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El Estado no garantiza derechos pero sí castigo: entra en vigencia el Régimen Penal Juvenil

Con la Ley 27.801 a punto de entrar en vigencia en septiembre, que baja la edad de imputabilidad a los 14 años, un informe del Ciclo Básico Común de la UBA revela que casi la mitad de los jóvenes argentinos vive en condiciones de vulnerabilidad. La pregunta que el Gobierno no responde es cuántas políticas públicas acompañan al castigo.

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Septiembre se acerca y con él la implementación plena del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801), sancionado en febrero de 2026 y promulgado mediante el decreto 138/2026. La norma impulsada por el Gobierno de Javier Milei baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y fue celebrada por la Oficina del Presidente como «un acto de justicia hacia la sociedad». Sin embargo, mientras el Estado nacional afinaba el instrumento del castigo, otro documento producido por una de las instituciones académicas más importantes del país revelaba la magnitud del abandono que ese mismo Estado ejerce sobre la población juvenil.

El informe «Jóvenes vulnerables en la Argentina: condiciones de vida, creencias y expectativas sobre el futuro», elaborado por investigadores del Ciclo Básico Común de la Universidad de Buenos Aires (CBC-UBA) en el marco del Proyecto de Investigación y Desarrollo en Áreas Estratégicas (PIDAE-UBA) y coordinado por el investigador del CONICET Juan Cruz Esquivel y el Director del CBC Felipe Vega Terra, arroja una conclusión que interpela directamente a quienes diseñan las políticas de seguridad: el 48,9% de los jóvenes de entre 18 y 29 años vive en condiciones de vulnerabilidad social. La vulnerabilidad dejó de ser un fenómeno de los márgenes. Es la norma.

El régimen que llega sin infraestructura ni debate

La Ley 27.801 fijó un plazo de seis meses para que el sistema judicial y los organismos involucrados adaptaran sus estructuras antes de la implementación plena. Ese plazo vence en septiembre. Sin embargo, no hay discusiones públicas de cara a la sociedad, no se han saldado las falencias del sistema anterior, y muchas de ellas seguirán vigentes con el nuevo régimen. La Defensoría del Pueblo de la Nación (La Defensa), en un documento de análisis publicado en abril de 2026, advirtió que la norma «lesiona principios, garantías y derechos reconocidos convencional y constitucionalmente» y que podría colocar a la Argentina en condiciones de recibir una nueva condena internacional.

Desde el sistema judicial, la Red de Juezas y Jueces Penales de la República Argentina emitió una carta abierta calificando la baja de la edad de punibilidad como un «efecto placebo» que «genera la apariencia de acción estatal sin producir mejoras reales en la seguridad pública». Los magistrados advirtieron que la reforma implica una «renuncia del Estado a diseñar políticas públicas complejas» y cuestionaron que se responda con penas de adultos a «subjetividades en proceso de formación».

El Triple Ni-Ni: sin trabajo, sin estudio, sin horizonte

El estudio del CBC-UBA, basado en 1.002 encuestas presenciales realizadas entre diciembre de 2025 y enero de 2026 a jóvenes de los principales aglomerados urbanos del país, describe con precisión el terreno sobre el que operará la nueva ley penal. Dos de cada diez jóvenes vulnerables no trabajan ni estudian. Y dentro de ese grupo, la investigación detecta lo que sus coordinadores denominaron el fenómeno del «Triple Ni»: un tercio de quienes no tienen empleo y no estudian tampoco busca trabajo.

«Esta desconexión refleja una ruptura de las expectativas de progreso, donde el mercado laboral ya no es percibido como un espacio de inclusión accesible», explicó Juan Cruz Esquivel. Entre los jóvenes que no tienen trabajo (30,6%), la búsqueda reciente de empleo alcanza solo a cuatro de cada diez, lo que, según el informe, evidencia «procesos de desánimo profundamente arraigados y la magnitud de la crisis social juvenil en Argentina».

Quienes sí logran insertarse en el mercado laboral lo hacen en condiciones que el propio sistema no reconoce como trabajo pleno. El 75,9% de los jóvenes que trabaja lo hace en condiciones de informalidad total, changas, venta ambulante o por internet, mientras que apenas el 18,9% cuenta con un empleo registrado o parcialmente registrado. Para el 57% de ellos, los ingresos del hogar no alcanzan para llegar a fin de mes. El 78% carece de obra social o prepaga y depende exclusivamente del sistema público de salud.

La salud mental como variable invisible

El informe de la UBA incorpora una dimensión que las políticas de seguridad sistemáticamente eluden: más del 70% de los jóvenes relevados manifiesta tener problemas frecuentes de nervios o ansiedad, mientras que el 50% reconoce síntomas compatibles con la depresión. Un 30% reconoce dificultades para controlar el consumo de alcohol, tabaco o sustancias, con mayor incidencia en los sectores con menores niveles de instrucción. La crisis de salud mental no es un dato colateral: es parte constitutiva del cuadro de vulnerabilidad que el Estado eligió responder con un código penal.

Educación: el deseo que el sistema bloquea

Contra el sentido común punitivista, el estudio rescata que el 85,7% de los jóvenes vulnerables considera que estudiar le permitiría mejorar su calidad de vida. La educación no es un valor ajeno a estos sectores, sino una aspiración bloqueada por obstáculos estructurales: la falta de dinero y la ausencia de oportunidades reales operan como barreras que el Estado no remueve. «La vulnerabilidad social opera como un eje estructurante de desigualdades materiales y subjetivas, cuya complejidad demanda intervenciones coordinadas e integrales», concluye el informe del CBC-UBA.

El castigo como política de Estado

La Ley 27.801 fue presentada por el Gobierno de Milei como el cierre de «un capítulo de cuatro décadas de inacción legislativa». El argumento oficial omite, sin embargo, la pregunta que el informe de la UBA instala con datos: ¿cuántas décadas de inacción en políticas educativas, laborales y de salud mental precedieron al castigo? El nuevo régimen penal juvenil no creó la situación de los pibes y pibas pobres de las ciudades argentinas. Solo decidió formalizarla como problema de orden público en lugar de reconocerla como fracaso del Estado.

Mientras la implementación de la ley avanza sin debate público ni infraestructura consolidada, y mientras la Ciudad de Buenos Aires tampoco ha dado señales claras sobre cómo adecuará su legislación procesal, el dato más incómodo lo aporta la propia academia: los jóvenes que el sistema penal se apresta a procesar son, en su mayoría, los mismos que el sistema educativo, laboral y de salud mental ya expulsó antes.

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Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad

Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.

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El Argentino Diario-Ministro de Justicia-Juan Bautista Mahiques.
Régimen Penal Juvenil: rige desde el 5 de septiembre pero recién ahora tiene programa de implementación.

La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».

Un programa que llega cuando la ley ya se aplica

Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.

Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.

El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.

Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.

Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.

De la sanción en el Senado a los tribunales

La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.

Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.

El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.

La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.

Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados

La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.

La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.

Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo

Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.

La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.

Lo que tenés que saber:

  • El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
  • La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
  • La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
  • La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
  • La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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