabajo es minucioso y apunta a identificar a todos los responsables. Sin embargo, la investigación continúa en una instancia preliminar, pese a los dos años transcurridos desde la muerte de Agustina.
La familia mantiene su reclamo: que el expediente avance, que se investigue sin presiones y que se reconozca lo que consideran evidente. “A Casco la mató la propia fuerza de seguridad”, concluyó el abogado.
Judiciales ⚖️
La Corte reculó y frenó la derogación de la Ley de Tierras de Milei
Una medida interina suspendió el artículo 154 del DNU 70/2023 tras el reclamo de Árbol de Pie. Regirá hasta que la Justicia federal de Bariloche examine la legitimación de los actores y el pedido cautelar. La constitucionalidad del decreto sigue pendiente.
La derogación de la Ley de Tierras Rurales quedó suspendida de manera provisoria por una decisión de la Corte Suprema. El tribunal frenó este viernes 9 de octubre los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, con el que el gobierno de Javier Milei eliminó el régimen de restricciones a la titularidad extranjera de tierras rurales.
La resolución respondió al amparo colectivo de la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes. Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti integraron la mayoría junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia parcial.
Una protección provisoria ante la falta de respuesta judicial
La suspensión regirá hasta que el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud cautelar. La Corte no resolvió la constitucionalidad del artículo ni puso fin al amparo.
Los demandantes cuestionaron la derogación de la Ley 26.737 por su posible afectación del derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional. Alegaron riesgos para los recursos naturales, el patrimonio natural y cultural y la diversidad biológica.
La mayoría advirtió que el trámite en las instancias inferiores dejó sus peticiones sin respuesta. Fundó la protección interina en la necesidad de asegurar la tutela judicial efectiva y evitar daños irreparables mientras la causa retoma su curso.
Qué cambió respecto del caso CECIM
El 29 de septiembre, la Corte rechazó la demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata por falta de legitimación. Ese fallo no decidió la validez constitucional de la derogación.
Como informó previamente El Argentino, el nuevo expediente requirió la integración con conjueces. La resolución ahora conocida tampoco zanja el fondo de la discusión: devuelve la causa a Bariloche y establece una protección temporal.
El tribunal aclaró que esta decisión no modifica su criterio en el caso CECIM, porque los planteos y las circunstancias son diferentes.
La disidencia de Rosenkrantz
Rosenkrantz coincidió en devolver las actuaciones al juzgado de origen, pero rechazó la suspensión interina. Consideró que la Corte carecía de competencia para dictarla sin un pronunciamiento previo de las instancias inferiores y que no se acreditaron los requisitos excepcionales para esa intervención.
Lo que tenés que saber:
- La Corte suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023.
- El reclamo de Árbol de Pie invocó el derecho constitucional a un ambiente sano.
- La medida regirá hasta que el juzgado de Bariloche examine la legitimación y el pedido cautelar.
- Rosenkrantz rechazó la suspensión, pero coincidió en devolver la causa.
- La constitucionalidad de la derogación sigue sin resolución de fondo.
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