Salud 🩺
Etiquetado frontal: a dos años de la ley sólo 7 provincias adhirieron
Los datos surgen del Mapa Normativo del Etiquetado Frontal en Argentina (etiquetadoenargentina.org), una herramienta desarrollada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y la Fundación Sanar presentado en la jornada inaugural del 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina, que se realiza entre hoy y mañana en la ciudad de Buenos Aires.
A casi dos años de la sanción de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable -conocida como de Etiquetado Frontal- hay un avance del 63,3% de los aspectos normativos necesarios para su implementación (sellos, regulación de publicidad, etc.), aunque sólo siete provincias adhirieron, lo que impacta fundamentalmente en la falta de reglamentación de los entornos escolares y en la compras públicas de cada jurisdicción.
Los datos surgen del Mapa Normativo del Etiquetado Frontal en Argentina (etiquetadoenargentina.org), una herramienta desarrollada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y la Fundación Sanar presentado en la jornada inaugural del 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina, que se realiza entre hoy y mañana en la ciudad de Buenos Aires.
«Este índice que creamos -que se expresan en el mapa- contiene tanto las competencias a nivel nacional como las provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires en el aspecto normativo; el avance general de las normativas para que pueda implementarse la ley conocida como de Etiquetado Frontal es del 63,3%», detalló la nutricionista Florencia Guma, co-fundadora de Sanar.Por su parte, la abogada María Laura Fons, del área de Salud de Fundeps, explicó que «Nación ya tiene la mayor cantidad de las normas complementarias (reglamentación, regulación de la publicidad, etc.) publicadas».
«Lo principal que le falta a Nación es la creación de un registro nacional de infractores, el resto está casi todo regulado», sostuvo. Y especificó que «lo que atañe a las competencias de las provincias tienen que ver sobre todo con dos aspectos de la ley: los entornos escolares saludables y las compras públicas».En este contexto, sólo siete provincias se adhirieron a la ley, de las cuales, cuatro (Chaco, Chubut, La Rioja y Río Negro) simplemente adhirieron y tres (Neuquén, Salta y Tierra del Fuego) mostraron algún avance, sobre todo en los mecanismos de implementación pero no respecto a componentes principales de la ley.Esto quiere decir que de las siete que avanzaron, ninguna dictó normas complementarias que garanticen escuelas libres de sellos ni normas que detallen cómo, desde las compras públicas, se garantizará una mejora de la calidad alimentaria.
En cuanto al componente de publicidad, promoción y patrocinio, la vía pública y los puntos de venta (dos ejes en donde las provincias cobran mayor relevancia) tampoco se han pronunciado.»Esto no quiere decir que en las provincias no se implementa nada de la ley, porque hayan adherido o no es obligatoria y todas las provincias tienen la cobertura de las competencias nacionales que son más del 60% de las normas necesarias para cumplirla», sostuvo Fons.Dicho de otro modo, en la provincia que no adhirió, igual los productos tienen los sellos octogonales y también se puede denunciar una publicidad que no cumple con los requisitos de la ley en los canales habilitados por el Ministerio de Salud nacional.
Sin embargo, en esos dos aspectos críticos (entornos saludables y compras públicas) la falta de regulación local hace peligrar la implementación de la ley.»Entornos escolares saludables es muy amplio y abarca el ingreso de productos con sellos ya sea en kioscos, cantinas y comedores escolares; y esto se vincula con compras públicas, que tiene una política más flexible respecto de lo que se puede comprar», señaló la abogada de Fundeps.
Y señaló que «en ese sentido, son muchos los actores provinciales que intervienen, por ejemplo, deberían tomar el tema los ministerios de educación de las provincias, que muchas veces tienen otras preocupaciones y prioridades, y otros organismos que no tienen como prioridad la salud pública».
A modo de conclusión, Guma señaló que «todavía no hace dos años de la sanción de la ley; se avanzó un montón pero falta, y para que no pase con esta normativa lo que sucede con otras necesitamos de la ciudadanía reclamando que se cumpla porque son nuestros derechos y tiene que llegar a donde vivimos».
Por su parte, Fons recordó que «entornos escolares saludables y compras públicas son las dos patas más sociales de la ley porque en general estamos hablando de niñeces y de personas que comen en comedores».»Son dos aspectos fundamentales para que la ley no quede sólo en el etiquetado frontal que, si bien es fundamental, necesita de las otras patas para que el cambio sea integral y no sea sólo un derecho de quien puede ir a comprar y elegir lo que tiene menos sellos en el supermercado», advirtió.
La Ley 27.642 de Promoción de Alimentación Saludable -conocida como de Etiquetado Frontal- se sancionó el 26 de octubre de 2021 y el 23 de marzo de 2022 se publicó el decreto reglamentario 151/2022.Uno de los ejes centrales de la ley es la colocación de sellos a los productos que tengan exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías.Entre hoy y mañana se lleva a cabo el primer Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina que, en esta ocasión, está focalizado en debatir los avances y desafíos de la ley de Etiquetado Frontal.
