Judiciales ⚖️
Rechazaron los $150 millones de Morla: va a juicio por las marcas de Maradona
El TOC 17 sostuvo que las propuestas no incluían ninguna medida sobre los activos societarios y marcarios en disputa ni guardaban relación con el perjuicio denunciado. Morla, Pomargo, Garmendia y las hermanas de Diego serán juzgados por defraudación por administración fraudulenta.
Los $150 millones no alcanzaron para comprar la suspensión del juicio por las marcas de Diego Maradona. Este lunes, la Justicia le cerró la puerta a Matías Morla y a los demás acusados que buscaban evitar el debate oral mediante una probation.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 17 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el pedido del abogado y ex apoderado de las marcas del Diez y confirmó la realización del juicio por defraudación por administración fraudulenta. Los jueces tampoco hicieron lugar a la suspensión del proceso a prueba solicitada por Rita Mabel Maradona, Claudia Nora Maradona, Maximiliano Pomargo y Sergio Garmendia.
La oferta que no convenció
Morla había propuesto pagar $150 millones, en cuotas de $25 millones, y realizar trabajos comunitarios a cambio de que se suspendiera el proceso en su contra. El ofrecimiento fue presentado por sus defensores, Mauricio D’Alessandro y Rafael Cúneo Libarona, ante el juez Juan Giúdice Bravo, integrante del tribunal.
Los abogados de Dalma, Gianinna, Jana, Diego Junior y Diego Fernando Maradona pidieron que se desestimara el planteo, mientras que las defensas de los otros imputados formularon ofrecimientos con distintas sumas de dinero. Ninguna de esas propuestas fue aceptada por el tribunal.
Sin propuesta sobre las marcas y sin proporción con el daño
El tribunal fundó el rechazo en dos ejes que, en conjunto, consideró determinantes. «Por un lado, como dato concluyente, las propuestas no contienen ninguna medida destinada a abordar la situación de los activos societarios y marcarios cuya explotación se encuentra cuestionada. Y, por el otro, los montos propuestos no guardan, en las circunstancias particulares de cada caso, una relación razonable con las posibilidades económicas objetivamente verificables de los imputados ni con la entidad y características del perjuicio que constituye el objeto de la acusación», sostiene el documento.
«La consideración conjunta de ambos aspectos impide concluir que los imputados hayan formulado una propuesta seria y razonable de hacerse cargo del daño ‘en la medida de lo posible’, en los términos exigidos por el artículo 76 bis del Código Penal», agrega la resolución del TOC 17.
Dicho de otro modo, el tribunal entendió que no alcanza con ofrecer dinero si no se dice qué pasará con las marcas en disputa, y que las sumas propuestas no se corresponden con la situación económica de los acusados ni con el perjuicio denunciado.
El trasfondo: Sattvica S.A.
Morla ejerció la presidencia de Sattvica S.A. hasta septiembre de 2022, pero en febrero de 2021 la Justicia lo intimó para que transfiriera el manejo de los derechos de imagen del campeón del Mundo en México 1986 a los herederos. Pomargo fue director suplente y renunció poco tiempo después de la dimisión del abogado, a la vez que las empresas fueron cedidas a Claudia y Rita Maradona.
Morla, Pomargo y Garmendia están acusados como coautores del delito de defraudación por administración fraudulenta (artículos 45 y 173, inciso 7° del Código Penal). Las dos hermanas del ex jugador de Boca y la escribana Sandra Iampolsky están imputadas como partícipes necesarias del mismo ilícito.
La causa había sido elevada a juicio el 28 de abril de 2026. En esa resolución, la Justicia explicó que Sattvica figuraba bajo la titularidad accionaria ficticia de Morla y Pomargo, pero que sus movimientos comerciales se desarrollaban bajo las directivas de Maradona. Con la probation descartada, el expediente que enfrenta a los herederos con quienes administraron el negocio de las marcas sigue su camino hacia el debate oral.
Lo que tenés que saber:
- El TOC 17 rechazó la probation de Matías Morla y confirmó el juicio por defraudación por administración fraudulenta.
- Los pedidos de Rita y Claudia Maradona, Maximiliano Pomargo y Sergio Garmendia también fueron rechazados.
- Morla había ofrecido $150 millones, en cuotas de $25 millones, y trabajos comunitarios.
- Para los jueces, las propuestas no abordaban los activos societarios y marcarios en disputa ni guardaban relación razonable con el perjuicio.
- Morla presidió Sattvica S.A. hasta septiembre de 2022 y está acusado como coautor junto a Pomargo y Garmendia.
DDHH
Traslado de 1.400 presos: la Cámara lo avaló pero le puso límites al Gobierno
La Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus de la Procuración Penitenciaria, pero reconoció irregularidades en las comunicaciones del operativo y ordenó avisar con 72 horas de anticipación los próximos movimientos. Mientras el Gobierno celebra la mudanza de Devoto a Marcos Paz, la educación universitaria en contextos de encierro quedó en el centro del reclamo.
