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Judiciales ⚖️

La justicia de San Luis ordenó vacunar a dos bebés recién nacidos pese a la negativa de sus padres

Las juezas ordenaron inmunizar a los bebés y cumplir con el Calendario Nacional de Vacunación.

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Dos juezas de San Luis autorizaron a centros de salud de la capital provincial a inmunizar a dos bebés cuyos progenitores se negaban a la aplicación de las vacunas del calendario obligatorio, y los emplazaron a no obstaculizar el procedimiento, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata de la Jueza de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 2 de San Luis, Viviana Oste, quien recibió una notificación de la Clínica Italia en la que se informaba que el viernes último dos progenitores se negaban a vacunar a su hijo recién nacido.

Un hecho similar ocurrió el lunes, cuando la Jueza de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 3, Ana Belén Villegas, recibió la comunicación sobre el nacimiento de una niña en la Maternidad Provincial «Teresita Baigorria», cuyos padres se opusieron a vacunar por riesgo a una reacción alérgica.

Según informaron las fuentes, en ambos casos, las juezas ordenaron inmunizar a los bebés y cumplir con el Calendario Nacional de Vacunación (CNV) y emplazaron a los progenitores a no obstaculizar el procedimiento.

Para las personas recién nacidas dentro de las 12 horas de vida, el CNV incorpora dosis contra la hepatitis B y tuberculosis (BCG), que protegen desde temprana edad a quienes son más susceptibles de contraer enfermedades infecciosas potencialmente graves.

Para fundamentar sus decisiones de ordenar a los profesionales de la Clínica Italia, como de la Maternidad «Teresita Baigorria», de aplicarles las vacunas a los recién nacidos, las juezas se basaron en legislación nacional como la Ley de Salud Pública, la Ley de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación, la Convención sobre los Derechos del Niño y también la Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Las magistradas hicieron saber a los progenitores que, dada la responsabilidad parental que tienen sobre sus hijos, deben abstenerse de impedir la aplicación de las vacunas, porque esta acción implicaría desobedecer una orden judicial, que es incurrir en un delito y tiene una sanción en el artículo 239 del Código Penal.

La Convención sobre los Derechos del Niño tutela el derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes e imponen hacer valer los derechos de los niños por cualquier otro derecho, incluso el de sus propios padres o de cualquier adulto.

En tanto, la Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes conocida también como la Ley 26.061, establece que los organismos del Estado deben garantizar el acceso a servicio de salud respetando las pautas de familiares reconocidos por la familia pero que siempre no constituya un peligro para la vida e integridad del niño, niña o adolescente.

La Ley 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación, que se sancionó en diciembre de 2018 y se reglamentó este año, establece que las vacunas son obligatorias, gratuitas y un bien social y que tienen por objetivo garantizar un acceso y equidad a todas las vacunas que componen el CNV.

«Se entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva y que las vacunas se consideran un bien social, lo que hace que sean especialmente obligatorias para los habitantes para aplicárselas, porque lo que debe prevalecer es la salud pública por sobre el interés particular», explicó Gabriela Morales, secretaria de primera instancia de la Oficina de Gestión Unificada de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia.

La ley le da un rol clave al personal educativo y de salud para garantizar los circuitos que faciliten la vacunación en esta etapa de la vida, confirma el acceso gratuito y obligatorio para toda la población del país.

Judiciales ⚖️

Tras votar en disidencia, Lorenzetti criticó decisión clave de la Corte y a sus miembros

Luego de la creación de la nueva Secretaría Penal Especial, el miembro de la Corte dudó de la motivación detrás de esta y otras decisiones recientes y sostuvo que afecta la transparencia de uno de los pilares del Poder Judicial.

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Ricardo Lorenzetti se opuso y criticó en duros términos a sus tres colegas por la creación de una nueva secretaría penal en la Corte Suprema. “La real intención es que los casos penales importantes queden bajo la gestión de un secretario que responda a directivas que no se publican, lo que es totalmente inapropiado y no genera precisamente confianza”, advirtió el ministro de la Corte sobre la creación de la nueva repartición.