Del encuentro -que se realiza en un hotel céntrico de la ciudad de Buenos Aires- participan referentes del Ministerio de Salud y de Desarrollo Social de la Nación, organizaciones de la sociedad civil que impulsaron la ley en Argentina, representantes de comedores comunitarios y de organizaciones socioambientales, referentes de organismos internacionales como Unicef y de países con ley de etiquetado frontal como Chile, México, Perú, Colombia y Uruguay.
Legislativo
Cárcel desde los 14 y criptomonedas desde los 13: la contradicción de un Estado que castiga en lugar de cuidar
El psicólogo Jorge Prado advirtió que la soledad infantil crece mientras la salud mental recibe solo el 1,4% del presupuesto de salud, contra el 10% que fija la ley. Lo dijo en la semana en que el Senado aprobó la reforma que, según su lectura, patologiza el malestar social “para responder a intereses corporativos”.
La ley vigente obliga a destinar el 10% del presupuesto de salud a la salud mental, pero en los hechos solo se ejecuta el 1,4%. La cifra la aportó el psicólogo Jorge Prado, que además alertó sobre una generación de chicos aislados frente a una pantalla mientras el Estado discute cambiar la norma que los protege.
Prado es psicólogo y docente de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (UBA), y autor del libro “Una tablet al final del arcoíris”, un trabajo que reúne experiencias clínicas, territoriales y educativas sobre el cuidado de infancias y adolescencias. Sus advertencias llegan en un momento sensible: el Senado aprobó en la madrugada del viernes 30 de octubre la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, impulsada por el Poder Ejecutivo de Javier Milei, y la giró a la Cámara de Diputados. El proyecto reemplaza el criterio de “riesgo cierto e inminente” para las internaciones involuntarias por el de riesgo grave de daño, con la firma de dos profesionales.
La pantalla como “contrato” entre adultos desbordados y chicos aislados
Según explicó Prado, el libro analiza cómo el juego se desplazó a las redes sociales y qué sufrimientos de época aparecen en ese cambio: consumos digitales, violencia como espectáculo, abuso de diagnósticos y uso de la inteligencia artificial como refugio. El título remite a la metáfora irlandesa del caldero de oro al final del arcoíris: la tecnología condensa la promesa de éxito y pertenencia, pero es un mito, porque al final del arcoíris nunca se llega.
El especialista describió a la tablet como parte de un contrato implícito entre adultos y niños: los cuidadores, desbordados de obligaciones, entregan la pantalla a cambio de tiempo para trabajar o resolver urgencias. Muchos padres la perciben como una opción más segura que la calle frente a los temores de inseguridad. El resultado, advirtió, es una extrema soledad, con horas y horas de chicos aislados.
De “padecimiento subjetivo” a “trastorno mental”: un cambio de términos que no es menor
Para Prado, la diferencia entre ambos conceptos es sutil pero alarmante. La norma vigente habla de “padecimiento subjetivo”, una categoría que contempla el sufrimiento derivado de contextos sociales o económicos, como el desempleo familiar o la violencia. Si la ley pasara a nombrar únicamente “trastornos mentales”, sostuvo, la atención quedaría reducida a quienes tengan un diagnóstico psicopatológico individual.
En su análisis, ese giro responde a la mercantilización de la salud y beneficia a corporaciones farmacéuticas que buscan dar respuestas medicamentosas a sufrimientos que, según planteó, son sociales e institucionales.
Internaciones más flexibles y teleconsulta ante un brote psicótico
Sobre las internaciones involuntarias, Prado recordó que la ley actual las permite ante un “riesgo cierto e inminente” y que ese criterio funciona como un marco de derechos humanos para evitar abusos. Flexibilizarlo a un riesgo “grave”, advirtió, vuelve las internaciones arbitrarias o preventivas.
También cuestionó que, ante la escasez de psiquiatras, la reforma habilite la evaluación virtual de pacientes en brote psicótico por teleconsulta, algo que calificó como un enorme peligro clínico. Todo ocurre, remarcó, en un sistema al que se le exige el 10% del presupuesto de salud pero que ejecuta el 1,4%.
Castigo para los chicos, criptomonedas para los de 13
Frente a episodios de violencia o manipulación digital en escuelas, Prado describió una “desafectización”: la realidad toma tono de ficción en las redes, pero las consecuencias emocionales son reales. La respuesta adulta, según dijo, suele centrarse en el señalamiento punitivo.
El psicólogo marcó una contradicción: se promueve la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años bajo amenaza de cárcel y, al mismo tiempo, se aprueban normas para que chicos de 13 años puedan invertir en criptomonedas. El Estado les ofrece herramientas financieras complejas y tentadoras, pero responde con castigo cuando aparecen los problemas, en lugar de financiar dispositivos comunitarios y espacios de escucha.
Lo que tenés que saber:
- La ley de Salud Mental exige destinar el 10% del presupuesto de salud al área, pero según Jorge Prado solo se ejecuta el 1,4%.
- El Senado aprobó el 30 de octubre la reforma de la Ley 26.657 y la giró a Diputados.
- El proyecto cambia el “riesgo cierto e inminente” por un riesgo grave de daño para las internaciones involuntarias.
- Prado advirtió que reemplazar “padecimiento subjetivo” por “trastorno mental” deja afuera el sufrimiento de origen social.
- El psicólogo cuestionó que se baje la edad de imputabilidad a 14 años mientras se habilita a chicos de 13 a invertir en criptomonedas.
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