Judiciales ⚖️
Doble crimen: pidieron prisión preventiva para Del Río
Los fiscales de Vicente López a cargo de la causa, Martín Gómez, Alejandro Musso y Marcela Semería, pidieron que Del Río hijo (47) continúe detenido por «doble homicidio calificado por alevosía, por el vínculo, por el uso de arma de fuego y por ser ‘criminis causae'» (matar para lograr la impunidad), delito que prevé como única pena la prisión perpetua.
Los fiscales que investigan el doble crimen de José Enrique Del Río y su esposa María Mercedes Alonso, asesinados a balazos en agosto pasado en su casa del partido bonaerense de Vicente López, solicitaron hoy la prisión preventiva para Martín, el menor de los hijos del matrimonio que está detenido como presunto autor del hecho, informaron fuentes judiciales.
Los fiscales de Vicente López a cargo de la causa, Martín Gómez, Alejandro Musso y Marcela Semería, pidieron que Del Río hijo (47) continúe detenido por «doble homicidio calificado por alevosía, por el vínculo, por el uso de arma de fuego y por ser ‘criminis causae'» (matar para lograr la impunidad), delito que prevé como única pena la prisión perpetua.
Fuentes judiciales informaron que el pedido fue presentado a última hora de esta tarde ante el juez de Garantías 1 de San Isidro, Ricardo Costa.
En el requerimiento de 101 páginas, los fiscales dan por acreditado que «el día 24 de agosto de 2022 entre las 17.33 y las 18.30 aproximadamente, el aquí encartado, Martín Santiago Del Rio, se hizo presente a pie en el domicilio de sus progenitores, emplazado en la arteria Melo 1101, de la localidad y partido de Vicente López, y en base al plan que previamente había diagramado, ingresó a la vivienda por sus propios medios a través del garaje».
«Una vez dentro, decidió en base al plan estipulado, quitarles la vida, de manera clara e inequívoca. Así, aprovechando la relación cordial propia del vínculo familiar, mediante engaño, los hizo descender hacia el sector del garaje y abordar su vehículo particular, marca Mercedes Benz modelo E350 color gris dominio JPP-012″, dicen los fiscales en la descripción del hecho.
«María Mercedes Alonso (72) se ubicó en el asiento del conductor y Enrique del Río (74) en el del acompañante, mientras que el encartado se situó en el asiento trasero. Así las cosas, actuando sobre seguro (…), arremetió a su padre por la espalda, efectuándole tres disparos con una pistola calibre 9 mm., y concomitantemente con ello, le efectuó un disparo a su madre a una distancia de menos de cincuenta centímetros de la cabeza, cuyo proyectil ingresó por la zona superior a la ceja derecha», señalan.
Al describir la motivación del hecho, los fiscales mencionan la frustrada operación inmobiliaria por la cual las víctimas pensaban que ese mismo día iban a mudarse a un lujoso departamento del barrio porteño de Núñez, valuado en más de un millón y medio de dólares y que Del Río hijo nunca pudo concretar.
«La decisión de cegar la vida de aquéllos tuvo su móvil en la circunstancia de no poder prolongar la mendacidad en torno a la operación inmobiliaria referente a la Unidad N° 31 B, del Edificio Chateau ubicado en Av. Del Libertador 7050 de CABA. y de poner al desnudo la imposibilidad de que sus progenitores se mudaran a dicho inmueble«, explican los fiscales.
En otro tramo del pedido de prisión preventiva, los representantes del Ministerio Público dejan en claro que desde el inicio de la investigación sospecharon que el autor de este doble crimen era alguien con «conocimiento previo y minucioso de las características de la vivienda» y «cercano al seno familiar».
A partir de la prueba fílmica obtenida y de los reconocimientos de sus allegados, dan por acreditado que el «caminante encapuchado» que quedó filmado yendo y volviendo de Núñez a la escena del crimen en Vicente López no es otro que el imputado.
«Existe un dato que al contrario de que lo aquél pretendió ocultar, pone de manifiesto su posible vinculación con el suceso y es el recaudo de haber ocultado toda su integridad mediante el uso de gorra, capucha, barbijo, abrigo de mangas largas, pues desde nuestra lógica, solo una persona que podría ser reconocida en imágenes y allegada a la familia, podría pretender ocultarse de ese modo», dicen los fiscales.
A su vez, los fiscales puntualizan 15 contradicciones en las que incurrió Del Río para intentar justificar lo que hizo el día del crimen y con ello lo tratan de «mentiroso».
«Las mendacidades del encartado se cristalizaron en la máxima: ‘se puede mentir a todos durante algún tiempo, y también se les puede mentir a algunos todo el tiempo, pero nunca se les podrá mentir a todos, todo el tiempo'», concluyen.
