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Entre Ríos

Una medida cautelar colectiva suspende los aumentos de OSDE

La Justicia ordenó a la prepaga dejar sin efecto los incrementos efectuados a raíz del DNU 70/23.

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El Juzgado Federal 2 de Concepción del Uruguay, a cargo de María Isabel Caccioppoli, otorgó una medida cautelar a favor de un afiliado a la prepaga OSDE que ordenó dejar sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23.

Asimismo, dispuso que los incrementos sean realizados conforme lo que prevea la Autoridad de Aplicación aplicando el artículo 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Lo más relevante de la medida cautelar suscripta por la magistrada es que extiende los efectos con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias con aumentos de cuotas similares por parte de OSDE.

Ello en virtud de que, previo al dictado de la cautelar, la jueza admitió que la tramitación del expediente sea como amparo colectivo y ordenó su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos.

En cuanto a la colectivización del expediente, la jueza dispuso que el colectivo se integre por la totalidad de los afiliados de la empresa OSDE que se vean afectados por el DNU 70/23 y que el objeto de la pretensión es a los fines de que se la condene a dejar sin efecto los aumentos realizados por dicha empresa de medicina prepaga, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 de la ley 26.682, y la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/2023.

Respecto de los hechos que dan origen a la causa, es iniciada por una persona de 69 años de edad que se encontraba afiliado hacía 30 años a la prepaga y que la cuota que se encontraba abonando en diciembre de 2023 a marzo de 2024 sufrió un incremento del 86,8%, ese monto respecto de la jubilación que posee le tornaron imposible pagar la prestación.

En ese marco es que junto con el inicio de la acción de amparo se solicitó una medida cautelar para que suspendiera los aumentos en forma inmediata.

El DNU 70/23 modificó el marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga y de las obras sociales (Ley Nº 26.682) derogando mediante el art. 267 los artículos 5 incs. G y M y sustituyendo mediante el art. 269 la redacción del art. 17.

Resalta la magistrada que “de este modo, se han derogado las funciones de la Autoridad de Aplicación quien fiscalizaba el cumplimiento de las prestaciones del PMO, los contratos y planes y fundamentalmente en el art. 17 (sustituido) debía fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales; respecto del aumento de las cuotas la Autoridad de Aplicación debía autorizar el aumento ´cuando el mismo este fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable calculo actuarial de riesgos´”.

Señala además que “la falta de fiscalización de las empresas de medicina prepaga y/o la no exigencia de solicitar autorización por parte de las mismas trajo como lógica consecuencia los aumentos por lo que aquí se reclama y que conforme surge de las facturas acompañadas resultan superiores al 85% de lo abonado en el mes de diciembre de 2023. Asimismo, para febrero se ha anunciado un incremento de un 28%, y para marzo un 19%”.

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Rutas de Entre Ríos: Economía debe explicar adónde fue la plata del SISVIAL

Un amparo de Adán Bahl, Guillermo Michel y Marianela Marclay sostiene que, de más de $1,5 billones que ingresaron al SISVIAL entre enero de 2024 y mayo de 2026, solo $394.406 millones se aplicaron a obras. El juez federal de Victoria dio tres días a Economía y a Vialidad para informar antes de resolver la cautelar.

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El Argentino Diario-Trabajadores de la Dirección Nacional de Vialidad.

Más de $1 billón de los fondos del impuesto a los combustibles estaba colocado en títulos públicos y plazos fijos al 31 de mayo, y el Gobierno admitió que esos recursos se computan para sostener el equilibrio fiscal, según el amparo que tramita la Justicia federal.

El juez federal de Victoria, Federico Martín, admitió el amparo que presentaron el senador nacional Adán Bahl y los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay, los tres legisladores del peronismo, contra el Estado nacional (Ministerio de Economía y Vialidad Nacional), en el expediente 12957/2026, tramitado bajo la Ley 16.986. El magistrado ordenó a Economía y a Vialidad que presenten un informe en tres días, antes de resolver la medida cautelar. Según trascendió, los organismos fueron notificados la semana pasada y el plazo corre desde entonces.