Críticas a la Gestión de la Corte

Lorenzetti afirmó: “Esta práctica es censurable en todo sentido, porque es un patrón de comportamiento que se ha producido en los últimos dos años, y se ha acelerado en el presente, contrario a lo que fue siempre la excelencia de la Corte Suprema”. En su extenso voto, Lorenzetti criticó las razones esgrimidas para la nueva secretaría y repasó las últimas decisiones internas del máximo tribunal avaladas por Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

“La invocación de principios de buena administración o gestión no logran iluminar la oscuridad de los intereses que inspiran una serie de decisiones de los últimos tiempos en materia de superintendencia de esta Corte Suprema”, embistió Lorenzetti, y apuntó: “La excelencia es desplazada por la ambición. (…) Siento verdadera tristeza por el estado de situación de esta Corte”.

Denuncia de Nombramientos sin Concurso

Lorenzetti denunció que “se designa personal con cargos de funcionarios, sin concurso, en base a la amistad o el parentesco y contrariando las expectativas de austeridad que la sociedad argentina exige”. En ese contexto, reclamó que “siendo público y notorio que se han nominado dos jueces para el ingreso en esta Corte Suprema, es de buena fe esperar a escuchar su opinión y no consolidar situaciones de hecho para condicionarlos”. Sostuvo que se trata de “decisiones apresuradas, cuyo único objetivo es ocupar espacios de poder ante la posible incorporación de nuevos ministros”.

Críticas a la Lentitud del Tribunal

El ex presidente de la Corte también cuestionó la lentitud del tribunal en el tratamiento y resolución de causas. “Las demoras en los fallos y su acumulación se deben a la falta de gestión en los acuerdos de ministros”, advirtió, y precisó que hay “casi trescientas causas trascendentes y casi sesenta mil expedientes sin resolver en el Tribunal, lo que es inédito”.

La Corte Suprema Creó una Secretaría Penal y Abrió Grieta

La Corte Suprema de Justicia decidió crear por mayoría una nueva Secretaría Penal Especial con los votos de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz con el objetivo de “mejorar la eficiencia en la tramitación de causas penales” y tuvo la disidencia de Ricardo Lorenzetti.

El argumento para crear una nueva dependencia apunta a descongestionar la Secretaría Judicial n° 3, que ha visto un incremento considerable en la cantidad de expedientes penales en los últimos años. Según la resolución, «es deber de este Tribunal, como cabeza de uno de los Poderes del Estado, garantizar la buena administración de justicia y adoptar las medidas necesarias para satisfacer eficientemente los crecientes planteos de los justiciables».

Funciones y Personal de la Nueva Secretaría

La nueva Secretaría Penal Especial se encargará de tramitar las causas de competencia penal que hasta ahora manejaba la Secretaría Judicial n° 3. Estas incluyen juicios de lesa humanidad, competencia originaria, recursos por retardo o denegatoria de justicia y habeas corpus. Además, gestionará las contiendas de competencia en causas penales que tramitaban en la Secretaría de Relaciones de Consumo. El personal de esta nueva secretaría estará compuesto por empleados de la Secretaría Judicial n° 3 y posibles refuerzos futuros según las necesidades.

Argumentos y Resolución

Los argumentos, según la acordada a la que pudo acceder la Agencia Noticias Argentinas, establecen:

  1. Que desde hace varios años se incrementó de manera considerable y sostenida la cantidad de expedientes penales que ingresan a la Secretaría Judicial n° 3 de esta Corte.
  2. Que es deber de este Tribunal, como cabeza de uno de los Poderes del Estado, garantizar la buena administración de justicia y adoptar las medidas necesarias para satisfacer eficientemente los crecientes planteos de los justiciables.
  3. Que a fin de cumplir ese importante objetivo resulta necesario crear en el ámbito de esta Corte una nueva secretaría judicial en materia penal para que intervenga en causas correspondientes a ciertos asuntos de dicha especialidad.
  4. Que en atención a la naturaleza de la decisión, corresponde aplicar la excepción prevista en el punto 6 de la Acordada 15/2023.

