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Judiciales ⚖️

Condenaron al cirujano Aníbal Lotocki a cuatro años de prisión

Además, el Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires lo inhabilitó 5 años para ejercer la medicina por las «lesiones graves» que les provocó a cuatro de sus pacientes.

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El-Argentino-Aníbal Lotocki

El cirujano plástico Aníbal Lotocki fue condenado este miércoles a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina por las «lesiones graves» que les provocó a cuatro de sus pacientes.

El Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires lo encontró penalmente responsable por las lesiones que les provocó a Gabriela Trenchi, Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa.

La fiscalía había pedido 7 años y 9 meses de prisión y las querellas de las víctimas 9 años, pero el tribunal entendió que cuatro años era la pena ajustada.

Además de la condena a prisión, a Lotocki se le fijó una inhabilitación de cinco años para ejercer la medicina y la Justicia rechazó el pedido de la fiscalía para inhabilitarlo de manera provisoria hasta que quede firme la sentencia, informó el el sitio http://www.fiscales.gob.ar.

Lotocki causó lesiones en el cuerpo a Trenchi, Luna, Xipolitakis y Sosa con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.

Este material les produjo tumoraciones a estas mujeres, que se sometieron a una intervención en sus glúteos, pelvis y muslos, e inflamaciones crónicas, al punto que una de ellas, Pamela Sosa, confesó durante el juicio que la intervención le cambió la vida «por completo».

De acuerdo a la acusación, el cirujano le causó lesiones en el cuerpo y en la salud a Sosa debido a la intervención médica que le practicó en noviembre de 2008 dentro de la clínica Full Esthetic.

«Aníbal Lotocki es un médico que ha sido violento con sus pacientes: en el marco de la confianza que estableció con las cuatro víctimas, las usó para sus propósitos personales y les estropeó la salud», dijo durante su alegato el fiscal Sandro Abraldes.

Como toda persona sometida a juicio, Lotocki tuvo oportunidad de expresar sus últimas palabras antes de conocer la decisión de los jueces, y dijo que había cumplido con todas las normativas y con lo que le permitía la práctica médica.

Y también se victimizó cuando afirmó que durante el juicio «le habían faltado el respeto».

En el juicio también se ventiló un reporte del Ministerio de Salud, en el que se señaló que Lotocki «no posee título de especialista en Cirugía General ni tampoco la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora registradas ante esta cartera sanitaria».

El cirujano, tas conocerse el fallo, aseguró en su redes sociales que la condena «es injusta» ya que «el producto que utilicé en esas cuatro pacientes esta autorizado por las autoridades sanitarias».

Y refirió que que las pericias «dicen que las enfermedades que padecen las denunciantes no tienen nexo causal con el procedimiento que les apliqué» al tiempo que adelantó que apelará el fallo al Tribunal de Casación.

«El juez no hizo lugar al pedido de inhabilitación y la condena no esta firme, así que seguiré trabajando como siempre lo hice», destacó Lotocki.

En abril del año pasado, el «cirujano de los famosos» fue demorado y luego liberado por «homicidio culposo» tras la muerte de un hombre de 50 años que se había operado en su consultorio, en el barrio de Caballito, dando lugar a una investigación que aún continúa paralela a este debate oral.

Por el juicio de las cuatro mujeres pasaron un número importante de testigos que dieron cuenta del padecimiento que sufrieron luego de que Lotocki les inyectara el metacrilato, y también la junta médica que evaluó los procedimientos del médico esteticista.

Al momento de dictar sentencia, el juez Carlos Rengel Mirat tuvo en cuenta que las consecuencias para las cuatro víctimas serán «irreversibles y progresivas», y que dañaron la vida de las denunciantes, quienes tuvieron trastornos de todo tipo a raíz de las intervenciones.

«No atendía las más mínimas reglas de la práctica profesional: atendía en lugares sin habilitación, con productos que no podía usar, e incluso quiso hacer responsable a sus pacientes por las consecuencias nocivas de su propio accionar delictivo», se explayó el fiscal al momento de solicitar la pena.

En el caso de Gabriela Trenchi, por ejemplo, la paciente había pactado una cirugía en la que le colocarían hilos tensores en los glúteos, además de una pequeña lipoaspiración en la zona, extrayéndole grasa para mezclarla con plasma de su sangre y volverla a inyectar para dar volumen. Pero el médico le colocó un producto de relleno que contenía «microesferas de polimetil metacrilato (PMMA)», en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las recomendadas.

A raíz de ello, la mujer padeció la alteración del tejido celular de los glúteos mayores y los músculos de los muslos y piernas, «caracterizada por la aparición de granulomas o farmacomas, de difícil resolución quirúrgica», según la acusación que difundió, oportunamente, el sitio http://www.fiscales.gob.ar.

Luego de la operación, la mujer sufrió malestares y serios inconvenientes para movilizarse, por lo que debió ser internada el 17 de agosto de 2015 en el Sanatorio Los Arcos con un diagnóstico de «hipocalcemia sintomática, que evolucionó con parestesias generalizadas, trastorno deglutorio, cuadriparesia, paresia facial severa e insuficiencia respiratoria, que obligó a su traslado a terapia intensiva».

