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Judiciales ⚖️

Rechazan un pedido para excarcelar al autor de la «Masacre de Flores»

Tras conocer la resolución del juez José Pérez Arias, a cargo del Tribunal de Ejecución 1, Matías Bagnato, el único sobreviviente de la masacre, dijo tener ”alivio y tranquilidad» y afirmó: «Lo primero que se me vino a la cabeza son mis papas y mi abuela. Es muy movilizante”.

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Un juez de Ejecución rechazó hoy el pedido de fijación del vencimiento de la pena de Fructuoso Álvarez González (61), el autor material de la denominada «Masacre de Flores», en la cual el 17 de febrero de 1994 cuatro integrantes de una misma familia y un amigo murieron tras el incendio intencional de una vivienda, por lo que el acusado permanecerá en prisión.

Tras conocer la resolución del juez José Pérez Arias, a cargo del Tribunal de Ejecución 1, Matías Bagnato, el único sobreviviente de la masacre, dijo tener ”alivio y tranquilidad» y afirmó: «Lo primero que se me vino a la cabeza son mis papas y mi abuela. Es muy movilizante”.

El escrito, justificó la decisión aduciendo que Álvarez González no está apto para “la conformación de un adecuado pronóstico de reinserción social”.

“En el artículo 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -Ley 23.313 y en el artículo 5.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -Ley 23.054-, nos indican que la readaptación social del condenado debe constituir la finalidad esencial de la ejecución de las penas privativas de la libertad, advirtiéndose así una correlación entre la normativa interna y los más elementales principios de orden constitucional”, escribió en el fallo Pérez Arias.

A su vez, el magistrado indicó que «la posibilidad de liberación y/o posible egreso anticipado del condenado, está situado en el cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 13 del Código Penal a los fines de la Liberación Condicional», los cuales prevé 35 años de cárcel, mientras que Fructuoso pasó aproximadamente 23 años en prisión.

Por su parte, Bagnato expresó su conformidad con la medida y recordó con emoción a su abuela: “Es el primer dictamen que recibo sin mi abuela. Pasé todos estos años con ella y ahora ya no está. Obviamente que también pensé mucho en ella”.

La abuela de Bagnato, Norma Calzaretta (91), falleció en junio de 2020 y era el único vínculo familiar que le quedaba al hombre, quien a los 16 años sobrevivió a la «Masacre de Flores», en la que murieron su padre, José Bagnato (42); su madre Alicia Plaza (40); sus hermanos Fernando (14) y Alejandro (9) y Nicolás Borda (11), un amigo del menor de ellos que esa noche se había quedado a dormir.

Además, Bagnato comentó que esperó “muy nervioso” el fallo durante el fin de semana y que está «cansado de afrontar estas situaciones todos los años».

“Por lo menos no va a salir ahora, que era mi mayor temor. Por unos meses voy a estar tranquilo”, añadió.

Además, Matías especuló con la reacción de la defensa a partir de esta medida judicial: “Hay dos posibilidades: o apelan este fallo o piden la libertad condicional. Veremos cómo sigue”.

En tanto, Patricia Croitoru, abogada particular de Fructuoso, dijo que “preveía” la decisión del juez Pérez Arias y adelantó que apelará el fallo dentro de los próximos diez días hábiles.

“Preveíamos la medida. Los jueces de Ejecución, en estos casos mediáticos, no suelen resolver positivamente. Nos presentaremos en Casación”, confirmó Croitoru, quien el pasado 1 de febrero había presentado de vencimiento de la pena de prisión perpetua de su defendido.

Al respecto, la abogada agregó: “La fijación de pena no es algo que se nos ocurrió a nosotros. Es un tema que se ha hecho en varios casos. De hecho, este mismo juez había fijado una pena en un caso similar”.

La denominada «Masacre de Flores» sucedió en una vivienda de familia ubicada en el barrio porteño de Flores el 17 de febrero de 1994 a las 3.30 de la madrugada y roció toda la vivienda con dos bidones de combustible y la prendió fuego, según lo determinó la Justicia.

Ante tal situación, el único que logró sobrevivir fue Matías, mientas que sus padres, sus dos hermanos y un amigo de la familia fallecieron.

Por el quíntuple homicidio, Fructuoso Álvarez González fue condenado a prisión perpetua en noviembre de 1995 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 12, aunque 9 años más tarde consiguió ser extraditado a España para terminar de cumplir allí su condena, ya que tenía la ciudadanía de dicho país.

Unos años después fue liberado en el país ibérico, pero finalmente fue recapturado en la Argentina en 2011 luego de amenazar de muerte a Bagnato y a su abuela, y actualmente continúa preso en el Complejo Penitenciario Federal 1 en la localidad bonaerense de Ezeiza.