I. Disponer la creación de la Secretaría Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
II. Asignar a dicha secretaría la tramitación de todas las causas de competencia penal que hasta el presente tramitaban ante la Secretaría Judicial n° 3 cuyo contenido se refiera a juicios de lesa humanidad, competencia originaria, recursos por retardo o denegatoria de justicia y habeas corpus.
III. Asignar a esa misma secretaría la tramitación de las contiendas de competencia suscitadas en causas penales que hasta el presente tramitaban ante la Secretaría de Relaciones de Consumo.
IV. Disponer que las restantes causas de competencia penal continuarán tramitando ante la Secretaría Judicial n° 3.
V. Disponer que la dotación de personal de la Secretaría Penal Especial estará conformada, además de su titular, por parte de los empleados y funcionarios que actualmente se desempeñan en la Secretaría Judicial n° 3, más los eventuales refuerzos que disponga el Tribunal en lo sucesivo de acuerdo a las necesidades de cada una de las dependencias.
VI. Disponer que el presente trámite estará regido por el punto 6 de la Acordada 15/2023.

Lorenzetti y los Cuestionamientos a la Secretaría Penal

Uno de los puntos que cruzó a Lorenzetti y los jueces que votaron la creación de la Secretaría Penal fue el trámite de causas. “Entre el 19 de abril de 2018 —designación de Fernando Arnedo como secretario— y hoy, se dictaron 14.206 sentencias en expedientes tramitados por la Secretaría n° 3. De ese total, 11.668 fueron decisiones sobre competencia y honorarios. En cuanto al contenido de las resoluciones, 5511 fueron rechazos por aplicación del art. 280 del Código Procesal, 1414 incumplimientos de la Acordada n° 4 y 898 por falta de sentencia definitiva”, apuntaron. En la actualidad la Secretaría n° 3 tiene 7 mil causas pendientes de decisión.

Disidencia de Ricardo Lorenzetti

Ricardo Lorenzetti expresó su disidencia respecto a esta decisión, argumentando que las recientes medidas tomadas por la Corte no responden a necesidades reales sino a intereses internos de poder. Lorenzetti sostuvo que «la invocación de principios de buena administración o gestión no logran iluminar la oscuridad de los intereses que inspiran una serie de decisiones de los últimos tiempos en materia de superintendencia de esta Corte Suprema».

Lorenzetti criticó la creación de nuevas oficinas y designaciones sin concurso, señalando que estas prácticas contrarían las expectativas de austeridad que la sociedad argentina demanda. «En todos los casos se designa personal con cargos de funcionarios, sin concurso, en base a la amistad o el parentesco y contrariando las expectativas de austeridad que la sociedad argentina exige», afirmó.

En los tribunales atendieron los cuestionamientos de Lorenzetti y recordaron que “durante la presidencia del juez Lorenzetti se efectuaron diversas reorganizaciones de las secretarías de la Corte. En el ámbito judicial, se crearon las Secretaría de Juicios Ambientales (Acordada nº 8/15) y de Relaciones de Consumo (Acordada nº 36/15), a las cuales se les asignaron la tramitación de las causas sobre tales temáticas que antes tramitaban en otras Secretarías”.

Además, argumentó que la acumulación de casos en la Corte se debe a la falta de gestión en los acuerdos de ministros, y no se solucionará con la designación de nuevos funcionarios. «La redacción de sentencias es una función de los jueces, y si no se llevan al acuerdo y no se buscan los consensos necesarios, se producen estas crisis», explicó Lorenzetti.

El ministro también destacó la eficiencia histórica de la Secretaría Penal, que desde abril de 2018 resolvió 17.076 causas. «Hace treinta años que la Secretaría Penal tiene el mismo diseño, y siempre tuvo una gran cantidad de causas, y no hay ninguna justificación para crear una nueva, excepto la de designar un nuevo secretario, con un altísimo costo y sin concurso alguno», puntualizó.

Lorenzetti concluyó su disidencia al enfatizar en la necesidad de transparencia y mérito en las decisiones de la Corte, abogando por una administración austera y concursos transparentes para evitar el nepotismo.

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