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Judiciales ⚖️

Absolvieron a Higui, acusada de asesinato cuando se defendía de una violación grupal

El veredicto lo dio a conocer el Tribunal Oral en lo Criminal 7 de San Martín, luego de que la Fiscalía solicitara 10 años de prisión por «homicidio simple» y la defensa la absolución de esta mujer de 47 años.

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Por María Alicia Alvado Eva

«Higui» de Jesús fue absuelta esta tarde en el juicio que se le seguía por haber matado a un hombre al defenderse de una violación grupal ocurrida en 2016 en la localidad bonaerense de Bella Vista.

El veredicto lo dio a conocer el Tribunal Oral en lo Criminal 7 de San Martín, luego de que la Fiscalía solicitara 10 años de prisión por «homicidio simple» y la defensa la absolución de esta mujer de 47 años.

«Absolvieron a #higui!»!, tuitéo Indiana Guereño, abogada y presidenta de la Asociación Pensamiento Penal, presente en la sala.

Después de más de tres horas de audiencia durante la cual desfilaron cuatro testigos y prestó declaración la propia Higui, los jueces Gustavo Varvello, Germán Saint Martin y Julián Descalzo decidieron adelantar los alegatos y el veredicto, previstos inicialmente para el martes.

organizaciones feministas y lgtbiq+ en la puerta de los tribunales de san martin.

En consecuencia, las y los manifestantes que desde hace tres días mantienen cortada la avenida Balbín al 1700 frente a los Tribunales para reclamar la absolución de esta cartonera y futbolista fortalecieron su presencia en el lugar para que se escuchara más fuerte el grito de «Yo también me defendería como Higui».

Antes de los alegatos, en la tercera jornada del juicio, había declarado una mujer policía que asistió a Higui en el lugar de los hechos y en la comisaría, tres peritos –dos oficiales y uno de parte- y la propia acusada, que pidió hacer uso de su derecho para proclamar su inocencia.

«Quería declarar, tenía muchas ganas de hacerlo. Me siento mejor», dijo a la agencia de la asociación civil Presentes tras haber hablado al tribunal por poco menos de una hora, para reiterar su versión de los hechos de una manera «muy clara», según testigos de la sala.

La última declaración testimonial del día fue la que ofreció el perito psiquiatra Enrique Stola, conocido por su militancia antipatriarcal y por haber sido el psiquiatra de los dos jóvenes que llevaron a juicio por abuso y lograron la condena del cura Julio César Grassi.

«Hice una fundamentación sobre el estrés post traumático, en tanto peritos oficiales como de parte coincidieron en la existencia de estrés post traumático en Higui», dijo Stola desde España, tras participar del juicio por videollamada.

«Creo que la Fiscalía quería demostrar que esto era producto de diferentes eventos traumáticos que tuvo Higui a lo largo de su vida y no por este ataque en particular, pero lo que yo señalé es que si bien es cierto que todos han producido estrés post traumático, la sintomatología al momento de la evaluación tenía que ver con el último porque los flashbacks, las escenas que se le aparecían, las angustias, pesadillas todo estaba relacionado con el momento del ataque», agregó.

Stola, quien participó durante la instrucción de la causa como perito de parte cuando la defensa de Higui era ejercida por Raquel Hermida Leyenda, explicó que «para que se constituya un estrés post traumático, la persona tiene que sentir que está frente a la posibilidad de muerte, ser agredida sexualmente o tener lesiones graves», y en el caso del ataque en cuestión se habrían dado dos de estos elementos, «aunque con una solo basta porque son situaciones que «producen tal conmoción emocional, psicológica, afectiva que impacta en el cuerpo y el psiquismo produciendo ese estrés».

«Lo que hice fue fundamentar que el estrés se debe a la agresión recibida y que si ella hubiese querido solo vengarse y matar y lo hubiera hecho, seguramente tendría culpa, porque no es una psicópata, y se sentiría deprimida por haberlo hecho, pero no tendría estrés postraumático. Si lo tiene, es porque fue atacada», concluyó.

El testimonio de la mujer policía fue clave

Por otro lado y según fuentes judiciales, antes una mujer policía había dado fe durante su declaración de la magnitud de los golpes que había recibido Higui durante el ataque. Se trata de una agente que estuvo en el lugar de los hechos apenas sucedieron y también en la comisaría junto a Higui.

«Esa policía dijo que estaba muy golpeada y que iban a cada rato a la celda a verla para que no convulsionara o para chequear que no estuviera quebrada. Eso es muy importante porque convalida el relato de Higui», dijeron las fuentes.

Durante los días trascurridos de juicio, declararon siete amigos y familiares de Cristian Espósito (28) –el hombre fallecido-, incluyendo al otro atacante de Higui –de nombre Sandro- que también lo hizo como testigo.

«Según su relato, él estaba frente a Cristian y viene Higui detrás suyo y le da dos puñadas a Espósito –que estaba a un metro- pasando por encima de su hombro, porque sí, como de la nada. El tema es que Higui mide 1.50, Cristian medía 1.75 y Sandro 1.65 o 1.70, es como físicamente imposible lo que relata», contaron fuentes judiciales.