El reclamo: plata afectada por ley

Los legisladores sostienen que los fondos del Sistema Vial Integrado (SISVIAL), financiados con el impuesto a los combustibles, tienen una afectación específica por ley y deben destinarse a infraestructura vial. Según los demandantes, retener esos recursos en instrumentos financieros para mejorar el resultado fiscal desvirtúa su destino legal.

El relevamiento que citan indica que entre enero de 2024 y mayo de 2026 ingresaron al SISVIAL, a nivel nacional, más de $1,5 billones y que solo se aplicaron a obras unos $394.406 millones, es decir, apenas alrededor de una cuarta parte. Michel dijo que el 28% del impuesto a los combustibles se destina al arreglo de rutas y advirtió que “esa plata no se está enviando”.

Piden que se reactiven las obras y el mantenimiento de la red vial nacional en Entre Ríos, entre ellas las rutas 12, 14, 18, 127, 135 y 174. El juez todavía no se pronunció sobre la cautelar, con la que buscan que los recursos se apliquen a su finalidad, ni sobre el fondo del reclamo.

Concesiones y fondos: dos decisiones en paralelo

El Ministerio de Economía adjudicó, mediante la Resolución 1379/2026 publicada en el Boletín Oficial el 24 de agosto, los ocho tramos de la Etapa III de la Red Federal de Concesiones, por 20 años. Los contratos se firmaron el 6 de octubre y la gestión privada comenzó el 7. En Entre Ríos, el Tramo Mesopotámico abarca 276 kilómetros: 226,72 de la ruta nacional 18, entre Paraná y Puerto Yeruá, y 49,39 de la ruta 12, entre Crespo y Paraná. La adjudicataria es un consorcio integrado por IEB Construcciones S.A. y Trading MRG S.A.U.

El esquema prevé inversión 100% privada y cobro de peaje, mientras los demandantes reclaman que el dinero del fondo vial se aplique a obras. Los amparistas señalaron además que se concesionaron tramos de las rutas 12 y 18 sin aclarar el destino del dinero acumulado en los últimos dos años.

El antecedente: el intento de cerrar Vialidad

El Decreto 461/2025, publicado el 8 de julio de 2025, disolvía la Dirección Nacional de Vialidad. El Congreso lo rechazó en ambas cámaras: Diputados por 138 votos contra 65 y 2 abstenciones, y el Senado por 60 votos contra 10, con una abstención. El decreto quedó abrogado conforme a la Ley 26.122, según consta en el Boletín Oficial del 25 de agosto de 2025. Antes, el 17 de julio, un juzgado federal de San Martín había suspendido sus efectos por una cautelar del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional.

El Sindicato Trabajadores Viales y Afines de la República Argentina (STVyARA) denunció en agosto de 2025 la retención de fondos del SISVIAL durante 2024 y en lo que iba de 2025, y la vinculó con el deterioro de las rutas.

Lo que tenés que saber:

  • El juez federal de Victoria, Federico Martín, dio tres días a Economía y a Vialidad Nacional para informar antes de resolver la cautelar.
  • El amparo lo presentaron Adán Bahl, Guillermo Michel y Marianela Marclay (expediente 12957/2026).
  • Según el planteo, de más de $1,5 billones que ingresaron al SISVIAL entre enero de 2024 y mayo de 2026, solo $394.406 millones fueron a obras.
  • Al 31 de mayo, más de $1 billón estaba colocado en títulos públicos y plazos fijos, según los demandantes.
  • Desde el 7 de octubre, 276 kilómetros de las rutas 12 y 18 están concesionados por 20 años.

Títulos para redes sociales

Analítico: Fondos viales: de más de $1,5 billones del SISVIAL, solo $394.406 millones fueron a obras, según un amparo.

De Impacto: La Justicia le dio tres días a Economía para explicar adónde fue la plata de las rutas de Entre Ríos.

De Impacto Crítico: Según un amparo, la plata de las rutas se coloca en plazos fijos mientras se concesionan los tramos.

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