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Libertinaje: denuncian a «Gordo Dan» por incitación a la violencia e intimidación

Organismos de derechos humanos interponen nueva denuncia por las expresiones de Daniel Parisini sobre un supuesto brazo armado vinculado al partido de Javier Milei.

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Lo que tenés que saber:

  • Daniel Parisini, conocido como “Gordo Dan”, recibió una nueva denuncia por “intimidación pública” e “incitación a la violencia colectiva”.
  • Los organismos de DDHH del Encuentro Memoria, Verdad y Justicia cuestionan sus declaraciones del 16 de noviembre, en un evento de La Libertad Avanza.
  • En el acto, Parisini afirmó: “La agrupación Fuerzas del Cielo que se está formando hoy aquí es el brazo armado de La Libertad Avanza, es la guardia pretoriana del presidente Javier Milei”.
  • La denuncia fue radicada en el juzgado federal Nº 4, a cargo de Ariel Lijo, uno de los candidatos del gobierno para la Corte Suprema.
  • A este hecho se suman otras denuncias por apología del delito contra Agustín Laje, intelectual vinculado a La Libertad Avanza, por sus comentarios despectivos sobre las Madres de Plaza de Mayo.

La denuncia por incitación a la violencia y apología del delito

El influencer libertario Daniel Parisini, conocido en redes como “Gordo Dan”, enfrenta una nueva acusación judicial. El jueves 12 de diciembre, los organismos de derechos humanos del Encuentro Memoria, Verdad y Justicia (EMVJ) lo denunciaron por “intimidación pública” e “incitación a la violencia colectiva”. Las declaraciones en cuestión se dieron el 16 de noviembre, durante un acto político en la localidad bonaerense de San Miguel. En ese evento, Parisini afirmó: “La agrupación Fuerzas del Cielo que se está formando hoy aquí es el brazo armado de La Libertad Avanza, es la guardia pretoriana del presidente Javier Milei».

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Para los denunciantes, las palabras de Parisini no son un hecho aislado, sino parte de un patrón que promueve un discurso violento y de odio. En este contexto, la coordinadora de DDHH expresó su preocupación por la vinculación visible de esta agrupación con funcionarios cercanos al presidente. Además, remarcó que la estética y simbología empleada durante la presentación de “Fuerzas del Cielo” tiene un fuerte componente fascista, lo cual preocupa a quienes han vivido de cerca los horrores de la dictadura cívico-militar.

La estética fascista y la vinculación con el gobierno

Los denunciantes subrayan que la puesta en escena de la agrupación «Fuerzas del Cielo» no solo tiene un mensaje directo de intimidación, sino que también revive la estética de movimientos fascistas del pasado. “Las fotos y videos muestran con total intencionalidad una estética y escenografía fascista”, señalaron en la denuncia, haciendo un paralelismo con imágenes de eventos nazis. Para los organismos de DDHH, este tipo de simbología genera un ambiente de miedo y preocupación en una sociedad democrática.

Asimismo, señalaron que el respaldo de funcionarios cercanos al presidente Javier Milei, como Agustín Romo y Nahuel Sotelo, refuerza la gravedad de la situación. Esto aumenta la alarma sobre los posibles vínculos entre la agrupación y el aparato estatal, lo que podría tener implicancias sobre el financiamiento de sus actividades y su impacto en la convivencia social.

Otras denuncias contra el «Gordo Dan»

Esta no es la primera denuncia que recibe Parisini por sus declaraciones. Ya en noviembre, los diputados nacionales Esteban Paulón y Mónica Fein, del bloque Encuentro Federal, presentaron una denuncia en su contra por “incitación al odio” e “intimidación pública” tras el mismo acto. Los legisladores consideran que sus palabras “incitan al odio y a la persecución hacia quienes puedan ser considerados ‘enemigos’ del proyecto político de La Libertad Avanza”. Además, subrayan que estas expresiones promueven la creación de un grupo armado o paramilitar que respalde el poder político, lo cual podría violar varios artículos del Código Penal.

Denuncias contra Agustín Laje

Además de la causa contra Parisini, el Encuentro Memoria, Verdad y Justicia también denunció a Agustín Laje, intelectual vinculado a La Libertad Avanza, por “apología del delito”. Laje fue acusado por sus comentarios sobre las Madres de Plaza de Mayo, a quienes definió como “viejas de mierda” y “hijas de puta”. Según los denunciantes, estos dichos niegan los crímenes de lesa humanidad cometidos por la dictadura y enaltecen la violencia ejercida por el terrorismo de Estado.

El texto de la denuncia subraya que las afirmaciones de Laje no solo constituyen una negación de la historia reciente de Argentina, sino que también constituyen un intento de justificar la violencia como un acto moralmente valorable. Según los denunciantes, Laje reitera una visión distorsionada de los eventos de la dictadura, poniendo en duda la legitimidad de los juicios y condenas a los responsables del genocidio.

El impacto de la denuncia

La denuncia contra Parisini, así como las que recaen sobre Laje, apuntan a un contexto de creciente polarización política en Argentina. A pesar de la gravedad de las acusaciones, tanto los discursos como las agrupaciones vinculadas a La Libertad Avanza siguen ganando visibilidad y apoyo entre sectores de la sociedad, lo que genera un clima de tensión. A medida que la justicia se ocupa de estas denuncias, queda claro que los límites entre la libertad de expresión y los discursos de odio se están convirtiendo en un tema central en el debate público del país.

DDHH

La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH

El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.

El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.

La prueba que los tribunales locales no evaluaron

En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.

La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.

La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.

Arbitrariedad y garantías constitucionales

El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.

Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.

De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.

El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
  • El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
  • Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
  • La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
  • Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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