La última carta de Del Río
En tanto, la defensa de Del Río denunció esta mañana por falso testimonio agravado a Martín Adrián Fernández, el médico forense que hizo la autopsia de sus padres y solicitó su detención, al considerar que cambió la estimación de data de muerte para acomodarla a las necesidades de la fiscalía, informaron fuentes judiciales.
La denuncia fue presentada por la abogada Mónica Chirivin, ante el mismo magistrado Costa.Fernández estimó originariamente que ambas víctimas llevaban de 12 a 18 horas fallecidas cuando se revisaron sus cadáveres en la morgue, lo que ubicaba el doble crimen en horas de la madrugada del 25 de agosto -algo que beneficia a Del Río hijo porque estaba en su casa-, y la posterior rectificación hasta 36 horas, lo que incluye la tarde del 24 de agosto, que es el momento -entre las 17.33 y las 18.30-, en el que los fiscales le imputan a Del Río hijo la comisión del supuesto parricidio.
En tanto, fuentes judiciales confirmaron que a partir de mañana Del Río será sometido a las pericias psicológicas ordenadas por la fiscalía para conocer el perfil de su personalidad.
Si bien la semana pasada los peritos oficiales habían informado que recién podían ver a Del Río en enero próximo, esa fecha se logró adelantar y las entrevistas se harán, mañana vía Zoom, y el miércoles y jueves próximos, a las 9, presenciales en la sede de la asesoría, en la calle Moreno 623 de San Isidro.
Investigación 🔎
Adorni: Pollicita descarta el enriquecimiento ilícito pero pide investigarlo por evasión
El fiscal no pudo refutar que el dinero de las compras fuera anterior a la función pública, pero detectó USD 374.081 pagados en efectivo y tenencias ocultas al fisco desde 2014. Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico. No es un sobreseimiento: decide Lijo.
El fiscal que investigó a Manuel Adorni no encontró pruebas de que se haya enriquecido en la función pública, pero sí de que durante más de una década ocultó al fisco dólares en efectivo y criptoactivos. Por eso Gerardo Pollicita pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito y pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.
El dictamen se presentó en el juzgado federal de Ariel Lijo, en el expediente que se abrió por una denuncia de la diputada Marcela Pagano. La investigación revisó la evolución patrimonial del exjefe de Gabinete entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. El pedido no implica un sobreseimiento: si Lijo lo acepta, Adorni seguirá investigado, pero por otro delito y en otro fuero.
Lo que encontró la Fiscalía
Según el dictamen, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, compras y cancelaciones de deudas del período. Entre esos pagos figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, muebles, la escritura de un inmueble en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Parte de esas operaciones se hizo fuera del sistema bancario o a través de terceros.
La defensa sostuvo que ese dinero provenía de ahorros en criptomonedas anteriores a su llegada al Gobierno. Pollicita concluyó que no pudo refutar esa versión y que la investigación no logró vincular los fondos con “un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función”. Por eso escribió que “no se advierte que la conducta desplegada por Manuel Adorni tenga adecuación típica” en el enriquecimiento ilícito, “lo que no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza”.
De la corrupción a la evasión
El giro tiene una explicación jurídica: el enriquecimiento ilícito exige que el patrimonio crezca después de asumir el cargo. Si el dinero ya existía, el delito no encaja, aunque se haya usado durante la gestión. Pero esa misma explicación de la defensa abrió otra puerta. Según el fiscal, la fuente que Adorni invoca “se compone, según su propio relato, de recursos que no fueron informados al organismo recaudador”, y la omisión se extendió “desde 2014 y hasta su exteriorización en 2026”, es decir, cuando la causa ya estaba en trámite.
Pollicita enumeró indicadores que, a su juicio, exceden una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de los fondos una vez iniciada la investigación. El fuero Penal Económico deberá reconstruir, ejercicio por ejercicio, lo que correspondía pagar de Ganancias y Bienes Personales.
La lectura política: el vocero de la “casta” y el efectivo
El dictamen deja al Gobierno una victoria a medias. Evita la figura de corrupción para uno de los funcionarios más cercanos a Javier Milei, pero lo describe como alguien que durante años manejó dólares en efectivo fuera del radar de la AFIP, hoy ARCA. Es el mismo Gobierno que llegó al poder con el discurso contra la “casta” y que impulsó un blanqueo y la llamada “inocencia fiscal” para quienes tengan dólares sin declarar. La causa ahora queda en manos de Lijo, que debe decidir si se declara incompetente.
Lo que tenés que saber:
- Pollicita dictaminó que no hay pruebas de enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni durante la función pública.
- Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria.
- La Fiscalía detectó gastos por USD 402.578, de los cuales USD 374.081 se pagaron en efectivo.
- Según el fiscal, Adorni mantuvo tenencias sin declarar desde 2014 hasta 2026, cuando ya estaba en marcha la causa.
- No es un sobreseimiento: el juez Ariel Lijo debe resolver si acepta el pedido.
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