Por otro lado, la perito forense ofreció detalles de cómo se produjo la única puñalada que resultó mortal, que desmienten lo asegurado a la prensa por la familia de Espósito -el hombre fallecido-: la hoja ingresó de frente a la altura del corazón y no por la espalda, como ayer describió la madre de la víctima y que podría hacer sospechar de un ataque a traición.

A pedido de la defensa, testimoniaron la abogada Claudia Spatacco, su psicóloga Raquel Disenfeld, sus hermanas Taty y Mariana, una vecina y el perito psiquiatra de parte Stola.

Además de las partes, en la audiencia de este jueves estuvieron también la directora de protección del Ministerio de Mujeres Géneros y Diversidad, Romina Chiesa; la veedora del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Indiana Guereño; la militante de la organización lésbica Las Safinas Viviana Figueroa; y psicóloga de Higui, Raquel Disenfeld.

Con dos años de retraso en relación a la primera fecha fijada para el juicio, Higui llegó a juicio acusada de «homicidio simple» por defenderse de una violación grupal correctiva el 16 de octubre de 2016 en Lomas de Mariló, un barrio vulnerable de Bella Vista donde había ido visitar a su hermana por el Día de la Madre.

Y a pesar de que ella denunció un intento de violación grupal y de que fue encontrada desvanecida en el lugar de los hechos, con traumatismos en diferentes partes del cuerpo, el pantalón y la ropa interior rotos; el hecho nunca se investigó como tal

Tras ocho meses presa, la Cámara de Apelaciones de San Martín le concedió la excarcelación extraordinaria gracias a una fuerte movilización para exigir su libertad.

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Investigación 🔎

Adorni: Pollicita descarta el enriquecimiento ilícito pero pide investigarlo por evasión

El fiscal no pudo refutar que el dinero de las compras fuera anterior a la función pública, pero detectó USD 374.081 pagados en efectivo y tenencias ocultas al fisco desde 2014. Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico. No es un sobreseimiento: decide Lijo.

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El Argentino Diario-Manuel Adorni.

El fiscal que investigó a Manuel Adorni no encontró pruebas de que se haya enriquecido en la función pública, pero sí de que durante más de una década ocultó al fisco dólares en efectivo y criptoactivos. Por eso Gerardo Pollicita pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito y pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.

El dictamen se presentó en el juzgado federal de Ariel Lijo, en el expediente que se abrió por una denuncia de la diputada Marcela Pagano. La investigación revisó la evolución patrimonial del exjefe de Gabinete entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. El pedido no implica un sobreseimiento: si Lijo lo acepta, Adorni seguirá investigado, pero por otro delito y en otro fuero.

Lo que encontró la Fiscalía

Según el dictamen, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, compras y cancelaciones de deudas del período. Entre esos pagos figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, muebles, la escritura de un inmueble en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Parte de esas operaciones se hizo fuera del sistema bancario o a través de terceros.

La defensa sostuvo que ese dinero provenía de ahorros en criptomonedas anteriores a su llegada al Gobierno. Pollicita concluyó que no pudo refutar esa versión y que la investigación no logró vincular los fondos con “un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función”. Por eso escribió que “no se advierte que la conducta desplegada por Manuel Adorni tenga adecuación típica” en el enriquecimiento ilícito, “lo que no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza”.

De la corrupción a la evasión

El giro tiene una explicación jurídica: el enriquecimiento ilícito exige que el patrimonio crezca después de asumir el cargo. Si el dinero ya existía, el delito no encaja, aunque se haya usado durante la gestión. Pero esa misma explicación de la defensa abrió otra puerta. Según el fiscal, la fuente que Adorni invoca “se compone, según su propio relato, de recursos que no fueron informados al organismo recaudador”, y la omisión se extendió “desde 2014 y hasta su exteriorización en 2026”, es decir, cuando la causa ya estaba en trámite.

Pollicita enumeró indicadores que, a su juicio, exceden una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de los fondos una vez iniciada la investigación. El fuero Penal Económico deberá reconstruir, ejercicio por ejercicio, lo que correspondía pagar de Ganancias y Bienes Personales.

La lectura política: el vocero de la “casta” y el efectivo

El dictamen deja al Gobierno una victoria a medias. Evita la figura de corrupción para uno de los funcionarios más cercanos a Javier Milei, pero lo describe como alguien que durante años manejó dólares en efectivo fuera del radar de la AFIP, hoy ARCA. Es el mismo Gobierno que llegó al poder con el discurso contra la “casta” y que impulsó un blanqueo y la llamada “inocencia fiscal” para quienes tengan dólares sin declarar. La causa ahora queda en manos de Lijo, que debe decidir si se declara incompetente.

Lo que tenés que saber:

  • Pollicita dictaminó que no hay pruebas de enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni durante la función pública.
  • Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria.
  • La Fiscalía detectó gastos por USD 402.578, de los cuales USD 374.081 se pagaron en efectivo.
  • Según el fiscal, Adorni mantuvo tenencias sin declarar desde 2014 hasta 2026, cuando ya estaba en marcha la causa.
  • No es un sobreseimiento: el juez Ariel Lijo debe resolver si acepta el pedido.
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