Judiciales ⚖️

Rechazaron los $150 millones de Morla: va a juicio por las marcas de Maradona

El TOC 17 sostuvo que las propuestas no incluían ninguna medida sobre los activos societarios y marcarios en disputa ni guardaban relación con el perjuicio denunciado. Morla, Pomargo, Garmendia y las hermanas de Diego serán juzgados por defraudación por administración fraudulenta.

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Probation rechazada: por qué el dinero que ofreció Morla no alcanzó para frenar el juicio por las marcas de Maradona.

Los $150 millones no alcanzaron para comprar la suspensión del juicio por las marcas de Diego Maradona. Este lunes, la Justicia le cerró la puerta a Matías Morla y a los demás acusados que buscaban evitar el debate oral mediante una probation.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 17 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el pedido del abogado y ex apoderado de las marcas del Diez y confirmó la realización del juicio por defraudación por administración fraudulenta. Los jueces tampoco hicieron lugar a la suspensión del proceso a prueba solicitada por Rita Mabel Maradona, Claudia Nora Maradona, Maximiliano Pomargo y Sergio Garmendia.

La oferta que no convenció

Morla había propuesto pagar $150 millones, en cuotas de $25 millones, y realizar trabajos comunitarios a cambio de que se suspendiera el proceso en su contra. El ofrecimiento fue presentado por sus defensores, Mauricio D’Alessandro y Rafael Cúneo Libarona, ante el juez Juan Giúdice Bravo, integrante del tribunal.

Los abogados de Dalma, Gianinna, Jana, Diego Junior y Diego Fernando Maradona pidieron que se desestimara el planteo, mientras que las defensas de los otros imputados formularon ofrecimientos con distintas sumas de dinero. Ninguna de esas propuestas fue aceptada por el tribunal.

Sin propuesta sobre las marcas y sin proporción con el daño

El tribunal fundó el rechazo en dos ejes que, en conjunto, consideró determinantes. «Por un lado, como dato concluyente, las propuestas no contienen ninguna medida destinada a abordar la situación de los activos societarios y marcarios cuya explotación se encuentra cuestionada. Y, por el otro, los montos propuestos no guardan, en las circunstancias particulares de cada caso, una relación razonable con las posibilidades económicas objetivamente verificables de los imputados ni con la entidad y características del perjuicio que constituye el objeto de la acusación», sostiene el documento.

«La consideración conjunta de ambos aspectos impide concluir que los imputados hayan formulado una propuesta seria y razonable de hacerse cargo del daño ‘en la medida de lo posible’, en los términos exigidos por el artículo 76 bis del Código Penal», agrega la resolución del TOC 17.

Dicho de otro modo, el tribunal entendió que no alcanza con ofrecer dinero si no se dice qué pasará con las marcas en disputa, y que las sumas propuestas no se corresponden con la situación económica de los acusados ni con el perjuicio denunciado.

El trasfondo: Sattvica S.A.

Morla ejerció la presidencia de Sattvica S.A. hasta septiembre de 2022, pero en febrero de 2021 la Justicia lo intimó para que transfiriera el manejo de los derechos de imagen del campeón del Mundo en México 1986 a los herederos. Pomargo fue director suplente y renunció poco tiempo después de la dimisión del abogado, a la vez que las empresas fueron cedidas a Claudia y Rita Maradona.

Morla, Pomargo y Garmendia están acusados como coautores del delito de defraudación por administración fraudulenta (artículos 45 y 173, inciso 7° del Código Penal). Las dos hermanas del ex jugador de Boca y la escribana Sandra Iampolsky están imputadas como partícipes necesarias del mismo ilícito.

La causa había sido elevada a juicio el 28 de abril de 2026. En esa resolución, la Justicia explicó que Sattvica figuraba bajo la titularidad accionaria ficticia de Morla y Pomargo, pero que sus movimientos comerciales se desarrollaban bajo las directivas de Maradona. Con la probation descartada, el expediente que enfrenta a los herederos con quienes administraron el negocio de las marcas sigue su camino hacia el debate oral.

Lo que tenés que saber:

  • El TOC 17 rechazó la probation de Matías Morla y confirmó el juicio por defraudación por administración fraudulenta.
  • Los pedidos de Rita y Claudia Maradona, Maximiliano Pomargo y Sergio Garmendia también fueron rechazados.
  • Morla había ofrecido $150 millones, en cuotas de $25 millones, y trabajos comunitarios.
  • Para los jueces, las propuestas no abordaban los activos societarios y marcarios en disputa ni guardaban relación razonable con el perjuicio.
  • Morla presidió Sattvica S.A. hasta septiembre de 2022 y está acusado como coautor junto a Pomargo y Garmendia.
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