La Justicia admitió que los traslados de presos desde Devoto no se comunicaron como exige el protocolo del Servicio Penitenciario Federal (SPF), pero dejó firme lo ya ejecutado. No hubo marcha atrás para los 1.400 detenidos movidos a Marcos Paz, aunque sí una orden con plazos concretos para todo lo que viene.
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). En paralelo con las actuaciones judiciales, el Gobierno nacional anunció este lunes, a través de la Presidencia, que completó la primera fase del traslado de personas detenidas de la cárcel de Villa Devoto al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz.
Lo que exigió el tribunal
El tribunal no cuestionó la decisión estatal de cerrar Devoto; analizó si la forma en que se organizaron y ejecutaron los traslados provocó, o podía provocar, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En ese examen, los camaristas detectaron que las comunicaciones no se habrían ajustado a las pautas previstas en el protocolo del SPF, y por eso encomendaron al juez de primera instancia que ordene notificar los próximos movimientos a los órganos judiciales y a las defensas con al menos 72 horas de anticipación.
Pese a esa irregularidad, consideraron que no se acreditó un perjuicio concreto derivado de la falta de comunicación que justificara revertir lo hecho. También advirtieron que devolver a los detenidos a Devoto podía empeorar su alojamiento, porque algunos sectores del establecimiento quedaron inhabilitados por razones técnicas vinculadas con la seguridad de la infraestructura.
La resolución incluyó otra medida relevante: la Cámara ordenó garantizar de inmediato el ingreso de personal de la Procuración Penitenciaria para inspeccionar y monitorear los establecimientos, en respuesta a los planteos sobre las dificultades para acceder a los pabellones y entrevistar a las personas detenidas.
Estudios universitarios, en el centro de la disputa
El impacto sobre la educación es uno de los focos del conflicto. Organizaciones vinculadas con la educación en contextos de encierro denunciaron, al comenzar los traslados, que el operativo empezó por estudiantes universitarios alojados en Devoto, y cuestionaron la interrupción de sus trayectorias académicas. El reclamo apunta al Centro Universitario Devoto (CUD), del programa UBA XXII, que funciona desde 1985 y es una experiencia histórica de educación universitaria en las cárceles argentinas.
La abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), cuestionó que se trasladara a detenidos con un rol importante en la organización del espacio educativo. Sostuvo que existían acuerdos previos para derivar a determinados estudiantes a Ezeiza, porque en Marcos Paz no estaban garantizadas las mismas condiciones para continuar sus actividades.
La Cámara consideró que hasta ese momento no se había acreditado que los traslados impidieran ejercer el derecho a la educación. Evaluó, entre otros elementos, las gestiones para habilitar espacios de UBA XXII en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con modalidad híbrida, y la oferta académica disponible en Marcos Paz. Los jueces dejaron abierta la posibilidad de volver a plantear la cuestión si se comprueban afectaciones concretas. Es decir, el fallo no dio por probado que el derecho a estudiar esté garantizado en todos los casos; consideró insuficientes los elementos presentados para disponer una medida general.
Salidas transitorias y casos individuales
Sobre las personas con salidas transitorias o próximas a acceder a ese régimen, la Cámara sostuvo que los efectos sobre la progresividad de la pena deben analizarse de manera individual ante el juez de ejecución o la autoridad judicial correspondiente.
El fallo examinó, entre otros planteos, el caso de Ricardo Alberto Castro Madrid, integrante de la denominada Banda del FAL, cuyo abogado objetó su alojamiento en Marcos Paz porque una resolución anterior había limitado los destinos posibles a unidades del SPF bajo un régimen abierto y de autodisciplina. Los camaristas entendieron que el pedido debía tramitar ante la autoridad competente y que no se acreditaron razones de gravedad y urgencia para resolverlo mediante un hábeas corpus.
La versión oficial y lo que queda pendiente
La administración nacional destacó el despliegue de fuerzas federales, las evaluaciones médicas, la identificación mediante códigos QR y la coordinación entre los organismos intervinientes. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, sostuvo que el procedimiento se desarrolló sin conflictos, motines ni fugas. El traslado forma parte del acuerdo entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para dejar de usar Villa Devoto como establecimiento penitenciario y poner en funcionamiento el complejo de Marcos Paz.
Mientras el Gobierno pone el acento en la desocupación del predio y en la puesta en marcha de la nueva cárcel, los reclamos se concentran en las condiciones de alojamiento, el acceso a la educación, la comunicación con las familias y la supervisión de los organismos de control. La decisión de la Cámara no frenó el operativo ni ordenó el regreso de los detenidos, pero fijó obligaciones para los próximos traslados y reforzó el rol de la Procuración Penitenciaria. El cumplimiento de esas medidas será uno de los puntos a observar en la siguiente etapa.
Lo que tenés que saber
- El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.
- La Sala V de la Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria.
- El tribunal ordenó notificar los próximos traslados con al menos 72 horas de anticipación.
- La Cámara dispuso garantizar el ingreso inmediato de personal de la PPN a los penales.
- Los jueces dejaron abierta la discusión sobre el derecho a la educación universitaria si se comprueban afectaciones concretas.
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