El 28 de agosto Trenchi debió ser sometida a una traqueotomía y presentó neumonía, queratitis, úlcera y abscesos de córnea bilateral y recién el 25 de septiembre pudo comenzar su rehabilitación, que continúa bajo la modalidad ambulatoria.

Por otra parte, a Silvina Luna, que fue intervenida en octubre y noviembre de 2011, también se le colocaron microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) que le provocaron alteraciones anatómicas en glúteos y muslos, lo que fue advertido y documentado por otro médico en junio de 2013.

Durante la investigación, la Fiscalía solicitó informes a la Sociedad de Cirugía Plástica de Buenos Aires, a la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora y a la Sociedad Médica Argentina, obteniendo como respuesta que Lotocki no estaba registrado ni como miembro ni como socio.

Mientras la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad del Ministerio de Salud comunicó que en Argentina no se reconoce la cirugía cosmética como especialidad, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) informó que el metacrill está indicado para tratamiento específico de arrugas frontales, contorno y relleno de labios, dorso de manos, contorno facial, surco nasogeneano, dorso y punta de nariz, y que se debe comercializar bajo prescripción, ya que los implantes sólo resultan seguros si los hace un profesional habilitado para utilizarlo.

Investigación 🔎

Adorni: Pollicita descarta el enriquecimiento ilícito pero pide investigarlo por evasión

El fiscal no pudo refutar que el dinero de las compras fuera anterior a la función pública, pero detectó USD 374.081 pagados en efectivo y tenencias ocultas al fisco desde 2014. Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico. No es un sobreseimiento: decide Lijo.

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El Argentino Diario-Manuel Adorni.

El fiscal que investigó a Manuel Adorni no encontró pruebas de que se haya enriquecido en la función pública, pero sí de que durante más de una década ocultó al fisco dólares en efectivo y criptoactivos. Por eso Gerardo Pollicita pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito y pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.

El dictamen se presentó en el juzgado federal de Ariel Lijo, en el expediente que se abrió por una denuncia de la diputada Marcela Pagano. La investigación revisó la evolución patrimonial del exjefe de Gabinete entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. El pedido no implica un sobreseimiento: si Lijo lo acepta, Adorni seguirá investigado, pero por otro delito y en otro fuero.

Lo que encontró la Fiscalía

Según el dictamen, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, compras y cancelaciones de deudas del período. Entre esos pagos figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, muebles, la escritura de un inmueble en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Parte de esas operaciones se hizo fuera del sistema bancario o a través de terceros.

La defensa sostuvo que ese dinero provenía de ahorros en criptomonedas anteriores a su llegada al Gobierno. Pollicita concluyó que no pudo refutar esa versión y que la investigación no logró vincular los fondos con “un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función”. Por eso escribió que “no se advierte que la conducta desplegada por Manuel Adorni tenga adecuación típica” en el enriquecimiento ilícito, “lo que no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza”.

De la corrupción a la evasión

El giro tiene una explicación jurídica: el enriquecimiento ilícito exige que el patrimonio crezca después de asumir el cargo. Si el dinero ya existía, el delito no encaja, aunque se haya usado durante la gestión. Pero esa misma explicación de la defensa abrió otra puerta. Según el fiscal, la fuente que Adorni invoca “se compone, según su propio relato, de recursos que no fueron informados al organismo recaudador”, y la omisión se extendió “desde 2014 y hasta su exteriorización en 2026”, es decir, cuando la causa ya estaba en trámite.

Pollicita enumeró indicadores que, a su juicio, exceden una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de los fondos una vez iniciada la investigación. El fuero Penal Económico deberá reconstruir, ejercicio por ejercicio, lo que correspondía pagar de Ganancias y Bienes Personales.

La lectura política: el vocero de la “casta” y el efectivo

El dictamen deja al Gobierno una victoria a medias. Evita la figura de corrupción para uno de los funcionarios más cercanos a Javier Milei, pero lo describe como alguien que durante años manejó dólares en efectivo fuera del radar de la AFIP, hoy ARCA. Es el mismo Gobierno que llegó al poder con el discurso contra la “casta” y que impulsó un blanqueo y la llamada “inocencia fiscal” para quienes tengan dólares sin declarar. La causa ahora queda en manos de Lijo, que debe decidir si se declara incompetente.

Lo que tenés que saber:

  • Pollicita dictaminó que no hay pruebas de enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni durante la función pública.
  • Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria.
  • La Fiscalía detectó gastos por USD 402.578, de los cuales USD 374.081 se pagaron en efectivo.
  • Según el fiscal, Adorni mantuvo tenencias sin declarar desde 2014 hasta 2026, cuando ya estaba en marcha la causa.
  • No es un sobreseimiento: el juez Ariel Lijo debe resolver si acepta el pedido.
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